Ayudas Chiva Emprende 2026: hasta 3.000 € para nuevos autónomos y empresas en Chiva (Valencia)
AYUNTAMIENTO DE CHIVA · ficha oficial (BDNS 931203) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Chiva da hasta 3.000 € a quien haya creado su empresa o se haya dado de alta como autónomo en el municipio. Puedes pedirla hasta el 15 de noviembre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física o jurídica y has iniciado una actividad empresarial o comercial en Chiva. Te piden: alta nueva tanto en Seguridad Social como en la actividad; que el inicio de la actividad (fecha del modelo 036 o 037) se haya producido dentro de los doce meses anteriores al fin del plazo de solicitudes; estar de alta en autónomos (RETA), en la mutualidad que te corresponda o en el régimen general, y en Hacienda en el momento de solicitar; tener el domicilio fiscal y el local donde desarrollas la actividad (si lo hay) en el término municipal de Chiva; estar de alta en el IAE o exento; y estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y sin deudas con el Ayuntamiento de Chiva. NO pueden pedirla las empresas públicas, sus organismos autónomos y otros entes públicos, ni asociaciones, fundaciones ni entidades sin ánimo de lucro. Solo se admite una solicitud y una ayuda por persona física o jurídica.
Cuánto te dan
Una subvención a fondo perdido de hasta 2.000 € por empresa, que puede subir hasta un máximo de 3.000 € en estos casos: hasta 2.500 € si eres persona emprendedora joven de hasta 30 años o mayor de 45; 250 € más si eres mujer, persona con diversidad funcional de al menos el 33% o persona en riesgo de exclusión social acreditada por los servicios sociales municipales; y hasta 3.000 € si la actividad es innovadora (lo valora la Agencia de Empleo y Desarrollo Local a partir de tu memoria, pudiendo hacerte una entrevista). La ayuda nunca puede superar el importe de los gastos que justifiques correctamente. El crédito total: las bases hablan de 10.000 €, mientras que la ficha de la BDNS indica 12.000 € de presupuesto; puede ampliarse antes de resolver si hay crédito disponible.
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y hasta el 15 de noviembre de 2026. La fecha exacta de inicio no consta en el texto de las bases.
Cómo se decide
Formalmente es concurrencia competitiva, pero en la práctica funciona por orden de llegada: el criterio de valoración es la fecha y hora de entrada de la solicitud con toda la documentación completa, y se conceden hasta agotar el crédito. Si presentas documentación incompleta, cuenta como fecha de registro la de la última entrega. En caso de empate de fecha y hora, priman por este orden: persona con diversidad funcional acreditada, mujer titular, mayor de 45 años y joven de hasta 29 años. Resuelve la Junta de Gobierno Local en un plazo de 6 meses desde la publicación en el BOP; si no hay respuesta, se entiende desestimada.
Cómo se pide
Solo por vía telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva (https://chiva.sedelectronica.es). Necesitas firma electrónica avanzada o identificarte con Cl@ve; si no tienes, puedes actuar a través de un representante que sí la tenga, acreditando la representación. Si falta algo, te requieren y tienes 10 días para subsanar, o te tendrán por desistido.
Qué te piden
- Solicitud normalizada firmada por ti o tu representante legal
- Certificado de Situación Censal (modelo 036 o 037) con la actividad, fecha de alta, domicilio fiscal y local en Chiva
- Informe de situación actual con el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social
- Memoria o plan de empresa describiendo la actividad, con especial atención a su carácter innovador si lo tiene
- Facturas y justificantes bancarios de pago de los gastos subvencionables
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y de no tener deudas con el Ayuntamiento de Chiva (o autorizar su consulta)
- Ficha de mantenimiento de terceros (no hace falta si ya la aportaste antes y no ha cambiado nada)
- Justificación económica: solicitud de pago (Anexo 6), memoria justificativa (Anexo 7), cuenta justificativa (Anexo 8), declaración responsable (Anexo 9) y relación de facturas (Anexo 10)
- Declaraciones responsables durante la tramitación electrónica, incluida la de ayudas de minimis recibidas en los tres últimos ejercicios fiscales
- A los 12 meses del inicio de actividad: certificado de situación censal actualizado e informe de situación actual de la Seguridad Social, en los 10 días naturales siguientes
Ojo con esto
- Es una ayuda de minimis (Reglamento UE 1407/2013): tienes que declarar las de minimis recibidas en los tres últimos ejercicios fiscales.
