Ayudas del ICAA a la distribución de cine europeo e iberoamericano 2026 (hasta 150.000 € por película)
INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES · ficha oficial (BDNS 890365) · bases reguladoras
El ICAA reparte 4 millones de euros entre distribuidoras independientes que hayan estrenado en salas cine comunitario o iberoamericano. Cubren hasta el 50% del gasto, con tope de 150.000 € por película.
Para quién es
Puedes pedirla si eres una empresa distribuidora independiente (según el artículo 4.ñ de la Ley del Cine) dada de alta en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, y has distribuido en salas españolas un largometraje o un conjunto de cortometrajes comunitario o iberoamericano (países de Ibermedia). La película tiene que estar calificada en España en 2024 o 2025, haberse estrenado comercialmente en España en el último trimestre de 2024 o durante 2025 y no haber sido valorada en convocatorias anteriores. Si es extranjera, no puede tener más de dos años desde su estreno en su país de origen (o no haberse estrenado allí). Además, la película debe llevar audiodescripción (UNE 153020) y subtitulado especial (UNE 153010); si solo se distribuye en versión original en una lengua no oficial en España, basta el subtitulado especial. No entran distribuidoras no independientes ni películas sin ese recorrido de estreno.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 4.000.000 €, ampliable hasta en 500.000 € más si hay crédito. Te pagan como máximo el 50% de los gastos subvencionables de distribución, con un tope de 150.000 € por película. Además, una misma empresa (junto con sus vinculadas) no puede llevarse más del 15% del presupuesto total de la convocatoria. Sobre ese importe máximo se aplica un porcentaje según tu puntuación: 75% (50-59,99 puntos), 85% (60-69,99), 90% (70-79,99), 95% (80-89,99) y 100% (90-100). Con menos de 50 puntos te quedas fuera. El resultado se redondea a la centena inferior.
Plazo
El plazo era de 15 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, y terminaba a las 14:00 (hora peninsular) del último día. La convocatoria es de 27 de febrero de 2026 (modificada el 5 de marzo de 2026), pero el texto no indica la fecha exacta de publicación en el BOE, así que no se puede fijar el día de cierre. Dado que hoy es septiembre de 2026, con toda probabilidad el plazo ya está cerrado: conviene comprobarlo en la web del ICAA.
Cómo se decide
Por concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se ordenan por puntuación (máximo 100 puntos). Valora un Comité Asesor de Ayudas a la Distribución con informe no vinculante. Se puntúa la calidad e interés cultural (festivales, premios, ayudas selectivas y espectadores, hasta 30), el riesgo por tratarse de obra difícil (hasta 7), el presupuesto y plan de distribución (hasta 25), el ámbito territorial (hasta 15), la distribución en versión original (hasta 15), nuevas tecnologías (hasta 1), el historial de la distribuidora (hasta 7) y las copias con lengua de signos (2). En caso de empate se acude al orden de los criterios.
Cómo se pide
Solo por internet, en la Sede Electrónica asociada del Ministerio de Cultura, con los modelos normalizados que están allí. Firma el representante legal con certificado electrónico de persona jurídica a nombre de la empresa o de persona física del representante legal, emitido por una autoridad de certificación reconocida. Las notificaciones te llegan por comparecencia en esa sede electrónica o por la dirección electrónica habilitada única. Las listas de admitidos y excluidos y las propuestas de resolución se publican en la web del ICAA (5 días hábiles para alegar).
