Ayudas al emprendimiento de la Universidad Complutense de Madrid 2026 (VI Convocatoria de Incentivos Compluemprende): 5.000 € o 10.000 €
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID · ficha oficial (BDNS 908091) · bases reguladoras
La UCM reparte 65.000 € entre proyectos emprendedores de su comunidad universitaria. Cinco ayudas de 5.000 € para arrancar y cuatro de 10.000 € para consolidar.
Para quién es
Puedes pedirla si tienes vínculo con la Universidad Complutense de Madrid en la fecha en que se publique el extracto en el BOCM: estudiantes y egresados de Grado, Máster, Doctorado y formación permanente, personal docente e investigador (PDI), grupos de investigación y personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS). Si eres egresado, no puede haber pasado más de 5 años desde tu graduación. Puedes presentarte solo o en equipo (en equipo hay que nombrar un representante con poderes). En la Modalidad I (proyecto o inicio de actividad) pueden entrar: personas físicas que aún están desarrollando el proyecto, autónomos dados de alta en el RETA, y empresas o entidades sin ánimo de lucro (incluidas cooperativas y sociedades laborales) constituidas hace 12 meses o menos. Esas entidades deben tener menos de 10 personas y no superar 2 millones de euros de volumen de negocio o balance anual. En la Modalidad II (consolidación) pueden entrar autónomos en RETA y entidades jurídicas con una antigüedad de más de 12 meses y menos de 36 desde su constitución, también con menos de 10 personas y menos de 2 millones de euros de facturación o balance. NO puedes participar si ya fuiste beneficiario en ediciones anteriores del Programa UCM-Santander de Incentivos (en Modalidad I, en cualquiera de sus modalidades; en Modalidad II, de la Modalidad II de consolidación) ni de los premios Santander X Spain Awards convocados por la UCM, aunque presentes un proyecto distinto. Tampoco si estás en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 65.000 €, repartido así: Modalidad I (proyectos o inicio de actividad): 5 ayudas de 5.000 € cada una. Modalidad II (consolidación): 4 ayudas de 10.000 € cada una. No se puede conceder más de esas cantidades. El pago es anticipado, en un único pago por transferencia, del 100 % del importe, aplicando antes la retención fiscal que corresponda (tributa como premio/renta en el IRPF). Si el proyecto lo presenta un equipo de personas físicas, el importe se reparte proporcionalmente entre todos los integrantes y nadie puede renunciar a su parte a favor de otro.
Plazo
20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM. La fecha concreta de inicio no consta en el texto que manejamos, así que tienes que comprobar en la web de Compluemprende (ucm.es/compluemprende) o en el BOCM cuándo se publicó el extracto. Ojo: agosto se declara inhábil para el cómputo de plazos.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se ordenan por puntuación. Hay dos fases. Primero una preevaluación sobre 100 puntos (producto, análisis estratégico, plan de desarrollo, ODS, hitos conseguidos, equipo multidisciplinar y participación en actividades de Compluemprende) de la que salen los 10 mejores proyectos de cada modalidad. Después, esos 10 pasan a una fase final en la que vuelven a puntuarse sobre 100, incluyendo un pitch de 3 minutos en sesión pública ante la comisión, que vale hasta 30 puntos. Se conceden las ayudas a los mejor puntuados y puede haber un suplente por modalidad. La convocatoria puede declararse desierta si los proyectos no reúnen méritos.
Cómo se pide
Todo es electrónico y obligatorio por esa vía. Se presenta en la sede electrónica de la UCM (https://sede.ucm.es) usando un sistema de identificación y firma electrónica admitido, mediante la instancia general dirigida a Compluemprende, poniendo en el Asunto: "VI Convocatoria de Incentivos UCM" y adjuntando toda la documentación. También valen las demás formas del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Los formularios y anexos están en https://www.ucm.es/compluemprende/. Dudas: programasemprende@ucm.es.
