Ayudas Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya 2026: Línea B de formación 'A Mida' para trabajadores de empresas de menos de 50 personas
CONSORCI PER A LA FORMACIÓ CONTÍNUA DE CATALUNYA · ficha oficial (BDNS 931761) · bases reguladoras
Subvención para entidades que organicen formación dirigida a trabajadores de empresas adheridas con menos de 50 personas en plantilla. Entre 30.000 y 300.000 € por solicitud, hasta el 16/10/2026.
Para quién es
Esta Línea B es para las entidades que pueden presentar programas de formación según la base 6.1.b) de la Orden EMT/146/2025 (la convocatoria no detalla en su texto qué tipos de entidad son; hay que mirar esa base). La formación va dirigida a personas trabajadoras de empresas adheridas cuya plantilla sea inferior a 50 personas, con sede social, centro de trabajo o centro operativo en Cataluña. Si eres una empresa que quiere formar a su propia plantilla, lo tuyo no es esta línea, sino la Línea A (que sí es ayuda de minimis y va de 10.000 a 200.000 €). Para impartir especialidades del Catálogo del SEPE, la entidad debe estar inscrita en el Registro de entidades de formación profesional para esas especialidades antes de empezar a impartir.
Cuánto te dan
La solicitud de la Línea B no puede ser inferior a 30.000 € ni superior a 300.000 €. El presupuesto total de la convocatoria es de 3.000.000 € (2.400.000 € con cargo a 2026 y 600.000 € a 2028), y se reserva un 60% para la Línea B (1.800.000 €) y un 40% para la Línea A; si una línea no agota su dinero, el sobrante puede pasar a la otra. El importe se calcula por módulos económicos según la familia y área formativa (por ejemplo, 10,83 €/hora de módulo básico en competencias transversales, 7,50 € en teleformación); tienes la tabla completa en el anexo 2. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad, ni sola ni sumada a otras ayudas.
Plazo
Según los datos de la BDNS, el plazo termina el 16 de octubre de 2026 a las 14.00 h. El texto de la resolución aún tiene la fecha sin concretar ("dd/mm/2026") y dice que se abre a las 9.00 h del día hábil siguiente a su publicación en el DOGC. A fecha de hoy (26/09/2026) el plazo estaría abierto, pero confirma la fecha exacta en el DOGC antes de presentar.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva. Se valoran las solicitudes con los criterios de la base 16 de la Orden EMT/146/2025 y se conceden de mayor a menor puntuación hasta agotar el presupuesto. Puedes tener que reformular la solicitud para ajustarla al importe que te concedan. La resolución se dicta y publica en un máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria; si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende denegada por silencio.
Cómo se pide
Solo por internet, con firma electrónica, a través del portal Canal Empresa (canalempresa.gencat.cat), donde está el formulario normalizado. El seguimiento del expediente se hace desde el Área Privada de Canal Empresa o desde la aplicación Conforcat. Ojo: si lo presentas por otro registro, se tiene por no presentado.
Qué te piden
- Ser una entidad de las previstas en la base 6.1.b) de la Orden EMT/146/2025 y cumplir los requisitos de las bases 6 y 7
- Que la formación vaya dirigida a trabajadores de empresas adheridas con plantilla inferior a 50 personas
- Que las empresas tengan sede social, centro de trabajo o centro operativo en Cataluña
- Vincular cada acción formativa a una familia y área del anexo 2 de la resolución
- Estar inscrita en el Registro de entidades de formación profesional para las especialidades del Catálogo del SEPE que quieras impartir, antes de impartirlas
- Presentar la documentación de la base 13 del anexo 1 de la Orden EMT/146/2025 junto con el formulario
- Llevar el control de asistencia S30 firmado en cada sesión (a mano en presencial; con identificación y firma del formador en aula virtual; controles de aprendizaje en teleformación)
- En aula virtual: registro de conexiones y autorización firmada de los participantes para el tratamiento de datos
Ojo con esto
- Si presentas la solicitud por un registro distinto de Canal Empresa, no cuenta: se considera no presentada.
- La Línea B NO es ayuda de minimis (el límite de 300.000 € de minimis en tres años solo afecta a la Línea A), pero sí tiene un tope de 300.000 € por solicitud.
- Por debajo de 30.000 € no puedes pedir nada en esta línea: es el mínimo.
- La formación no puede empezar antes: se inicia a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de otorgamiento, y en todo caso dentro de 2026.
- No se admiten firmas autogeneradas de Adobe en los controles de asistencia.
- La duración no puede superar 8 horas diarias de impartición, y los cambios de día, horario o lugar hay que notificarlos en el S10; si no, se considera ejecución incorrecta.
- La subvención puede reducirse total o parcialmente antes de la resolución definitiva por motivos de estabilidad presupuestaria.
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo pedir en la Línea B?
Entre 30.000 € y 300.000 € por solicitud. El cálculo se hace por módulos económicos según la familia y el área formativa, con las tarifas por hora del anexo 2 de la resolución.
¿Puede pedirla directamente mi empresa para formar a mi plantilla?
No en esta línea. La Línea B la presentan entidades para formar a trabajadores de empresas adheridas de menos de 50 personas. Si quieres formar a tu propia plantilla, la vía es la Línea A (de 10.000 a 200.000 €, sujeta a minimis).
¿Cuándo cobro la subvención?
Una vez dictada la resolución de concesión se puede anticipar el 80% del importe, sin necesidad de aval. El 20% restante se paga pasados dos meses desde el fin del plazo de ejecución, siempre que esté justificado y comprobado.
¿Hasta cuándo tengo para hacer la formación y justificarla?
Las actividades empiezan tras la publicación de la resolución de concesión, dentro de 2026, y acaban como máximo el 31 de diciembre de 2027 (prorrogable por resolución). La justificación se presenta en los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución, por módulos económicos.
¿Puedo dar la formación online?
Sí. Puedes impartir formación presencial mediante aula virtual si garantizas la transmisión de conocimientos y el seguimiento, con registro de conexiones y el S30 firmado por el formador el mismo día. En las visitas de control se puede pedir a los participantes que enciendan la cámara. También hay módulos específicos de teleformación (7,50 €/hora en la mayoría de áreas).
¿Se cuenta como ayuda de minimis?
No. La convocatoria dice expresamente que la Línea B no constituye ayuda de Estado y no está sujeta al reglamento de minimis; ese límite de 300.000 € en tres años solo se aplica a la Línea A.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto de la resolución está en borrador: la fecha exacta de inicio y fin del plazo aparece sin rellenar (la fecha del 16/10/2026 procede de los datos de la BDNS). Tampoco consta en este texto qué entidades concretas encajan en la base 6.1.b), ni los criterios de valoración (base 16), los requisitos de beneficiario (bases 6 y 7), la documentación exacta (base 13) ni los gastos subvencionables (base 10): todo eso remite a la Orden EMT/146/2025, cuyo contenido no se ha podido consultar.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Línea B. Programas de formación que presenten las entidades digiridos a las personas trabajadoras de empresas adheridas i cuya plantilla sea inferior a 50 personas trabajadoras..
Explicación redactada el 26/09/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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