Ayudas del Ayuntamiento de Zaragoza 2026 para contratar a personas desempleadas de colectivos vulnerables (hasta 3.000 € por contrato)
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA · ficha oficial (BDNS 926862) · bases reguladoras
Si eres autónomo, profesional o pyme en Zaragoza y contratas indefinidamente a personas desempleadas de colectivos vulnerables, te dan 3.000 € por contrato (máx. 9.000 €).
Para quién es
Puedes pedirla si eres autónomo dado de alta en el RETA, profesional de una mutualidad alternativa al RETA, o una pyme (menos de 250 personas y menos de 50 millones de facturación o 43 millones de balance), sea cual sea tu forma jurídica. Tienes que estar ubicado en el término municipal de Zaragoza, tener allí tu domicilio social y fiscal y desarrollar el trabajo en la ciudad. Si tienes centros de trabajo en varios municipios, solo se subvencionan los contratos de gente cuyo centro de trabajo esté en Zaragoza. NO pueden pedirla las administraciones públicas, las sociedades públicas ni sus entidades vinculadas o dependientes, ni quien esté en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, haya sido excluido de programas de empleo por infracciones muy graves o sancionado en los dos últimos años por infracciones graves o muy graves en prevención de riesgos laborales. La persona que contratas debe estar desempleada e inscrita como demandante en el INAEM antes del contrato (sin estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social), estar empadronada en Zaragoza antes de contratar y seguir así los 180 días siguientes, y pertenecer a uno de estos colectivos: perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, personas con drogodependencia u otras adicciones en rehabilitación, parados de larga duración (12 meses inscritos en los 18 anteriores), procedentes de instituciones penitenciarias, mayores de 45 años, víctimas de trata o violencia sexual, personas sin hogar procedentes de alojamientos autorizados, personas con discapacidad del 33% o más, y jóvenes de 16 a 29 años con escasa cualificación que hayan acabado una escuela de segunda oportunidad hace menos de 2 años.
Cuánto te dan
3.000 € por cada contrato indefinido a jornada completa. Si es un contrato fijo discontinuo de nueva creación a jornada completa, 1.500 €. Si la jornada es parcial (mínimo el 50% de la jornada completa), el importe se prorratea según el tiempo de trabajo efectivo. El tope son 3 contratos por solicitante, es decir, un máximo de 9.000 €. Ese máximo solo puede superarse si sobra dinero en la partida: en ese caso se reparte el sobrante entre quienes hubieran incluido en la solicitud más de tres personas, dando un contrato más a cada uno por orden de presentación, y repitiendo la ronda hasta agotar el crédito. El presupuesto total de la convocatoria es de 250.000 €, ampliable sin nueva convocatoria si hay crédito disponible antes de resolver.
Plazo
El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ). La convocatoria no especifica la fecha concreta de esa publicación, así que tienes que comprobar en el BOPZ y en www.zaragoza.es cuándo se abre y se cierra exactamente. Ojo con las fechas de los contratos: solo valen los formalizados y con inicio de trabajo entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026. La justificación se presenta entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027 y la resolución definitiva se dictará antes del 31 de diciembre de 2026.
Cómo se decide
Es concurrencia competitiva en régimen simplificado, pero en la práctica funciona por orden de llegada: se resuelven por riguroso orden de presentación hasta agotar el crédito. No hay baremo ni comisión de valoración. Si te piden subsanar, la fecha que cuenta para tu puesto en la cola es la de la subsanación, no la de la solicitud original. En caso de empate en fecha y hora, se decide por sorteo.
Cómo se pide
Solo por registro electrónico, a través del trámite correspondiente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza (www.zaragoza.es). Las bases completas y los anexos se publican en la web municipal. Tramita el expediente la Unidad de Emprendimiento y Zaragoza Activa. La convocatoria no indica un código de procedimiento concreto.
