Ayudas de Galicia 2026 para contratar jóvenes menores de 30 años y aprendices de oficios artesanales (hasta 16.625 € por contrato formativo)
CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · ficha oficial (BDNS 911186) · bases reguladoras
La Xunta te paga de 9.975 a 16.625 € por cada contrato formativo de 12 meses a jornada completa con jóvenes menores de 30 años o en talleres artesanos. Plazo hasta el 30 de septiembre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona empleadora o empresa con centro de trabajo en Galicia, sea cual sea tu forma jurídica: autónomo, comunidad de bienes, sociedad civil, pyme. Hay dos programas: el Programa I (TR353C) para contratar jóvenes de 16 a 29 años con contrato de práctica profesional o de formación en alternancia, y el Programa II (TR353E) solo para talleres artesanos inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia (aquí no hay límite de edad, basta con tener 16 años cumplidos). Los centros especiales de empleo y las empresas de inserción también pueden pedir el Programa I, pero no para contratos con personas con discapacidad ni en riesgo de exclusión, respectivamente. NO pueden pedirla: administraciones públicas, sociedades públicas, entidades vinculadas o dependientes de ellas y entidades sin ánimo de lucro. Si eres autónomo y además autónomo societario, solo puedes presentar una solicitud (si presentas dos, te excluyen las dos).
Cuánto te dan
Por cada contrato de 12 meses a jornada completa: 16.625 € si contratas en los grupos de cotización 1 y 2; 13.300 € en los grupos 3 a 7; y 9.975 € en los grupos 8 a 11. Son las mismas cuantías en los dos programas. Puedes subvencionar un máximo de 3 contratos. Se paga de una sola vez, tras justificar. El presupuesto total es de 8.761.886,57 € (7.761.886,57 € para el Programa I y 1.000.000 € para el de artesanía), ampliable.
Plazo
Se puede solicitar desde las 9:00 del quinto día hábil siguiente al día posterior a la publicación en el DOG (según BDNS, desde el 16 de junio de 2026) y hasta las 20:00 horas del 30 de septiembre de 2026. Ojo: a fecha de hoy quedan pocos días.
Cómo se decide
Concurrencia NO competitiva: no se comparan proyectos. Se resuelve por orden de fecha en que presentaste la documentación completa, hasta que se agote el crédito. Si tu solicitud incluye varias contrataciones y no hay dinero para todas, te pueden conceder solo las que quepan según el orden de prelación que marcaste en el anexo. El plazo para resolver es de 4 meses desde que acaba el plazo de solicitud; si no te contestan, se entiende denegada.
Cómo se pide
Solo por internet, en la Sede electrónica de la Xunta (https://sede.xunta.gal), con certificado digital o con Chave365. Hay que presentar una solicitud por cada programa: anexo I.1 para el TR353C (jóvenes) y anexo I.2 para el TR353E (oficios artesanales). Si la presentas en papel, te requerirán para hacerlo electrónicamente y cuenta la fecha de esa corrección. Los trámites posteriores se hacen desde la Carpeta ciudadana y las notificaciones llegan por Notifica.gal.
Qué te piden
- Tener centro de trabajo en Galicia y que la persona contratada preste servicios allí.
- Contratos de 12 meses mínimo, continuados y a jornada completa.
- Los contratos deben firmarse entre el 16 de octubre de 2025 y el 30 de octubre de 2026 (valen contratos ya hechos antes de solicitar).
- Si es contratación nueva: firmarla como máximo un mes después de recibir la concesión y, en todo caso, antes del 30 de octubre de 2026.
- La persona contratada debe estar desempleada el día anterior al inicio del contrato e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia (salvo los casos de artistas del RDL 1/2023).
- Programa I: la persona debe tener entre 16 y 29 años en el momento de contratar y no tener más de 365 días de experiencia en el mismo grupo de cotización.
- Contrato para práctica profesional: titulación universitaria, FP de grado medio o superior, especialista, máster profesional, certificado de FP o título equivalente de enseñanzas artísticas/deportivas, y firmarlo dentro de los 3 años siguientes a terminar los estudios (5 si hay discapacidad).
- Contrato de formación en alternancia: la persona debe carecer de la cualificación exigida para un contrato de práctica profesional.
- Programa II: estar inscrito como taller artesano en el Registro General de Artesanía de Galicia y usar contrato de práctica profesional.
- Anexo I.1 (Programa I) o I.2 (Programa II) con las declaraciones responsables.
