Ayudas del Gobierno Vasco 2026 para implantar la responsabilidad social empresarial (RSE) y la participación de las personas trabajadoras
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO · ficha oficial (BDNS 935313) · bases reguladoras
El Gobierno Vasco cubre el 75% del coste de memorias de sostenibilidad, planes de participación o relevo societario, con topes de 2.000 a 12.000 €. Plazo: hasta el 13 de noviembre de 2026.
Para quién es
Entidades que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Euskadi, según la actividad que quieras hacer: - Memorias de sostenibilidad y de contabilidad social, métodos para mejorar la participación de las personas trabajadoras y pactos de relevo societario: solo cooperativas y sociedades laborales (de las recogidas en el art. 5.1 de la Ley 5/2011 de Economía Social). - Difusión e investigación de la cultura de la RSE y de la contabilidad social: universidades, asociaciones empresariales y entidades especializadas en RSE o gestión avanzada. - Plan de participación de personas trabajadoras en empresas que NO son de economía social: pequeñas y medianas empresas con centros de trabajo en Euskadi. No puedes pedirla si ya recibiste antes subvención por esa misma actividad, si estás en crisis, si tienes una orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea pendiente o si estás sancionada con la pérdida de ayudas públicas.
Cuánto te dan
Te dan el 75% del coste de la actividad, sobre el presupuesto que apruebe y valide la Dirección de Economía Social, con estos topes por entidad: - Memorias de sostenibilidad y contabilidad social: hasta 3.000 €. - Difusión e investigación de la RSE: hasta 12.000 €. - Métodos y herramientas de participación en empresas de economía social y Plan de participación en empresas que no lo son: hasta 10.000 €. - Pacto o contrato de relevo societario: hasta 2.000 €, o 4.000 € si la empresa tiene más de quince personas trabajadoras. El presupuesto total de la convocatoria es de 178.795 €: 128.795 € en la partida sujeta a minimis y 50.000 € en la partida no minimis. Si el dinero no llega para todas las solicitudes, se reducen proporcionalmente los importes.
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (13 de octubre de 2026). Según los datos de la BDNS, del 14 de octubre al 13 de noviembre de 2026. A fecha de hoy (15 de octubre de 2026) el plazo está abierto.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva no concursal: no se compite por puntos. Todas las solicitudes presentadas en plazo y forma que cumplan los requisitos acceden a la ayuda, y se calcula la cuantía de cada una según los porcentajes y topes. Si el presupuesto no alcanza para cubrir todas, se aplica una reducción proporcional. La resolución se dicta y notifica en un plazo máximo de seis meses desde que la Orden surte efectos; si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende denegada.
Cómo se pide
Solo por internet, en la sede electrónica del Gobierno Vasco: https://www.euskadi.eus/servicios/1011810. Necesitas certificado y firma electrónica admitidos por la sede; también puedes actuar mediante representante inscrito en el Registro electrónico de Apoderamientos de Euskadi. Puedes hacerlo en euskera o castellano. Las notificaciones y trámites posteriores llegan por «Mi carpeta». Si presentas la solicitud en papel, te indicarán que debes hacerlo electrónicamente y contará la fecha de presentación telemática.
Qué te piden
- Solicitud electrónica en el modelo oficial, cumplimentada en todos sus términos.
- Memoria detallada de los motivos y finalidades de la actuación, con medios humanos y materiales, presupuesto desglosado con plan de financiación o ingresos previstos, y calendario de la actuación.
- Declaración responsable: otras ayudas solicitadas o recibidas para lo mismo, ayudas de minimis de los tres años anteriores, no estar sancionada ni inhabilitada, no incurrir en deslocalización ni en sobrefinanciación, plan de igualdad vigente si es obligatorio, medidas contra el acoso sexual y por razón de sexo y derechos LGTBI si tienes más de 50 personas trabajadoras, no estar sujeta a orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea, no ser empresa en crisis y cumplir la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad.
- Certificado de empresa con el número de personas trabajadoras en el momento de la solicitud.
