Subvenciones para planes de formación de trabajadores ocupados en Canarias 2026 (Servicio Canario de Empleo)
SERVICIO CANARIO DE EMPLEO · ficha oficial (BDNS 938897) · bases reguladoras
El Servicio Canario de Empleo reparte 16 millones de euros entre centros de formación que impartan planes dirigidos a personas trabajadoras ocupadas. Plazo: 10 días hábiles desde su publicación en el BOC.
Para quién es
La subvención la piden entidades de formación, públicas o privadas, no los trabajadores ni las empresas que quieren formar a su plantilla. Para optar tienes que estar acreditado o inscrito (antes de la fecha de publicación de la resolución) en las especialidades o certificados de competencia que solicites, tener en Canarias instalaciones acreditadas para la parte presencial, estar de alta como tercero en el SEFLogIC y contar con una plantilla media de al menos 2 personas de alta a jornada completa de forma ininterrumpida los últimos 12 meses. Quedan fuera quienes incurran en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, quienes tengan sanción firme grave o muy grave en formación profesional con exclusión de ayudas, y quienes en las últimas 5 convocatorias no hayan ejecutado dos o más planes concedidos en ejercicios distintos o los hayan ejecutado por debajo del 50% de ejecución presupuestaria. Si eres autónomo o trabajador por cuenta ajena, tu papel aquí es el de alumno: los cursos son gratuitos. Pueden participar personas ocupadas con centro de trabajo en Canarias (incluidos autónomos del RETA, fijos discontinuos, afectados por ERTE, Régimen del Mar, agrarios por cuenta ajena) y, con un tope del 30% de los participantes de cada plan, personas desempleadas inscritas en el SCE.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 16.000.000 €: 11.000.000 € para acciones del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE y 5.000.000 € para formación dirigida a Certificados de Competencia (Grado B) y Certificados Profesionales (Grado C). Se financia el 100% del coste de la actividad formativa, calculado por módulos económicos por familia profesional y modalidad (presencial o virtual asíncrona/teleformación), los mismos que en la convocatoria de desempleados FPED 2026. El reparto es 55% para planes transversales y 45% para sectoriales. Topes por plan: en el fondo de 11 M€, hasta 432.142,86 € un plan transversal y, en sectoriales, desde 71.775 € (servicios empresariales) hasta 149.688 € (hostelería y turismo). En el fondo de 5 M€, hasta 196.428,57 € un plan transversal y entre 32.625 € y 68.040 € los sectoriales.
Plazo
Diez días hábiles a partir de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). La resolución es de 29 de octubre de 2026 y el texto no indica la fecha exacta de publicación en el BOC, así que tienes que comprobarla ahí: la convocatoria no fija un día concreto de cierre. Se tramita por urgencia, con los plazos reducidos a la mitad salvo los de solicitudes y recursos.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se valoran técnicamente según los criterios del Anexo II de la convocatoria, repartiendo el presupuesto por tipo de plan (transversal o sectorial) y por ámbito sectorial. Los remanentes de un tipo de plan pueden reforzar otros.
Cómo se pide
La convocatoria produce efectos al día siguiente de publicarse el extracto en el BOC y la gestión se hace por medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias y del aplicativo de gestión de planes de formación del SCE (GESFORC). Las comunicaciones de inicio de grupos, si el aplicativo no está habilitado, se hacen por la sede: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/10049. El detalle exacto del trámite de presentación está en el punto Decimotercero del Anexo I, que no aparece completo en el texto disponible.
