Préstamos ICF Lleure 2026: financiación para circulante de empresas de ocio en Cataluña
INSTITUT CATALÀ DE FINANCES (ICF) · ficha oficial (BDNS 933756) · bases reguladoras
El ICF presta de 25.000 a 500.000 € a autónomos y pymes del ocio en Cataluña para tesorería, nóminas y proveedores. Interés bonificado: Euríbor 12M + 0,50 %.
Para quién es
Puedes pedirlo si eres persona física (autónomo) o empresa (microempresa, pequeña o mediana) que desarrolla actividad empresarial en el sector del ocio o en espacios naturales, con sede social u operativa en Cataluña (o te comprometes a abrirla cuando se desembolse el préstamo). La actividad para la que pides la financiación debe tener al menos 4 años de antigüedad y tu facturación debe haberse visto perjudicada por la caída de la demanda en actividades de ocio o por las restricciones de acceso a espacios naturales decretadas por los focos de peste porcina africana en Cataluña. El periodo de caída de facturación que se mira arranca el 1 de octubre de 2025, comparado con el mismo periodo del año anterior. NO encaja si tienes incidencias en RAI, ASNEF o de carácter judicial, fondos propios negativos, pérdidas continuadas en los tres últimos ejercicios, deudas con Hacienda estatal, Seguridad Social o la Agencia Tributaria de Cataluña, o si estás en concurso o en situación de serlo.
Cuánto te dan
Es un préstamo, no una subvención a fondo perdido. El importe va, con carácter general, de 25.000 € mínimo a 500.000 € máximo (ese tope de 500.000 € se cuenta por «empresa única», sumando todos los préstamos de esta línea). El tipo es variable: Euríbor a 12 meses + 2,50 %, con una bonificación de hasta 2 puntos a cargo del Departamento de Empresa y Trabajo, así que pagas Euríbor 12M + 0,50 %. Plazo de amortización: 5 años, con 1 año de carencia de capital incluido. Comisión de apertura: 0 %. Amortización anticipada: 0,25 % más costes de ruptura. Interés de demora: 6 puntos adicionales. Amortización por sistema francés, cuotas mensuales. La línea está dotada con 5.094.813 € (la ficha de la BDNS recoge 1.590.813,9 €).
Plazo
Puedes presentar la solicitud desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el DOGC y hasta agotar el importe de la línea. La ficha de la BDNS indica como fecha límite el 26 de septiembre de 2030, pero el dinero puede acabarse antes: cuanto antes presentes, mejor.
Cómo se decide
Concurrencia no competitiva: no se compara tu solicitud con la de otros. El ICF analiza los expedientes según se van completando con toda la documentación, por orden, y hasta que se agota la dotación. El préstamo se concede si el ICF considera que tu proyecto económico es viable (que podrás seguir desarrollando la actividad y, además, que tienes capacidad para pagar el préstamo o para seguir obteniendo financiación de otros). Los órganos de riesgos del ICF resuelven y te avisan por correo electrónico.
Cómo se pide
Solo por internet, a través de la banca digital del ICF: https://bancadigital.icf.cat/. Ojo: la fecha que cuenta es la del día en que la solicitud queda completa con toda la documentación, no la del primer envío. Firmar la solicitud autoriza al ICF a comprobar de oficio que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (si lo deniegas, tendrás que aportar tú los certificados) y permite al Departamento de Empresa y Trabajo consultar la información de tu solicitud. Si falta algo, te lo reclaman por email y tienes 10 días hábiles para subsanar.
Qué te piden
- Actividad con antigüedad mínima de 4 años y sede social u operativa en Cataluña
- Ser autónomo o microempresa, pequeña o mediana empresa
- Acreditar caída de facturación desde el 1 de octubre de 2025 frente al mismo periodo del año anterior
- Estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de Cataluña
- No tener incidencias en RAI, ASNEF ni judiciales, ni fondos propios negativos, ni pérdidas en los tres últimos ejercicios
- Certificado de situación censal o del Impuesto sobre Actividades Económicas
- Mapa bancario actualizado y ficha CIRBE actualizada sin incidencias (se pide en la web del Banco de España)
- Declaración responsable de ayudas firmada
- Resúmenes anuales de IVA (modelo 390) de los tres últimos ejercicios cerrados y modelos 303 desde el 4T de 2024
- Autónomos: DNI/NIE/pasaporte vigente y declaraciones de IRPF de los tres últimos ejercicios cerrados más certificado de ingresos del último (si tributas por módulos, liquidaciones de IVA de los tres últimos ejercicios)
- Sociedades: Impuesto sobre Sociedades de los tres últimos ejercicios y provisional del último cierre, escritura de constitución y modificaciones, acta notarial y declaración de titularidad real, DNI de los titulares reales y escritura de poderes antes de firmar
- SCP o comunidades de bienes: además, la documentación de persona física de cada socio y el modelo 184 de los tres últimos ejercicios
- Empresas de 50 o más trabajadores: cumplir la cuota de reserva del 2 % para personas con discapacidad o las medidas alternativas
- Empresas de 25 o más personas: tener medios para prevenir y detectar el acoso sexual y por razón de sexo
- Disponer de sistema de prevención de riesgos laborales y cumplir la normativa lingüística catalana
Ojo con esto
- Es un préstamo: hay que devolverlo con intereses. La ayuda pública es la bonificación de hasta 2 puntos de interés.
