Préstamos bonificados del IVF al 1,5% para empresas afectadas por los incendios forestales de 2026 en la Comunitat Valenciana
INSTITUT VALENCIÀ DE FINANCES · ficha oficial (BDNS 935897) · bases reguladoras
El IVF presta desde 100.000 € al 1,5% fijo a empresas de los municipios quemados en 2026. Para reparar daños, invertir o cubrir circulante, hasta el 31/12/2026.
Para quién es
Pueden pedirlo personas jurídicas (sociedades) que tengan al menos un establecimiento o sucursal en alguno de los municipios afectados por los incendios de 2026, o que vayan a abrir allí su primer establecimiento. Te piden al menos 2 años de antigüedad y como mínimo un empleado o un autónomo societario; ese requisito no se aplica si el proyecto es implantar una sociedad de nueva creación con domicilio en un municipio afectado. Los municipios incluidos son: La Vall d'Uixó, Betxí, Onda, La Vilavella, Artana, Eslida, Aín, Alcudia de Veo, Tales, Alfondeguilla, Nules, Chóvar, Tírig, Catí, Albocàsser, Culla, La Salzadella, Segorbe, Gátova, Soneja, Azuébar, la pedanía de El Saler (València), Tuéjar y Benagéber, más los núcleos y zonas incluidos en los Decretos 114/2026, 127/2026 y 135/2026. NO pueden pedirlo: empresas de los sectores financiero, inmobiliario y de seguros; producción y comercio de tabaco y bebidas alcohólicas destiladas; actividades ilegales; ni entidades públicas, universidades públicas, empresas y fundaciones públicas o sociedades participadas mayoritariamente por ellas. Tampoco si tienes incidencias en CIRBE o ficheros de impagados, fondos propios negativos sin subsanar, o pérdidas continuadas en los dos últimos ejercicios (salvo aval de AFIN-SGR al 100%).
Cuánto te dan
No es una subvención a fondo perdido: es un préstamo con el interés bonificado. Pagas un tipo fijo del 1,5%, sin comisión de apertura ni de cancelación anticipada. El importe mínimo es de 100.000 € y el máximo depende de tu facturación anual: hasta 150.000 € si facturas hasta 1 M€; hasta 250.000 € entre 1 y 2 M€; hasta 600.000 € entre 2 y 5 M€; hasta 1.000.000 € entre 5 y 10 M€; hasta 1.500.000 € entre 10 y 40 M€; y hasta 3.000.000 € si superas los 40 M€. El riesgo máximo por beneficiario (incluido su grupo) es de 3.000.000 €. Si financias activos fijos, el préstamo no puede superar el 80% del valor de la inversión. Plazos: inversión en activos fijos, de 4 a 10 años con hasta 3 años de carencia; circulante, de 2 a 4 años con hasta 1 año de carencia. Las liquidaciones son trimestrales (15 de marzo, junio, septiembre y diciembre). La línea global es de 50.000.000 € y la bonificación se financia con 18.000.000 € para 2026 (la ficha de la BDNS recoge 12.000.000 € de presupuesto).
Plazo
Se puede solicitar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV y hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agotan los 50 millones de la línea. El IVF publicará en su web la fecha de cierre si el dinero se acaba antes. La fecha exacta de publicación en el DOGV no consta en el texto facilitado.
Cómo se decide
Es concurrencia competitiva pero por orden de llegada: se atienden las solicitudes según el orden de presentación hasta agotar la línea, sin comparar ni puntuar proyectos entre sí. Después, el IVF analiza tu elegibilidad, tu comportamiento de pago, tu calificación crediticia (que no puede ser inferior a B en escala S&P, salvo aval de AFIN-SGR al 100%), tu capacidad de repago y las garantías, y decide aprobar o denegar.
Cómo se pide
Solo online, en la sede electrónica del IVF a través de https://prestamos.ivf.es, con certificado electrónico o cualquier sistema de firma admitido en la sede de la Generalitat. Si financias a la vez activos fijos y circulante, no hace falta presentar dos solicitudes: se tramita junta, pero se aplican las condiciones de plazo, carencia e importe previstas para circulante. Si falta documentación, te dan 10 días hábiles para subsanar; si no lo haces, se te tiene por desistido.
Qué te piden
- DNI/pasaporte del representante legal y escritura de apoderamiento, acta de titularidad real (o declaración responsable) y escritura de constitución
- Si formas parte de un grupo: organigrama con porcentajes de participación, empleados, activo y volumen de negocio de cada empresa
- Declaración responsable de que cumples los requisitos de beneficiario
- Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas, indicando régimen, cuantía, fecha y organismo
- Cuentas anuales depositadas de los dos últimos ejercicios cerrados (auditadas si estás obligado) y, si no auditas, Impuesto de Sociedades de esos dos ejercicios
- Cuadro de vencimientos de tus obligaciones financieras por año
- Presupuesto proforma del proyecto si financias inversión en activos fijos
- Cuentas consolidadas si el grupo está obligado a consolidar
- Informe CIRBE actualizado del Banco de España
- Memoria del proyecto según el modelo anexo (descripción de la empresa, inversiones previstas con fechas, balance y resultados intermedios y cuenta de pérdidas y ganancias previsional)
- Estar al corriente con Hacienda estatal, Generalitat y Seguridad Social
Ojo con esto
- No es dinero a fondo perdido: devuelves el préstamo. La ayuda es la rebaja del tipo de interés hasta el 1,5% fijo.
