Ayudas a la economía circular para entidades de economía social en Baleares 2026 (ITS + FEDER)
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y CAMBIO CLIMÁTICO · ficha oficial (BDNS 935560) · bases reguladoras
Subvenciones del Govern balear para que cooperativas, empresas de inserción, fundaciones y otras entidades de economía social ejecuten proyectos de economía circular. El plazo acabó el 26 de agosto de 2026.
Para quién es
Pueden pedirla las entidades de economía social con domicilio social o centro de actividad en las Illes Balears: empresas de inserción, cooperativas sociales (incluidas las de trabajo asociado), sociedades laborales, centros especiales de trabajo, asociaciones y fundaciones con actividad económica ligada al objeto de la convocatoria, entidades del tercer sector y ONG con actividad económica, y otras entidades privadas que acrediten cumplir los principios de la Ley 5/2011 de Economía Social. No pueden pedirla: quien ya solicite la convocatoria paralela dirigida a "entidades sociales", las empresas en crisis, las que tengan una orden de recuperación de ayudas pendiente, las sancionadas por discriminación LGTBI o por razón de sexo, ni quien incurra en las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones. Las grandes empresas sí pueden ser beneficiarias, pero solo con cargo al dinero del ITS (no al FEDER). La actividad debe desarrollarse en las Illes Balears.
Cuánto te dan
El texto de la convocatoria fija un importe total de 1.400.000 € (la ficha de la BDNS registra 840.000 €), repartido entre 2027 (350.000 €) y 2028 (1.050.000 €). Por solicitud: hasta 700.000 € para estudios de I+D+i y para ejecución de proyectos de economía circular, y hasta 25.000 € para redacción de proyectos y estudios de viabilidad o análisis de ciclo de vida. Porcentajes: si el proyecto va por minimis, hasta el 80 % de los gastos subvencionables (con tope de 300.000 € de minimis en 3 años). Si va por el Reglamento 651/2014: art. 25 (I+D) del 70 % (pequeña), 60 % (mediana) y 50 % (gran empresa) en investigación industrial, y 45 %/35 %/25 % en desarrollo experimental, porcentajes que suben (hasta 80 %/75 %/65 % y 60 %/50 %/40 %) si hay colaboración efectiva o amplia difusión de resultados; art. 36 (protección ambiental sobre residuos propios) 65 % pequeña, 55 % mediana, 45 % grande; art. 47 (reciclaje y reutilización de residuos de terceros) 60 % pequeña, 50 % mediana, 40 % grande. Se reserva un 40 % del crédito para minimis y un 60 % para el Reglamento 651/2014.
Plazo
El plazo era de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el BOIB (25 de junio de 2026), es decir, hasta el 26 de agosto de 2026. A fecha de hoy el plazo ya está cerrado. Los proyectos deben ejecutarse como máximo hasta el 31 de octubre de 2028.
Cómo se decide
Por concurrencia competitiva (concurso): se comparan todas las solicitudes admitidas, se puntúan según los criterios del anexo 4 y se conceden por orden de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito. Quedan fuera los proyectos con menos de 50 puntos globales o que no alcancen el 50 % de los puntos del bloque "Impacto ambiental y económico del proyecto". En caso de empate manda la puntuación en relevancia ambiental y, después, en descripción técnica.
Cómo se pide
Solo de forma telemática, a través del trámite específico publicado en http://economiacircular.caib.es, con los modelos normalizados (documentos 1 a 8). Quien firme debe acreditar la representación de la entidad. Si falta documentación, te dan 10 días hábiles para subsanar. Expediente CONVO 26/9743.
Qué te piden
- Ser entidad de economía social con domicilio social o centro de actividad en Illes Balears
- Documento 1: solicitud normalizada con las declaraciones responsables (incluida la de principio DNSH, no ser empresa en crisis, estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, etc.)
