Subvenciones de Cultura 2026 del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla): hasta 6.000 € para proyectos de artes visuales y circo contemporáneo
AYUNTAMIENTO DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN · ficha oficial (BDNS 933321) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Valencina de la Concepción reparte 6.000 € entre proyectos culturales de artes plásticas/audiovisuales o circo contemporáneo. Puedes recibir hasta el 100% del proyecto.
Para quién es
Pueden pedirla entidades, personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro (asociaciones, profesionales de la cultura, pymes), que ejecuten su proyecto en el término municipal de Valencina de la Concepción. Da igual que tu ámbito de actuación sea mayor, pero la actividad tiene que realizarse allí. Si eres persona jurídica, tienes que estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente y que tus fines estatutarios encajen con la finalidad cultural de la convocatoria. Quedan fuera quienes tengan deudas con Hacienda, la Seguridad Social o el propio Ayuntamiento, quienes no hayan devuelto reintegros pendientes, quienes estén en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y quienes hayan sido sancionados en firme por prácticas laborales discriminatorias. Solo se admiten dos líneas de proyecto: 1) proyectos creativos o de formación cultural en artes plásticas y audiovisuales y nuevas tecnologías (ilustración, imagen, audiovisual, diseño...) y 2) proyectos creativos o de formación en circo contemporáneo (disciplinas circenses combinadas con técnicas teatrales).
Cuánto te dan
El presupuesto total de la convocatoria es de 6.000 €. Por proyecto te pueden dar como máximo 3.000 € si se conceden ayudas en las dos líneas, o hasta 6.000 € si solo se concede en una de las líneas. La subvención mínima por proyecto es de 1.000 € (o el 100% si tu proyecto tiene un presupuesto menor). Puedes pedir financiación de hasta el 100% del gasto total de la actividad, y los proyectos seleccionados pueden recibir hasta el 100% del importe solicitado. El reparto se hace de forma proporcional a los puntos obtenidos.
Plazo
El plazo es de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. La documentación disponible no indica la fecha concreta de esa publicación, así que tendrás que comprobar el BOP de Sevilla y el tablón de anuncios del Ayuntamiento para saber el día exacto de cierre.
Cómo se decide
Por concurrencia competitiva: se valoran todos los proyectos con un baremo de hasta 100 puntos y se ordenan de mayor a menor puntuación hasta agotar los 6.000 €. Hace falta un mínimo de 40 puntos para poder recibir la ayuda. Se puntúa la calidad y concreción del proyecto (hasta 25), el alcance cultural y sociocultural (hasta 25), la ayuda al crecimiento del sector cultural local (hasta 10), los recursos propios aportados (hasta 10), el porcentaje de recursos propios y cofinanciación (hasta 10), la adecuación a los fines estatutarios (5), la innovación (5), la experiencia en actividades similares (5) y las actuaciones de igualdad entre mujeres y hombres (5). Hay resolución provisional (con 10 días naturales para alegar o reformular si te dan menos de lo pedido) y después resolución definitiva.
Cómo se pide
De forma telemática en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (https://valencinadelaconcepcion.sedelectronica.es), o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Toda la documentación debe ir firmada digitalmente: no vale escanear una firma a mano. Al presentar la solicitud autorizas al Ayuntamiento a consultar tus certificados de Hacienda, Seguridad Social y hacienda municipal. La convocatoria no indica código de procedimiento.
Qué te piden
- Solicitud en el modelo normalizado (Anexo 1), una solicitud por proyecto
- Memoria de las actividades realizadas en 2025 por la entidad o persona solicitante, indicando las subvenciones recibidas (Anexo 2)
- Proyecto de la actividad en modelo normalizado (Anexo 3): descripción, objetivos, interés social y cultural, presupuesto desglosado, metodología, calendario, recursos humanos e indicadores de evaluación
- Declaración de otras subvenciones obtenidas para la misma actividad (Anexo 4)
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones y de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento (Anexo 5)
- Copia de los estatutos y certificación de los miembros de los órganos de gobierno y número de socios, si eres entidad
- Copia del DNI del solicitante y del CIF de la entidad
- Documento que acredite la representación o apoderamiento
- Si incluyes gastos de alquiler de inmuebles: copia del contrato de arrendamiento y del último recibo de renta pagado
- Si hay gastos con personas o entidades vinculadas: solicitud de autorización (Anexo 11)
Ojo con esto
- Solo se admite UN proyecto por solicitante. Si presentas dos, no cuela.
