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Ayudas del ICAA 2026 para producir largometrajes (ayudas generales sobre proyecto): hasta 1.000.000 €

INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES · ficha oficial (BDNS 905549) · bases reguladoras

El ICAA reparte 62 millones entre productoras para rodar largometrajes españoles. Hasta 1.000.000 € por proyecto (1.200.000 € en animación). Plazo cerrado el 15/09/2026.

Para quién es

Empresas productoras (pymes y personas físicas con actividad económica del sector audiovisual, CNAE 59.1) que vayan a producir un largometraje de nacionalidad española o en disposición de obtenerla. Pueden pedirla: - Productoras independientes, incluidas agrupaciones de interés económico. - Productoras NO independientes, solo si coproducen con una productora independiente, sin pasar del 60% de titularidad y sin ser representante ni productora-gestora de la agrupación. - En coproducciones con empresas extranjeras, solo la coproductora española (o con domicilio/establecimiento permanente en España) y solo por el presupuesto de la parte española. No pueden pedirla: empresas en crisis, empresas con orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea, empresas sancionadas con la pérdida de poder obtener subvenciones (en especial en materia de igualdad) o que incurran en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. También quedan fuera los proyectos que ya obtuvieron esta misma ayuda general en convocatorias anteriores (salvo renuncia expresa antes de cobrarla y antes de abrirse este plazo) y los que ya han pedido calificación por grupos de edad antes de que acabara el plazo.

Cuánto te dan

El presupuesto total es de 30.000.000 € iniciales, ampliados en 32.000.000 € más, o sea 62.000.000 € (37,2 millones en 2026 y 24,8 millones en 2027). De ese total se reserva al menos el 35% para proyectos dirigidos exclusivamente por mujeres y al menos el 10% para animación. Por proyecto: máximo 1.000.000 €, o 1.200.000 € si es animación, siempre que no supere el 40% del coste reconocido por el ICAA. Ese tope sube al 50% del coste reconocido en los proyectos que puedan alcanzar intensidades máximas del 75% u 80% (por ejemplo, dirigidos por nueva realizadora o realizador o por alguien de 35 años o menos, con guion original o adaptación en lengua oficial española y al menos 2 puntos en los apartados 1.3.1 a 1.3.3 del Anexo I). Cuánto te dan según la nota: si sacas entre 100 y 75 puntos, el 100% de la ayuda que pediste; entre 74,99 y 70 puntos, el 85%. Límites extra: ninguna productora (ni grupo de productoras vinculadas) puede llevarse más del 10% de la dotación, ni más de tres ayudas en el mismo ejercicio (cuatro si una es una coproducción internacional con participación española minoritaria).

Plazo

Ya está cerrado. Había dos procedimientos de selección: el primero, 15 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (hasta las 14:00 h del último día); el segundo, desde el día siguiente al cierre del primero y hasta el 15 de septiembre de 2026 a las 14:00 h (hora peninsular). La convocatoria no indica la fecha exacta de publicación en el BOE, así que el cierre del primer procedimiento no consta en el texto.

Cómo se decide

Concurrencia competitiva, con convocatoria abierta y dos procedimientos de selección. Se puntúa cada proyecto sobre 100: relevancia cultural y autoral (hasta 10), solvencia de la productora o productora-gestora (hasta 18), viabilidad económica y financiera (hasta 41) e impacto socioeconómico, de la inversión e innovación (hasta 31). Solo entran los proyectos con 70 puntos o más, y se ordenan por puntuación hasta agotar el dinero. Los empates se deshacen por la nota en los criterios a), b), c) y d), en ese orden. Los que se quedan fuera del primer procedimiento por falta de crédito pasan al segundo como suplentes, con la misma puntuación y sin poder mejorar la solicitud. La resolución se dicta en un máximo de cuatro meses desde el cierre de cada plazo; si no hay respuesta, se entiende denegada.

Cómo se pide

Solo por internet, con certificado de firma electrónica válido, en la sede electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es/). Todas las notificaciones y trámites se hacen por esa sede o por la dirección electrónica habilitada única. Los modelos oficiales (presupuesto, ficha técnico-artística, autobaremación, declaraciones) se descargan de la web del ICAA. Conviene que sea una sola persona representante quien firme toda la documentación. Instruye la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual. La convocatoria no indica código de procedimiento.

Qué te piden

Ojo con esto

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo pedir por película?

Hasta 1.000.000 € por proyecto, o 1.200.000 € si es animación, siempre que no pases del 40% del coste que el ICAA reconozca a la película. Ese porcentaje sube al 50% en los casos de intensidad máxima del 75% u 80% previstos en la convocatoria.

¿Qué nota mínima necesito para que me la den?

70 puntos sobre 100. Con 75 puntos o más te dan el 100% de la ayuda solicitada; entre 70 y 74,99 puntos te dan el 85%.

¿Puedo pedir al mismo tiempo las ayudas generales y las selectivas?

No. Son incompatibles: dentro del mismo ejercicio presupuestario un proyecto solo puede concurrir a las ayudas generales o a las selectivas, no a las dos.

¿Cuándo pagan el dinero?

En dos veces: el 60% en 2026, tras el reconocimiento del derecho después de la resolución de concesión, y el 40% en 2027, cuando acredites al menos el 80% de la financiación del proyecto y el pago de al menos el 50% del precio del guion.

¿Sirve un proyecto que ya ha empezado a rodar?

Sí, siempre que esté en condiciones de cumplir los plazos y obligaciones del apartado Decimotercero. Lo que no se admite es haber pedido ya la calificación por grupos de edad antes de que acabe el plazo de solicitudes.

¿Cuántas ayudas puede llevarse una misma productora?

Máximo tres en el mismo ejercicio, o cuatro si uno de los proyectos es una coproducción con empresas extranjeras con participación española minoritaria. Además, ninguna productora o grupo vinculado puede superar el 10% de la dotación total.

Lo que no hemos podido comprobar: El texto está recortado en el Anexo I (criterios 3 y 4) y no incluye el Anexo II, así que no se puede detallar todo el baremo de viabilidad e impacto socioeconómico. Tampoco consta la fecha de publicación del extracto en el BOE, de la que dependía el cierre del primer procedimiento, ni el código de procedimiento de la sede electrónica. En el apartado de obligaciones aparece una fecha (31 de octubre de 2026) que no encaja con la del apartado de pago (31 de octubre de 2027); conviene comprobarlo en el texto oficial completo.

Título oficial: Resolución de 13 de mayo de 2026 de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se convocan para el año 2026 ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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