- Acreditación del poder de quien firma la solicitud
- Documento 2: memoria descriptiva del proyecto, firmada electrónicamente, indicando si el proyecto va por minimis o por el Reglamento 651/2014 (y en ese caso, por qué artículo: 25, 36 o 47)
- Tres ofertas de proveedores distintos cuando el gasto supere 40.000 € (obras) o 15.000 € (otros contratos), adjuntas a la memoria
- Declaración de todas las ayudas de minimis recibidas en los últimos tres años, si procede
- Documento 3: declaración de pyme o gran empresa, cuando corresponda
- Para subvenciones de más de 30.000 €: declaración de cumplir los plazos de pago a proveedores (art. 13.3 bis Ley 38/2003), acreditable tras la propuesta provisional en 10 días hábiles
- Para justificar: cuenta justificativa con el 100 % de los gastos, facturas y justificantes de pago (no se admite efectivo) y memoria justificativa
Ojo con esto
- No puedes empezar el proyecto antes de presentar la solicitud: los gastos anteriores a la fecha de solicitud no son subvencionables (efecto incentivador).
- Si pides en la convocatoria paralela dirigida a "entidades sociales", no puedes ser beneficiario en esta.
- Puedes presentar hasta 3 solicitudes por entidad, pero para la resolución provisional solo se tienen en cuenta las 2 que marques como prioritarias; la tercera solo se rescata si sobra crédito.
- Tope de minimis: 300.000 € por empresa en tres años, contando todas las ayudas de minimis recibidas.
- Las grandes empresas solo pueden cobrar con cargo al fondo ITS (FF 25064), no al FEDER; una pyme con menos puntos puede acabar cobrando del fondo FEDER.
- Debes mantener la inversión al menos 5 años tras el pago final (3 años si eres pyme) y conservar documentación 5 años desde el 31 de diciembre del año del último pago.
- Si justificas menos del 70 % del gasto concedido, se revoca toda la subvención.
- Incumplir la publicidad (emblema UE, mención al impuesto de estancias turísticas, imagen de la Consejería) puede acabar en reintegro.
- No son subvencionables: terrenos, inmuebles, construcción de naves u oficinas, vehículos, materias primas de fabricación en serie, mantenimiento, viajes ni gastos de la actividad ordinaria. Tampoco el tratamiento de aguas residuales.
- El IVA solo es subvencionable si no lo puedes recuperar y aportas certificado de exención de la AEAT.
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¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
Hasta 700.000 € por solicitud para estudios de I+D+i o para la ejecución de proyectos de economía circular, y hasta 25.000 € si lo que haces es redactar un proyecto, un estudio de viabilidad o un análisis de ciclo de vida. El porcentaje sobre el gasto va del 25 % al 80 % según el régimen de ayuda y el tamaño de la empresa.
¿Puede pedirla un autónomo?
No tal cual: la convocatoria está dirigida a entidades de economía social (cooperativas, empresas de inserción, sociedades laborales, centros especiales de trabajo, asociaciones y fundaciones con actividad económica, ONG y otras entidades privadas que cumplan los principios de la Ley 5/2011) con sede o centro de actividad en Baleares.
¿Todavía estoy a tiempo de solicitarla?
No. El plazo fue de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el BOIB del 25 de junio de 2026, es decir, hasta el 26 de agosto de 2026.
¿Cuándo cobro la subvención?
El pago se hace de una sola vez al terminar la actividad, una vez justificada toda la actuación y comprobado el cumplimiento de objetivos. Tienes tres meses desde el fin del plazo de ejecución (31 de octubre de 2028) para presentar la justificación.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con ayudas de la UE, de otras administraciones o de entes públicos o privados, siempre que la suma no supere el coste total de la actividad. Debes comunicar cualquier otra ayuda solicitada u obtenida.
¿Puedo subcontratar el proyecto?
Sí, hasta el 100 % de la actividad subvencionada si aporta valor añadido, respetando el art. 38 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones de Baleares, y comunicando previamente la intención de subcontratar antes de iniciar el contrato.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto está recortado al final del anexo 3, por lo que no se ven completos los gastos del artículo 47 ni el anexo 4 con los criterios de valoración y su puntuación detallada. Tampoco se detalla el contenido concreto de los baremos. Hay una diferencia entre el presupuesto que figura en la BDNS (840.000 €) y el que indica el texto de la convocatoria (1.400.000 €); conviene contrastarlo con el BOIB.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Bases reguladoras para subvenciones destinadas a financiar inversiones en energía, transición energética, cambio climático, prevención y gestión de residuos y economía circular.
Explicación redactada el 16/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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