Ayudas del Consorcio de Santiago 2026 para reformar y rotular locales comerciales de la ciudad histórica
CONSORCIO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA · ficha oficial (BDNS 928683) · bases reguladoras
El Consorcio de Santiago da hasta 10.000 € (50% del gasto) para reformar el local y renovar rótulos en la ciudad histórica. Hay 90.000 € y se pide en un mes desde el BOE.
Para quién es
Puedes pedirla si eres autónomo, pyme, cooperativa, sociedad civil o comunidad de bienes con una actividad comercial o de servicios abierta al público en un establecimiento permanente de la ciudad histórica de Santiago de Compostela (ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación, PE.1), en un edificio de más de 10 años. Tienes que ser titular del negocio o tener título jurídico que te habilite, estar ya dado de alta y en activo antes de solicitar, tener domicilio fiscal en España y estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social. Entran: comercio minorista (alimentación especializada, moda, calzado, complementos, hogar, decoración, regalo, papelería, librerías, artesanía y producto local), comercio cultural (librerías, galerías, música, publicaciones), servicios personales con atención al público (peluquerías, estética, tintorerías, lavanderías, reparaciones) y servicios con atención presencial en local, incluidas actividades financieras, de seguros o intermediación inmobiliaria. NO entran: hostelería y restauración de cualquier tipo (bares, cafeterías, restaurantes, comida preparada, catering), alojamiento turístico, industria sin venta directa al público, juego y apuestas, grandes superficies o empresas que no sean micro o pequeña empresa, y cualquier actividad sin atención presencial en el local.
Cuánto te dan
Te cubren como máximo el 50% de los gastos subvencionables, con un tope de 10.000 € por beneficiario. El presupuesto total de la convocatoria es de 90.000 €, ampliable si aparece más crédito. El gasto realizado tiene que llegar como mínimo a 1.000 € y solo se admiten facturas de 150 € o más (sin IVA).
Plazo
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (vía BDNS). El texto que se ha publicado no recoge la fecha concreta de publicación, así que la fecha exacta de cierre no consta: consúltala en el BOE o en la web del Consorcio. Si el último día cae en sábado o festivo, pasa al siguiente hábil.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se puntúan sobre 100. Se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito. Puntúan la calidad técnica y viabilidad del proyecto (30), la mejora de imagen e integración en la ciudad histórica (25), la contribución a la identidad comercial compostelana —antigüedad del negocio y recuperación de elementos tradicionales— (35), la actividad innovadora (5) y el uso del gallego en la rotulación (5). Los empates se resuelven por mayor puntuación en los criterios por orden y, si sigue el empate, por sorteo.
Cómo se pide
Se presenta ante el Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, en su sede electrónica, por el trámite habilitado en su registro electrónico (identificación con certificado digital o clave). Las personas jurídicas están obligadas a hacerlo por vía electrónica; las personas físicas pueden hacerlo en papel por los medios del art. 16.4 de la Ley 39/2015, aunque se recomienda la vía electrónica. Solo vale una solicitud por persona o sociedad: si presentas otra, se entiende que desistes de la anterior. La convocatoria no indica código de procedimiento.
Qué te piden
- Haber pedido y tenido una visita técnica previa del Consorcio ANTES de ejecutar la obra y antes de solicitar la ayuda: sin ella no hay subvención
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I) con declaración responsable y declaración de ayudas de minimis
- DNI o pasaporte si eres persona física y no autorizas la consulta; las personas jurídicas solicitan con certificado digital
- Título que acredite la titularidad del local: nota simple, certificación registral u otro título; si eres arrendatario, copia compulsada del contrato y autorización del propietario (Anexo IV)
- Reportaje fotográfico del estado actual del local, escaparate y elementos exteriores
- Declaración responsable de la actividad económica que se desarrolla o se va a desarrollar en el local
- Licencia municipal de obras o, si no procede, comunicación previa al Ayuntamiento
- Memoria técnica del proyecto: descripción, objetivos, justificación de la necesidad, materiales y soluciones, cronograma y presupuesto desglosado; en obras de adecuación, redactada por técnico competente
- Propuesta de rotulación con textos, bocetos o simulaciones e indicación del uso del gallego
- Informe técnico del Consorcio sobre condiciones urbanísticas (lo recaba el instructor si has pedido la visita previa)
- Documentación que acredite los criterios de valoración, con memoria descriptiva de la actuación
Ojo con esto
- Si haces la obra sin la visita técnica previa del Consorcio, no te la subvencionan. Pídela antes de empezar y antes de solicitar la ayuda.
