Ayudas al empleo y autoempleo en Melilla 2026 (convocatoria extraordinaria de Proyecto Melilla)
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO · ficha oficial (BDNS 934154) · bases reguladoras
Melilla reparte 530.000 € para contratos indefinidos y para darte de alta como autónomo. Hasta 14.652 € por contrato y hasta 16.397,92 € por autoempleo.
Para quién es
Puedes pedirla si eres una pyme (micro, pequeña o mediana), cualquiera que sea tu forma jurídica, o una persona física que ejerce actividad económica en Melilla. También pueden acceder comunidades de bienes, agrupaciones y otras unidades económicas sin personalidad jurídica que estén realizando una actividad empresarial. NO pueden pedirla: empresas del sector de la construcción (incluidas promoción y edificación según CNAE-2009), empresas de trabajo temporal (salvo por los trabajadores contratados para prestar servicios bajo su dirección), empresas que se constituyan para prestar la mayor parte de sus servicios a las administraciones públicas, y los sectores excluidos del Reglamento (UE) 651/2014 y del Reglamento de minimis 2023/2831 (pesca y acuicultura, producción agrícola primaria, acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transportes, energía...). Tampoco quien esté en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones o haya sido excluido de programas de empleo por infracciones. Si lo que quieres es la ayuda al autoempleo: tienes que ser empresa de nueva creación (alta en IAE o declaración censal dentro de los 3 meses anteriores a la solicitud y, si es sociedad, constituida como máximo 6 meses antes, siempre dentro del año de la convocatoria), estar en desempleo en el momento del alta, tener residencia legal en la UE y no haber estado de alta en el RETA en los seis meses previos al inicio de la actividad.
Cuánto te dan
Hay 530.000 € en total: 344.500 € para contratación por cuenta ajena y 185.500 € para autoempleo (si sobra dinero en una medida, puede pasarse a la otra). - Por cada trabajador contratado de forma indefinida a jornada completa: hasta 14.652 € (el SMI de 2026, 1.221 €, por 12 meses). A tiempo parcial se reduce en proporción a la jornada; en fijos discontinuos, en proporción a los meses y horas de contrato. - Por cada alta como trabajador por cuenta propia (autónomo): 16.397,92 € si entras en el colectivo priorizado (parados de larga duración, grupos desfavorecidos, jóvenes de garantía juvenil, personas inactivas) y 15.898 € para el resto de colectivos (se aplica una minoración de 41,66 €/mes durante 12 meses). Topes: ningún beneficiario puede llevarse más de la mitad del presupuesto de la convocatoria; máximo 3 empleos por cuenta propia subvencionables en una misma empresa; y se aplica el límite de ayudas de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831. La ayuda nunca puede superar el coste laboral real del trabajador durante dos años.
Plazo
El plazo es de 30 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla. La orden está firmada el 7 de octubre de 2026, pero el texto que tenemos no indica la fecha concreta de publicación del extracto, así que no podemos darte la fecha exacta de cierre: consúltala en el BOME o en la web de Proyecto Melilla.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva con convocatoria abierta: se puntúan todas las solicitudes y se ordenan. Se valoran hasta 80 puntos por los empleos creados (colectivo A —grupos desfavorecidos, parados de larga duración, jóvenes de garantía juvenil e inactivos—: hasta 10 puntos por contrato indefinido, máximo 40, y 10 puntos por autónomo, máximo 30; colectivo B —resto—: 7 puntos por contrato, máximo 28, y 7 por autónomo, máximo 21) y hasta 20 puntos por la capacidad de generar actividad económica en la zona (empresa de nueva creación 6 puntos; empresa que inicia una actividad nueva distinta 4; contrataciones para la actividad normal 1 punto por trabajador a jornada completa hasta 5; tamaño: microempresa 10, pequeña 7, mediana 5, gran empresa 3). En caso de empate manda, por este orden: tener menos expedientes con propuesta de aprobación de otras ayudas públicas, los criterios a) y b) de valoración y, por último, el orden de entrada de la solicitud. Si se agota el crédito, puede prorratearse entre todas las solicitudes favorables. Si hay dinero para todas, la Comisión puede no entrar a ordenarlas.
Cómo se pide
Solo por vía electrónica, a través de la Sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla (sede.melilla.es), con DNI electrónico o certificado electrónico reconocido. El modelo de solicitud está en la sede y en la web de Proyecto Melilla (promesa.net). Gestiona Proyecto Melilla, S.A.U. (PROMESA). Solo se admite una solicitud por solicitante y convocatoria. Si falta documentación, te darán 10 días hábiles improrrogables para subsanar. Si el último día hay un fallo técnico acreditado, puedes presentarla en otro registro electrónico, avisando a Promesa en 5 días hábiles.