Qué te piden
- Ser distribuidora independiente y estar de alta en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (declaración responsable)
- Que la distribución abarque un mínimo de 12 provincias y 3 comunidades autónomas en largometrajes (tras la modificación de marzo de 2026; antes eran 9), y un mínimo de 4 provincias en documentales, películas solo en VO en lengua no oficial del Estado y conjuntos de cortometrajes
- Solo cuenta la distribución hecha hasta el fin del plazo de solicitud y mayoritariamente en salas que cumplan el control de asistencia por «Buzones»; hasta 3 provincias pueden acreditarse con certificado de filmotecas o cinematecas públicas
- Que los conjuntos de cortometrajes se proyecten en una misma sesión de duración estándar (mínimo 60 minutos, salvo cortos «especialmente recomendada para la infancia»)
- Anexo III: autoevaluación de festivales, premios y honores, con invitaciones, certificados o declaración responsable
- Anexo IV: autoevaluación del riesgo como obra difícil
- Anexo V: declaración de ayudas selectivas obtenidas por la película
- Anexo VI: presupuesto de distribución ejecutado con los gastos subvencionables, sin IVA
- Anexo VII: declaraciones responsables (independencia, registro, al corriente de reintegros y reembolsos, no incurrir en el art. 13.2 LGS, igualdad, cuota de discapacidad, ayudas solicitadas)
- Anexo VIII: declaración responsable de empresas vinculadas
- Memoria del plan de promoción y distribución (máximo 12 páginas y 4.000 palabras) con copias, territorio por provincias, semanas en cartel y espectadores
- Resumen de tu experiencia en distribución de los últimos cinco años (máximo 3 páginas)
- Contrato o deal memo de los derechos de distribución en España (y toda la cadena de contratos si no los compraste al productor)
- Certificado de la empresa que hizo la audiodescripción y el subtitulado especial, citando las normas UNE
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (autorización al ICAA o certificados; en País Vasco y Navarra, hacienda foral y AEAT)
- Si la ayuda pedida supera 30.000 €: acreditación del cumplimiento de plazos de pago (certificado de auditor o declaración responsable, según tu contabilidad)
- Películas extranjeras: acreditación de la fecha de estreno en el país de origen
- Toda la documentación en PDF
Ojo con esto
- La modificación de 5 de marzo de 2026 subió el mínimo territorial de largometrajes de 9 a 12 provincias (con 3 CCAA). Si te quedas en 11, quedas fuera.
- Los gastos de publicidad y promoción deben ser al menos el 30% del total de gastos de distribución declarados. Si no, tu solicitud se desestima automáticamente.
- Si sacas menos de 50 puntos, no hay ayuda aunque cumplas todos los requisitos.
- Una sola ayuda por película y empresa; sumando otras ayudas públicas no puedes pasar los límites de intensidad del art. 21 del RD 1084/2015 ni el coste total de distribución.
- No son gastos subvencionables los sueldos de tu personal, el alquiler del local, gastos financieros, suministros, ni el IVA recuperable.
- Las solicitudes presentadas fuera de plazo se excluyen automáticamente: el último día se cierra a las 14:00 hora peninsular.
- Tienes que justificar en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la concesión; si justificas menos gasto, te pagan proporcionalmente menos.
- Es obligatorio poner el logotipo del ICAA en la web de la película y en los materiales de distribución posteriores a la concesión: no hacerlo es causa de reintegro total.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
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¿Cuánto dinero me pueden dar por película?
Hasta el 50% de los gastos subvencionables de distribución, con un tope de 150.000 € por película. Además, a ese importe máximo se le aplica un porcentaje (del 75% al 100%) según la puntuación que obtengas, y ninguna empresa con sus vinculadas puede superar el 15% de los 4.000.000 € de la convocatoria.
¿En cuántas provincias tengo que haber estrenado?
Para largometrajes, un mínimo de 12 provincias y 3 comunidades autónomas (la convocatoria se modificó en marzo de 2026 para subirlo desde 9). Para documentales, películas solo en versión original en lengua no oficial del Estado y conjuntos de cortometrajes, un mínimo de 4 provincias. Excepcionalmente, hasta 3 provincias se pueden acreditar con certificado de una filmoteca o cinemateca pública.
¿Qué películas pueden optar a esta ayuda?
Largometrajes y conjuntos de cortometrajes comunitarios o iberoamericanos (países de Ibermedia), calificados en España en 2024 o 2025, estrenados comercialmente en España entre el último trimestre de 2024 y 2025, que no se hayan valorado en convocatorias anteriores y que incluyan audiodescripción y subtitulado especial según las normas UNE.
¿Cuándo me pagan la ayuda?
Después de justificar la ejecución del plan de distribución, en un único pago. Tienes un mes desde la notificación de la concesión para presentar la cuenta justificativa con facturas y justificantes de pago, y debes estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Puedo combinarla con otras subvenciones?
Sí, pero con límites: no puedes recibir más de una ayuda para distribuir la misma película, y la suma de ayudas no puede superar los límites de intensidad del artículo 21 del RD 1084/2015 ni el total de gastos subvencionables. Si recibes otras ayudas, tienes que comunicarlo al ICAA de inmediato y te pueden minorar la subvención.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se puede indicar el día exacto de inicio y fin del plazo. Tampoco se reproduce en el texto disponible el contenido íntegro de las bases reguladoras (Orden CUD/508/2021), como los requisitos del artículo 5 sobre beneficiarios o los supuestos de obra difícil del artículo 21.2 del RD 1084/2015, ni el código de procedimiento en sede electrónica.
Título oficial: Resolución de 27 de febrero de 2026, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan ayudas a la distribución de películas de largometraje y conjuntos de cortometrajes comunitarios e iberoamericanos para el año 2026.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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