Ayudas de la Xunta (Agadic) al desarrollo de proyectos audiovisuales gallegos 2026: hasta 30.000 € por proyecto
AGENCIA GALLEGA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (AGADIC) · ficha oficial (BDNS 920748) · bases reguladoras
La Agadic reparte 1,2 millones entre productoras audiovisuales gallegas para la fase previa al rodaje. Hasta 30.000 € por proyecto y el 90% del presupuesto.
Para quién es
Puedes pedirla si eres autónomo o empresa (persona física o jurídica) constituida como productora audiovisual independiente, dada de alta en el epígrafe de IAE 961.1 con al menos 1 año de antigüedad y 1 año de actividad sin interrupciones en el momento de publicarse la convocatoria. Necesitas además una sucursal u oficina permanente desde hace al menos 1 año en Galicia, en la UE o en el Espacio Económico Europeo, y desarrollar tu actividad habitual en Galicia como productora. Tienes que ser pyme según la definición europea (Reglamento UE 651/2014). NO pueden pedirla las agrupaciones de interés económico/empresarial, las empresas en crisis, las que tengan pendiente una orden de recuperación de ayudas ilegales de la Comisión Europea, ni quienes incumplan los plazos de pago de la ley de morosidad (si la ayuda supera 30.000 €). Tampoco entra quien esté bajo influencia dominante de una televisión o prestador de comunicación audiovisual: la ley exige que seas productora independiente.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 1.200.000 € (300.000 € en 2026 y 900.000 € en 2027). Te cubren hasta el 90% del presupuesto subvencionable, con estos topes por proyecto: 25.000 € un largometraje de ficción, 30.000 € un largometraje de animación, 30.000 € una serie de ficción o de animación y 20.000 € un largometraje o serie documental. Una misma solicitante (o sus empresas vinculadas) puede lograr como máximo dos ayudas en la modalidad A (proyectos individuales) o una en la modalidad B (paquete de 3 o 4 proyectos). El crédito se reparte: modalidad A, 100.000 € (2026) + 200.000 € (2027); modalidad B, 200.000 € (2026) + 700.000 € (2027), con posibilidad de redistribuir entre modalidades si sobra.
Plazo
Un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. El texto no indica la fecha concreta de publicación en el DOG, así que no podemos confirmar aquí el día exacto de cierre; en la base de datos de subvenciones figura la fecha 24/08/2026, lo que apuntaría a que el plazo ya habría terminado. Consulta el DOG o la web de la Agadic antes de contar con ello.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúan y ordenan todos los proyectos y se financian los mejores hasta agotar el crédito. Valora una comisión con tres profesionales de prestigio del sector cultural/audiovisual y dos personas de la Agadic. En la modalidad A se reparten 25 puntos por criterios técnicos (gallego como versión original, talento novel, autoría femenina, historial de la productora y de los autores) y 40 por criterios artísticos y de viabilidad (calidad del guion, internacionalización, estrategia de desarrollo y presupuesto). Hay nota de corte: 35 puntos para ficción y animación y 25 para documentales; en la modalidad B, 35 puntos. Los que cumplan requisitos pero se queden sin dinero pasan a lista de espera por si hay renuncias o ampliación de crédito.
Cómo se pide
Solo por internet, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), con el formulario normalizado del anexo II. El código de procedimiento es CT207B. Puedes identificarte con cualquiera de los sistemas admitidos, incluido Chave365. Si lo presentas en papel te requerirán para que lo enmiendes por vía electrónica y contará la fecha de esa enmienda. Todos los trámites posteriores se hacen desde la Carpeta Ciudadana. Dudas: 881 99 60 77 / 881 99 60 78, agadic@xunta.gal o industriasculturais.xunta.gal.
Qué te piden
- Estar dado de alta en el IAE 961.1 con un año mínimo de antigüedad y actividad sin interrupciones
- Oficina o sucursal permanente desde hace al menos un año y actividad habitual en Galicia
- Ser pyme y acreditarlo con las cuentas anuales del Registro Mercantil o el modelo 200 del último ejercicio
- Tener al menos un acuerdo o precontrato con quien dirija la obra y/o con el guionista
- Tener al menos la opción de compra de los derechos de propiedad intelectual (o de adaptación) durante todo el cronograma de desarrollo
- Solicitud en el anexo II con todas las declaraciones responsables (ayudas solicitadas, no estar incurso en prohibiciones, DNSH, no haber iniciado el proyecto, etc.)
