Ayudas FEMPA 2026 del GALP Itsas Garapen para proyectos en los puertos pesqueros del País Vasco (inversiones, empleo y economía azul)
DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA · ficha oficial (BDNS 937669) · bases reguladoras
El Gobierno Vasco subvenciona proyectos de diversificación pesquera y economía azul en 17 municipios del litoral. Puedes pedirla hasta el 16 de noviembre de 2026.
Para quién es
Depende de la línea. Si pides inversión productiva: personas físicas o jurídicas privadas, agrupaciones, comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad jurídica, siempre que seas micro, pequeña o mediana empresa (o persona física que vaya a serlo). Si pides ayuda por crear empleo: personas físicas o jurídicas que sean pymes. Si pides inversión no productiva: cofradías de pescadores y sus federaciones, asociaciones profesionales del sector pesquero, organizaciones de productores, entidades sin ánimo de lucro formadas solo por cofradías o asociaciones del sector, y personas físicas o jurídicas (con o sin ánimo de lucro) que tengan entre sus objetivos fomentar actividades náuticas, promocionar producto pesquero, medio ambiente marino, patrimonio marítimo-pesquero, formación, turismo azul o economía azul. NO pueden pedirla los ayuntamientos y demás entidades locales vascas ni sus organismos dependientes. El proyecto debe desarrollarse en el litoral pesquero vasco: Santurtzi, Bermeo, Ondarroa, Pasaia, Lekeitio, Zierbena, Berriatua, Hondarribia, Mundaka, Lemoiz, Plentzia, Mutriku, Zumaia, Orio, Getaria, Elantxobe y la zona portuaria de Donostia / San Sebastián.
Cuánto te dan
Inversiones productivas: hasta el 50 % del gasto subvencionable si es diversificación del sector pesquero y hasta el 40 % en el resto de casos. Puede subir al 100 % en operaciones de pesca costera artesanal (barcos de menos de 12 m sin arrastre, mariscadoras y pesca a pie) y también al 100 % si el proyecto es de interés colectivo, tiene beneficiario colectivo o es innovador y da acceso público a sus resultados. Hasta el 75 % para organizaciones de productores e interprofesionales y hasta el 60 % para organizaciones de pescadores u otros beneficiarios colectivos. En embarcaciones de la lista 6.ª, máximo 25 % del coste de compra y tope de 75.000 €. Creación de empleo: cantidad fija por puesto creado, una sola vez y en proporción a la jornada. Autónomo/a en economía azul o diversificación pesquera: 6.240 € (mujer, menor de 40, parada de larga duración, mayor de 55 en paro o discapacidad ≥33 %) o 5.760 € el resto. Cuenta ajena en diversificación del sector pesquero: 5.821 € / 5.292 €. Cuenta ajena fuera del sector pesquero en economía azul: 4.158 € / 3.780 €. Inversiones no productivas: hasta el 50 % con carácter general, con los mismos incrementos (100 % pesca artesanal o interés colectivo/innovador, 75 % organizaciones de productores, 60 % organizaciones de pescadores). Los eventos vinculados al sector pesquero o a la economía azul tienen un tope de 6.000 €. Topes por normativa de ayudas: 200.000 € por proyecto y 300.000 € por promotor en tres años en los casos de minimis (Reglamento UE 2023/2831). Presupuesto: el texto de la Orden cifra la dotación total en 2.100.000 € (1.850.000 € para inversiones productivas, 20.000 € para empleo y 230.000 € para no productivas); la ficha de la BDNS recoge 1.050.000 €.
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOPV (16 de octubre de 2026). Según la BDNS, del 17 de octubre al 16 de noviembre de 2026. A fecha de hoy el plazo sigue abierto.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva mediante concurso: se puntúan todos los proyectos y se ordenan de mayor a menor nota en tres listados (productivas, empleo, no productivas), concediendo hasta agotar los fondos. Hay que sacar al menos 40 puntos sobre 100 para poder ser apoyado. Si sobra dinero en una línea, pasa a las demás por este orden: productivas, empleo, no productivas. En caso de empate, priman los proyectos de diversificación del sector pesquero, luego los de economía azul, luego los que generen más empleo y luego los de interés colectivo. La resolución la dicta la Viceconsejería de Pesca y Desarrollo Litoral y se publica en la sede electrónica de Euskadi (esa publicación vale como notificación).
Cómo se pide
Las personas jurídicas, obligatoriamente por internet, en la sede electrónica de Euskadi: https://www.euskadi.eus/servicios/1051709 (necesitas certificado o medio de identificación electrónica admitido). Las personas físicas pueden elegir: por esa misma sede o presencialmente en las oficinas del GALP Itsas Garapen Elkartea en Zamudio (Parque Tecnológico, edificio 101, oficina 111), San Sebastián (Parque Empresarial Zuatzu, edificio Ulia 1, local 4) o Bermeo (Muelles Errosape s/n, Cofradía San Pedro). También vale cualquier otro registro del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Los trámites posteriores por vía electrónica se hacen en «Mi carpeta» (www.euskadi.eus/micarpeta). Puedes presentar la solicitud en euskera o castellano.
