Ayudas FEMPA 2026 en Andalucía para equipos y mejoras a bordo que reduzcan el impacto de la pesca
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ficha oficial (BDNS 929265) · bases reguladoras
La Junta de Andalucía subvenciona equipos e inversiones a bordo de buques con puerto base andaluz que reduzcan el impacto en el medio marino. Hay 755.000 € y 10 días hábiles para pedirla.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física, persona jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil y eres propietario del buque pesquero para el que pides la ayuda. También si eres armador, siempre que tengas un acuerdo con el propietario que te dé derecho a hacer inversiones en el barco. Además pueden pedirla las personas pescadoras a pie que sean propietarias del arte que se va a sustituir y hayan trabajado al menos 60 días en los dos años civiles anteriores al año de la solicitud. El buque tiene que tener puerto base en Andalucía. Según los datos de la convocatoria, los beneficiarios son pymes y personas físicas con actividad económica del sector pesca.
Cuánto te dan
El presupuesto de esta línea es de 755.000 € en total (155.000 € en 2026 y 600.000 € en 2027), y excepcionalmente se puede ampliar con hasta 3.000.000 € más sin abrir nueva convocatoria. Sobre el porcentaje: la intensidad puede llegar al 75% de la inversión si es innovadora; hasta el 100% en operaciones que mejoren la selectividad por tallas o especies de los artes de pesca; hasta el 100% en inversiones relacionadas con la pesca costera artesanal; y hasta el 75% en operaciones de apoyo a productos, procesos o equipos innovadores. La convocatoria no fija un importe máximo por solicitante ni la intensidad base (está en las bases reguladoras de 26 de junio de 2024). Puedes pedir un anticipo de hasta el 20% antes de justificar la inversión, sin tener que aportar garantía.
Plazo
10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. La orden está firmada el 7 de septiembre de 2026, pero el texto no indica la fecha de publicación en BOJA, así que la fecha concreta de cierre no consta: tienes que comprobarla en el BOJA o en la sede electrónica.
Cómo se decide
Por concurrencia competitiva: se comparan las solicitudes y se puntúan con criterios generales (adecuación a la estrategia y al DAFO del programa FEMPA, contribución a indicadores y a otros planes), criterios ambientales y sociales, criterios económicos (ratio de dependencia de la ayuda pública) y criterios específicos de esta línea (GT de la embarcación y, en pescadores a pie, días de actividad por encima de los 60 exigidos). Si después de resolver hay más crédito, se puede dictar una resolución complementaria para incorporar a solicitantes que cumplían pero se quedaron sin dinero.
Cómo se pide
Solo por internet, en la sede electrónica de la Junta de Andalucía, procedimiento 25513 (juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25513.html). Necesitas certificado o firma electrónica. La solicitud se dirige a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul. También puedes tramitarla a través de una entidad habilitada del sector pesquero (el listado está en el procedimiento 18340). Las notificaciones son electrónicas obligatorias.