- Hay un mínimo de 40 puntos: por debajo de esa nota, no hay subvención aunque quede dinero.
- Es compatible con ayudas de otras administraciones o entes privados (tienes que declararlas), pero es INCOMPATIBLE con cualquier otra subvención municipal o concesión directa del propio Ayuntamiento para el mismo proyecto.
- Los gastos solo son subvencionables si se realizan entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de abril de 2027.
- No son gastos subvencionables: gastos financieros (incluidos leasing y renting), intereses, recargos y sanciones, gastos de procedimientos judiciales, impuestos indirectos recuperables, amortizaciones y bebidas alcohólicas.
- Todo pago superior a 100 € (IVA incluido) tiene que hacerse por talón o transferencia bancaria. En efectivo no se admite y ese gasto se da por no justificado.
- Si tienes deudas con Hacienda, Seguridad Social o el Ayuntamiento anteriores al cierre del plazo, tu solicitud se desestima.
- Tienes que justificar el 100% del presupuesto admitido con facturas, no solo la parte que te subvencionan.
- Si no comunicas la aceptación en 15 días hábiles desde la notificación (salvo aceptación implícita del art. 6.2), se entiende que desistes.
- Si el gasto supera el umbral del contrato menor, tienes que pedir tres presupuestos antes de contratar y aportarlos.
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
Hasta 3.000 € por proyecto si se conceden ayudas en las dos líneas (artes plásticas/audiovisuales y circo contemporáneo), o hasta 6.000 € si solo se concede en una de ellas. El mínimo por proyecto concedido es de 1.000 €, o el 100% del presupuesto si tu proyecto cuesta menos.
¿Puedo pedirla si soy autónomo o empresa, y no una asociación?
Sí. La convocatoria está abierta a entidades y a personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, siempre que vayas a realizar la actividad en el término municipal de Valencina de la Concepción y cumplas los requisitos generales (estar al corriente de pagos, no tener deudas con el Ayuntamiento, etc.).
¿Cuándo tengo que hacer la actividad y cuándo justificarla?
La actividad debe realizarse entre el 1 de septiembre de 2026 y, como máximo, el 30 de abril de 2027. La justificación hay que presentarla antes del 1 de junio de 2027 (estas fechas son las corregidas por la resolución de 25 de septiembre de 2026).
¿Cuándo me pagan?
La subvención se paga de una sola vez tras la resolución definitiva y los trámites oportunos. Ahora bien, si en el momento del pago la actividad ya está realizada, antes tienes que justificarla. Tampoco te pagan si tienes subvenciones anteriores pendientes de justificar o deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí con ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales, de la UE o internacionales, siempre que declares el importe. Pero el proyecto solo puede tener una subvención municipal: no puedes sumarla a otra convocatoria del Ayuntamiento ni a una concesión directa.
¿Qué pasa si me conceden menos de lo que pedí?
Tras la resolución provisional tienes 10 días naturales para reformular el proyecto y ajustarlo al importe concedido, o para alegar lo que consideres. Si no presentas alegación ni reformulación, se entiende que aceptas la propuesta.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha concreta de publicación del extracto en el BOP de Sevilla, por lo que no se puede calcular el día exacto de inicio y fin del plazo de 10 días naturales. Tampoco consta un código de procedimiento de la sede electrónica. Ojo: en el texto refundido de las bases el artículo 12.4 sigue apareciendo con las fechas antiguas (30 de abril y 1 de junio de 2026), pero la propia resolución corrige expresamente que deben ser 2027.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN AÑO 2026.
Explicación redactada el 06/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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