Qué te piden
- Formulario de solicitud (disponible en la web de Compluemprende)
- Copia del DNI, NIE, TIE/Tarjeta Verde o pasaporte en vigor de todos los integrantes del proyecto
- Plan de empresa o modelo de negocio a dos años según el Anexo II (máximo 17 páginas, Arial 11)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si procede
- Si estás de alta como autónomo: resolución de alta/baja en el RETA y último recibo de pago de autónomos
- Si hay entidad constituida (con o sin ánimo de lucro): documentación que acredite la forma jurídica
- Si es empresa constituida: copia de las cuentas depositadas en el Registro Mercantil o el que corresponda
- Si la candidatura es en equipo: Anexo I firmado por todos los integrantes indicando quién es el representante
- Antes del pago: certificado de titularidad bancaria, documento de datos bancarios y declaración responsable de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y de no deber nada a la UCM
Ojo con esto
- Solo puedes presentar UNA solicitud y a UNA modalidad: las dos modalidades son incompatibles entre sí.
- Si ya te dieron una ayuda de este programa en ediciones anteriores (o un premio Santander X Spain Awards de la UCM), quedas fuera aunque presentes otro proyecto.
- Los requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación del extracto en el BOCM, no en la de tu solicitud.
- No sirven facturas anteriores al día siguiente de la publicación de la resolución de concesión: no adelantes gastos pensando en justificarlos.
- El IVA y otros tributos no son gasto subvencionable, salvo que acredites exención con certificado de la AEAT.
- Hay topes por tipo de gasto sobre la cantidad neta concedida: 50 % en Seguridad Social, funcionamiento, I+D+i, inversiones e inmuebles; 40 % en servicios profesionales de marketing/asesoramiento; 30 % en prospección de mercados. Los gastos de constitución pueden llegar al 100 % pero solo en la Modalidad I.
- No se subvencionan gastos de representación, viaje ni alojamiento.
- Tienes 12 meses para ejecutar desde el día siguiente a la resolución y solo 1 mes más para justificar; si no justificas, toca devolver con intereses.
- Te obligas a darte de alta en la plataforma de seguimiento de Compluemprende y mantenerte vinculado 18 meses, y a mencionar a Compluemprende en tu comunicación.
- Los plazos de subsanación y aceptación son cortos: 10 días hábiles para subsanar y solo 5 días hábiles para aceptar la ayuda y aportar los datos bancarios. Si no contestas, se entiende que renuncias.
- Las notificaciones se hacen publicando en la web de Compluemprende, no por carta: revísala periódicamente.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero dan exactamente?
5.000 € por proyecto en la Modalidad I (5 ayudas) y 10.000 € en la Modalidad II de consolidación (4 ayudas). En total se reparten 65.000 €.
¿Puedo pedirla si no soy estudiante ahora mismo?
Sí, si eres egresado de la UCM y no han pasado más de 5 años desde tu graduación (contados hasta la publicación del extracto en el BOCM). También pueden pedirla PDI, grupos de investigación y PTGAS con vínculo con la UCM.
¿Tengo que estar ya dado de alta como autónomo o tener empresa?
En la Modalidad I no: puedes presentarte como persona física que está desarrollando el proyecto. Si ya tienes empresa, debe tener 12 meses o menos. Para la Modalidad II sí necesitas estar en RETA o tener entidad con entre 12 y 36 meses de antigüedad.
¿Cuándo cobro la ayuda?
Es un pago anticipado: una vez aceptas, presentas los datos bancarios y se publica la resolución de concesión, se abona el 100 % en un único pago por transferencia, con la retención fiscal aplicada. Después tienes 12 meses para gastarlo y un mes para justificarlo.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso público o privado para la misma finalidad, con el límite de que entre todas no superes el coste de la actividad. Debes comunicar a la UCM cualquier otra ayuda que obtengas.
¿Hay que defender el proyecto en persona?
Sí, si pasas el corte. Los 10 mejores de cada modalidad hacen un pitch de máximo 3 minutos en sesión pública ante la comisión, con apoyo de una presentación (ppt, pdf) o un vídeo. Esa defensa vale hasta 30 de los 100 puntos de la fase final.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOCM y, por tanto, tampoco las fechas concretas de inicio y fin del plazo de solicitud (a fecha de hoy, 16/09/2026, es probable que el plazo ya esté cerrado: conviene verificarlo en la web de Compluemprende). Tampoco consta el código de procedimiento administrativo ni el detalle del formulario de solicitud.
Título oficial: Acuerdo del 26 de mayo de 2026 de la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por la que se convoca la VI Edición del programa de incentivos al impulso, creación y consolidación de iniciativas Emprendedoras de la UCM.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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