Ayudas Cine Escuela 2026-2027 del ICAA: subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para llevar alumnos de ESO al cine
INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES · ficha oficial (BDNS 899590) · bases reguladoras
El ICAA reparte 2.880.000 € entre entidades sin ánimo de lucro que lleven a alumnos de ESO a ver cine con trabajo pedagógico previo y posterior. Se pide online en la sede del Ministerio de Cultura.
Para quién es
Solo pueden pedirla entidades privadas sin ánimo de lucro con fines de interés general (asociaciones de la Ley Orgánica 1/2002 o fundaciones de la Ley 50/2002, o su equivalente autonómico). Te piden además al menos un año de experiencia en proyectos parecidos, que tus estatutos encajen con esa finalidad, no estar en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y cumplir la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad si te aplica. No es una ayuda para autónomos ni para empresas mercantiles: si tu entidad tiene ánimo de lucro, no entras. Los miembros asociados que ejecuten parte de las actividades en nombre de la entidad también tienen la consideración de beneficiarios. El proyecto debe dirigirse a alumnado de ESO de centros públicos, concertados o privados.
Cuánto te dan
Hay 2.880.000 € en total, con la posibilidad de una cuantía adicional de hasta 3.000.000 € más si aparece crédito, sin nueva convocatoria. No hay un importe fijo por entidad: se subvenciona hasta el 100% de los gastos de elaboración y ejecución del proyecto, y lo que te den depende de la puntuación. Por tramos: 85-100 puntos, 100% del importe máximo posible; 70-84,99 puntos, 80%; 55-69,99, 60%; 40-54,99, 40%; 25-39,99, 20%. Se va repartiendo de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito. La ayuda nunca puede superar el coste de la actividad, ni sola ni sumada a otras. Hay topes por conceptos: guías didácticas hasta 600 €, material inventariable hasta 3.000 €, entrada de cine máximo 6 € por persona, dietas y viajes máximo 10% del importe subvencionado, auditoría máximo 5% de la ayuda, gastos indirectos máximo 10% del gasto directo subvencionable.
Plazo
15 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, y termina a las 14:00 (hora peninsular) del último día. El texto disponible no indica la fecha exacta de publicación en el BOE, así que las fechas concretas no constan: la convocatoria es de 16 de abril de 2026 y hubo una modificación de 29 de junio de 2026, por lo que a fecha de hoy es muy probable que el plazo ya esté cerrado. Compruébalo en www.icaa.es o en el BOE.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todos los proyectos, los valora una Comisión de Evaluación del ICAA y se reparte el dinero de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito. Puntúan: interés educativo y calidad artística (hasta 35 puntos), centros educativos propuestos y adecuación del proyecto (hasta 50, incluyendo número de centros, número de alumnos, presencia en varias comunidades y provincias y dispersión en municipios pequeños) y presupuesto y viabilidad (hasta 15). En caso de empate manda la puntuación del bloque de centros educativos, luego la del bloque educativo/artístico y por último la del presupuesto. Los que se quedan fuera por falta de dinero pasan a lista de reserva.
Cómo se pide
Obligatoriamente por internet, con el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es), firmado electrónicamente por el representante legal. Todas las notificaciones llegan por comparecencia en esa sede electrónica o en la dirección electrónica habilitada única. Las listas provisionales de admitidos y excluidos y las propuestas de resolución se publican en www.icaa.es.
Qué te piden
- Solo un proyecto por solicitante, en una única solicitud
- Documento acreditativo (DNI) de la persona solicitante y poder bastante para representar a la entidad
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
- Estatutos debidamente legalizados
- Documento de inscripción en el registro administrativo correspondiente, cuando sea preceptiva
- Certificación con la identificación de los directivos o patronato, fecha de nombramiento y modo de elección, acreditando su presentación en el registro
- Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (el ICAA lo comprueba solo, salvo que te opongas y entonces aportas los certificados)
- Memoria de actividades de la entidad de los últimos tres años, máximo 10 páginas
- Memoria del proyecto, máximo 10 páginas, con películas seleccionadas, borrador de guías didácticas, número, nombre y localización de los colegios y salas de cine elegidas
- Anexo II con el presupuesto de gastos e ingresos, incluyendo cualquier otra ayuda solicitada o concedida
- Anexo III de declaración responsable firmada por el representante legal
- Si el proyecto lo ejecutan en parte entidades asociadas, declaración responsable adicional sobre su cumplimiento
- El proyecto debe dirigirse a alumnado de ESO, ser presencial y en horario lectivo
- Al menos dos largometrajes en dos sesiones por centro a lo largo del curso, con una hora de trabajo previo y una hora de trabajo posterior en cada sesión
- Las películas deben salir del catálogo del Anexo IV (20.000 especies de abejas, Verano 1993, El Camino, El verdugo, Robot Dreams, Libertad, Buñuel en el laberinto de las tortugas, La lengua de las mariposas, Maixabel, El Bola, Todas las mujeres que conozco, Billy Elliot, Los 400 golpes, Los espigadores y la espigadora, El espíritu de la colmena)
- El visionado tiene que ser en una sala de cine abierta al público, según la definición de la Ley del Cine
Ojo con esto
- El plazo es cortísimo: 15 días y cierra a las 14:00 hora peninsular del último día.
