Ayudas ICO-MAPA-SAECA Oriente Medio 2026: te bonifican el 15% del préstamo si eres agricultor, ganadero, pescador o empresa agroalimentaria
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · ficha oficial (BDNS 915204) · bases reguladoras
El Ministerio de Agricultura bonifica el 15% del principal de préstamos de la línea ICO-Garantía SGR/SAECA, con un máximo de 15.000 € por beneficiario. Puedes pedirla hasta el 30 de septiembre de 2028.
Para quién es
Puedes pedirla si eres titular de una explotación agraria (persona física, jurídica o ente sin personalidad jurídica), operador del sector pesquero y acuícola, cooperativa agroalimentaria u operador económico encuadrado en los CNAE 103, 1091, 4631 y 1310 (este último solo si está autorizado conforme al artículo 75 del Real Decreto 1048/2022). Va dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector agroalimentario y pesquero, con domicilio social y fiscal en España. Además, en el caso de agricultores y ganaderos tienes que estar inscrito en los registros de explotaciones correspondientes (SIEX, Registro General de Explotaciones Ganaderas, Registro General de la Producción Agrícola o equivalente) y declarar que tus ingresos agrarios suponen más del 50% de tus ingresos totales (el año anterior o, si no, en la media de los tres años anteriores). Si iniciaste la actividad agraria en los tres años anteriores a la convocatoria, no tienes que rellenar ese anexo. No pueden pedirla quienes estén en alguna de las causas de prohibición del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, quienes sean deudores por reintegro de subvenciones o estén en procedimiento de insolvencia.
Cuánto te dan
Te bonifican el 15% del principal del préstamo formalizado en la "Línea ICO-Garantía SGR/SAECA 2026" (o la equivalente del año en que solicites). El tope es de 15.000 € de ayuda acumulada para las operaciones de un mismo beneficiario. No se subvenciona la parte del préstamo que pase de 100.000 €: si pides ayuda para varios préstamos, la suma de los importes prestados subvencionados no puede superar esos 100.000 €. Los plazos de amortización van desde 1 hasta 15 años, con opciones de 1, 2 o 3 años de carencia de principal según el plazo. Según la orden, el crédito total de la convocatoria es de 219.936.916 € (la ficha de la BDNS recoge un presupuesto distinto, 10.996.845,8 €).
Plazo
Puedes presentar la solicitud desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y hasta el 30 de septiembre de 2028. La orden está firmada el 25 de junio de 2026; la fecha exacta de publicación del extracto en el BOE no consta en el texto.
Cómo se decide
Es concesión directa (artículo 22.2.b de la Ley General de Subvenciones), no hay concurso ni puntuación. Pero el dinero se asigna por estricto orden de recepción por SAECA de los expedientes completos, mientras haya dotación disponible. SAECA valora primero si te concede el aval según sus procedimientos internos y después si procede la ayuda. Si en 4 meses desde la aprobación del aval no formalizas el préstamo, se anula la reserva de fondos y ese dinero pasa a otra solicitud. Las ayudas son de minimis.
Cómo se pide
No hay un formulario aparte: la solicitud de la ayuda va incorporada como una casilla en el documento de solicitud del aval ante SAECA, dirigida al Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación. Todos los trámites y notificaciones son obligatoriamente electrónicos. Instruye el procedimiento la Subdirección General de Análisis, Coordinación y Estadística del MAPA, y el ICO y SAECA actúan como entidades colaboradoras gestionando todo el expediente. Las propuestas de resolución y la resolución se publican en la sede electrónica y en la web del MAPA (www.mapa.gob.es).
