Cheque Emprendedor Teulada-Moraira 2026: 500 € para nuevos negocios (Ayuntamiento de Teulada)
AYUNTAMIENTO DE TEULADA · ficha oficial (BDNS 939213) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Teulada da 500 € a quienes hayan abierto un negocio en el municipio. Solo hay 3 ayudas y se piden del 5 al 18 de noviembre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si has iniciado una actividad económica en un establecimiento abierto al público situado en Teulada, con domicilio fiscal y actividad en el municipio. Vale tanto para personas físicas (autónomos y profesionales) como para sociedades, sociedades civiles o comunidades de bienes. Tienes que tener la consideración de microempresa según el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 y el alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036 o 037) debe estar fechada entre el 1 de octubre de 2025 y el 10 de octubre de 2026. No pueden pedirla quienes estén en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (por ejemplo, deudas con Hacienda o Seguridad Social).
Cuánto te dan
500 € a fondo perdido por empresa, en concepto de gastos de constitución e inicio de actividad. El presupuesto total es de 1.500 €, así que solo se conceden 3 ayudas como máximo. Tienes que justificar gastos por un importe igual o superior a los 500 €.
Plazo
Del 5 al 18 de noviembre de 2026 (10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las bases en el BOP de Alicante). Según la fecha de hoy, 3 de noviembre de 2026, el plazo aún no ha abierto.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúan todas las solicitudes (hasta 100 puntos) y se conceden las de mayor puntuación hasta agotar los 1.500 €. Se valora el inicio desde el desempleo (15 p.), colectivos prioritarios como menores de 30 años, mujeres o personas con discapacidad (10 p.), plan de negocio viable (20 p.), innovación (10 p.), sectores emergentes como digitalización, economía verde o turismo sostenible (15 p.), creación de empleo (15 p.), dinamización local (10 p.) y sostenibilidad (5 p.). Si hay empate, manda la fecha y hora de registro. Quien no entre queda en lista de espera por si se amplía el crédito.
Cómo se pide
Solo por internet, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Teulada (teuladamoraira.sedelectronica.es), con el formulario normalizado. Necesitas firma electrónica avanzada; si no la tienes, puede presentarla alguien en tu representación acreditándola. La información también está en www.teuladamoraira.com.es. Cualquier solicitud presentada por otra vía será inadmitida.
Qué te piden
- Haber dado de alta la actividad entre el 1/10/2025 y el 10/10/2026 (fecha del modelo 036 o 037)
- Tener establecimiento abierto al público en Teulada y domicilio fiscal en el municipio
- Comprometerte a mantener la actividad al menos hasta el 31 de diciembre de 2026
- Si eres persona física: DNI por las dos caras o NIE con pasaporte
- Certificado actualizado de Situación Censal con actividad, fecha de alta y domicilio fiscal
- Resolución del alta en el RETA o en la mutua profesional correspondiente
- Si eres sociedad o CB: NIF, contrato de constitución o escritura y estatutos, poderes del administrador y DNI/NIE del administrador y de quien firma
- Alta en el régimen de Seguridad Social del administrador
- Ficha de terceros (dentro del trámite telemático)
- Solicitud de licencia de apertura presentada
- Memoria de viabilidad económica
- DARDE o informe de periodos de inscripción en la Oficina de Empleo si estabas en paro (no es obligatorio, pero puntúa)
- Declaración de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento, o autorización para que lo consulten
- Cuenta justificativa del gasto (Anexo II) con facturas y justificantes bancarios de pago
Ojo con esto
- Solo hay 3 ayudas de 500 €: el presupuesto total es de 1.500 €.
- Es una ayuda ex post: tienes que presentar la justificación de los gastos ya pagados JUNTO con la solicitud, no después.
- Los gastos deben estar realizados y pagados entre el 1/1/2026 y el 10/10/2026.
- No se admiten pagos en efectivo: necesitas justificantes bancarios de transferencia.
- No valen albaranes, notas de entrega ni facturas proforma; las facturas deben estar a nombre del beneficiario.
- Solo una solicitud por entidad. Si presentas varias, solo cuenta la primera.
- Si presentas la documentación incompleta, la fecha de registro que cuenta es la del último documento aportado (y eso te perjudica en caso de empate).
- Es una ayuda de minimis (Reglamento UE 2023/2831): máximo 300.000 € en tres años sumando todas las de minimis.
- Si pediste la capitalización del paro para los mismos gastos, debes declararlo: no puede haber sobrefinanciación.
- Si no mantienes la actividad hasta el 31/12/2026, tendrás que devolver el dinero con intereses.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
Marca lo que cumples. Sale de "qué te piden", no es un veredicto: para eso leemos las bases con tu negocio delante.
Avísame antes de que cierre
Te mandamos un correo 7 días y 2 días antes del cierre (18/11/2026). Solo eso; nada más.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero dan exactamente?
500 € por empresa, a fondo perdido. Solo se conceden 3 ayudas, porque el presupuesto total es de 1.500 €.
¿Qué gastos puedo justificar?
Tasa de apertura de establecimiento, notaría, Registro Mercantil, rótulo o cartel comercial, mantenimiento y mejoras del local (alarmas, pintura, cerrajería...), estudios de mercado, alquiler del local, asesoría fiscal/contable/laboral, proyectos técnicos de ingenieros o arquitectos, diseño y mantenimiento de web, publicidad y redes, licencias de software y material fungible de oficina. Todos entre el 1/1/2026 y el 10/10/2026.
¿Cuándo me pagan?
Después de que se compruebe que cumples y de que hayas justificado documentalmente los gastos. Como la justificación va junto con la solicitud, el pago llega tras la resolución, que debe dictarse en un máximo de 2 meses desde que acaba el plazo de presentación.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones públicas o privadas siempre que no superes el coste de la actuación ni haya sobrefinanciación, y respetando los límites de minimis. Debes declarar todas las ayudas solicitadas u obtenidas en la memoria justificativa.
¿Puedo pedirla si me di de alta en 2025?
Sí, siempre que la fecha de alta en el modelo 036 o 037 sea del 1 de octubre de 2025 en adelante y como tarde del 10 de octubre de 2026.
¿Hace falta estar en paro antes de empezar?
No es obligatorio, pero suma 15 puntos si acreditas con el DARDE que iniciaste la actividad desde el desempleo, y además es criterio de prioridad junto con la fecha de registro.
Lo que no hemos podido comprobar: La convocatoria no detalla la fecha exacta de publicación en el BOP de Alicante (las fechas de plazo proceden de los datos de la BDNS). Tampoco especifica el código de procedimiento en sede electrónica ni el contenido mínimo de la memoria de viabilidad económica. Hay una discrepancia entre bases sobre la aplicación presupuestaria (4310.4402 y 4310.44002) y las bases remiten a veces a la 'base 3ª' al hablar de conceptos subvencionables, que en realidad son la base 4ª.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES FOMENTO ACTIVIDAD EMPRENDERDORA `CHEQUE EMPRENDEDOR` 2026 (EXPTE. 9105/2026).
Explicación redactada el 03/11/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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