Ayudas del Ayuntamiento de Figueres 2026 para asociaciones de comercio y hostelería (12.000 €)
AYUNTAMIENTO DE FIGUERES · ficha oficial (BDNS 913974) · bases reguladoras
Figueres reparte 12.000 € entre asociaciones de comercio y hostelería que hagan proyectos estables de dinamización durante 2026. Se pide en 20 días naturales desde el anuncio en el BOP de Girona.
Para quién es
Está pensada para entidades (asociaciones) comerciales y de hostelería, no para comercios o bares a título individual. Te la pueden dar si tu entidad: lleva al menos 2 años haciendo actuaciones estables de interés público y social (demostrables con documentos), está inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Figueres, está al día con el Registro de Derechos y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, tiene un mínimo de 10 socios al corriente de pago (o censo actualizado si es gratuita), funciona de forma democrática y está al corriente con Hacienda, Seguridad Social, Generalitat y el propio Ayuntamiento. Quedan fuera los partidos y coaliciones electorales, y las entidades que no respeten el marco democrático o practiquen actuaciones xenófobas, racistas, homófobas o misóginas. Los proyectos deben ser del ámbito de comercio y hostelería: dinamización comercial, campañas de comunicación y fidelización, promoción digital, atracción turística, formación abierta, actividades conjuntas entre asociaciones, etc.
Cuánto te dan
El presupuesto total de la convocatoria es de 12.000 €. No hay un importe fijo por entidad: se reparte según la puntuación obtenida y el importe solicitado, con esta fórmula: (puntos obtenidos x 100 / puntuación más alta) x importe solicitado / 100. Si la suma sale por encima de los 12.000 €, se aplica un factor corrector que baja todas las ayudas proporcionalmente. En ningún caso la subvención puede superar el 90% del coste total del proyecto: el resto lo pone la entidad o terceros.
Plazo
20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOP). El texto no indica la fecha concreta de publicación, así que hay que consultar el BOP de Girona o el tablón y la web del Ayuntamiento de Figueres para saber el día exacto de cierre.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se puntúan sobre 100 (30 puntos de criterios generales y 70 de criterios específicos de comercio y hostelería). Los criterios generales miran el crecimiento de la entidad en 4 años, su presupuesto, el número de socios, la capacidad de conseguir financiación que no sea del Ayuntamiento y el peso de las aportaciones municipales. Los específicos valoran el interés para la ciudad, el impacto, el porcentaje de socios que son de Figueres (hasta 20 puntos) y la viabilidad técnica del proyecto. Instruye un técnico de promoción económica y valora una Comisión de evaluación; resuelve la Junta de Gobierno Local en un máximo de 2 meses desde que cierra el plazo.
Cómo se pide
Telemáticamente, por el registro de entrada del Ayuntamiento de Figueres, o por cualquiera de los medios del artículo 16 de la Ley 39/2015. Si la entidad no tiene certificado digital de representante de persona jurídica, el representante legal puede firmar con su certificado de persona física acreditando la representación. La convocatoria no indica código de procedimiento.
Qué te piden
- Solicitud normalizada (una por entidad, indicando el ámbito temático y hasta 5 actuaciones o programas)
- Descripción de la actuación, proyecto o programa
- Presupuesto general de la entidad del año de la convocatoria
- Documento de datos bancarios de pago a terceros (solo si no se presentó antes o han cambiado)
- Actualización de los datos del Registro Municipal de Entidades
- Declaración del representante legal: que los datos son ciertos, que no hay prohibición para recibir subvenciones y que se está al corriente con Hacienda y Seguridad Social (o autorización para que el Ayuntamiento lo compruebe)
- Declaración responsable de que las personas del proyecto no tienen condena firme por delitos contra la libertad e identidad sexual (solo si hay contacto habitual con menores)
- Declaración responsable de obligaciones de transparencia
- Acreditación documental de al menos 2 años de trayectoria y de la financiación externa que se alegue (convenios, patrocinios)
- Acuerdos de junta de liquidación de presupuestos y acta de asamblea con el número de socios, si quieres puntuar en esos criterios
Ojo con esto
- La ayuda no puede pasar del 90% del coste del proyecto: tienes que poner el resto tú o con financiación de terceros.
- Solo una solicitud por entidad y un único ámbito temático; no puedes recibir otra ayuda municipal por esas mismas actuaciones.
- Si no justificaste subvenciones anteriores del Ayuntamiento dentro de plazo, quedas fuera.
- Si la documentación está incompleta tienes 10 días para subsanar; si no, se entiende que desistes y se archiva.
- Hay que justificar como máximo el 31 de enero siguiente al año de ejecución (prorrogable como mucho la mitad del plazo, pidiéndolo antes de que venza).
- No se pueden justificar bienes inventariables, comidas, refrigerios ni gastos musicales o de protocolo si no son parte esencial de la actividad; los intereses, recargos, sanciones y gastos judiciales tampoco.
- Los gastos de mantenimiento y estructura (alquiler de local, luz, agua, limpieza) solo cuentan hasta el 30% del total; los desplazamientos y dietas, hasta el 30% del importe justificado.
- Una desviación presupuestaria superior al 5% reduce proporcionalmente la subvención; y nunca puedes justificar menos de lo que te han concedido.
- Las entidades beneficiarias se comprometen a participar en los órganos o mesas sectoriales del Ayuntamiento de su ámbito.
- Si recibes más de 10.000 €, tienes que comunicar al Ayuntamiento las retribuciones de tus órganos de dirección para hacerlas públicas.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Puedo pedir esta ayuda si soy autónomo con una tienda o un bar en Figueres?
No de forma individual: la convocatoria va dirigida a entidades comerciales y de hostelería (asociaciones) inscritas en el Registro Municipal de Entidades, con al menos 2 años de trayectoria y un mínimo de 10 socios. La vía es a través de tu asociación.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
No hay importe fijo. El total a repartir son 12.000 € y cada entidad recibe una cantidad calculada según su puntuación y lo que haya pedido, con el tope del 90% del coste del proyecto. Si el reparto supera los 12.000 €, se recorta proporcionalmente a todos.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Tienes 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Girona. La convocatoria no indica la fecha exacta de esa publicación, así que conviene comprobarla en el BOP o en la web del Ayuntamiento de Figueres.
¿Cuándo cobro y me adelantan algo?
Sí: se paga un anticipo de hasta el 90% en el momento de la concesión y el resto cuando presentes la cuenta justificativa. La resolución se dicta como máximo 2 meses después de que cierre el plazo de solicitudes.
¿Es compatible con otras ayudas?
No puedes recibir otra ayuda municipal por las mismas actuaciones, y solo puedes optar a una subvención de esta línea. En cambio, se valora positivamente que tengas financiación de otras administraciones o patrocinios privados, que además debe figurar en los ingresos de tu presupuesto.
¿Qué gastos puedo justificar?
Material fungible, alquiler de bienes muebles, servicios externos, espectáculos, licencias, seguros, seguridad, difusión y publicidad y personal adscrito a la actividad. Desplazamientos y dietas hasta el 30% del importe justificado y gastos de estructura hasta el 30% del proyecto.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOP de Girona ni, por tanto, la fecha exacta de cierre del plazo. Tampoco consta el código de procedimiento en la sede electrónica ni un importe máximo por entidad. El documento 3 aportado es solo el índice del BOP, no el texto de las bases reguladoras de 2023/2024.
Título oficial: Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones dirigidas a entidades comerciales y de la hostelería que desarrollen proyectos, actividades y servicios estables de utilidad pública y de interés social durante el 2026..
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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