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Ayudas de Andalucía 2026 para almazaras, centrales hortofrutícolas y centros de granos por las pérdidas de las inundaciones (borrascas 2025-2026)

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ficha oficial (BDNS 932960) · bases reguladoras

El plazo de esta ayuda ya cerró (terminó el 01/10/2026). La dejamos publicada porque muchas se repiten cada año: date de alta y te avisamos si vuelve a abrir una parecida para tu negocio.

La Junta de Andalucía reparte 12 millones entre almazaras, centrales hortofrutícolas y centros de granos que perdieron materia prima por las borrascas. Hasta 200.000 € por solicitud.

Para quién es

Puedes pedirla si eres persona física o jurídica (o una agrupación con personalidad jurídica) que ejerce actividad económica en Andalucía como almazara, central de manipulación y acondicionamiento hortofrutícola, o centro de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas. Tu actividad principal tiene que ser manipular, confeccionar o comercializar aceite de oliva, cereales, hortícola al aire libre, frutos rojos, subtropicales o cítricos. Hace falta: tener instalaciones en Andalucía y haber estado operativo en las fechas de las inundaciones, seguir en activo cuando presentes la solicitud, estar inscrito en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía (RIA) en la subdivisión correspondiente (almazaras; centros de granos y semillas; centrales de manipulación y confección hortofrutícola excepto patatas; procesado y conservación de patatas) y haber comunicado al RIA la Declaración Anual de Actividad de 2021 a 2025 (si la industria es de creación reciente, la de los ejercicios que tenga). NO pueden pedirla las sociedades civiles sin personalidad jurídica, las comunidades de bienes y demás agrupaciones sin personalidad jurídica, ni asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Cuánto te dan

Hasta el 80% del valor de las pérdidas por sobrecoste que calcule y refleje el auditor en su informe, más hasta el 50% del importe facturado (IVA excluido) por emitir ese informe de auditoría. El tope es de 200.000 € por solicitud, sumando ambos conceptos. El sobrecoste se calcula con una fórmula oficial (SE = (VR − V25-26) × (CFR / VR) × α) que compara el volumen medio de materia prima y los costes fijos de las cinco últimas anualidades (quitando el valor máximo y el mínimo) con los del periodo afectado, ajustado por un coeficiente corrector entre 0 y 1 según la pérdida real de resultado operativo. El presupuesto total de la convocatoria es de 12.000.000 €; si no llega para todos, se prorratea y se reduce proporcionalmente el importe de todos los beneficiarios.

Plazo

Quince días a partir del día siguiente a la publicación en el BOJA del extracto de la convocatoria. La resolución de convocatoria es de 1 de octubre de 2026, pero el texto que tenemos no indica la fecha concreta de publicación del extracto, así que las fechas exactas de inicio y fin no constan: hay que mirar el BOJA y la ficha del procedimiento 26007.

Cómo se decide

En régimen de concurrencia NO competitiva: no compites con nadie por puntos; si cumples los requisitos y lo acreditas, te corresponde la ayuda. Ojo: la ficha de la BDNS la etiqueta como concurrencia competitiva, pero tanto las bases como la convocatoria dicen expresamente concurrencia no competitiva. Si el dinero no alcanza para todas las solicitudes válidas, se aplica un coeficiente reductor y se recorta a todos por igual en proporción.

Cómo se pide

Por internet. Los formularios (Anexo I solicitud, Anexo II alegaciones/aceptación y Anexo III justificación) están en el Catálogo de Procedimientos de la Junta, código de procedimiento 26007 (juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/26007.html). La presentación se hace en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, a través de la Ventanilla Electrónica (https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/PEG_VEA). Necesitarás firma electrónica.

Qué te piden

Ojo con esto

¿Te encaja a ti esta ayuda?

Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.

Ver qué ayudas puedo pedir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?

200.000 € por solicitud, sumando la compensación por pérdidas (hasta el 80% del sobrecoste certificado por el auditor) y la ayuda por el coste del informe de auditoría (hasta el 50% de lo facturado sin IVA).

¿Mi almazara tiene que estar en un municipio inundado para pedirla?

Lo que se compensa es la falta de materia prima procedente de las zonas gravemente afectadas por las inundaciones. Las bases reconocen expresamente que hay empresas ubicadas dentro y fuera de las zonas afectadas que comercializan producto de esas zonas y han sufrido pérdidas. El Anexo A de la orden lista los municipios afectados a efectos de esta ayuda, y tus instalaciones deben estar en Andalucía y haber estado operativas en las fechas de las inundaciones.

¿Hay que competir con otras empresas por la ayuda?

No. Es concurrencia no competitiva: si cumples los requisitos y acreditas las pérdidas, te corresponde. Lo único que puede recortarla es que el presupuesto de 12 millones no dé para todos, en cuyo caso se reduce a todos en la misma proporción.

¿Cuándo cobro?

El pago es del 100% previa justificación: primero justificas (tienes 10 días desde la resolución de concesión para presentar el Anexo III) y después se abona por transferencia a la cuenta que tengas de alta en el fichero GIRO. La convocatoria no fija una fecha concreta de pago. El plazo máximo para resolver y publicar la concesión es de 3 meses desde que acaba el plazo de solicitudes.

¿Es compatible con otras ayudas por las mismas inundaciones?

Sí, es compatible con otras subvenciones públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que entre todas no superes el perjuicio económico realmente sufrido (nada de sobrecompensación). Además, al ser minimis, cuenta para tu límite acumulado de ayudas de minimis.

¿Puedo pedirla si soy una comunidad de bienes?

No. Quedan expresamente excluidas las sociedades civiles sin personalidad jurídica, las comunidades de bienes y demás agrupaciones sin personalidad jurídica, así como asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOJA, por lo que no se pueden dar las fechas exactas de apertura y cierre del plazo. Tampoco consta el plazo concreto dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables (apartado 5.d del cuadro resumen aparece sin cumplimentar) ni el detalle completo del Anexo I de solicitud. Hay una discrepancia entre la BDNS (concurrencia competitiva) y el texto oficial (concurrencia no competitiva).

Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona

Título oficial: Resolución de 1 de octubre de 2026, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las ayudas dirigidas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas.
Explicación redactada el 02/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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