- Solo puedes presentar un proyecto por entidad.
- Si no usas películas del catálogo del Anexo IV, el proyecto queda fuera; tampoco vale si no es presencial y en horario lectivo, o si no incluye dos sesiones con trabajo previo y posterior de una hora cada una.
- Las memorias tienen límite: 10 páginas la de actividades de la entidad y 10 páginas la del proyecto (esto lo concretó la modificación de 29 de junio de 2026).
- Los documentos presentados en blanco no se consideran defectos subsanables: se sigue tramitando el expediente tal cual.
- El IVA deducible no es gasto subvencionable si tu entidad declara IVA; solo imputas la base imponible.
- No son subvencionables amortizaciones, intereses, recargos, sanciones ni gastos de juntas directivas.
- Si en la propuesta provisional no aceptas la ayuda en 10 días hábiles, pasan al siguiente en puntuación.
- Subcontratar exige autorización previa del ICAA (o comunicación previa si es menos del 20% de la ayuda e inferior a 60.000 €) y nunca puede pasar del 50% de la actividad.
- Tienes que poner en todo el material de difusión y en tu web la frase 'Con la financiación del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A./ Ministerio de Cultura/ Gobierno de España' y el logo de Cine Escuela; no hacerlo puede acabar en reintegro.
- La justificación exige informe de auditor inscrito en el ROAC, y se presenta en los 3 meses siguientes al fin del curso escolar.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Puede pedirla un autónomo o una empresa?
No. Solo pueden ser beneficiarias entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones o fundaciones) con fines de interés general y al menos un año de experiencia en proyectos similares.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
No hay importe fijo. Se financia hasta el 100% de los gastos del proyecto, pero el porcentaje de la ayuda máxima posible depende de tu puntuación: 100% si sacas 85-100 puntos, 80% entre 70 y 84,99, 60% entre 55 y 69,99, 40% entre 40 y 54,99 y 20% entre 25 y 39,99. El presupuesto total es de 2.880.000 €, ampliable hasta en 3.000.000 € más.
¿Cuándo cobro la ayuda?
El pago se hace en un único plazo por transferencia a partir de la resolución de concesión y tiene carácter anticipado, es decir, cobras antes de justificar. Antes de cobrar tienes que estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y tener una cuenta dada de alta en la Dirección General del Tesoro. No hay que aportar garantía.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí. Es compatible con ayudas de otras administraciones y de entidades privadas, siempre que la suma no supere el coste total de la actividad. Debes declarar al ICAA cualquier otra ayuda obtenida y aceptar las minoraciones que correspondan.
¿Qué películas puedo programar?
Solo las del catálogo del Anexo IV: 20.000 especies de abejas, Verano 1993, El Camino, El verdugo, Robot Dreams, Libertad, Buñuel en el laberinto de las tortugas, La lengua de las mariposas, Maixabel, El Bola, Todas las mujeres que conozco, Billy Elliot, Los 400 golpes, Los espigadores y la espigadora y El espíritu de la colmena. Hay que ver al menos dos por centro, en dos sesiones y en sala de cine.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
La resolución debe dictarse y notificarse en un máximo de seis meses desde que acaba el plazo de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se pueden dar las fechas exactas de inicio y fin del plazo de solicitud. Tampoco consta el importe máximo de ayuda por entidad al que se aplican los porcentajes por tramos, ni las fechas concretas del periodo de ejecución más allá de que es el curso escolar 2026-2027.
Título oficial: Resolución de 16 de abril de 2026, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se convocan ayudas a entidades sin ánimo de lucro para el programa Cine Escuela del curso escolar 2026-2027..
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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