Ayudas para pagar el aval de SAECA en el sector agroalimentario y pesquero 2026 (crisis de Oriente Medio) — MAPA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · ficha oficial (BDNS 915162) · bases reguladoras
El Ministerio de Agricultura paga la comisión del aval de SAECA que necesitas para conseguir un préstamo. Para explotaciones agrarias, pesca y pymes agroalimentarias, hasta el 30/09/2028.
Para quién es
Puedes pedirla si firmas un aval con SAECA para un préstamo con una entidad financiera y eres: titular de explotación agraria (persona física o jurídica) inscrito en el Registro General de Explotaciones Ganaderas o en el de Producción Agrícola, que obtenga al menos el 25% de sus ingresos de la actividad agraria en el año anterior (o de media en los tres anteriores); pyme de industria agroalimentaria de los CNAE C10 y C11; operador económico del sector pesquero de los CNAE A311 y A32; armador o propietario de buque pesquero de la lista tercera, dado de alta en el Registro General de la Flota Pesquera y con licencia de pesca en vigor; o entidad asociativa pesquera. El requisito del 25% de ingresos no se aplica si empezaste la actividad agraria en los tres años anteriores a la convocatoria. Si el titular es una entidad asociativa, sus socios pueden pedirla cuando el préstamo avalado sirva para aportar capital a la entidad. Es para toda España y está pensada para beneficiarios del ámbito de la línea ICO-MAPA-SAECA del plan de respuesta a la crisis en Oriente Medio.
Cuánto te dan
No te dan dinero en mano: te pagan el coste del aval de SAECA. Se financia el importe total de la comisión del aval (1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado) y, además, la comisión de estudio (0,50% del importe avalado, una sola vez al formalizar el préstamo) si tienes seguro agrario del Plan de Seguros Agrarios Combinados del año de la convocatoria o del anterior, si eres joven agricultor (hasta 40 años; en personas jurídicas, socios menores de 40 con más del 50% del capital; en titularidad compartida, uno de los cónyuges menor de 40), si eres armador o propietario de buque de hasta 40 años, si estás integrado en una entidad asociativa prioritaria u organización de productores reconocida, o si la explotación está en zona declarada gravemente afectada por una emergencia de protección civil en el año de la convocatoria. Se subvenciona el coste del aval para préstamos de hasta 75.000 € por titular de explotación, operador económico, armador o propietario o por componente de entidad asociativa, y hasta 120.000 € por pyme agroalimentaria, con plazo máximo de 6 años (puede incluir 1 año de carencia). Esos topes de importe y plazo no se aplican a los créditos de las líneas ICO-SAECA, que van por sus propios límites. La subvención se concede en una sola anualidad y solo se calculan los seis primeros años de amortización. La orden cifra la línea en 75.000.000 €; la ficha de la BDNS indica 3.750.000 € de presupuesto.
Plazo
El plazo empieza el día en que surte efectos la orden (el siguiente a la publicación de su extracto en el BOE) y termina el 30 de septiembre de 2028. El texto no indica la fecha exacta de publicación del extracto. Ojo: el presupuesto se reparte por orden de llegada, así que puede agotarse mucho antes de esa fecha.
Cómo se decide
Concesión directa, sin competir por puntos: las ayudas se conceden por riguroso orden de presentación de las solicitudes a través del enlace de la web de SAECA, hasta agotar los fondos. Cuando se agota el presupuesto se puede seguir solicitando, pero pasas a una lista de espera que solo se atiende si se liberan reservas anuladas, y estar en ella no da derecho a cobrar.
Cómo se pide
No hay un formulario aparte: la solicitud se hace en el mismo documento con el que pides el aval a SAECA, marcando la casilla específica que incluye la petición de subvención. Con marcar esa casilla y adjuntar la documentación, la solicitud queda presentada. Va dirigida al Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación y se tramita a través del enlace de la web de SAECA, que actúa como entidad colaboradora. Todo el procedimiento es electrónico. Las propuestas de resolución y la resolución se publican en el tablón de anuncios de la sede electrónica del MAPA (https://sede.mapa.gob.es) durante al menos diez días hábiles.
