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Ayudas del Ministerio de Educación a entidades de formación para cursos de prevención de incendios y emergencias naturales 2026

SECRETARÍA GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL · ficha oficial (BDNS 929820) · bases reguladoras

El Ministerio de Educación y FP reparte 5 millones entre entidades de formación acreditadas que impartan cursos de emergencias naturales e incendios. Solo 10 días naturales para solicitar.

Para quién es

Es una convocatoria estatal para ENTIDADES DE FORMACIÓN, no para trabajadores a título individual. Puedes pedirla si eres una entidad de formación pública o privada acreditada para impartir los certificados profesionales que solicitas e inscrita en el registro correspondiente. También pueden pedirla agrupaciones (máximo cuatro entidades) con presencia nacional y centros acreditados en al menos dos comunidades o ciudades autónomas; en ese caso hacen falta un representante único, acuerdo interno firmado y que al menos dos entidades tengan centros acreditados. Los cursos se dirigen a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, en las familias profesionales de Seguridad y Medio Ambiente, Agraria, Marítimo-Pesquera, Energía y Agua, Instalación y Mantenimiento, Transporte y Mantenimiento de Vehículos y Sanidad. Si eres autónomo o trabajador, tu papel es participar en los cursos (y poder pedir becas/ayudas si estás desempleado), no solicitar la subvención.

Cuánto te dan

El presupuesto total es de 5.000.000 €: 4.700.000 € para financiar los programas de formación (1.800.000 € para la Línea I, 300.000 € para la Línea II y 2.600.000 € para la Línea III) y 300.000 € estimados para becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento de las personas desempleadas participantes. No hay un importe fijo por entidad: se calcula por acción formativa con los módulos económicos máximos de la Orden EFP/942/2022: 9 € por hora y participante en modalidad presencial y 6 € por hora y participante en modalidad virtual. La formación en empresa se financia como máximo a 3 € por participante y hora, y ese importe cubre el alta en Seguridad Social del alumnado en prácticas y una compensación a la empresa.

Plazo

Diez días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. La resolución que tenemos no indica la fecha concreta de publicación en el BOE, así que las fechas exactas de apertura y cierre no constan: hay que comprobarlas en el BOE y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Cómo se decide

Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se puntúan sobre 100 puntos con los criterios del Anexo II (20 puntos por el perfil de participantes, 50 por la capacidad y calidad de la entidad y 30 por las acciones formativas del plan). Tienen derecho a subvención las solicitudes que lleguen a 50 puntos o más. Si el crédito no llega para todas, se aplica un coeficiente corrector proporcional a la puntuación obtenida, y puede concederse subvención parcial. La Comisión Técnica de Evaluación valora en una única fase, se publica el listado de puntuaciones y hay 3 días naturales para alegar.

Cómo se pide

Solo por vía electrónica, a través del registro electrónico de la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con certificado de persona jurídica o de representante (o certificado de persona física si eres empresario individual). Puedes actuar por representante debidamente acreditado. La convocatoria no especifica un código de procedimiento.

Qué te piden

Ojo con esto

¿Te encaja a ti esta ayuda?

Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.

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Preguntas frecuentes

¿Puede pedir esta ayuda un autónomo o una empresa que quiera formar a su plantilla?

No directamente. La subvención se concede a entidades de formación acreditadas (o agrupaciones de ellas). Una pyme sí puede participar como empresa destinataria del programa formativo en la Línea II, firmando un compromiso con la entidad solicitante, y las empresas pueden recibir una compensación económica por acoger la formación en empresa.

¿Cuánto se paga por hora de formación?

Los módulos máximos son 9 € por hora y participante en presencial y 6 € por hora y participante en modalidad virtual. La formación en empresa se financia como máximo a 3 € por participante y hora.

¿Cuándo se cobra la subvención?

En tres tramos: un anticipo del 25 % tras la concesión (comprobando que estás al corriente con Hacienda y Seguridad Social), un segundo anticipo del 35 % por acción formativa una vez acreditado su inicio, y el 40 % restante al finalizar y justificar. No te piden garantías por estos anticipos.

¿Hasta cuándo puedo ejecutar los cursos?

Los programas se pueden ejecutar hasta el 31 de diciembre del año siguiente al año en que se publique y notifique la resolución de concesión. Además, la formación debe empezar como máximo dos meses después de la notificación de la concesión.

¿Qué gana el alumnado desempleado?

Puede tener derecho a becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento (300.000 € estimados en esta convocatoria), según el artículo 9 de la Orden EFP/705/2022. Las gestiona con la colaboración de la entidad beneficiaria y se resuelven en un plazo máximo de seis meses.

¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?

El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación del extracto en el BOE. Si pasa ese plazo sin resolución, la solicitud puede entenderse desestimada.

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se pueden concretar las fechas de inicio y fin del plazo. El texto tampoco detalla el contenido de las Líneas I, II y III (remite al artículo 3 de la Orden EFP/705/2022) ni los límites de número e importes de solicitudes (artículo 14 de esa misma orden). El Anexo III con el listado completo de acciones formativas prioritarias aparece recortado.

Título oficial: SUBVENCIONES A ENTIDADES DE FORMACIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL ÁMBITO DE LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS NATURALES E INCENDIOS, VINCULADAS AL CATÁLOGO NACIONAL DE ESTÁNDARES DE COMPETENCIAS PROFESIONALES, 2026.
Explicación redactada el 2026-09-17 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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