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Ayudas SOC Jóvenes en Prácticas 2026: hasta 2.224 €/mes por contratar a un joven en Cataluña

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA · ficha oficial (BDNS 934502) · bases reguladoras

Sin fecha de cierre publicada: normalmente hasta agotar presupuesto. Cuanto antes, mejor.

El SOC subvenciona contratos formativos de práctica profesional de 12 meses a jóvenes de 16 a 29 años en Cataluña. Módulos de 1.583 a 2.224 € al mes por persona contratada.

Para quién es

Pueden pedirla, si están legalmente constituidas y con establecimiento operativo en Cataluña: ayuntamientos catalanes; consejos comarcales y el Consejo General de Arán; organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas a entes locales con competencias en políticas activas de empleo, desarrollo local o promoción del empleo; entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones; cooperativas de trabajo asociado; y personas físicas o jurídicas privadas con capacidad para firmar, como empresarias, un contrato de trabajo. Este año es la novedad: las empresas privadas (autónomos incluidos) ya pueden ser beneficiarias. Queda excluido el resto de entidades no recogidas expresamente. La persona que contrates debe tener entre 16 y 29 años, estar inscrita en Garantía Juvenil como beneficiaria, estar inscrita en la Oficina de Trabajo del SOC como demandante de empleo no ocupada (DENO) y tener titulación universitaria, de FP de grado medio o superior, equivalente o certificado profesional que la habilite. El puesto debe estar relacionado con su titulación.

Cuánto te dan

Se paga por módulos mensuales, por cada persona contratada y por mes de ejecución: 1.583,52 € si es de los grupos de cotización 8 al 11; 1.597,12 € si es de los grupos 3 al 7; y 2.224,09 € si es de los grupos 1 y 2. El contrato subvencionable es de 12 meses a jornada completa. La cuantía diaria equivalente es de 52,06 €, 52,51 € y 73,12 € respectivamente. El presupuesto total es de 19.300.000 €, repartido así: 7,5 M€ para ayuntamientos, 1,5 M€ para consejos comarcales, 5,3 M€ para entidades sin ánimo de lucro y cooperativas asimiladas, y 5 M€ para empresas privadas (personas físicas y jurídicas y cooperativas de trabajo asociado consideradas empresa privada). Número máximo de contratos: empresas privadas y cooperativas de trabajo asociado, 1 contrato; entidades sin ánimo de lucro, hasta 3 según plantilla (hasta 10 trabajadores, 1; de 11 a 30, 2; de 31 en adelante, 3); ayuntamientos y consejos comarcales, entre 1 y 6 según el paro juvenil de su territorio. La subvención no puede superar el coste de la actividad.

Plazo

10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. El texto que manejamos es la resolución sin fecha ni número definitivos, así que la fecha concreta de inicio y fin del plazo no consta: consúltala en el DOGC y en la ficha del trámite antes de presentar nada.

Cómo se decide

Aunque en la ficha de la BDNS aparece como concurrencia competitiva, la resolución dice expresamente que el procedimiento es de concurrencia NO competitiva: se instruye por orden de presentación en el registro electrónico hasta agotar el presupuesto. El crédito para entidades sin ánimo de lucro y empresas privadas se divide en tres líneas: mujeres en sectores masculinizados (50% del crédito de cada bloque), jóvenes de grupos de cotización 3 a 11 o sectores industrial, digital y agrario (25%), y el resto de solicitudes (25%). Si sobra dinero en una línea, se reparte entre las demás por orden de llegada. Si te requieren por falta de documentación esencial, pierdes tu sitio en la cola y pasas a la fecha en que presentes bien la documentación.

Cómo se pide

Todo telemático. Las entidades privadas (empresas, autónomos, entidades sin ánimo de lucro, cooperativas) lo presentan en la sede electrónica de la Generalitat (web.gencat.cat) buscando el trámite "Subvenciones destinadas a la realización de contratos formativos para la obtención de práctica profesional para entidades privadas". Los entes locales, por EACAT, buscando el mismo trámite "para entidades locales". Hace falta certificado digital del representante y usar obligatoriamente los modelos normalizados.

Qué te piden

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto me dan por contratar a un joven en prácticas en Cataluña en 2026?

Depende del grupo de cotización: 1.583,52 € al mes por los grupos 8 a 11, 1.597,12 € por los grupos 3 a 7 y 2.224,09 € por los grupos 1 y 2. Como el contrato es de 12 meses a jornada completa, la ayuda total por persona va aproximadamente de 19.002 € a 26.689 €.

¿Puede pedirla un autónomo o una pyme?

Sí. Esta es la novedad de 2026: las empresas privadas, sean personas físicas o jurídicas, con capacidad para firmar como empresarias un contrato de trabajo, ya pueden ser beneficiarias. Eso sí, solo pueden conseguir un contrato subvencionado y la ayuda es de minimis.

¿Va por orden de llegada o por puntuación?

Por orden de llegada. El procedimiento es de concurrencia no competitiva: las solicitudes se instruyen por fecha de presentación en el registro electrónico hasta agotar el presupuesto de cada línea.

¿Cuándo me pagan?

Se anticipa el 80% del importe otorgado a partir de la concesión (sin exigir garantía) y el 20% restante se paga una vez justificada correctamente la ejecución. La justificación se presenta en un plazo máximo de 2 meses desde que acaba el periodo subvencionable del último contrato.

¿Cómo elijo a la persona que voy a contratar?

No la eliges libremente. Debes presentar una oferta o pedir derivación de candidaturas a tu Oficina de Trabajo con al menos 15 días de antelación; ellos te pasan una lista de candidatos que cumplen requisitos, haces la selección y la Oficina de Trabajo da el visto bueno a la persona elegida. El puesto debe encajar con su titulación.

¿Qué pasa si el joven se va antes de acabar el contrato?

Puedes sustituirlo una sola vez, siempre dentro del primer trimestre del contrato inicial, con un nuevo contrato de al menos 9 meses y en las mismas condiciones que el original, aportando justificación del motivo de la baja.

Lo que no hemos podido comprobar: La resolución facilitada no lleva número ni fecha de publicación en el DOGC, por lo que no se puede concretar el inicio ni el fin del plazo de 10 días hábiles ni el código BDNS definitivo que figura en blanco en el anexo. Tampoco se detalla aquí el contenido completo de las bases 4, 9, 11, 15, 17 y 21 de la Orden EMT/214/2021 (requisitos y gastos subvencionables en detalle), que hay que consultar en la propia Orden. La ficha de la BDNS indica 'concurrencia competitiva' mientras que el texto dice concurrencia no competitiva; prevalece lo que diga la resolución publicada.

Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona

Título oficial: Resolución EMT/ /2026, de de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.
Explicación redactada el 10/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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