Ayudas forestales en la Comunitat Valenciana 2026: planes de gestión, trabajos selvícolas y maquinaria forestal
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO · ficha oficial (BDNS 932487) · bases reguladoras
La Generalitat Valenciana financia planes técnicos de gestión forestal, trabajos selvícolas y compra de maquinaria forestal. Plazo abierto hasta el 5 de octubre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física o jurídica privada (incluidas pymes y comunidades de bienes) titular de la propiedad o del derecho de uso y disfrute de terrenos forestales en la Comunitat Valenciana que no gestione la Generalitat. En las ayudas a planes técnicos y a maquinaria también pueden pedirla agrupaciones de titulares sin personalidad jurídica. Para la línea de maquinaria, además, pueden pedirla pymes dedicadas a aprovechamientos, trabajos y servicios forestales o a primera transformación de productos forestales, siempre que su actividad esté en los CNAE 0210, 0220, 0230 o 0240 y tengan domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana. NO pueden pedirla quienes estén en situación de empresa en crisis, quienes tengan pendiente una orden de recuperación de ayudas declaradas ilegales por la Comisión Europea, ni quienes incurran en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Tampoco son subvencionables los planes técnicos de gestión forestal "simplificados" ni los planes técnicos de ordenación cinegética.
Cuánto te dan
Depende de la línea: • Redacción o revisión de planes técnicos de gestión forestal (PTGF): hasta el 100% del coste, con topes de 2.000 € fijos más 20 €/ha arbolada y 5 €/ha desarbolada (IVA excluido), y un máximo de 13.500 € de ayuda (IVA incluido). • Trabajos de gestión forestal sostenible: 100% del importe, respetando precios unitarios máximos (por ejemplo, 1.500 a 4.000 €/ha en cortas de mejora según pendiente y densidad; 1.000 a 2.500 €/ha en podas; 1.000 a 2.500 €/ha en desbroces; 9,5 €/planta en plantación de enriquecimiento; 850 €/ha en eliminación de restos de aprovechamientos maderables). Máximo 40.000 € de ayuda por expediente (IVA incluido). Memorias, presupuestos y dirección de obra: máximo 5% del presupuesto de las actuaciones. • Adquisición de maquinaria forestal: hasta el 65% del coste, con un máximo de 150.000 € (IVA incluido). El importe mínimo subvencionable es de 1.500 €: por debajo no se admite la solicitud. El presupuesto de esta convocatoria es de 1.076.442,74 €.
Plazo
Según los datos publicados, el plazo de solicitud va del 5 de agosto de 2026 al 5 de octubre de 2026. A fecha de hoy (1 de octubre de 2026) sigue abierto, pero te quedan muy pocos días.
Cómo se decide
Aunque en la base de datos nacional figura como concesión directa, las bases describen una valoración por puntos: se ordenan las solicitudes según criterios de priorización y se reparte el presupuesto empezando por las mejor valoradas. Hay umbral mínimo (2 puntos en las líneas de planes técnicos y de trabajos selvícolas; 3 puntos en maquinaria): quien no lo alcanza queda excluido. Las solicitudes válidas que se queden sin dinero pasan a una lista de reserva y pueden entrar si hay renuncias, revocaciones o ampliación de crédito. Puntúa, entre otras cosas, estar en municipios del sistema rural de la Estrategia Territorial, actuar en espacio natural protegido o Red Natura 2000, la superficie y continuidad del monte, actuar en agrupación, pertenecer a una asociación de propietarios forestales, tener certificación forestal (FSC, PEFC), no haber sido beneficiario antes y, en maquinaria, ser joven (18-40 años) o mujer con control efectivo de la empresa y que la maquinaria compacte menos el suelo o sea más eficiente energéticamente. Empates: se desempata por hectáreas ordenadas (planes técnicos) o por volumen de inversión (las otras dos líneas). La resolución se dicta en un máximo de 6 meses desde el fin del plazo; si no hay respuesta, se entiende denegada.
Cómo se pide
Se presenta preferentemente de forma telemática (obligatoria para quien esté obligado a relacionarse electrónicamente), con el modelo normalizado y a través del enlace que indique la convocatoria en el DOGV. La tramitación la llevan las secciones forestales de los servicios territoriales de la conselleria competente en gestión forestal. La convocatoria no especifica el código de procedimiento de la sede electrónica en el texto disponible.
