Ayudas del Ayuntamiento de Zaragoza 2026 para emprendedores: hasta 6.000 € para crear o consolidar tu proyecto
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA · ficha oficial (BDNS 926861) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Zaragoza reparte 75.000 € entre proyectos de emprendedores vinculados a programas municipales. Te pueden dar hasta 6.000 €, con un máximo del 80% del proyecto.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física (autónomo) o persona jurídica titular de una actividad empresarial o profesional, desarrollas el proyecto en el término municipal de Zaragoza y tienes allí tu domicilio fiscal y social. Tienes que estar dado de alta en el momento de solicitarlo y no haber pasado más de 3 años (36 meses de alta en autónomos con la misma actividad) desde tu constitución o alta; ese límite no se aplica si has hecho el programa ZAC Growth. Además tu proyecto tiene que estar ligado al ecosistema emprendedor municipal: estar o haber estado incubado o acelerado en un espacio municipal (si fue en el pasado, mínimo 12 meses y dentro de los 3 años anteriores, sin valer estancias virtuales); haber sido beneficiario en menos de 3 años de algún programa municipal de alojamiento empresarial o formativo; formar parte de la red Made in Zaragoza con al menos 3 meses de antigüedad (o locales creativos de C/ Las Armas, San Agustín o Contamina); haber terminado ZAC Growth en 2024 o 2025; o formar parte de otro programa municipal de emprendimiento. NO pueden pedirla las entidades sin ánimo de lucro ni las asociaciones, aunque hagan actividad económica. Tampoco quien ya fue beneficiario en convocatorias anteriores de este mismo programa (salvo que renunciara), ni proyectos ya subvencionados en ediciones anteriores aunque los presente otra persona o empresa.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 75.000 €. A cada beneficiario, como máximo el 80% del presupuesto del proyecto presentado, con un tope de 6.000 €. El importe concreto sale de un reparto proporcional: se divide el dinero disponible entre la suma de puntos de todos los proyectos válidos, lo que da un valor en euros por punto que se multiplica por tus puntos, y luego se hacen ajustes según lo que pediste y los topes de la convocatoria. Si al final el proyecto cuesta menos de lo previsto, te reducen la subvención en la misma proporción y tendrás que devolver la diferencia.
Plazo
15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. La fecha exacta de inicio y fin no consta en el texto: consulta el BOPZ y la web municipal para confirmar si sigue abierto. La justificación se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúan todos los proyectos y se reparte el dinero de forma proporcional a los puntos obtenidos. Se valora el empleo (hasta 50 puntos: 10 por cada puesto con jornada de al menos el 50%, incluido el del promotor, más 5 puntos extra por puestos de menores de 30, mayores de 55, personas con discapacidad ≥33% o en riesgo de exclusión), la viabilidad económica del plan de negocio (hasta 35 puntos), la sostenibilidad ambiental y social (hasta 10) y tener establecimiento comercial a pie de calle (5 puntos). Resuelve el Consejero de Economía, Transformación Digital y Transparencia, con dictamen de una Comisión de Valoración, antes del 31 de diciembre de 2026.
Cómo se pide
Rellenando el formulario disponible en www.zaragoza.es, dirigido a la Unidad de Emprendimiento y Zaragoza Activa, y presentándolo con los anexos por el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Zaragoza o por cualquiera de las vías del art. 16 de la Ley 39/2015. Dudas: subvencionesemprendimiento@zaragoza.es, indicando en el asunto la referencia de la convocatoria 2026. Si falta documentación te requerirán telemáticamente y tendrás 10 días improrrogables para subsanar.
Qué te piden
- Solicitud por procedimiento electrónico en modelo normalizado (anexo I.1)
- Memoria explicativa de la actividad y del proyecto (anexo I.2.1)
- Previsión económica de gastos S02 (anexo I.2.2)
- Plan de negocio simplificado (anexo I.3)
- Persona física: copia del DNI/NIE e informe de vida laboral acotado al periodo de autónomo
- Persona jurídica: copia del CIF o TIF, escritura o contrato de constitución y, si hay junta directiva u órgano de gobierno, documento con nombres y cargos
- Copia de la declaración censal de inicio de actividad (modelo 036 o 037)
- Copia del último recibo de autónomos (del solicitante o de los socios con actividad) u otro documento que acredite el alta
- Documento que acredite tu vínculo con el programa o espacio municipal (estancia en espacios municipales con su duración, programa de alojamiento o formativo, alta y baja en Made in Zaragoza, etc.)
