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Ayudas del programa Orienta 2026 en Cataluña: subvenciones del SOC para unidades de orientación laboral

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA · ficha oficial (BDNS 930313) · bases reguladoras

Sin fecha de cierre publicada: normalmente hasta agotar presupuesto. Cuanto antes, mejor.

El SOC subvenciona unidades de orientación profesional y acompañamiento a la inserción en Cataluña, con 19,6 millones de euros para 2026. Solo pueden pedirlo entidades locales y entidades privadas con personalidad jurídica.

Para quién es

Pueden pedirla dos tipos de entidades: 1) las administraciones locales de Cataluña, sus organismos autónomos o entidades dependientes o vinculadas con competencia en políticas activas de empleo; y 2) las entidades privadas con personalidad jurídica propia, con o sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con establecimiento operativo en Cataluña. Ojo: NO es una ayuda para autónomos ni para empresas individuales por su actividad; es para entidades que van a prestar el servicio de orientación laboral. Las entidades locales que actúen en un territorio supralocal de más de 30.000 habitantes (Barcelona, Girona y Tarragona) o de más de 20.000 (Lleida y Terres de l'Ebre) tienen que presentar además un documento de planificación estratégica en empleo y desarrollo local concertado con otros agentes del territorio. Las personas atendidas son demandantes de empleo en paro y trabajadores en situación de precariedad laboral (estos últimos, máximo 30% de los participantes si hay cofinanciación FSE+), inscritos en el SOC con la demanda activa; se prioriza a las personas en paro mayores de 45 años.

Cuánto te dan

El presupuesto total de la convocatoria es de 19.635.675,32 euros (ampliable si hay más crédito). La subvención se calcula por unidad de orientación otorgada, con estos topes máximos para un periodo de ejecución de 12 meses: personal técnico orientador 42.025,07 €; personal prospector 21.012,53 €; personal coordinador 4.202,50 €; personal de apoyo 13.300,00 €. Si la persona prospectora asume también la coordinación, la retribución conjunta no puede superar 25.215,03 €. Además se reconocen gastos generales e indirectos a tanto alzado del 15% sobre los gastos directos de personal, sin necesidad de justificarlos. Se otorga un máximo de 3 unidades por entidad y municipio, y el reparto de unidades por comarca/zona está fijado en el anexo 2 de la resolución. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad, sola o sumada a otras ayudas.

Plazo

El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. El texto que se ha publicado no lleva todavía la fecha de publicación, así que la fecha concreta de apertura y cierre no consta: debes comprobarla en el DOGC y en la sede electrónica. Es un plazo muy corto, así que conviene tener la memoria técnica preparada.

Cómo se decide

Por concurrencia competitiva: se valoran los proyectos sobre 100 puntos y se otorgan las unidades por orden de mayor puntuación en cada punto de actuación, hasta cubrir las necesidades por territorio del anexo 2 y agotar presupuesto. Hay que llegar a 50 puntos como mínimo en total y a las notas mínimas por criterio (10 de 20 en capacidad técnica, 12,5 de 25 en justificación de la necesidad y 27,5 de 55 en calidad técnica). Primero se da una unidad a cada punto de actuación con más de 65,01 puntos; si sobran unidades, se da una segunda a quien pidió más de una con esa misma nota, luego a los de 50-65 puntos y, en último lugar, una tercera unidad a los de mayor puntuación. Los empates se resuelven por calidad técnica, después por justificación de la necesidad, después por mayor paro del municipio y, finalmente, por el orden de prelación que indicó la entidad.

Cómo se pide

Solo por vía telemática, en la sede electrónica de la Generalitat (https://web.gencat.cat), buscando el trámite "Subvenciones destinadas al Programa Orienta", con los modelos normalizados y firma electrónica del representante. Cada formulario permite pedir un máximo de 10 puntos de actuación; si necesitas más, tienes que presentar varios formularios. Si la subvención supera los 60.000 €, se exige nivel alto de seguridad en la firma para aceptar o justificar la ayuda. Las resoluciones se publican en el tablón electrónico de la Generalitat y esa publicación sustituye a la notificación individual.

Qué te piden

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Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si soy autónomo?

No. Los beneficiarios son administraciones locales de Cataluña (y sus organismos o entidades vinculadas) y entidades privadas con personalidad jurídica propia, con o sin ánimo de lucro, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña. Una persona física autónoma no encaja como entidad beneficiaria, aunque sí puede ser contratada como personal autónomo de la unidad de orientación por una entidad beneficiaria.

¿Cuánto dinero se puede recibir por cada unidad de orientación?

Los topes máximos para 12 meses son 42.025,07 € por el técnico orientador, 21.012,53 € por el prospector, 4.202,50 € por el coordinador y 13.300,00 € por el personal de apoyo, más un 15% de gastos generales calculado sobre los gastos directos de personal. El importe final depende de las unidades que te otorguen y nunca puede superar el coste real de la actividad.

¿Cuándo cobras la subvención?

Se paga un anticipo del 80% del importe otorgado desde la concesión, sin exigir garantía. El 20% restante se tramita después de justificar correctamente la ejecución. Los pagos pueden fraccionarse según el plan de tesorería del SOC.

¿Cuánto tiempo tengo para justificar?

Tres meses desde que terminan las actuaciones. Las administraciones locales justifican con cuenta justificativa sin justificantes de gasto y declaración responsable de Intervención; las entidades privadas, con cuenta justificativa e informe de auditor inscrito en el ROAC. Puedes pedir una ampliación antes de que venza el plazo, y no puede superar la mitad del plazo inicial.

¿Cuántas unidades de orientación puedo pedir?

El formulario permite solicitar hasta 10 puntos de actuación (si necesitas más, presentas varios formularios), pero se otorga un máximo de 3 unidades por entidad y municipio, siempre dentro del reparto por comarca y zona que fija el anexo 2 de la resolución.

¿Cuánto tarda la resolución?

Al tramitarse por urgencia, el plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde la publicación de la convocatoria (en vez de los 6 habituales). Si no hay resolución expresa, se entiende denegada por silencio.

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación en el DOGC ni, por tanto, las fechas exactas de inicio y fin del plazo de 10 días hábiles; tampoco consta el número de resolución ni el código BDNS dentro del texto. El documento de bases reguladoras aparece recortado al final, por lo que puede haber detalles de justificación, revocación y obligaciones que no se recogen aquí.

Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona

Título oficial: Resolución EMT/ / , de/del de/de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las actuaciones del programa Orienta (SOC-ORIENTA).
Explicación redactada el 19/09/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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