Qué te piden
- Solicitud en modelo normalizado, una por cada tipo de ayuda (solo una por solicitante y convocatoria; si presentas varias, vale la última)
- Justificar la titularidad: escrituras, documento registral o certificado catastral descriptivo y gráfico (propiedad) o documento público o privado (uso y disfrute)
- Presupuesto de la actuación desglosado por partidas y conceptos, firmado
- Memoria justificativa firmada (en trabajos selvícolas, indicando el código de expediente del PTGF aprobado)
- Planos sobre base topográfica y ortofoto, más archivos en shape, kml o gml (líneas de planes técnicos y trabajos selvícolas)
- Ficha técnica de la maquinaria y equipos a adquirir (línea de maquinaria)
- Documento que acredite el CNAE 0210, 0220, 0230 o 0240 si eres empresa de aprovechamientos, trabajos, servicios forestales o primera transformación
- Datos identificativos y bancarios (domiciliación bancaria, Orden 2/2022)
- Documento de representación o inscripción en el registro de apoderamientos, si actúas por medio de representante
- En agrupaciones sin personalidad jurídica: número de titulares, superficie aportada por cada uno, compromisos de ejecución, importe de subvención de cada miembro y nombramiento de representante único
- Certificado de gestión forestal sostenible o de cadena de custodia (FSC, PEFC...) si lo tienes y quieres puntuar
- Documento de pertenencia a una asociación de propietarios forestales, si procede
- NIF o escrituras que acrediten la condición de joven o mujer con control efectivo de la entidad, si quieres esos puntos
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social
- Declaraciones responsables incluidas en el formulario (no estar en las prohibiciones del art. 13 LGS, no haber pedido otra ayuda para lo mismo o detallarla, cuota de reserva de discapacidad y condición de pyme)
- Plan de igualdad, si tu entidad está obligada a tenerlo
Ojo con esto
- Tienes que presentar la solicitud ANTES de empezar las actuaciones: es un requisito de "efecto incentivador". Puedes empezar después de solicitar y antes de la resolución, pero eso no te garantiza ni prioridad ni concesión.
- Si pides menos de 1.500 € de ayuda, la solicitud no se admite.
- En planes técnicos, la superficie mínima de actuación es de 25 hectáreas continuas y el plan debe ir firmado por un profesional con titulación forestal universitaria.
- En trabajos selvícolas, las actuaciones deben estar ya recogidas en un PTGF, un PTGF simplificado o un modelo tipo de gestión forestal (MTGF) aprobados y vigentes.
- Compromisos de permanencia: mantener el PTGF en vigor 10 años; mantener la naturaleza forestal del monte 5 años en trabajos selvícolas; mantener la actividad y no vender la maquinaria durante 5 años.
- En maquinaria no entran herramientas manuales (motosierras, desbrozadoras y similares), ni maquinaria de segunda mano, ni el alquiler sin opción de compra. El leasing solo vale si obliga a comprar al final y no dura más de 5 años.
- Sobre una misma superficie solo puedes cobrar ayuda para el mismo tipo de actuación una vez en el periodo 2023-2027.
- Son compatibles con otras ayudas, pero la suma no puede superar el coste de la actividad ni las intensidades máximas del Reglamento (UE) 2022/2472; tampoco se acumulan con minimis para los mismos costes si se superan esos límites.
- El IVA solo es subvencionable si no te lo puedes deducir o recuperar.
- Si recibes más de 50.000 € de ayuda pública total, tienes que colocar una placa o pantalla visible con la ayuda de la UE, y además llevar contabilidad separada de la subvención FEADER.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
Marca lo que cumples. Sale de "qué te piden", no es un veredicto: para eso leemos las bases con tu negocio delante.
Avísame antes de que cierre
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto me pueden dar por comprar maquinaria forestal?
Hasta el 65% del coste de la inversión, con un máximo de 150.000 € de ayuda (IVA incluido). Entran arrastradoras, autocargadores, procesadoras, tractores forestales, grúas, astilladoras, maquinaria de biomasa, retroarañas y otros equipos de uso forestal nuevos; no entran motosierras ni desbrozadoras, ni maquinaria de segunda mano.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
El plazo publicado va del 5 de agosto al 5 de octubre de 2026. Hoy, 1 de octubre de 2026, está abierto pero quedan pocos días.
¿Puedo pedirla si soy una empresa de trabajos forestales y no tengo monte propio?
Sí, pero solo para la línea de adquisición de maquinaria forestal: debes ser pyme dedicada a aprovechamientos, trabajos y servicios forestales o a primera transformación, con actividad en los CNAE 0210, 0220, 0230 o 0240 y domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
¿Puedo empezar los trabajos antes de que me resuelvan?
Sí, siempre que hayas presentado la solicitud antes de iniciar las actuaciones y conforme a lo que diga la convocatoria. Pero empezar antes de la resolución no te da ningún derecho ni prioridad: si no te la conceden, el gasto es tuyo.
¿Cuándo y cómo me pagan?
Al acabar las actuaciones y dentro del plazo que fije la convocatoria, presentas la solicitud de cobro con la relación de gastos, facturas y justificantes de pago (extracto bancario), más memoria fotográfica en trabajos selvícolas y maquinaria. Los técnicos comprueban la ejecución y, si está todo correcto, se autoriza el pago; antes se verifica que estás al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
¿Se puede combinar con otras subvenciones?
Sí, son compatibles con ayudas de otras administraciones o entidades, pero la suma no puede superar el coste de la actuación ni las intensidades y límites máximos del Reglamento (UE) 2022/2472, incluyendo los minimis sobre los mismos costes.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto disponible es la orden de bases reguladoras: no incluye la resolución de convocatoria concreta, por lo que no se puede comprobar el enlace o código de procedimiento de la sede electrónica, el plazo exacto de ejecución y justificación de las actuaciones, ni el reparto del presupuesto de 1.076.442,74 € entre las distintas líneas. Además, en la base de datos nacional la ayuda aparece como "concesión directa" mientras que las bases describen una selección por puntuación y lista de reserva; conviene revisar la convocatoria publicada en el DOGV.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: ORDEN 9/2025, de 2 de octubre, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a las intervenciones en materia forestal. MAFOIT.
Explicación redactada el 01/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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