- La bonificación se considera ayuda de minimis: entre todas las que recibas como «empresa única» no puedes superar los 300.000 € en tres ejercicios fiscales (el actual y los dos anteriores cerrados).
- El dinero solo puede ir a circulante: tesorería, nóminas y pago a proveedores. Nada de inversiones.
- Una vez te conceden el préstamo, tienes 90 días como máximo para formalizar el contrato; si no lo haces, se entiende que desistes.
- Debes mantener la actividad vinculada al préstamo durante, como mínimo, todo el plazo del préstamo (5 años) desde la formalización, salvo fuerza mayor.
- No hace falta presentar facturas para justificar, pero el ICF puede pedirte extractos bancarios, nóminas y facturas de proveedores, e incluso hacer visitas sobre el terreno.
- Si obtienes una subvención de otro organismo destinada a amortizar la misma actuación, el ICF puede dar el préstamo por vencido anticipadamente.
- Tienes que comunicar al ICF cualquier otra ayuda, subvención o préstamo para la misma finalidad y las ayudas de minimis recibidas.
- Si pides modificar las condiciones del préstamo porque no puedes pagar y hay que salirse de las condiciones de la línea, pierdes la bonificación de intereses a partir de la primera liquidación posterior.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
Marca lo que cumples. Sale de "qué te piden", no es un veredicto: para eso leemos las bases con tu negocio delante.
Avísame antes de que cierre
Te mandamos un correo 7 días y 2 días antes del cierre (26/09/2030). Solo eso; nada más.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo pedir con el ICF Lleure?
Entre 25.000 € y 500.000 €, con carácter general. El tope de 500.000 € se cuenta sumando todos los préstamos de esta línea por empresa única.
¿Qué interés pago realmente?
El tipo es Euríbor a 12 meses + 2,50 %, pero el Departamento de Empresa y Trabajo bonifica hasta 2 puntos, así que acabas pagando Euríbor a 12 meses + 0,50 %. No hay comisión de apertura.
Soy autónomo, ¿puedo pedirlo?
Sí, pueden pedirlo personas físicas (autónomos) del sector del ocio o que operan en espacios naturales, con sede en Cataluña, siempre que la actividad tenga al menos 4 años y la facturación se haya resentido por la caída de demanda del ocio o por las restricciones por peste porcina africana.
¿Para qué puedo usar el préstamo?
Solo para circulante: necesidades de tesorería, pago de nóminas y pago a proveedores de la actividad ordinaria. No sirve para inversiones.
¿Tengo que justificar en qué me lo gasto?
No hace falta presentar facturas para cobrarlo (se desembolsa entero al formalizar), pero estás obligado a destinarlo a circulante y a enseñar extractos, nóminas o facturas si el ICF, el DEMT o los órganos de control te lo piden.
¿Hasta cuándo puedo solicitarlo?
Desde el día siguiente a la publicación en el DOGC y hasta que se agote la dotación de la línea. En la BDNS figura como fecha final el 26 de septiembre de 2030, pero las solicitudes se analizan por orden de llegada completa.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación en el DOGC ni, por tanto, el día concreto de apertura del plazo. Tampoco se detalla qué garantías exigirá el ICF (dice solo "las que considere suficientes") ni cómo se acredita documentalmente la caída de facturación. Hay una diferencia entre la dotación que indica el texto oficial (5.094.813 €) y el presupuesto que figura en la ficha de la BDNS (1.590.813,9 €), sin que el texto lo aclare.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Línea de préstamos «ICF Lleure» con condiciones preferentes, gestionada por el ICF y cofinanciada por el DEMT, dirigida a personas físicas y/o jurídicas del sector del ocio con sede social u operativa en Cataluña, para necesidades de circulante.
Explicación redactada el 07/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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