Ayudas a la formación de tus trabajadores en Cataluña 2026 (Línea A, programas A Mida del Consorci per a la Formació Contínua)
CONSORCI PER A LA FORMACIÓ CONTÍNUA DE CATALUNYA · ficha oficial (BDNS 931620) · bases reguladoras
El Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya subvenciona planes de formación a medida para tu plantilla. Línea A: entre 10.000 € y 200.000 € por empresa, hasta el 16/10/2026.
Para quién es
Es para empresas con sede social, centro de trabajo o centro operativo en Cataluña que quieran formar a sus propias personas trabajadoras. Entran pymes, grandes empresas y personas físicas que desarrollan una actividad económica (autónomos con plantilla), de prácticamente cualquier sector. Ojo: esta es la Línea A, la que presenta la propia empresa para su gente. Si lo que buscas es que una entidad organice formación para trabajadores de empresas adheridas de menos de 50 personas, eso es la Línea B, otra vía distinta. Los requisitos concretos para ser beneficiario están en las bases 6 y 7 de la Orden EMT/146/2025, que la convocatoria no reproduce.
Cuánto te dan
La Línea A tiene 1.200.000 € (el 40% de los 3.000.000 € totales de la convocatoria; si la Línea B no agota su parte, el sobrante puede pasar a la A). Tu solicitud no puede pedir menos de 10.000 € ni más de 200.000 €. La subvención se calcula y se justifica por módulos económicos por familia y área formativa: por ejemplo, 10,83 €/hora en competencias digitales u ofimática (módulo básico), 13,35 € en módulo superior y 7,50 € en teleformación; en energías renovables, 12,43 € básico y 15,50 € superior. La lista completa está en el anexo 2 de la resolución. La ayuda nunca puede superar el coste real de la formación.
Plazo
Se puede presentar desde las 9:00 h del día hábil siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. Según los datos de la BDNS, el plazo termina el 16 de octubre de 2026 (el texto de la resolución deja la fecha exacta en blanco, pero fija las 14:00 h como hora límite del último día). A día de hoy, 26 de septiembre de 2026, sigue abierto.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se valoran todas las solicitudes con los criterios de la base 16 de la Orden EMT/146/2025 y se conceden de mayor a menor puntuación hasta agotar el dinero. Una comisión de valoración del Consorci examina los expedientes. Si sobra presupuesto, hay renuncias o llegan nuevos fondos, se pueden rescatar programas que se quedaron fuera por orden de puntuación.
Cómo se pide
Solo por internet y con firma electrónica. El formulario normalizado está en Canal Empresa (canalempresa.gencat.cat), y ahí mismo se adjunta la documentación. El seguimiento del expediente se hace desde el Área Privada de Canal Empresa o en la aplicación Conforcat. Si lo presentas por otro registro, se considera no presentado.
Qué te piden
- Tener sede social, centro de trabajo o centro operativo en Cataluña y dirigir la formación a tus personas trabajadoras
- Presentar un programa de formación cuyas acciones se vinculen a alguna de las familias y áreas del anexo 2 de la resolución
- Cumplir los requisitos de entidad beneficiaria de las bases 6 y 7 de la Orden EMT/146/2025
- Adjuntar la documentación que indica la base 13 de esas mismas bases (la convocatoria no la detalla)
- Si vas a impartir especialidades del Catálogo del SEPE, estar inscrito en el Registro de entidades de formación profesional para esas especialidades antes de empezar a impartir
- Declarar las ayudas de minimis recibidas en los tres últimos años
- Llevar el control de asistencia S30 firmado el mismo día de cada sesión (a mano en presencial; identificando asistentes y firmando el formador en aula virtual). No se admiten firmas autogeneradas en Adobe
- En aula virtual: registro de conexiones y autorización firmada de los participantes para el tratamiento de datos
Ojo con esto
- Es ayuda de minimis: sumando lo que te den aquí y todas las ayudas de minimis de los últimos tres años (de cualquier administración), no puedes pasar de 300.000 €.
- Si pides menos de 10.000 € o más de 200.000 €, tu solicitud queda fuera de los límites de la Línea A.
- La formación no puede empezar antes: las actividades arrancan a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de otorgamiento, y en todo caso dentro de 2026.
- La ejecución termina como máximo el 31 de diciembre de 2027 (prorrogable por resolución del director del Consorci) y tienes 2 meses más para justificar.
- La ayuda no puede superar el coste de la actividad, ni sola ni sumada a otras subvenciones o ingresos.
- Errores como impartir más de 8 horas diarias, cambiar días, horarios o lugar sin notificarlo en el S10, o que la acción no se esté haciendo en el momento de una visita, se consideran ejecución incorrecta y pueden costarte la ayuda.
- Si no hay resolución en 6 meses desde la publicación de la convocatoria, se entiende denegada por silencio.
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Lo que no hemos podido comprobar: El texto facilitado es un borrador con fechas en blanco (día exacto de inicio y fin del plazo, fecha de la resolución). No constan los criterios de valoración concretos, la lista de documentos de la base 13, los gastos subvencionables detallados ni los requisitos de beneficiario, porque remiten a la Orden EMT/146/2025, cuyo texto no se ha podido consultar (el enlace aportado solo devuelve el sumario del DOGC). El presupuesto de 1.200.000 € que figura en la BDNS corresponde a la reserva del 40% para la Línea A. ¿Puedo pedirla si soy autónomo sin trabajadores? La Línea A financia formación para las personas trabajadoras de la empresa, y entre los beneficiarios se incluyen personas físicas que desarrollan actividad económica; la convocatoria no aclara expresamente el caso del autónomo sin plantilla. ¿Cuándo cobro? Tras la resolución de concesión pueden anticiparte el 80% sin que tengas que presentar garantía. El 20% restante se paga pasados dos meses desde el fin del plazo de ejecución, una vez justificada la formación y hechas las comprobaciones. ¿La formación puede ser online? Sí: hay módulos económicos específicos de teleformación (7,50 €/hora en la mayoría de áreas) y se admite impartir la formación presencial por aula virtual, con registro de conexiones, control S30 por sesión y posibilidad de que el Consorci pida encender la cámara para verificar asistencia. ¿Se puede cambiar el proyecto si me dan menos dinero del que pedí? Sí, se admite reformular la solicitud para ajustar compromisos y condiciones a la subvención que te puedan otorgar, en los términos de la base 18 de las bases reguladoras. ¿Dónde me notifican si me la han dado? En el Tablón electrónico de la Generalitat (tauler.seu.cat). Esa publicación sustituye a la notificación individual. El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. ¿Qué formación puedo incluir? Cualquiera vinculada a las familias y áreas del anexo 2: administración y gestión, comercio y marketing, competencias transversales (digitales, idiomas, prevención de riesgos, transición ecológica...), hostelería y turismo, informática, energía, sanidad, transporte y muchas más. ¿Es compatible con otras ayudas? La convocatoria no lo prohíbe expresamente, pero el importe no puede superar el coste de la actividad sumando otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, y cuenta para el tope de minimis de 300.000 €. Si quieres devolver voluntariamente el dinero, tienes que pedir antes la renuncia al órgano competente, que te emitirá la carta de pago; se calculan intereses de demora desde la fecha de cobro. Contra la resolución puedes poner recurso de reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos meses. No se ha podido verificar la fecha exacta de apertura del plazo. faq
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Línea A: Los programas de formación que presenten las empresas para sus personas trabajadoras..
Explicación redactada el 26/09/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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