Qué te piden
- Impreso de solicitud cumplimentado electrónicamente (si vas por canal presencial, se imprime y se entrega)
- Alta de terceros; si eres persona jurídica, además poder de representación, escritura de constitución y estatutos sellados en el registro
- Que el proyecto NO esté iniciado ni pagado antes de presentar la solicitud o del acta de no inicio
- Que el proyecto se desarrolle en los municipios del litoral pesquero del Anexo I y encaje en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
- Memoria para la valoración del proyecto (Anexo III, IV o V): solo se puntúa lo que incluyas en ella
- Declaración responsable de veracidad y de cumplimiento de requisitos (Anexo VI) y compromiso de no deslocalizar
- Declaración de ayudas de minimis recibidas en los últimos tres años (Anexo VIII)
- Presupuestos o facturas proforma y tabla resumen; tres presupuestos si el gasto llega a 15.000 € (IVA excluido) en suministros/servicios o a 40.000 € en obras
- Certificado de fondos propios y financiación (inversiones productivas y no productivas)
- Título que acredite que puedes usar el local o inmueble (propiedad, alquiler o usufructo)
- Proyecto técnico, permisos y licencias si hay obra de construcción o rehabilitación (o la solicitud de los mismos)
- Si eres de familia vinculada al sector pesquero: antigüedad mínima de un año (alta en Seguridad Social) y rendimientos pesqueros en el IRPF del último ejercicio
- En creación de empleo: contratos, alta en Seguridad Social, TC2 del mes de contratación, vida laboral que acredite el desempleo previo, informes de plantilla media y empadronamiento en los municipios del listado
- Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y no tener deudas por reintegro de subvenciones
Ojo con esto
- No puedes empezar la inversión ni pagar nada antes de presentar la solicitud o de que el GALP levante el acta de no inicio: si lo haces, el gasto no es subvencionable.
- Solo se valora lo que escribas en la memoria del Anexo III, IV o V. Lo que no incluyas, no puntúa.
- Hay nota de corte: por debajo de 40 puntos el proyecto no se apoya aunque cumplas todo.
- Si tu actividad no pertenece al sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador o transformador, la ayuda va por minimis: máximo 200.000 € por proyecto y 300.000 € por promotor en tres años, sumando todas las minimis que hayas recibido.
- Debes mantener las inversiones al menos 5 años (10 años si es construcción o rehabilitación de inmuebles, con anotación en el Registro de la Propiedad) y el empleo creado al menos 3 años.
- No son subvencionables, entre otros: leasing, compra de locales o terrenos, material de segunda mano, móviles, gastos de constitución de la sociedad, meras reposiciones o reparaciones, ni facturas de menos de 100 € sin IVA.
- Solo puedes presentar una solicitud por línea de ayuda (salvo proyectos del sector pesquero que busquen diversificar su actividad).
- Los plazos de ejecución son cortos: 31 de diciembre de 2026 si es anual y 31 de diciembre de 2027 si es plurianual, y solo tienes 10 días para justificar desde que acaba el plazo de ejecución.
- Los vehículos industriales solo se subvencionan si tienen etiqueta 0 emisiones (Azul) o ECO.
- Las entidades locales y sus organismos dependientes no pueden ser beneficiarias.
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Hasta cuándo puedo pedir esta ayuda del GALP Itsas Garapen?
Hasta el 16 de noviembre de 2026, según la BDNS. El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOPV, que fue el 16 de octubre de 2026.
¿Cuánto me dan si me doy de alta como autónomo en economía azul?
Es una cantidad fija por puesto creado, una sola vez y en proporción a la jornada: 6.240 € si eres mujer, menor de 40 años, parada de larga duración, mayor de 55 en desempleo o tienes discapacidad igual o superior al 33 %, y 5.760 € en el resto de casos. Debes acreditar que estabas en desempleo antes del alta y estar empadronada en uno de los municipios del listado.
¿Puedo empezar las obras o comprar la maquinaria antes de que me resuelvan?
No puedes empezar ni pagar antes de presentar la solicitud o de que el GALP levante el acta de no inicio. La ayuda debe tener efecto incentivador: los gastos ejecutados o pagados antes no son subvencionables.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con límites. Si va por minimis (Reglamento UE 2023/2831), puedes acumular otras minimis siempre que no superes los 300.000 € en tres años. Si va por el Reglamento UE 2022/2473, es compatible siempre que la suma no supere la intensidad ni el importe máximo fijados por proyecto. En todo caso debes comunicar por escrito al GALP cualquier otra ayuda solicitada u obtenida en los 15 días siguientes.
¿Cuándo cobro?
Después de ejecutar y justificar. El pago se hace una vez el personal técnico del GALP certifica la inversión, previa verificación material in situ. En proyectos plurianuales hay pagos parciales por anualidad y puedes pedir hasta 2 pagos parciales por ejercicio. No se paga si no estás al corriente con Hacienda y Seguridad Social ni si no has tramitado el alta de terceros.
¿Cuánto tardan en resolver?
La resolución se dicta y notifica en un máximo de seis meses desde que la Orden surte efectos. Si pasa ese plazo sin respuesta expresa, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada por silencio.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto está recortado a partir del Anexo III, por lo que no se han podido comprobar los contenidos completos de las memorias de valoración (Anexos IV, V, VI, VII y VIII). También hay una discrepancia sin resolver en el presupuesto: la Orden habla de 2.100.000 € y la ficha de la BDNS de 1.050.000 €. Además, la Orden cita el Anexo I para los municipios en unos puntos y el Anexo II en otros (el listado de municipios figura en el Anexo I).
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Ayudas de EDLP, año 2026 (Minimis Reg UE 2023/2831).
Explicación redactada el 24/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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