- Solo personas jurídicas. El texto de la convocatoria limita los beneficiarios a sociedades, aunque la ficha de la BDNS mencione personas físicas con actividad económica.
- Importe mínimo 100.000 €: proyectos pequeños no encajan en esta línea.
- Si te acoges a minimis (Reglamento UE 2023/2831), la inversión no puede haber empezado más de 6 meses antes de la solicitud; si te acoges al artículo 17 del RGEC, la inversión no puede haberse iniciado antes de presentar la solicitud.
- Topes de minimis: 300.000 € en tres años por empresa única (50.000 € en producción agrícola primaria). Si los has agotado, el préstamo puede concederse sin bonificación.
- Debes mantener la actividad al menos 12 meses desde la concesión y conservar los activos fijos financiados 5 años, salvo autorización del IVF; si no, hay que devolver la bonificación.
- Impago de dos liquidaciones consecutivas, justificación insuficiente o falsear datos pueden provocar la revocación de la bonificación y el vencimiento anticipado del préstamo.
- No se admiten justificantes de pagos en efectivo.
- Se exige calificación crediticia mínima B (S&P) o aval de AFIN-SGR al 100% del nominal e intereses ordinarios.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
Marca lo que cumples. Sale de "qué te piden", no es un veredicto: para eso leemos las bases con tu negocio delante.
Avísame antes de que cierre
Te mandamos un correo 7 días y 2 días antes del cierre (31/12/2026). Solo eso; nada más.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Qué interés voy a pagar?
Un tipo fijo del 1,5%, resultado de aplicar la bonificación sobre el tipo que te correspondería por tu calificación crediticia. Además, el IVF no cobra comisión de apertura ni de cancelación anticipada. Si ya has agotado tus límites de ayudas de Estado, el tipo puede ser superior o el préstamo concederse sin bonificación.
¿Puedo pedirlo si soy autónomo persona física?
La convocatoria dice que los beneficiarios son personas jurídicas con establecimiento o sucursal en un municipio afectado (o que vayan a abrir allí su primer establecimiento). La ficha de la BDNS menciona personas físicas con actividad económica, pero el texto oficial no lo recoge: conviene consultarlo con el IVF.
¿Para qué puedo usar el dinero?
Para inversión en activos fijos (terrenos hasta el 20% del préstamo, naves y locales, obras, instalaciones de renovables de hasta 30 MWp, equipos TIC, maquinaria, mobiliario, vehículos industriales, intangibles) y para circulante: gastos corrientes, nóminas, proveedores, existencias, tesorería y cancelación de deuda a corto plazo comercial y financiera.
¿Hasta cuándo puedo solicitarlo?
Hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta que se agoten los 50 millones de euros de la línea, lo que pase antes. Como se resuelve por orden de llegada, cuanto antes presentes, mejor.
¿Es compatible con las ayudas directas por los incendios?
Sí, puede acumularse con otras ayudas, siempre que se refieran a costes distintos o que, si son los mismos costes, no se superen las intensidades o importes máximos de ayuda que fija la normativa europea. Tienes que declarar todas las ayudas solicitadas o recibidas.
¿Cuándo cobro el préstamo?
Tras la resolución de concesión debes formalizar el contrato en documento público, en un plazo máximo de 3 meses salvo prórroga. El desembolso se hace a petición tuya, de una vez o en disposiciones parciales; en inversiones en activos fijos el IVF puede anticipar hasta el 25% antes de que justifiques las facturas.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación en el DOGV (y por tanto el día concreto de apertura del plazo). Hay discrepancia entre el presupuesto que figura en la BDNS (12.000.000 €) y el importe de la línea de la convocatoria (50.000.000 €, con 18.000.000 € para la bonificación). Los anexos de declaración responsable, declaración de ayudas y titularidad real aparecen sin contenido en el documento.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Convocatoria para el otorgamiento de PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR LOS INCENDIOS FORESTALES DE 2026.MINIMIS.
Explicación redactada el 17/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
Otras ayudas abiertas que te pueden interesar
- Ayudas del IVC 2026 para producir documentales sobre tradiciones vivas y artesanía valenciana (hasta 80.000 €)
INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC) - Ayudas Chiva Emprende 2026: hasta 3.000 € para nuevos autónomos y empresas en Chiva (Valencia)
AYUNTAMIENTO DE CHIVA - Bono Consumo Ondara 2026: cómo adherir tu comercio y cómo comprar los bonos (Alicante)
AYUNTAMIENTO DE ONDARA - Ayudas del Ayuntamiento de Sedaví 2026 para contratar a personas desempleadas: hasta 2.500 € por contrato
AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