Ayudas para empresas de economía social en Santiago de Compostela 2026: hasta 5.000 € para gastos corrientes
AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA · ficha oficial (BDNS 923651) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Santiago reparte 140.000 € entre cooperativas, sociedades laborales, CEE y empresas de inserción. Cubren el 80% de gastos corrientes, con tope de 5.000 €.
Para quién es
Puedes pedirla si eres una pequeña o mediana empresa con forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción (según la Ley de Economía Social de Galicia). Tienes que tener la actividad iniciada a 1 de enero de 2026 o empezarla dentro del período subvencionable, y seguir en activo durante el año de la convocatoria (la fecha de inicio es la del alta en el IAE o en el censo de obligados tributarios). Además, tu sede social, la fiscal y al menos un centro de trabajo deben estar en el municipio de Santiago de Compostela, y tu actividad debe ser viable económica, financiera y técnicamente. NO pueden pedirla las empresas participadas por alguna Administración Pública.
Cuánto te dan
El importe es el menor de estos dos: el 80% de los gastos subvencionables justificados con un tope de 5.000 € por beneficiario, o el resultado de repartir los 140.000 € en proporción a tu puntuación (tus puntos / total de puntos de los beneficiarios x 140.000 €). Si sobra dinero, el remanente se reparte de nuevo entre quienes no llegaron al 80% de sus gastos, siempre proporcional a la puntuación y sin pasar nunca de 5.000 € por empresa ni del 80% del gasto justificado. El presupuesto total de la convocatoria es de 140.000 €.
Plazo
Puedes presentar la solicitud desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña y hasta el 1 de octubre de 2026. La fecha exacta de inicio no consta en el texto facilitado, así que a día de hoy (16 de septiembre de 2026) el plazo sigue abierto hasta el 1 de octubre. El procedimiento se resolverá antes del 10 de noviembre de 2026.
Cómo se decide
Por concurrencia competitiva: se puntúan todas las solicitudes y se ordenan de mayor a menor puntuación; en caso de empate, manda el orden de entrada en el Registro. Hay que sacar al menos 4 puntos para optar a la ayuda; quien no llegue queda eliminado. Se valoran: memoria empresarial y triple impacto (hasta 3 puntos), empleo femenino mayoritario (1), plantilla con personas con discapacidad o en exclusión social (1), sector castigado por el COVID —hostelería, comercio, turismo— o agroalimentario, jardinería y servicios (1), uso del gallego (1), internacionalización acreditada (1) y tamaño: microempresa 1 punto, pequeña empresa 0,5.
Cómo se pide
Solo por internet. Se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento de Santiago (https://sede.santiagodecompostela.gal), eligiendo el trámite "Solicitud de subvención" del catálogo de trámites. Ojo: en esta convocatoria hay una única fase, así que junto con la solicitud tienes que entregar ya toda la justificación de los gastos. Si falta algo, te requieren para que lo arregles en 10 días hábiles; si no, se te tiene por desistido.
Qué te piden
- Formulario normalizado CS006ES cubierto y firmado electrónicamente, con todas las declaraciones responsables
- Declaración de ayudas solicitadas o concedidas en 2023, 2024 y 2025 y en el ejercicio en curso (o de que no has pedido ninguna)
- Declaración de otros ingresos para los mismos conceptos
- Certificados de estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica, Seguridad Social y Ayuntamiento de Santiago
- Declaración de no superar el límite de minimis y de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario (art. 10 Ley 9/2007)
- Alta en el régimen de Seguridad Social o mutua profesional elegido por los socios
- Certificado de situación censual actual de la AEAT con epígrafe, fecha de alta y domicilio de la actividad
- Escritura de constitución y modificaciones posteriores, y NIF/CIF de la empresa
- DNI del representante y documento que acredite la representación (y poder si lo tramita un tercero ajeno)
- Memoria empresarial de 7 páginas como máximo con historia, epígrafes IAE, tipo de entidad, tamaño, plantilla, uso del gallego, TIC/internacionalización y presupuesto de gastos
- Facturas, nóminas y justificantes de gasto, cada uno con su justificante de pago
- Justificantes de pago de nóminas, de cuotas de Seguridad Social a cargo de la empresa y de anticipos societarios (modelo CS006ES-Anexo II)
- Certificado bancario de titularidad de cuenta
Ojo con esto
- Solo hay una fase: el plazo de justificación coincide con el de solicitud, así que debes presentar facturas y justificantes de pago desde el principio.
- Solo valen gastos corrientes pagados entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2026: servicios exteriores (subgrupo 62 del PGC, salvo la cuenta 620 de I+D) y salarios, anticipos societarios de socios trabajadores y Seguridad Social a cargo de la empresa (cuentas 640, 642 y 647).
- No se admiten inversiones en activo ni gastos activables en el futuro.
- Los gastos deben pagarse por transferencia, domiciliación, talón bancario o tarjeta de crédito: nada en efectivo.
- No son subvencionables los impuestos indirectos recuperables ni los impuestos personales sobre la renta.
- Si no llegas a 4 puntos, quedas fuera aunque cumplas todos los requisitos.
- Es ayuda de minimis: cuenta para el límite acumulado de ayudas de este tipo.
- Es compatible con ayudas de otras administraciones (sin superar el coste total de la actividad), pero incompatible con otras ayudas del propio Ayuntamiento de Santiago para el mismo fin.
- Debes mantener la empresa en las mismas condiciones al menos un año desde la concesión y exhibir durante ese año el soporte gráfico de publicidad que facilite el Ayuntamiento.
- Las empresas participadas por una Administración Pública están excluidas.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
Hasta 5.000 € por empresa, y nunca más del 80% de los gastos subvencionables que justifiques. El importe concreto depende también de tu puntuación frente a la del resto de beneficiarios, porque los 140.000 € se reparten de forma proporcional.
¿Puede pedirla un autónomo individual?
No. Solo pueden pedirla pymes con forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción según la Ley de Economía Social de Galicia.
¿Qué gastos me cubren?
Gastos corrientes realizados y pagados entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2026: servicios exteriores (subgrupo 62 del PGC de pymes, excepto I+D) y salarios, anticipos societarios de socios trabajadores y Seguridad Social a cargo de la empresa. No entran inversiones ni bienes activables.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Hasta el 1 de octubre de 2026. El plazo empezó el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de A Coruña.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
El procedimiento se resuelve antes del 10 de noviembre de 2026. Si pasa esa fecha sin resolución expresa, se entiende desestimada por silencio administrativo. El listado se publica en el tablón de la sede electrónica y en www.cersiaempresa.gal.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí con las de otras administraciones o entidades, siempre que entre todas no superes el coste total de la actividad. No es compatible con otras ayudas del propio Ayuntamiento de Santiago para el mismo fin, y está sujeta al régimen de minimis.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de inicio del plazo (depende de la publicación del extracto en el BOP de A Coruña) ni el procedimiento y calendario de pago de la ayuda una vez concedida.
Título oficial: BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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