Ayudas a centros concertados de Galicia para alumnado con necesidades de apoyo educativo (curso 2026/27, ED301I)
CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL · ficha oficial (BDNS 926904) · bases reguladoras
La Xunta reparte 450.000 € entre centros privados concertados de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Máximo 15.000 € por centro y plazo hasta el 1 de octubre de 2026.
Para quién es
Pueden pedirla los centros docentes privados con concierto educativo vigente con la Consellería de Educación de Galicia en segundo ciclo de infantil, primaria, ESO, FP básica y ciclos formativos de grado medio y superior. La titularidad puede ser persona física o jurídica, y debe cumplir el artículo 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia. Quedan fuera los centros concertados específicos de educación especial. Los centros que tengan unidades concertadas de educación especial solo pueden pedir la parte de material inventariable (artículo 4.2). Hay que estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y la Comunidad Autónoma.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 450.000 €: hasta 300.000 € para contratación de personal complementario (logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a), reparaciones y mantenimiento u obras menores (que no pasen del 15 % de la ayuda) y material específico ordinario no inventariable; y hasta 150.000 € para material inventariable específico. Cada centro puede recibir como máximo 15.000 €. El importe concreto de cada centro es proporcional a su puntuación respecto al total de puntos de todos los centros, y se reparte por bloques de niveles educativos (infantil+primaria+ESO por un lado; FP y FP básica por otro).
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación en el DOG (publicada el 1 de septiembre de 2026). Según los datos oficiales, del 2 de septiembre al 1 de octubre de 2026. La orden tiene vigencia para el curso 2026/27, del 1 de septiembre de 2026 al 30 de junio de 2027.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva. Una comisión de valoración puntúa: 8 puntos por cada alumno/a con necesidades específicas matriculado en 2026/27, 4 puntos por cada uno matriculado en 2025/26, de 0 a 16 puntos según la proporción de ese alumnado sobre el total del centro, y de 8 a 16 puntos por alumno/a según su grado de discapacidad (hasta 33 %, del 33 al 66 %, más del 66 %). Luego el dinero se reparte en proporción a los puntos de cada centro, con el tope de 15.000 €.
Cómo se pide
Obligatoriamente por internet, con el formulario normalizado (anexo I) del procedimiento ED301I en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Puedes identificarte con cualquier sistema admitido, incluido Chave365. Si lo presentas en papel te requerirán para que lo rehagas electrónicamente, y valdrá la fecha de esa corrección. Los trámites posteriores se hacen en la Carpeta ciudadana, y las notificaciones llegan solo por vía electrónica (Notifica.gal).
Qué te piden
- Tener concierto educativo vigente con la Consellería de Educación en las enseñanzas indicadas
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de Galicia
- Solicitud en el formulario normalizado (anexo I) firmada por el/la solicitante o representante del centro
- Memoria explicativa de las necesidades específicas del centro, indicando a qué se destinará la ayuda (personal, reparaciones, material no inventariable o material inventariable)
- Si se prevé material inventariable: relación detallada de materiales, finalidades y necesidades que se quieren cubrir
- Certificación con el detalle del alumnado por tipo de discapacidad y, si procede, el grado reconocido por el organismo competente, sin datos personales ni informes médicos
- Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o concedidas para lo mismo
- Para justificar (hasta el 30 de junio de 2027): anexo II, memoria de actividades realizadas y nóminas o facturas con sus justificantes de pago de los dos periodos (1.9.2026–31.12.2026 y 1.1.2027–30.6.2027)
Ojo con esto
- El tope por centro es 15.000 €, aunque tus necesidades sean mayores.
- Las obras, reparaciones e instalaciones menores no pueden superar el 15 % de la ayuda.
- Si tienes unidades concertadas de educación especial, solo puedes optar a la ayuda para material inventariable; los centros específicos de educación especial están excluidos.
- Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, pero el total no puede pasar del 100 % de la inversión: si te conceden otra, tienes que comunicarlo y te reducirán el importe.
- Se cobra un anticipo de oficio de hasta el 80 % sin necesidad de aval, pero los gastos imputados a ese anticipo deben estar hechos antes del 31 de diciembre de 2026.
- Si la justificación está incompleta o mal, solo te pagan la parte correctamente justificada.
- Si te requieren subsanar la solicitud, tienes 10 días hábiles improrrogables o se te tendrá por desistido.
- La propuesta provisional se publica en el portal educativo (edu.xunta.gal), no por notificación individual: conviene vigilarlo para alegar en 10 días hábiles.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puede recibir como máximo mi centro?
Un máximo de 15.000 € por centro. El importe concreto depende de la puntuación que obtengas frente a la suma de puntos de todos los centros solicitantes, dentro de un presupuesto total de 450.000 €.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación en el DOG (1 de septiembre de 2026), es decir, del 2 de septiembre al 1 de octubre de 2026 según los datos oficiales.
¿En qué puedo gastar la ayuda?
En contratar personal complementario (logopeda, fisioterapeuta, psicólogo, pedagogo, trabajador o educador social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador), en reparaciones, mantenimiento u obras menores (máximo 15 % de la ayuda), en material específico no inventariable y, con una bolsa aparte de 150.000 €, en material inventariable específico.
¿Cuándo me pagan?
Tras resolverse el expediente se paga de oficio un anticipo de hasta el 80 % de la ayuda, sin tener que presentar garantía. El resto se abona cuando justifiques completamente el gasto, con plazo hasta el 30 de junio de 2027.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados para la misma finalidad, siempre que entre todas no se supere el 100 % de la inversión. Debes declararlas y comunicar cualquier nueva concesión.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto del anexo I (formulario de solicitud) no se incluye, por lo que no se pueden detallar sus casillas. Tampoco consta la fecha exacta de publicación de la resolución definitiva, solo que se hará en un máximo de cinco meses desde la publicación de la convocatoria.
Título oficial: ORDEN de 6 de julio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2026/27 (código.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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