- Si eres persona jurídica: escrituras y estatutos inscritos, certificado del acuerdo social y acreditación de la representación
- Dossier del proyecto en documento único: datos, intenciones artísticas, valores de producción, estrategia y cronograma, sinopsis y guion o tratamiento secuencial (en series, guion del primer capítulo y mapa de tramas)
- Presupuesto de gastos de desarrollo (anexo III) y ficha del proyecto (anexo IV)
- Contratos o cartas de compromiso firmadas con los profesionales, con las cantidades acordadas para dirección y guion
- Acreditación del historial de la productora y de los autores mediante fichas del catálogo del ICAA o documentación equivalente
- Para la modalidad B: haber producido desde 2016 al menos dos obras estrenadas comercialmente en cine o emitidas en TV/plataforma, y describir la estrategia de selección de proyectos
- Proyectos de largometraje de al menos 60 minutos; series de al menos 150 minutos (ficción) o 100 minutos (animación y documental)
Ojo con esto
- No puedes empezar a gastar antes de presentar la solicitud: si algún coste es anterior, el proyecto entero deja de ser subvencionable (efecto incentivador).
- El periodo de gastos va desde el día que presentas la solicitud hasta el 1 de octubre de 2027, y tienen que estar realizados Y pagados.
- Son incompatibles con otras ayudas de la Agadic convocadas el mismo año relacionadas con el contenido del proyecto y con otras ayudas de la Consellería de Cultura para el mismo proyecto. Sí son compatibles con el resto de la Xunta y con otras administraciones o entidades.
- El total de ayudas no puede superar el coste de la actividad, y el 90% de intensidad se controla contando todas las ayudas públicas españolas para ese proyecto.
- El 10% del proyecto lo tienes que poner tú: cuenta como inversión privada elegible dentro de la cofinanciación FEDER.
- El teaser no puede superar el 25% del presupuesto subvencionable del proyecto; el personal directivo de la productora no puede superar el 15% de los gastos de personal elegibles.
- Alojamiento y manutención: máximo 150 €/día y 5 días; viajes solo en transporte público y clase turista.
- El IVA recuperable no es gasto subvencionable. Tampoco compras de activos fijos, dispositivos electrónicos, regalos ni asesorías rutinarias del día a día.
- Para gastos iguales o superiores a 15.000 € necesitas tres presupuestos de proveedores no vinculados y elegir el más barato (o justificar por qué no).
- Si no aceptas expresamente la resolución de concesión (DECA) en 10 días hábiles pierdes la ayuda.
- Obligaciones FEDER: contabilidad separada, cartel A3 visible, mención a la UE en web y redes, y conservar la documentación 5 años desde el 31 de diciembre del año del último pago.
- En la modalidad B estás obligado a incorporar al desarrollo, en prácticas o con contrato, al menos a un guionista novel.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
Depende del tipo de proyecto: 25.000 € un largometraje de ficción, 30.000 € un largometraje de animación o una serie de ficción o animación, y 20.000 € un largometraje o serie documental. En todos los casos la ayuda cubre como mucho el 90% del presupuesto subvencionable.
¿Puedo pedir la ayuda si mi productora está fuera de Galicia?
Puedes, siempre que tengas oficina o sucursal permanente desde hace al menos un año en Galicia, en otro Estado de la UE o del Espacio Económico Europeo, y que desarrolles tu actividad habitual en Galicia como productora audiovisual.
¿Puedo empezar a trabajar en el desarrollo antes de que me contesten?
Sí, pero nunca antes de presentar la solicitud. Los gastos solo valen desde el día de la presentación de la solicitud hasta el 1 de octubre de 2027; si alguno es anterior, todo el proyecto queda fuera.
¿Cobro por adelantado?
Puedes pedir un anticipo de hasta el 80% de la ayuda concedida una vez dictada la resolución, sin necesidad de presentar garantías. También hay pagos a cuenta según vaya avanzando el proyecto. El resto se paga tras justificar cada anualidad (30 de noviembre de 2026 para la de 2026 y 1 de octubre de 2027 para la de 2027).
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Puedes obtener un máximo de dos subvenciones en la modalidad A (proyectos individuales) o una en la modalidad B (paquete de 3 o 4 proyectos). El límite se aplica también si actúas en codesarrollo o coproducción con otras productoras o a través de empresas vinculadas.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto facilitado está recortado (se corta en el artículo 26, causas de reintegro), así que no se han podido comprobar los artículos finales sobre reintegro, régimen sancionador, recursos ni los anexos III a VI. Tampoco consta la fecha exacta de publicación en el DOG, imprescindible para saber el día concreto en que cierra el plazo de un mes.
Título oficial: Resolución del 8 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el desarrollo de proyectos audiovisuales gallegos cofinanciadas por la Unión Europea en el marco.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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