Ayudas a pymes y autónomos de Cabra 2026: creación de empresa, contratación indefinida, jóvenes y mujeres, y alquiler de local
AYUNTAMIENTO DE CABRA · ficha oficial (BDNS 927174) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Cabra reparte 250.000 € en cuatro líneas: 1.500 € por crear empresa, hasta 2.000 € por contrato indefinido y hasta 2.000 € de alquiler de local. Plazo hasta el 5 de octubre de 2026.
Para quién es
Pymes, autónomos, sociedades, comunidades de bienes y sociedades civiles con objeto mercantil que tengan su actividad, local o domicilio fiscal en Cabra (Córdoba). Cada línea tiene su público: la Línea 1 es para empresas de nueva creación en Cabra constituidas entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026, con altas nuevas en Hacienda y Seguridad Social; la Línea 2 para pymes de Cabra que hayan firmado contratos indefinidos (o ampliado jornada) entre el 01/09/2025 y el 30/09/2026 en centros de trabajo del municipio; la Línea 3 para jóvenes de hasta 35 años y mujeres mayores de 45 que monten su negocio en Cabra entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026; la Línea 4 para pymes con domicilio fiscal en Cabra que alquilen un local de negocio y lleven al menos 12 meses con contrato de arrendamiento. NO puedes pedirla si ya cobraste la misma ayuda en alguna de las dos convocatorias anteriores (líneas 1 y 3), si fuiste beneficiario de la de alquiler en la convocatoria inmediatamente anterior, si tienes deudas con Hacienda, Seguridad Social, Junta de Andalucía o el Ayuntamiento, o si haces actividades agrícolas, ganaderas o forestales que puedan acogerse a programas específicos de otros organismos (líneas 1 y 3). En alquiler quedan fuera almacenes, grandes superficies, mercados comunales, locales municipales, la vivienda del titular y los contratos entre personas vinculadas.
Cuánto te dan
Presupuesto total: 250.000 €. Línea 1 (creación de empresa): 1.500 € a tanto alzado, con 45.000 € de bolsa. Línea 2 (empleo, 20.000 € de bolsa): 1.500 € por contrato indefinido a jornada completa; 2.000 € si la persona contratada traslada su residencia a Cabra; 1.000 € si solo se amplía un indefinido parcial a jornada completa, o 1.200 € si además traslada su residencia. Máximo dos contratos por empresa. Línea 3 (jóvenes hasta 35 y mujeres mayores de 45): 1.500 €, con 45.000 € de bolsa. Línea 4 (alquiler de local): hasta el 50 % de las rentas sin IVA ni gastos repercutidos, con tope de 2.000 €, y 140.000 € de bolsa. El Ayuntamiento puede mover crédito entre líneas o ampliarlo.
Plazo
Puedes presentar la solicitud desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria y, en todo caso, el plazo termina el 5 de octubre de 2026. La convocatoria no especifica la fecha exacta de inicio (depende de la publicación del extracto en el BOP de Córdoba).
Cómo se decide
Concurrencia NO competitiva: no se puntúa ni se compara tu proyecto. Se conceden por estricto orden de registro de entrada de las solicitudes a quien cumpla los requisitos, hasta agotar el dinero de cada línea. En la Línea 4 tienen prioridad quienes no disfrutaron de la ayuda en la convocatoria anterior. El plazo máximo para resolver es el 30/03/2027 y la concesión se comunica en un máximo de dos meses tras aprobarla la Junta de Gobierno Local.
Cómo se pide
Con el formulario oficial dirigido al Alcalde-Presidente, en el Registro General del Ayuntamiento de Cabra (Plaza de España 14) o por la sede electrónica https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites. Si eres persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica o su representante, estás obligado a presentarlo solo por vía electrónica. Los modelos se descargan del portal del Ayuntamiento, o se recogen en la Delegación de Desarrollo Económico o en el CADE de Cabra.