Qué te piden
- Suscribir, después de la fecha de publicación de la convocatoria, y tener en vigor un préstamo de la línea ICO-Garantía SGR/SAECA
- Tener en vigor un aval de SAECA que garantice ese préstamo por el 100% de su importe, suscrito también tras la publicación de la convocatoria
- Si eres productor agrícola o ganadero: tener póliza del Plan de Seguros Agrarios Combinados o comprometerte a contratarla (anexo II) el año de la solicitud y el siguiente; si el periodo de suscripción ya cerró, en los dos años posteriores. No se exige si ninguna de tus producciones es asegurable
- No amortizar anticipadamente de forma voluntaria, total o parcial, el préstamo durante los dos primeros años de vigencia (sin contar el primer año de carencia, si lo hay)
- Estar inscrito, si eres agricultor o ganadero, en SIEX, el Registro autonómico de explotaciones agrícolas, el Registro General de Explotaciones Ganaderas o registro equivalente
- No superar los límites de ayudas de minimis (Reglamentos UE 1408/2013 agrícola, 717/2014 pesca y acuicultura y 2023/2831 general)
- Tener domicilio social y fiscal en España
- Declaración responsable de cumplir el artículo 13 de la Ley 38/2003 y de no incurrir en las causas del 13.2
- Anexo I: declaración de que los ingresos agrarios superan el 50% de tus ingresos totales
- Documento que acredite la inscripción en el registro de explotaciones correspondiente
- Declaración de no ser deudor por reintegro de subvenciones públicas
- Declaración responsable de no estar en procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir requisitos para estarlo
- Certificado de estar al corriente con Hacienda (AEAT)
- Copia del DNI, NIF, pasaporte o documento equivalente
Ojo con esto
- El préstamo y el aval de SAECA tienen que firmarse DESPUÉS de la publicación de la convocatoria: si ya los tienes firmados antes, no valen.
- Si amortizas el préstamo antes del segundo año de vigencia (sin contar el primer año de carencia), SAECA lo comunica al MAPA y te inician un procedimiento de reintegro. Solo se salvan las amortizaciones que vengan de otra ayuda pública de bonificación del principal.
- El dinero se asigna por orden de llegada de expedientes completos: si falta documentación, pierdes puesto en la cola.
- Si aprueban el aval y no formalizas el préstamo en 4 meses, pierdes la reserva de fondos.
- Es ayuda de minimis: suma con otras ayudas de minimis que hayas recibido y puede dejarte fuera por superar el límite.
- Es compatible con otras ayudas, incluidas las del Real Decreto 388/2021 y convocatorias anteriores del artículo 6 del RDL 4/2022, EXCEPTO con la línea ICO-MAPA-SAECA / BORRASCAS convocada por Orden de 31 de marzo de 2026.
- Si te requieren subsanar, tienes 10 días hábiles improrrogables; si no lo haces, te tienen por desistido.
- La resolución y el pago quedan condicionados a que haya crédito suficiente en los Presupuestos.
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¿Cuánto dinero me pueden dar?
El 15% del principal del préstamo, con un tope de 15.000 € de ayuda acumulada por beneficiario. Además, no se subvenciona la parte del préstamo que supere los 100.000 €, ni la suma de varios préstamos por encima de esa cifra.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
El plazo termina el 30 de septiembre de 2028. Empezó el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
¿Dónde se presenta la solicitud?
Ante SAECA, marcando la casilla de solicitud de la ayuda que va incluida en el propio documento de solicitud del aval. Todo el trámite es electrónico y las notificaciones también.
¿Tengo que contratar un seguro agrario?
Sí, si eres productor agrícola o ganadero: debes tener póliza del Plan de Seguros Agrarios Combinados o firmar el compromiso del anexo II de contratarla el año de la solicitud y el siguiente (o en los dos años posteriores si el periodo de suscripción ya está cerrado). No te lo exigen si ninguna de tus producciones es asegurable en ese Plan.
¿Puedo devolver el préstamo antes de tiempo?
No conviene: si amortizas de forma voluntaria, total o parcial, en los dos primeros años de vigencia (sin contar el primer año de carencia), el MAPA inicia un procedimiento de reintegro de la ayuda. Se salvan las amortizaciones derivadas de otra ayuda pública de bonificación del principal.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con ayudas de otras administraciones y con las del Real Decreto 388/2021 y convocatorias anteriores del artículo 6 del RDL 4/2022, salvo con la línea ICO-MAPA-SAECA / BORRASCAS (Orden de 31 de marzo de 2026). En ningún caso la suma puede superar el coste de la actividad ni los límites de minimis.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOE (y por tanto el día concreto en que se abrió el plazo). El texto no detalla cómo ni cuándo se abona materialmente la ayuda al beneficiario más allá de la certificación del ICO al MAPA. Hay una discrepancia entre el presupuesto que figura en la BDNS (10.996.845,8 €) y el que recoge la orden (219.936.916 €). El documento de bases (RDL 4/2022) aparece recortado, así que no se ha podido comprobar el detalle completo del artículo 6.
Título oficial: Orden de 25 de junio de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, destinadas la subvención del principal de créditos a titulares de explotaciones agrarias (Oriente Medio)..
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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