Qué te piden
- Formulario de solicitud (Anexo I) marcando esta línea de ayuda, con el detalle de inversiones y el porcentaje de intensidad que pides
- Informe de técnico o experto independiente que demuestre que la inversión consigue mayor selectividad del arte de pesca o menor impacto que otros equipos estándar según la normativa de la UE
- Hoja de asiento del buque actualizada, literal, completa y certificada en todas sus páginas
- Memoria técnica descriptiva y/o proyecto de las inversiones, con facturas proforma o presupuestos
- Autorizaciones necesarias para hacer las inversiones en el buque, o acreditación de haberlas solicitado
- Acuerdo entre propietario y armador que dé derecho a invertir en el buque, si eres armador y no propietario
- Si eres persona jurídica: NIF, escritura de constitución y estatutos inscritos. Si eres comunidad de bienes o sociedad civil: NIF, documento de constitución, estatutos y Anexo I-bis con el listado de miembros
- Acreditación de la capacidad financiera: informe de auditor externo si eres empresa consolidada y pides más de 200.000 €; declaración del representante legal en el resto de empresas consolidadas; certificado de entidad financiera si eres autónomo o empresa de nueva constitución
- Memoria económica de viabilidad del proyecto (con VAN y TIR si la inversión aumenta la rentabilidad); informe de auditor externo si eres autónomo o empresa nueva y pides más de 100.000 €
- Tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera el umbral del contrato menor
- Acreditación del cumplimiento de los plazos legales de pago
- Plan de Igualdad inscrito en el REGCON (o solicitud de inscripción) si tienes 50 o más personas trabajadoras
- Declaración de que no has iniciado las inversiones antes de solicitar la ayuda (o antes del acta de no inicio)
- Si el carácter innovador no es automático (no son puertas voladoras): informe de calificación de la inversión emitido por una entidad certificadora acreditada por ENAC
- Documentación que acredite las condiciones que alegas para los criterios de selección
- Estar dado de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta con la cuenta donde quieres cobrar
Ojo con esto
- No puedes empezar la inversión antes de presentar la solicitud (o antes del acta de no inicio previa). Si ya has comprado o instalado, queda fuera.
- El plazo es cortísimo: 10 días hábiles desde la publicación del extracto en BOJA. Ten la documentación técnica preparada antes.
- La inversión no puede suponer incremento del arqueo bruto (GT) del buque.
- El informe técnico independiente que demuestre mayor selectividad o menor impacto es obligatorio en esta línea; sin él, la solicitud está incompleta.
- Si quieres el 75% por innovación y no son puertas voladoras, necesitas un informe de una entidad certificadora acreditada por ENAC (eso cuesta tiempo y dinero).
- Tienes que declarar todas las demás ayudas solicitadas u obtenidas para lo mismo, indicando si son de minimis.
- Presentación exclusivamente electrónica: en papel no se admite.
- Si en seis meses desde el fin del plazo no hay resolución, se entiende desestimada por silencio administrativo.
- El pago exige justificar con facturas y justificantes bancarios del pago efectivo; no basta la factura.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar?
Depende del porcentaje que te apliquen sobre la inversión: hasta el 75% si la inversión es innovadora, y hasta el 100% en operaciones que mejoren la selectividad por tallas o especies de los artes de pesca y en inversiones de pesca costera artesanal. El presupuesto total de la línea es de 755.000 €, ampliable en hasta 3.000.000 €. La convocatoria no fija un tope por solicitante.
¿Puedo pedirla si no soy el dueño del barco?
Sí, si eres el armador y tienes un acuerdo con el propietario que te conceda el derecho a hacer inversiones en ese buque pesquero. Ese acuerdo hay que aportarlo con la solicitud.
¿Los mariscadores o pescadores a pie pueden pedirla?
Sí, si son propietarios del arte que se va a sustituir y han trabajado al menos 60 días durante los dos años civiles anteriores al año en que presentan la solicitud. Además, los días de actividad por encima de esos 60 puntúan en la valoración.
¿Me adelantan parte del dinero?
Sí. Puedes pedir un anticipo de hasta el 20% antes de justificar la inversión, sin necesidad de constituir garantía. Se solicita marcándolo en el formulario Anexo II.
¿Cuándo sabré si me la han dado?
La resolución se publica en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes, en la sede electrónica (procedimiento 25513). Si pasa ese plazo sin resolución, se entiende denegada por silencio.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en BOJA, por lo que no se puede dar la fecha exacta de inicio y fin del plazo. Tampoco constan en este texto la intensidad de ayuda base (sin incrementos), el importe máximo por beneficiario, la inversión mínima, los gastos concretos subvencionables, el plazo de ejecución y justificación ni el detalle de incompatibilidades: todo eso está en la Orden de bases reguladoras de 26 de junio de 2024, que no se incluye aquí. El documento está recortado al final.
Título oficial: Orden por la que se convocan para el año 2026, ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual d.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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