Qué te piden
- Firmar un aval con SAECA dentro de un préstamo con una entidad financiera avalado por SAECA
- Cumplir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003 (no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario)
- Explotaciones agrarias: documento de inscripción en el Registro General de Explotaciones Ganaderas o en el Registro General de la Producción Agrícola
- Explotaciones agrarias: declaración responsable de obtener al menos el 25% de tus ingresos de actividades agrarias y acreditar la titularidad de la explotación
- Pymes agroalimentarias: documento que acredite la condición de pyme y el encuadre en CNAE C10 o C11
- Operadores pesqueros (A311/A32): documento de titularidad de la entidad y del encuadre en esos CNAE
- Armadores: hoja de asiento de inscripción marítima actualizada, completa, literal y certificada, más declaración responsable de alta en el ISM, en el Registro General de la Flota Pesquera y licencia de pesca en vigor
- Entidades asociativas pesqueras: documentación de la autoridad competente con la fecha de reconocimiento
- Anexo I: declaración de no concurrir en las causas del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Declaración de ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y el actual
- Declaración de no ser deudor por reintegro de subvenciones públicas
- Pesca y acuicultura: declaración (anexo II/III) de que la operación no está excluida del Reglamento (UE) 717/2014
- Relacionarte electrónicamente con la Administración en todos los trámites, incluidas las notificaciones
Ojo con esto
- Es ayuda de minimis: el total que puedes acumular en tres ejercicios fiscales está limitado a 200.000 € (general), 20.000 € (producción primaria agrícola) o 30.000 € (pesca y acuicultura).
- Se concede por orden de llegada hasta agotar fondos; cuando se agota, pasas a lista de espera sin derecho a cobrar.
- No cobras tú: el MAPA paga a SAECA y SAECA no te puede cobrar la parte del coste del aval subvencionada.
- En pesca y acuicultura quedan fuera compra de buques, nuevos motores, aumento de capacidad pesquera, construcción o importación de buques, pesca experimental, transferencia de propiedad de la empresa y repoblación directa (salvo excepciones).
- Si cancelas el préstamo, pierdes la titularidad de la explotación o acumulas ayudas fuera de lo permitido, pueden modificar la resolución y exigirte el reintegro con intereses.
- Es compatible con otras ayudas para el mismo fin, pero el total no puede superar el coste de la actividad ni los límites de minimis.
- No hay pagos anticipados ni a cuenta.
- El presupuesto que aparece en la BDNS (3.750.000 €) no coincide con el de la orden (75.000.000 €); conviene comprobarlo en el extracto publicado en el BOE.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me dan exactamente?
No recibes un importe en efectivo: te cubren la comisión del aval de SAECA (1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo) y, si cumples alguno de los casos previstos (seguro agrario, joven agricultor, entidad asociativa prioritaria, zona de emergencia…), también la comisión de estudio (0,50% del importe avalado). El aval subvencionado llega hasta 75.000 € de préstamo por titular u operador y hasta 120.000 € por pyme agroalimentaria, con plazo máximo de 6 años.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Hasta el 30 de septiembre de 2028. Pero como se concede por orden de presentación hasta agotar los fondos, conviene no esperar.
¿Tengo que presentar una solicitud aparte en el Ministerio?
No. Basta con marcar la casilla específica de solicitud de subvención en el mismo documento con el que pides el aval a SAECA y aportar la documentación. No hace falta ningún otro trámite.
Soy agricultor a tiempo parcial, ¿puedo pedirla?
Solo si al menos el 25% de tus ingresos vienen de la actividad agraria en el año anterior a la solicitud o de media en los tres anteriores. Ese requisito no se te exige si iniciaste la actividad agraria en los tres años previos a la convocatoria.
¿Cuándo se cobra y cómo?
SAECA certifica ante el MAPA la lista de beneficiarios (antes del 1 de octubre del año de la convocatoria) y el pago se produce el día en que el Ministerio liquida a SAECA esos importes. En la práctica, SAECA no te cobra la parte del aval subvencionada. No hay anticipos.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que el total no supere el coste de la actividad ni los topes de minimis (200.000 €, 20.000 € en producción primaria agrícola o 30.000 € en pesca y acuicultura en tres ejercicios).
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de inicio del plazo (depende de la publicación del extracto en el BOE) ni el enlace concreto de solicitud en la web de SAECA. Tampoco se detalla qué beneficiarios entran exactamente en el ámbito del artículo 53 del Real Decreto-ley 7/2026 (línea ICO-MAPA-SAECA). Hay discrepancia de presupuesto entre la BDNS (3.750.000 €) y la orden (75.000.000 €).
Título oficial: Orden de 12 de junio de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones previstas en el real decreto 388/2021, de 1 de junio..
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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