Qué te piden
- Ser pyme o persona física con actividad económica en Melilla y no estar en los sectores excluidos
- Estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Ciudad Autónoma de Melilla
- Contratos indefinidos (incluidos fijos discontinuos), a jornada completa o parcial; quedan fuera temporales, formativos, alta dirección y empleadas de hogar
- Que las contrataciones se hagan DESPUÉS de presentar la solicitud y dentro de los 3 meses siguientes a la notificación de la resolución de concesión
- Que haya incremento neto de plantilla respecto a la plantilla media de los 12 meses anteriores a la solicitud (en empresas nuevas se parte de cero)
- Mantener la plantilla al menos 2 años desde el inicio del contrato; si alguien se va, sustituirlo en el mes siguiente y avisar en 10 días
- Que las personas contratadas estén desempleadas e inscritas en la oficina de empleo en el momento de la contratación y tengan residencia legal en la UE
- Para autoempleo: alta en el RETA con fecha igual o posterior a la solicitud, no haber estado en el RETA en los 6 meses previos, no estar en más de un régimen de la Seguridad Social durante al menos 2 años y presentar un proyecto empresarial viable
- Escritura de constitución, estatutos, CIF y DNI del solicitante y de todos los socios (o DNI si eres persona física)
- Alta en el IAE o certificado de situación censal de la AEAT
- Informe de vida laboral de empresa (VILEM) de todas las cuentas de cotización de Melilla de los 12 meses anteriores
- Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas para lo mismo y de las ayudas de minimis recibidas en los 3 últimos ejercicios fiscales
- Declaraciones de no estar incurso en prohibiciones, de no tener reintegros pendientes, de no deber cuentas justificativas anteriores, de cumplir el principio de no causar perjuicio significativo (DNSH) y de colaborar con el plan antifraude
- Certificado bancario de la cuenta donde cobrar la subvención
Ojo con esto
- No contrates ni te des de alta antes de presentar la solicitud: solo cuentan las contrataciones y las altas en el RETA posteriores a la fecha de solicitud.
- Tienes 3 meses desde la notificación de la concesión para hacer las contrataciones o el alta, y otros 3 meses para presentar la cuenta justificativa.
- Si ejecutas menos del 33% de los empleos comprometidos, el incumplimiento se considera total y hay revocación o reintegro. Entre el 33% y el 100% se cobra en proporción.
- Son incompatibles con otras ayudas públicas por los mismos conceptos para fomento o creación de empleo, salvo bonificaciones a la Seguridad Social; e incompatibles con cualquier otro régimen de ayudas por los mismos gastos.
- Son ayudas de minimis (Reglamento UE 2023/2831): suman al tope de minimis de tu empresa en los últimos tres ejercicios.
- No valen los contratos con cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta segundo grado del titular, de quien tenga el 25% del capital o de los administradores.
- No cuenta como creación de empleo contratar a alguien que haya trabajado en tu empresa o en empresas vinculadas en los dos últimos años.
- Tienes que mantener la plantilla 2 años y, si eres autónomo, permanecer de alta y sin pluriactividad durante al menos 2 años.
- Si no te notifican en 6 meses desde el fin del plazo de solicitudes, se entiende desestimada por silencio administrativo.
- Al estar cofinanciada por el FSE+, debes dar publicidad a la financiación europea y aparecerás en la lista pública de beneficiarios.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dan por contratar a una persona de forma indefinida en Melilla?
Hasta 14.652 € por trabajador a jornada completa (1.221 € de SMI 2026 × 12 meses). Si el contrato es a tiempo parcial o fijo discontinuo, el importe se reduce en proporción a la jornada o a los meses trabajados.
¿Cuánto dan si me hago autónomo?
16.397,92 € si perteneces a un colectivo priorizado (parado de larga duración, grupo desfavorecido, joven de garantía juvenil o persona inactiva) y 15.898 € en el resto de casos. Puedes subvencionar hasta 3 altas por cuenta propia en una misma empresa.
¿Puedo pedirla si ya me di de alta como autónomo hace unos meses?
Para el autoempleo el alta en el RETA tiene que ser de fecha igual o posterior a la presentación de la solicitud, el alta en el IAE debe estar dentro de los 3 meses anteriores a la solicitud y no puedes haber estado en el RETA en los 6 meses previos al inicio de la actividad.
¿Cuándo cobro la ayuda?
En un solo pago del 100% después de justificar: primero haces las contrataciones o el alta (3 meses desde la notificación de la concesión) y luego presentas la cuenta justificativa (otros 3 meses). Antes de cobrar tienes que estar al corriente con AEAT, Seguridad Social y la Ciudad Autónoma.
¿Es compatible con las bonificaciones de la Seguridad Social?
Sí. La convocatoria dice que es incompatible con otras ayudas públicas por los mismos conceptos de fomento o creación de empleo, salvo los incentivos en forma de bonificaciones a la Seguridad Social.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Hay 30 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla. El texto disponible no indica la fecha de esa publicación, así que debes comprobar la fecha exacta en el BOME o en la web de Proyecto Melilla.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOME, por lo que no se puede calcular el día exacto de inicio y fin del plazo de 30 días hábiles. El texto está recortado al final de las bases reguladoras (artículos sobre justificación, obligaciones y reintegro) y presenta alguna contradicción en la redacción sobre si la minoración por colectivo no priorizado se aplica también a los contratos por cuenta ajena.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL RÉGIMEN DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y AUTOEMPLEO EN MELILLA. AÑO 2026.
Explicación redactada el 08/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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