Ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en Zaragoza 2026-2027 (Zaragoza Vivienda)
SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA · ficha oficial (BDNS 913078) · bases reguladoras
Zaragoza Vivienda reparte 8 millones de euros para obras de eficiencia energética y accesibilidad en edificios y viviendas de Zaragoza. Se conceden por orden de llegada hasta agotar fondos.
Para quién es
Depende de la línea. Si eres comunidad de propietarios o agrupación de comunidades de Zaragoza, puedes pedir la línea 1.1 (obras integrales con eficiencia energética) y la 2.1 (accesibilidad en zonas comunes: ascensores, rampas, bajada a cota cero). Si eres propietario o usufructuario de una vivienda que es tu domicilio habitual y permanente, y los ingresos de tu unidad de convivencia no pasan de 4,5 veces el IPREM ponderado, puedes pedir la línea 1.2 (cambio de ventanas y aislamiento) y la 2.2 (accesibilidad dentro de casa). La línea 3 es un complemento para propietarios o usufructuarios con ingresos de hasta 2,5 o 3,5 veces el IPREM ponderado cuyo edificio ya tenga concedida ayuda de las líneas 1.1, 2.1 o la línea 1 de la convocatoria 2024-2025. La línea 4 es para quien ceda o renueve la cesión de su vivienda al programa municipal de alquiler ALZA (pueden ser personas físicas o jurídicas). El edificio o la vivienda tienen que estar en el término municipal de Zaragoza. No entran las viviendas de uso turístico en el cálculo de la ayuda de las líneas 1.1 y 2.1, ni obras distintas a las finalidades de cada línea.
Cuánto te dan
Presupuesto total: 8.000.000 € (anualidad 2026). Línea 1.1 (eficiencia energética en edificios): hasta el 60% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 25.000 € por vivienda y 192 €/m² para locales u otros usos que participen en el pago; dotación 4.000.000 €. Línea 1.2 (eficiencia energética en vivienda): hasta el 50%, máximo 6.000 €; dotación 250.000 €. Línea 2.1 (accesibilidad en edificios): hasta el 40%, máximo 6.000 € por vivienda; dotación 2.500.000 €. Línea 2.2 (accesibilidad en vivienda): hasta el 50%, máximo 6.000 €; dotación 250.000 €. Línea 3 (complementaria por rentas bajas): sumada a lo que reciba la comunidad, hasta el 100% del coste subvencionable si los ingresos no superan 2,5 veces el IPREM ponderado y hasta el 80% si no superan 3,5 veces; tope de 5.000 € por vivienda si la ayuda del edificio es de la línea 1.1 (o línea 1 de 2024-2025) y 2.500 € si es de la línea 2.1; dotación 250.000 €. Línea 4 (programa ALZA): máximo 8.000 € por vivienda, con el 80% del presupuesto si cedes entre 1 y 4 viviendas, el 70% entre 5 y 9 y el 60% a partir de 9; dotación 750.000 €. Si sobra dinero en una línea, puede pasarse a las demás.
Plazo
Las solicitudes de las líneas 1.2, 2.2 y 4 se pueden presentar desde el 30 de junio de 2026. Las de las líneas 1.1, 2.1 y 3, desde el 15 de octubre de 2026. Para todas las líneas, el plazo acaba el 31 de diciembre de 2027, salvo que antes se agote el presupuesto (se anunciará en la web de Zaragoza Vivienda). Si se agotan los fondos y el programa sigue vigente, puedes quedarte en lista de reserva provisional, sin que eso dé derecho a la ayuda.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva simplificada: se ordenan por fecha de presentación y se atienden por riguroso orden de llegada hasta agotar los fondos. Si tu solicitud está incompleta y hay que subsanarla, la fecha que cuenta es la del día en que queda completa. Una comisión de valoración revisa los expedientes, el Director/a Gerente instruye y el Consejo de Administración resuelve. Plazo máximo para resolver y notificar: 6 meses desde la solicitud completa; si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende denegada.
Cómo se pide
Online, a través de la Plataforma de Ayudas a la Rehabilitación de Zaragoza Vivienda: rellenas la solicitud, subes la documentación en PDF y firmas electrónicamente con 'wallet ID'. La solicitud cuenta desde que obtienes el justificante de registro con número de expediente, fecha y hora. Excepcionalmente puedes presentarla en persona en la Unidad de Información (UIAC) de Zaragoza Vivienda, calle San Pablo 48, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Las notificaciones se hacen por vía electrónica salvo que indiques lo contrario.