- Si acreditas puestos de trabajo además del titular: última Relación Nominal de Trabajadores y contrato, o último recibo de autónomos, y documentación de los criterios especiales de valoración
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica, Ayuntamiento de Zaragoza y Seguridad Social desde el fin del plazo de solicitud hasta justificar
Ojo con esto
- Solo puedes presentar un proyecto empresarial.
- Si ya te concedieron esta ayuda en una convocatoria anterior (y no renunciaste), quedas fuera; también si el proyecto ya fue subvencionado antes aunque lo presente otra persona.
- Es incompatible con otras convocatorias del Ayuntamiento de Zaragoza: competitividad empresarial 2025 y 2026, apoyo al autónomo en inicio y relevo de actividad 2026, comercios afectados por obras 2026 e innovación en comercio, restauración y hostelería 2026.
- Con otras ayudas públicas sí es compatible, pero la suma no puede pasar del 80% del coste de la actividad; si se pasa, el Ayuntamiento reduce su aportación. Tienes 10 días hábiles para comunicar cualquier otra ayuda que recibas.
- Tienes que justificar el importe TOTAL del proyecto presentado, no solo la subvención. Si te dan menos de lo pedido, puedes reformular en 10 días hábiles; si no lo haces, deberás justificar el proyecto entero.
- Si durante la vigencia se da de baja alguno de los puestos de trabajo valorados o se reduce la jornada por debajo del 50%, tendrás que devolver toda la ayuda, salvo que sustituyas a la persona en un plazo máximo de 3 meses manteniendo el cómputo de jornadas.
- No se admiten facturas de menos de 50 € de base imponible, ni gastos autofacturados (emitidos por ti o por tus socios).
- Solo son subvencionables gastos corrientes (alquileres, suministros, material no inventariable, cuotas de autónomos y nóminas, servicios profesionales, gastos financieros, notariales o de asesoría). Quedan fuera viajes, ferias como visitante, comidas, garantías bancarias, multas y gastos judiciales.
- Las estancias virtuales o no presenciales en espacios municipales no cuentan para acreditar el requisito de incubación.
- Si quieres el anticipo (hasta el 80%, o el 100% si la ayuda es de 3.000 € o menos) tienes que pedirlo expresamente con declaración responsable en el Anexo 1.1.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
Hasta 6.000 €, y nunca más del 80% del presupuesto del proyecto que presentes. El importe final depende de los puntos que obtengas y del número de proyectos que cumplan requisitos, porque los 75.000 € se reparten proporcionalmente.
¿Puedo pedirla si llevo más de 3 años de autónomo?
En general no: se exige no superar los 36 meses desde el alta o constitución hasta la fecha de solicitud. La única excepción son quienes han hecho el programa ZAC Growth, a los que no se les aplica ese límite (aunque su proyecto debe estar relacionado con los retos trabajados en ZAC Growth).
¿Me pagan antes de gastar el dinero?
Puedes pedir pago anticipado: hasta el 80% tras la resolución de concesión y el 20% restante al aprobarse la justificación. Si la ayuda concedida es de 3.000 € o menos, te anticipan el 100%. Hay que solicitarlo expresamente y justificar por qué lo necesitas; no hace falta aval bancario.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Con ayudas de otras instituciones sí, siempre que la suma de ayudas públicas no supere el 80% del coste de la actividad. Pero es incompatible con varias convocatorias del propio Ayuntamiento de Zaragoza (competitividad empresarial 2025 y 2026, apoyo al autónomo 2026, comercios afectados por obras 2026 e innovación en comercio y hostelería 2026).
¿Qué suma más puntos?
El empleo es lo que más pesa: hasta 50 puntos, 10 por cada puesto (incluido el tuyo) con jornada de al menos el 50%, y 5 puntos extra por puestos de menores de 30, mayores de 55, personas con discapacidad ≥33% o en riesgo de exclusión. Después, la viabilidad del plan de negocio (35 puntos), sostenibilidad (10) y tener local a pie de calle (5).
¿Cuándo tengo que justificar?
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027, presentando la cuenta justificativa (memoria evaluativa, relación de facturas, justificantes de gasto y pago y declaración responsable) por el Registro del Ayuntamiento.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto no indica las fechas concretas de inicio y fin del plazo de solicitud (dependen de la publicación del extracto en el BOPZ), ni el periodo exacto de ejecución subvencionable del proyecto, que se fija en la propia solicitud. Tampoco detalla el contenido de los anexos ni si aplica el régimen de minimis.
Título oficial: PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA CREACIÓN, CRECIMIENTO Y LA CONSOLIDACIÓN DE PROYECTOS PARA EMPRENDEDORES DEL AÑO 2026.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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