- Aunque la base de compatibilidad permite combinarla con otras ayudas si los gastos son distintos, entre los requisitos figura no haber obtenido ni solicitado otra ayuda para la misma acción u objeto subvencionable (salvo bonificaciones de cuotas de Seguridad Social). Consulta con el Ayuntamiento antes de solicitar si tienes otras ayudas.
- Debes justificar gastos por al menos la cuantía máxima que pidas: si no llegas, cobras menos.
- Nada de pagos en metálico. No valen albaranes, recibos, tickets de caja, capturas de pantalla, justificantes de TPV ni facturas proforma: solo facturas con transferencia bancaria a tu nombre.
- No son subvencionables el IVA ni otros impuestos y tasas, el IBI, las inversiones ni la compra de inmuebles, ni intereses, recargos, multas o gastos judiciales.
- Solo cuentan los gastos hechos desde la fecha de creación de la empresa y hasta el día que presentes la solicitud.
- Debes mantener la actividad al menos 12 meses desde su inicio y acreditarlo; si no, pueden exigirte el reintegro.
- Si presentas la documentación incompleta, pierdes tu puesto en la cola: cuenta la fecha de la última entrega y el crédito es limitado.
- La subvención hay que declararla ante la Agencia Tributaria.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
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¿Cuánto dinero dan en Chiva Emprende 2026?
Hasta 2.000 € por empresa con carácter general. Sube a 2.500 € si tienes hasta 30 años o más de 45; 250 € más si eres mujer, tienes una discapacidad de al menos el 33% o estás en riesgo de exclusión social acreditado; y hasta 3.000 € si la actividad se valora como innovadora. El tope es 3.000 € y nunca más de lo que justifiques en gastos.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Hasta el 15 de noviembre de 2026. El plazo se abre el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
¿Cuándo tengo que haberme dado de alta para poder pedirla?
El inicio de la actividad debe haberse producido en los doce meses anteriores al fin del plazo de solicitudes, tomando como fecha la que conste en tu modelo 036 o 037. Además el alta debe ser nueva, tanto en la Seguridad Social como en la actividad.
¿Se concede por orden de llegada?
En la práctica sí. Aunque es concurrencia competitiva, el único criterio es la fecha y hora de entrada de la solicitud completa, y se conceden hasta agotar el crédito. Si hay empate exacto, se prioriza diversidad funcional, mujer, mayor de 45 y joven de hasta 29 años.
¿Qué gastos puedo justificar?
Gastos de constitución, asesoría y consultoría, alquiler y adecuación del local, nuevas tecnologías, personal y seguros sociales, seguros, mercancías y aprovisionamiento, suministros (luz, telecomunicaciones, agua), equipos de protección individual y publicidad de la actividad. Todo con factura a tu nombre y pagado por transferencia.
¿Cuándo cobro la ayuda?
Una vez resuelta la concesión se tramita el pago en un pago único por el total, por transferencia a la cuenta que indiques en la solicitud. La convocatoria no fija una fecha concreta de abono; el plazo para resolver y notificar es de 6 meses desde la publicación en el BOP.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de apertura del plazo (depende de la publicación en el BOP de Valencia). Tampoco consta el código de procedimiento electrónico. Hay una discrepancia entre el presupuesto que figura en la BDNS (12.000 €) y el importe máximo que indican las bases (10.000 €).
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A APOYAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN EL MUNICIPIO DE CHIVA “CHIVA EMPRENDE” 2026.
Explicación redactada el 24/09/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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