Qué te piden
- Anexo de solicitud en modelo normalizado (su firma vale como declaración responsable de que cumples los requisitos)
- Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Zaragoza, la AEAT, la Seguridad Social y la Hacienda de Aragón, y al corriente en reintegros de subvenciones
- No tener pendientes de justificación otras subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza o sus entidades
- Empresas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación del domicilio social, escritura de constitución, certificado de composición del órgano de gobierno y justificación de la cifra de negocio (modelo 200 o declaración responsable y cuentas anuales)
- Autónomos: copia del DNI, último recibo del RETA o de la mutualidad y modelo 100 de la renta de 2025 con la cifra de negocio (o declaración responsable y justificación equivalente)
- Informe de plantilla media de trabajadores en alta de la Seguridad Social: del día anterior a cada contrato, de la fecha de solicitud y a 31 de diciembre de 2025
- Copia del contrato de trabajo de cada persona por la que pides ayuda
- Informe de situación administrativa de la demanda de empleo en el INAEM de cada persona contratada, referido al día anterior a la contratación
- Certificado o documento que acredite que cada persona pertenece a uno de los colectivos de difícil inserción
- Declaración responsable firmada por cada trabajador: sabe que su contrato está subvencionado, acredita el empadronamiento y autoriza la verificación de datos
- Contratar entre el 1/1/2026 y el 30/9/2026 y mantener la relación laboral al menos 180 días
- No haber reducido la plantilla más de un 20% entre el 31/12/2025 y el periodo de solicitud, y mantenerla durante los 180 días de cada contrato subvencionado
- Justificación (en 2027): nóminas y justificantes de pago, RLC y RNT de los 180 días, modelos 111 y 190 con sus pagos, informe de plantilla media de esos 180 días y prueba de la publicidad de la subvención
Ojo con esto
- Es incompatible con otras subvenciones a la contratación del Ayuntamiento de Zaragoza convocadas en 2026 para el mismo contrato.
- Sumando todas las ayudas públicas o privadas, no puedes superar el 80% del coste salarial más las cargas sociales a tu cargo; te comprometes a comunicarlo si lo superas.
- Va por orden de llegada: si te requieren subsanación, pierdes tu sitio en la cola porque cuenta la fecha de la subsanación.
- No valen los contratos a cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta el segundo grado del empresario o de los directivos y administradores (también parejas de hecho).
- Quedan fuera quienes hayan tenido acciones o participaciones en la sociedad en el año previo, quienes hayan trabajado en tu empresa en los 3 meses anteriores y quienes hayan dejado un indefinido por baja voluntaria o mutuo acuerdo en los 6 meses previos.
- Si la persona causa baja antes de los 180 días, tienes que sustituirla en un mes por otra que cumpla los mismos requisitos y avisar a Zaragoza Activa en 15 días naturales desde el nuevo contrato.
- No se concede más de una ayuda por la contratación de la misma persona, aunque la pidan empresas distintas.
- Tienes que informar a la persona contratada de que su contrato está subvencionado e incluirlo en la nómina; incumplir la publicidad puede costarte hasta un 10% de reintegro.
- Incumplir el mantenimiento de la contratación 180 días o de la plantilla supone reintegro o pérdida del derecho al cobro, con intereses de demora.
- Las jornadas parciales inferiores al 50% no se subvencionan.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto me dan por cada persona que contrate?
3.000 € por contrato indefinido a jornada completa y 1.500 € si es un fijo discontinuo de nueva creación a jornada completa. Con jornada parcial (mínimo 50%) el importe se prorratea según el tiempo de trabajo efectivo.
¿Cuántos contratos puedo presentar?
Se subvencionan como máximo 3 contratos por solicitante (9.000 €). Aun así, puedes incluir más personas en la solicitud: si sobra dinero en la partida, se reparte el sobrante dando un contrato más a cada beneficiario por orden de presentación, y así sucesivamente.
¿Sirve cualquier contrato temporal?
No. Los contratos deben ser indefinidos. La única excepción son los contratos de creación de empleo vinculados a itinerarios de inserción según el Decreto 128/2009 de Aragón, que pueden ser de duración determinada de al menos 180 días. En todos los casos hay que mantener la relación laboral un mínimo de 180 días.
¿Cuándo cobro la ayuda?
El pago se hace tras aprobarse la justificación (que se presenta entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027). Pero puedes pedir un anticipo del 80% tras la resolución definitiva justificando que lo necesitas, y si la subvención es de 3.000 € o menos te pueden anticipar el 100%.
¿Puedo contratar a alguien que ya trabajó conmigo?
No, si prestó servicios en tu empresa con cualquier tipo de contrato en los 3 meses anteriores a la nueva contratación. Tampoco valen familiares hasta el segundo grado ni personas que hayan tenido participaciones en la sociedad en el último año.
¿Es compatible con otras ayudas?
Es incompatible con otras subvenciones a la contratación del Ayuntamiento de Zaragoza convocadas en 2026. Con otras administraciones sí es compatible, siempre que el total no supere el 80% del coste salarial más las cargas sociales a tu cargo.
Lo que no hemos podido comprobar: La fecha exacta de inicio y fin del plazo de solicitud no consta en el texto: depende de cuándo se publique el extracto en el BOPZ. Tampoco consta el código del trámite en la sede electrónica ni el enlace directo al anexo de solicitud. El texto no menciona régimen de minimis.
Título oficial: SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN PARA LA INSERCIÓN SOCIOLABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA EN EL EJERCICIO 2026.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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