- Tres ofertas de proveedores distintos cuando el gasto supere el umbral del contrato menor e implique contratar con terceros (con las excepciones previstas).
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (se comprueba de oficio salvo que te opongas).
- Si pides el Plan de participación: puede hacerse con una consultora que tenga al menos una persona titulada superior con experiencia acreditada en centros de trabajo de Euskadi, y la persona consultora responsable debe llevar al menos tres años en esa empresa.
- Estar dado de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco para poder cobrar.
Ojo con esto
- Las acciones deben iniciarse durante 2026 y terminar antes del 15 de diciembre de 2026. La justificación también debe presentarse, como máximo, antes del 15 de diciembre de 2026 (y dentro de los 3 meses desde que acaban las acciones).
- No te la dan si ya recibiste antes subvención para esa misma actividad. En certificaciones de memorias de sostenibilidad y contabilidad social solo se subvenciona la primera; las renovaciones nunca. El Plan de participación solo se subvenciona en un ejercicio.
- La mayoría de líneas (memorias, métodos de participación, relevo societario y plan de participación) van bajo régimen de minimis: tienes que declarar las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores y no superar el límite europeo.
- Es compatible con otras ayudas públicas por lo mismo, pero la suma no puede superar el coste total de la actividad ni los topes de la convocatoria; el exceso se descuenta o se reintegra.
- Los costes indirectos no pueden superar el 5% de la actividad subvencionada, y los impuestos indirectos recuperables (como el IVA deducible) no son gasto subvencionable.
- Si ejecutas menos del 60% del presupuesto presentado puedes perder la ayuda; entre el 60% y el total se reduce proporcionalmente.
- Debes dar publicidad de que la actividad está financiada por la Dirección de Economía Social y cuidar el uso del euskera y del lenguaje no sexista en los materiales.
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¿Cuánto dinero me pueden dar?
El 75% del coste de la actividad aprobada, con topes: 3.000 € para memorias de sostenibilidad o de contabilidad social, 12.000 € para difusión e investigación de la RSE, 10.000 € para herramientas de participación y para el Plan de participación, y 2.000 € para el pacto de relevo societario (4.000 € si la empresa tiene más de quince personas trabajadoras).
¿Puede pedirla una pyme que no es cooperativa ni sociedad laboral?
Sí, pero solo para una cosa: elaborar e implantar un Plan de participación de las personas trabajadoras, y siempre que tenga centros de trabajo en Euskadi y desarrolle allí su actividad principalmente. Las memorias de sostenibilidad, las herramientas de participación y el relevo societario están reservadas a cooperativas y sociedades laborales.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOPV (13 de octubre de 2026). En la ficha de la BDNS figura del 14 de octubre al 13 de noviembre de 2026.
¿Cuándo cobro la ayuda?
El pago es fraccionado: hasta el 60% con cargo a 2026 si pasados quince días desde la notificación de la concesión no has renunciado, y hasta el 40% restante cuando la Dirección de Economía Social certifique que has justificado todos los gastos. No te pagan si no estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social ni si no estás en el Registro de Terceros.
¿Qué gastos me admiten?
Gastos de personal propio (la parte proporcional al tiempo dedicado, acreditando capacitación y participación directa) y gastos externos de contratación de servicios o consultorías necesarios para la acción. Deben estar efectivamente pagados antes de que acabe el plazo de justificación y no superar el valor de mercado.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, con ayudas de otras administraciones o entes públicos por el mismo objeto, pero la suma no puede superar el coste total de la actividad ni los topes de la base 6. Si lo supera, se declara incompatible el exceso y se reduce la ayuda vasca.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto oficial de la convocatoria está completo en lo esencial, pero el documento de bases reguladoras adjunto (Ley 7/2025 de Presupuestos) aparece recortado y en versión bilingüe, por lo que no se han podido verificar detalles presupuestarios concretos. Tampoco consta en el texto la fecha exacta de resolución ni el detalle del modelo de solicitud.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Ayudas implantación de RSE y participación personas trabajadoras - Minimis.
Explicación redactada el 15/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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