Qué te piden
- Que el edificio o la vivienda esté en el término municipal de Zaragoza
- Comunidades (líneas 1.1 y 2.1): certificado del acuerdo de la junta con la mayoría exigida por la Ley de Propiedad Horizontal (Anexo 2) y listado de propietarios o usufructuarios
- Declaración responsable de no haber pedido otras ayudas para la misma actuación (Anexo 3)
- Línea 1.1: informe del estado del edificio o Libro del Edificio Existente, proyecto básico o de ejecución visado, certificados de eficiencia energética antes y después (el actual, registrado) y presupuestos
- Línea 1.1: reducir al menos un 50% la energía primaria no renovable y la demanda de calefacción y refrigeración (30% en edificios protegidos que no admitan aislamiento exterior)
- Línea 2.1: informe del estado del edificio o Libro del Edificio Existente, proyecto o memoria técnica, presupuestos y registro de la ITE
- Líneas 1.2 y 2.2: presupuestos o facturas proforma, fotos en color del estado inicial y, en la 1.2, certificados de eficiencia energética antes y después (mínimo 15% menos de demanda energética)
- Líneas 1.2, 2.2 y 3: que la vivienda sea tu domicilio habitual y permanente y no superar el límite de ingresos de la unidad de convivencia
- Línea 4: presupuestos o facturas proforma, fotos del estado inicial y cumplir los requisitos del programa ALZA
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social, DGA, Ayuntamiento de Zaragoza y Zaragoza Vivienda, y no tener deudas por reintegro de subvenciones
- Si la obra supera 40.000 € sin IVA: pedir tres presupuestos y dejar constancia en acta de los criterios de selección
- Si la ayuda es de 50.000 € o más: informe de cuenta justificativa de auditor inscrito en el ROAC
- Colocar en la fachada el cartel o lona de publicidad según el Manual de Imagen de Zaragoza Vivienda
Ojo con esto
- Estas ayudas NO son compatibles con ninguna otra ayuda, subvención o ingreso para la misma obra o finalidad (la línea 3 sí es compatible con las líneas 1.1 y 2.1).
- Las obras tienen que empezar después de la publicación de la convocatoria: no valen facturas ni pagos anteriores. Excepción: la línea 4 admite obras iniciadas desde el 1 de enero de 2026 en los casos previstos.
- Registrar la solicitud antes del aviso de agotamiento no da derecho automático a la ayuda; y si te piden subsanar, pierdes tu puesto en la cola hasta que completes el expediente.
- Los pagos a cuenta (hasta el 90%) solo existen en la línea 1.1; el resto cobra tras justificar la obra terminada.
- Plazos de obra: 24 meses desde la notificación en líneas 1.1 y 2.1, y 9 meses en líneas 1.2, 2.2 y 4. La justificación se presenta en 30 días naturales desde que acaba la obra.
- Las prórrogas hay que pedirlas con dos meses de antelación como mínimo (máximo 12 meses en 1.1 y 2.1; 6 meses en 1.2, 2.2 y 4).
- Zaragoza Vivienda puede anotar en el Registro de la Propiedad un derecho de crédito por el importe de la ayuda (mínimo 5 años): si vendes antes, tendrás que devolverla con intereses.
- En la línea 2.1 no se subvencionan plataformas inclinadas ni sillas salva-escaleras, y si la obra afecta a los muros de fachada hay que ir por la línea 1.1.
- Si no realizas actividad económica, la ayuda tributa como ganancia patrimonial en el IRPF.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dan por vivienda para poner ascensor en Zaragoza?
Por la línea 2.1 (accesibilidad en zonas comunes, incluidos ascensores y plataformas elevadoras verticales) te dan hasta el 40% del presupuesto subvencionable, con un tope de 6.000 € por vivienda. No se subvencionan plataformas inclinadas ni sillas salva-escaleras.
¿Cuándo se puede presentar la solicitud?
Desde el 30 de junio de 2026 para las líneas 1.2 (eficiencia energética en vivienda), 2.2 (accesibilidad en vivienda) y 4 (programa ALZA); y desde el 15 de octubre de 2026 para las líneas 1.1, 2.1 y 3. Todas cierran el 31 de diciembre de 2027 o antes si se agota el dinero.
¿Se reparten por sorteo o por valoración del proyecto?
Ni una cosa ni otra: es concurrencia competitiva simplificada, es decir, por riguroso orden de presentación de la solicitud completa hasta que se acabe el presupuesto de cada línea.
¿Puedo cobrar algo antes de terminar la obra?
Solo en la línea 1.1. Ahí puedes pedir pagos a cuenta periódicos (mínimo mensuales) hasta el 90% de la ayuda, aportando licencia, contrato de obra, certificado de inicio, facturas pagadas y certificaciones. El 10% restante se paga al terminar y justificar.
¿Puedo combinar esta ayuda con las del Gobierno de Aragón o los fondos europeos?
No. La convocatoria dice expresamente que no son compatibles con ninguna otra ayuda, subvención o ingreso para el mismo objeto o finalidad. Sí se puede sumar la línea 3 (complemento por rentas limitadas) a las líneas 1.1 o 2.1.
¿Qué ingresos máximos me piden para las ayudas de vivienda?
Para las líneas 1.2 y 2.2, que tu unidad de convivencia no supere 4,5 veces el IPREM ponderado (por ejemplo, 37.800 € para 1 miembro o 47.250 € para 4 en 2026). La línea 3 exige no superar 2,5 o 3,5 veces el IPREM ponderado según la cuantía que se pretenda.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto no detalla el procedimiento ni los requisitos concretos del programa ALZA (se remiten a sus propias condiciones), ni la dirección exacta de la Plataforma de Ayudas a la Rehabilitación. Tampoco consta la fecha de publicación en el BOPZ, que es la referencia para saber desde cuándo pueden iniciarse las obras.
Título oficial: Entregas Dinerarias sin contraprestación destinadas a la rehabilitación residencia-ejercicios 2026-2027.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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