Qué te piden
- Ser pyme según la definición de la UE y tener la actividad, local o domicilio fiscal en Cabra
- Estar al corriente con Agencia Tributaria, Seguridad Social, Junta de Andalucía y Hacienda Local (y no tener deudas con el Ayuntamiento)
- Presentar el formulario oficial (Anexo) de la línea que pidas; otro modelo obliga a subsanar en 10 días
- NIF/NIE del solicitante o CIF y escritura o documento de constitución y poder de representación
- Declaración censal (modelo 036) o certificado de situación censal con fecha de inicio, epígrafe de IAE y domicilio de la actividad
- Líneas 1 y 3: resolución de alta en el RETA, plan de viabilidad, facturas y justificantes bancarios de pago de los gastos de puesta en marcha
- Licencia de apertura concedida y pagada o, en su defecto, resguardo de haberla solicitado o declaración responsable (líneas 1, 3 y 4)
- Línea 2: copia del contrato de trabajo, DNI/NIE del trabajador y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) de los tres meses anteriores
- Línea 4: contrato de arrendamiento y facturas y justificantes de pago del alquiler de los 12 meses anteriores a la solicitud
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Mantener la actividad (o la contratación) al menos DOCE meses
- Exhibir en el establecimiento la placa o cartel de difusión que entrega el Ayuntamiento
Ojo con esto
- Ojo con la documentación: en la Línea 1 la convocatoria dice que si falta cualquier documento la solicitud se entiende como NO presentada.
- Es por orden de llegada: cuando se agota la bolsa de la línea, se acaba. No esperes al último día.
- Las líneas 1 y 3 son incompatibles entre sí: tienes que elegir una.
- La Línea 2 no es compatible con las ayudas del plan Emplea-T ni con otras ayudas estatales o autonómicas que incentiven la misma contratación.
- En la Línea 2 el trabajador debía estar en situación legal de desempleo el día anterior y no haber trabajado en tu empresa el año anterior (salvo conversión de jornada parcial a completa).
- Quedan fuera de la Línea 2 los contratos con socios, administradores, apoderados o socios con al menos un tercio del capital, y los contratos formativos o de prácticas.
- En el alquiler no se subvenciona el IVA, ni seguros, fianzas, tasas ni suministros o gastos de comunidad, aunque los pagues con la renta.
- Si cierras o no mantienes la actividad, el contrato o el local 12 meses, te pueden exigir el reintegro con intereses.
- Si el trabajador causa baja antes de los 12 meses por causa que no te sea imputable, tienes un mes para sustituirlo en las mismas condiciones.
- El cobro no es automático: hay que aceptar la ayuda por escrito y presentar la justificación (vida laboral, RNT y RLC de los 6 primeros meses en la Línea 2, certificados de estar al corriente...) antes del pago.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dan por darse de alta como autónomo en Cabra?
1.500 € a tanto alzado si te das de alta y creas la empresa en Cabra entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026 (Línea 1). Si eres joven de hasta 35 años o mujer mayor de 45, la Línea 3 también da 1.500 €, pero son incompatibles entre sí: solo puedes cobrar una.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Hasta el 5 de octubre de 2026 como máximo. El plazo se abre el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria.
¿Cuánto me pueden dar por el alquiler del local?
Hasta el 50 % de las rentas pagadas, sin contar el IVA ni los gastos que te repercuta el propietario (luz, comunidad, tasas...), con un tope de 2.000 €. Necesitas llevar al menos 12 meses con el contrato de arrendamiento y aportar las facturas y pagos de esos 12 meses.
¿Cuánto dan por hacer un contrato indefinido?
1.500 € por cada contrato indefinido a jornada completa, o 2.000 € si la persona traslada su residencia a Cabra. Si solo amplías un indefinido de parcial a completa, son 1.000 € (1.200 € si traslada su residencia). Máximo dos contratos por empresa.
¿Se decide por puntos o por orden de llegada?
Por orden de llegada. Es concurrencia no competitiva: se resuelve siguiendo el orden de registro de entrada entre quienes cumplen los requisitos, hasta agotar el presupuesto de cada línea.
¿Cuándo me pagan?
El pago es del 100 % por transferencia, pero después de aceptar la ayuda y justificar. El plazo máximo para resolver es el 30/03/2027 y la resolución se comunica en un máximo de dos meses tras aprobarse. En la Línea 2, además, hay que presentar los RNT y RLC de los seis primeros meses del trabajador.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de apertura del plazo (depende de la publicación del extracto en el BOP de Córdoba). Tampoco consta el plazo concreto para presentar la justificación de cada línea, que se fija en la resolución de concesión. Las bases publicadas son las de 2025 (BOP Córdoba nº 145, 29/07/2025), que la convocatoria cita como bases del Plan 2026; parte del texto de la Base 12ª.10 aparece ilegible en el boletín.
Título oficial: CONVOCATORIA PLAN INTEGRAL DE APOYO - AYUDAS PYME'S 2026.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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