- Acreditación de la representación si actúas por medio de representante (salvo si estás en el Registro Electrónico General de Apoderamientos de Galicia).
- Anexo IV si eres agrupación, comunidad de bienes o unidad sin personalidad jurídica.
- Anexo III firmado por cada persona contratada autorizando (u oponiéndose a) la consulta de sus datos: debes tenerlo en tu poder por si te lo piden.
- Para justificar: Anexo II actualizado de otras ayudas y una foto del cartel informativo A3 colocado en el centro de trabajo.
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social.
Ojo con esto
- Son ayudas de minimis: el techo es 300.000 € en tres años (50.000 € en el sector agrícola y 40.000 € en pesca y acuicultura) sumando todas las ayudas minimis que hayas recibido.
- Incompatible con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto y finalidad, sea cual sea su importe. Sí es compatible con bonificaciones o reducciones de cuotas de Seguridad Social.
- Si el contrato se rompe antes de los 12 meses, tienes que devolver la ayuda entera, salvo baja voluntaria, discapacidad/incapacidad permanente, no superar el periodo de prueba (en práctica profesional), despido disciplinario procedente o fallecimiento: en esos casos puedes sustituir a la persona en 15 días o devolver la parte proporcional. Solo se permite una sustitución.
- Estás obligado a colocar y mantener 12 meses un cartel A3 en color en el centro de trabajo y dar publicidad en tu web si la tienes; incumplirlo supone reintegrar el 20%.
- No valen los contratos con cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta segundo grado (con excepciones para autónomos que contraten a hijos menores de 30 años o a un solo familiar menor de 45 que no conviva).
- Queda fuera quien contrate a personas que acabaron un contrato indefinido en tu empresa o grupo en los 4 meses anteriores.
- No se subvenciona a quien ya fue contratado con las ayudas TR353C de 2022, 2023, 2024 o 2025, salvo que tenga otra titulación y el nuevo contrato dé práctica de un nivel distinto.
- Si fuiste beneficiario en 2025 y no hiciste al menos el 50% de las contrataciones concedidas, quedas excluido. Lo mismo te pasará el año que viene si no cumples ese 50% este año.
- El plazo para justificar es de 10 días hábiles desde el inicio de los contratos y, en todo caso, el 30 de octubre de 2026: llegar tarde puede costarte la ayuda (reintegro del 50%).
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto me dan por contratar a un joven con contrato formativo en Galicia?
Entre 9.975 € y 16.625 € por contrato de 12 meses a jornada completa, según el grupo de cotización: 16.625 € en los grupos 1 y 2, 13.300 € en los grupos 3 a 7 y 9.975 € en los grupos 8 a 11. Puedes pedir hasta 3 contratos.
¿Sirve un contrato que ya firmé antes de solicitar la ayuda?
Sí. Se admiten contratos preexistentes siempre que se hayan firmado entre el 16 de octubre de 2025 y el 30 de octubre de 2026 y cumplan todos los requisitos (12 meses, jornada completa, persona desempleada e inscrita como demandante, edad, titulación, etc.).
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Hasta las 20:00 horas del 30 de septiembre de 2026, y solo por la sede electrónica de la Xunta.
¿Se reparte por nota o por orden de llegada?
Por orden de llegada. Es concurrencia no competitiva: se resuelven las solicitudes según la fecha en que presentaste la documentación completa, hasta agotar el crédito.
¿Cuándo cobro la ayuda?
En un único pago, después de que te la concedan y de presentar la justificación (Anexo II y foto del cartel), que debes entregar en 10 días hábiles desde el inicio del contrato y como máximo el 30 de octubre de 2026. La convocatoria no fija una fecha concreta de ingreso.
¿Puede pedirla una asociación o una entidad sin ánimo de lucro?
No. Quedan excluidas las administraciones públicas, las sociedades públicas, sus entidades vinculadas o dependientes y las entidades sin ánimo de lucro.
Lo que no hemos podido comprobar: Los datos de BDNS indican que el plazo empezó el 16 de junio de 2026 y clasifican el procedimiento como concurrencia competitiva, mientras el texto de la orden dice expresamente que es concurrencia NO competitiva y fija el inicio en el quinto día hábil tras la publicación en el DOG; conviene comprobar la publicación oficial. Tampoco se ha podido ver el contenido de los anexos I.1, I.2, II, III y IV ni el modelo de cartel, que están en la sede electrónica.
Título oficial: Orden de 21 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la primera experiencia profesional mediante contratos formativos para las personas jóvenes o en el sector artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2026.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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