Lupa de Ayudas Probar gratis

Ayudas al voluntariado en Galicia 2026: hasta 4.000 € para entidades de acción voluntaria (BS508B)

CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD · ficha oficial (BDNS 906124) · bases reguladoras

La Xunta reparte 126.807,97 € entre entidades privadas de acción voluntaria de Galicia. Hasta 4.000 € por proyecto y máximo el 75% del presupuesto.

Para quién es

Solo pueden pedirla entidades de acción voluntaria de carácter privado y sin ánimo de lucro de Galicia que hagan proyectos de voluntariado durante 2026 (del 1 de enero al 30 de septiembre), en los sectores de actuación del artículo 5.2 de la Ley 10/2011 de acción voluntaria. Tienes que estar inscrita en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia en la fecha en que se publicó la orden en el DOG. Si no lo estás, valen también las entidades que en esa fecha ya tuvieran presentada la solicitud de inscripción. No es una ayuda para autónomos ni para empresas que buscan financiar su actividad económica: el proyecto se ejecuta con personas voluntarias. Quedan fuera las entidades que estén en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 y del artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007.

Cuánto te dan

El presupuesto total es de 126.807,97 €. Por proyecto te pueden dar como máximo 4.000 €, y nunca más del 75% del presupuesto total del proyecto que presentes. El importe concreto se calcula de forma proporcional a la puntuación que saques, hasta agotar el crédito. Se pueden subvencionar: contratación laboral de personal técnico o experto, gastos de actividades del proyecto, material fungible no inventariable y los seguros de las personas voluntarias. Los gastos indirectos no pueden pasar del 20% del importe subvencionable justificado. No entran bienes inventariables ni inversiones, intereses de cuentas bancarias, recargos y sanciones administrativas ni gastos de procedimientos judiciales.

Plazo

Un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia; el último día es el del mismo número que el de la publicación (si cae inhábil, pasa al siguiente día hábil, y si el mes de vencimiento no tiene ese día, el último del mes). El texto que tenemos (orden de 11 de mayo de 2026) no indica la fecha exacta de publicación en el DOG, así que no podemos darte la fecha de cierre concreta: consúltala en el DOG o en la sede electrónica antes de presentar nada.

Cómo se decide

Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se puntúan. Valora una Comisión de Valoración (presidida por la jefatura de Sección de Formación del Voluntariado, con dos vocales de la Dirección General de Juventud) y resuelve la persona titular de la Dirección General de Juventud. Criterios (sobre 100 puntos): coherencia general del proyecto hasta 35; viabilidad del proyecto y sostenibilidad de la organización, incluida la figura de persona responsable de voluntariado, hasta 20; capacidad económica de la entidad hasta 15 (7,5 por aportación propia y 7,5 por otra financiación privada); proyectos innovadores hasta 15; y usar el gallego en toda la publicidad y materiales, hasta 15. El plazo máximo para resolver y notificar es de cinco meses desde el día siguiente a la publicación en el DOG. Si no te notifican, se entiende denegada por silencio.

Cómo se pide

Obligatoriamente por internet, con el formulario Anexo I de la sede electrónica de la Xunta (sede.xunta.gal). El código de procedimiento es BS508B. Puedes identificarte con cualquier sistema admitido por la sede, incluido Chave365 (usuario y clave). Si la presentas en papel, te requerirán para que la rehagas por vía electrónica y contará la fecha de esa subsanación, no la original. Toda la documentación complementaria y los trámites posteriores también son electrónicos, a través de la Carpeta ciudadana. Si algún documento supera el tamaño máximo o tiene formato no admitido, se permite presentarlo presencialmente dentro de plazo.

Qué te piden

Ojo con esto

¿Te encaja a ti esta ayuda?

Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.

Ver qué ayudas puedo pedir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero me pueden dar?

Como máximo 4.000 € por proyecto, y nunca más del 75% del presupuesto total del proyecto que presentes. El reparto es proporcional a la puntuación obtenida, hasta agotar los 126.807,97 € del crédito.

¿Puede pedirla un autónomo o una empresa?

No. Las beneficiarias son entidades de acción voluntaria de carácter privado y sin ánimo de lucro de Galicia, inscritas (o con inscripción solicitada) en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia.

¿Cuándo cobro la ayuda?

El pago se hace después de que la Xunta compruebe la justificación que presentes (fecha límite: 15 de octubre de 2026). Aun así, una vez publicada la resolución de concesión puedes pedir un anticipo de hasta el 80% con el Anexo II, y las entidades de acción voluntaria están exoneradas de constituir garantía.

¿Puedo subcontratar las actividades?

Sí, se permite subcontratar total o parcialmente hasta el 100% de las actuaciones, cumpliendo el artículo 27 de la Ley 9/2007 y el artículo 43 del Decreto 11/2009.

¿Es compatible con otras subvenciones?

Sí, pero la suma de ayudas no puede superar el coste del proyecto. Tienes que comunicar a la Xunta cualquier otra ayuda solicitada u obtenida antes de justificar, y si te pasas hay que devolver el exceso.

Lo que no hemos podido comprobar: No consta en el texto la fecha de publicación en el DOG, así que no se puede calcular la fecha exacta de inicio y fin del plazo de un mes. Tampoco se detalla el contenido de los anexos (I, II, III y IV) ni los sectores concretos del artículo 5.2 de la Ley 10/2011. El segundo documento aportado es solo la portada de la web de la Xunta, sin información útil.

Título oficial: Orden de 11 de mayo de 2026 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatori.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

Otras ayudas abiertas que te pueden interesar