Qué te piden
- Estar acreditada o inscrita, antes de la publicación de la resolución, en el registro correspondiente para las especialidades o certificados que solicitas, en la modalidad en que los vas a impartir
- Disponer en Canarias de instalaciones acreditadas para la parte presencial, que no se pueden cambiar durante el curso
- No solicitar una especialidad en un centro o instalación que ya figure inscrito o acreditado en el SCE a nombre de otra entidad para esa misma especialidad
- Estar de alta como tercero en el SEFLogIC y al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones
- Plantilla media de al menos 2 personas de alta a jornada completa de forma ininterrumpida los 12 meses anteriores a la publicación, acreditada con el Informe de Plantilla Media de la TGSS y declaración responsable de recursos humanos
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Documentación técnica del plan: objetivos, acciones formativas, colectivos destinatarios, coste previsto, instalaciones y calendario de ejecución
- Que el plan tenga más de una acción formativa (si no, queda excluido sin posibilidad de subsanar) y sea original: no vale si el 50% o más de sus acciones coinciden con otro plan presentado en 2026 en modalidad y territorio
- Que al menos el 30% de las horas de formación solicitadas sean presenciales
- Compromiso de que al menos el 70% de los participantes sean de colectivos prioritarios y de que al menos el 20% de los alumnos residan en islas no capitalinas
- Póliza de seguro de accidentes (mínimo 60.000 € por fallecimiento y 60.000 € por invalidez, asistencia sanitaria ilimitada) y de responsabilidad civil de 300.000 €, sin franquicias, antes de iniciar cada curso
Ojo con esto
- Una misma entidad solo puede pedir dos planes como máximo: uno transversal y uno sectorial, o dos sectoriales de ámbitos distintos. Si presentas más, se tienen en cuenta los de registro posterior
- Al menos un grupo del plan debe estar notificado antes del 31/12/2026 y empezar como máximo el 31/01/2027; ese grupo no se puede anular. Si incumples, pierdes toda la subvención y el SCE te reclama los anticipos
- Todas las acciones deben terminar como muy tarde el 3 de diciembre de 2027 y justificarse antes del 23 de diciembre de 2027. No hay prórroga
- No puedes subcontratar la actividad formativa con terceros (contratar docentes personas físicas no cuenta como subcontratación)
- Los cursos tienen que ser gratuitos para el alumnado y no puedes cobrar nada a los participantes
- La subvención es incompatible con otras ayudas o ingresos para la misma finalidad: si los recibes, se minora
- Si no llegas al 30% de horas presenciales, al 70% de colectivos prioritarios o al 20% de alumnos de islas no capitalinas, te minoran la ayuda en la liquidación
- No se certifican grupos en los que más del 50% de los alumnos sean de la misma empresa
- El personal de la propia entidad de formación solo puede participar como alumno hasta el 10% del total del programa, del grupo y de su plantilla
¿Te encaja a ti esta ayuda?
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Puedo pedir esta ayuda si soy autónomo o tengo una pyme?
Solo si tu actividad es la formación y estás acreditado o inscrito como entidad de formación en las especialidades que solicites, además de cumplir el requisito de plantilla media de 2 personas a jornada completa los últimos 12 meses. Si tu negocio es de otro sector, no puedes ser beneficiario: lo que sí puedes es apuntarte tú o tu plantilla a los cursos, que son gratuitos.
¿Cuánto dinero puede recibir un plan de formación?
Depende del tipo de plan y del fondo. Con cargo al fondo de 11 millones (Catálogo de Especialidades), hasta 432.142,86 € un plan transversal y entre 71.775 € y 149.688 € los sectoriales. Con cargo al fondo de 5 millones (certificados de competencia y profesionales), hasta 196.428,57 € un transversal y entre 32.625 € y 68.040 € los sectoriales. Se cubre el 100% del coste según módulos económicos.
¿Hasta cuándo hay plazo para presentar la solicitud?
Diez días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias. La resolución es del 29 de octubre de 2026, pero el texto no dice qué día se publica en el BOC, así que conviene comprobarlo allí para contar el plazo.
¿Pueden participar personas desempleadas en estos cursos?
Sí, hasta un máximo del 30% de los participantes que inicien la formación en cada plan. No hay un mínimo obligatorio: el plan se puede hacer entero con personas ocupadas sin penalización. Además, los desempleados pueden solicitar becas y ayudas de transporte, manutención y alojamiento.
¿Los autónomos pueden hacer cualquier curso?
Los autónomos pueden participar en los planes transversales y en los planes sectoriales que correspondan a su ámbito de actividad. En los sectoriales se admite hasta un 30% de trabajadores ocupados ajenos al sector del plan, incluidos autónomos, para favorecer la reconversión profesional.
¿Cuándo se cobra la subvención?
El punto Decimoséptimo del Anexo I regula el pago y prevé anticipos (se mencionan reintegros de anticipos recibidos), pero el fragmento disponible del texto no detalla el calendario ni los porcentajes de pago.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto está recortado: no se ve el detalle del régimen de presentación de solicitudes y documentación (punto Decimotercero), los criterios de valoración del Anexo II, la lista de sectores del Anexo III, las condiciones de pago y anticipos, la justificación, la graduación de incumplimientos ni el importe concreto de las becas. Tampoco consta la fecha de publicación en el BOC ni, por tanto, la fecha exacta de cierre del plazo, ni el código de procedimiento de la sede para presentar la solicitud.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES EJECUCIÓN PLANES FORMACIÓN PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS 2026.
Explicación redactada el 30/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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