- Es incompatible con cualquier otra subvención o ayuda pública o privada para la misma finalidad. Nada de sumar ayudas.
- Son ayudas de minimis: el total de minimis de tu empresa no puede pasar de 300.000 € en tres años (25.000 € en agrícola, 40.000 € en pesca).
- La hostelería y el alojamiento turístico están expresamente fuera, aunque estés en pleno casco histórico.
- El IVA, las tasas, licencias y visados, los gastos corrientes, la mercancía para vender, la maquinaria industrial o profesional, el personal propio y las obras en almacenes NO son gasto subvencionable.
- Solo cuentan gastos entre el 1 de enero de 2026 y la fecha límite de ejecución. La obra y la justificación tienen que estar listas el 30 de diciembre de 2026.
- No se admiten pagos en efectivo ni la autofacturación: necesitas justificante bancario que cuadre exactamente con la factura.
- Si ejecutas menos del 60% pierdes toda la ayuda; entre el 60% y el 80% cobras un porcentaje reducido (20% o 30%).
- Tienes que mantener la actividad al menos 2 años desde el pago y colocar durante un año un adhesivo o placa con el logo del Consorcio visible al público.
- Cambiar carpintería exterior o estructura por materiales que no sean madera deja la actuación fuera, aunque no pidas ayuda para esa parte.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar para reformar mi tienda en el casco histórico de Santiago?
Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 10.000 € por beneficiario. El gasto mínimo que tienes que hacer es de 1.000 €.
¿Sirve para un bar o una cafetería?
No. La hostelería y restauración en cualquier modalidad (bares, cafeterías, restaurantes, taperías, comida preparada, catering) queda expresamente excluida, igual que el alojamiento turístico.
¿Puedo empezar la obra antes de pedir la ayuda?
No conviene: solo son subvencionables las actuaciones que cuentan con una visita técnica previa del Consorcio hecha antes de ejecutar la obra y antes de solicitar la ayuda. Los gastos deben ser posteriores al 1 de enero de 2026.
¿Qué obras y gastos entran?
Reformas y habilitación del local para mejorar la imagen comercial (reparaciones simples, decoración u ornato que no toquen la estructura), mobiliario expositivo de uso exclusivo en la zona de exposición y venta, y sustitución o mejora de los rótulos. No entran mercancía, maquinaria industrial o profesional, almacenes, IVA, tasas ni licencias.
¿Cuándo cobro la ayuda?
Después de ejecutar y justificar. Se paga previa justificación de la actuación, que debes presentar antes del 30 de diciembre de 2026. Si justificas después, el cobro queda condicionado a que haya crédito en 2027, y si a 30 de septiembre de 2027 no has presentado la documentación pierdes la ayuda.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria en el BOE. Si pasa ese plazo sin resolución, se entiende denegada por silencio.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación en el BOE ni, por tanto, la fecha exacta de inicio y fin del plazo de un mes. Tampoco consta código de procedimiento en sede electrónica. El texto está recortado en la versión en gallego, pero el articulado completo figura en la versión en castellano.
Título oficial: Resolución que hace público acuerdo 24 julio 2026 consejo administración del consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a locales comerciales de la ciudad histórica en 2026.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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