Ayudas del FEGA 2026 para jornadas, cursos y actividades demostrativas en el sector agroalimentario y forestal (PEPAC)
FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA · ficha oficial (BDNS 898917) · bases reguladoras
El FEGA financia al 100% jornadas, cursos de digitalización y actividades demostrativas para profesionales del sector agroalimentario y forestal. Entre 70.000 y 500.000 € por propuesta.
Para quién es
Pueden pedirla entidades de ámbito nacional o supraautonómico vinculadas al sector agroalimentario o forestal, y agrupaciones de personas físicas o jurídicas (públicas o privadas) de hasta 5 miembros, también de ámbito supraautonómico. No es una ayuda para que un agricultor o una pyme cualquiera se financie: se dirige a quien organiza e imparte la formación, las jornadas o las demostraciones. Cada entidad (o al menos una de la agrupación) debe llevar constituida 2 años como mínimo, tener 2 años de experiencia en transferencia de conocimiento al sector (y en digitalización si va al Programa I), estar legalmente constituida en España con domicilio social y fiscal aquí, y contar con al menos el equivalente a 3 personas a tiempo completo en plantilla durante la ejecución, una de ellas con grado universitario y experiencia en digitalización para el Programa I. Quedan fuera quien esté en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley de Subvenciones, quien tenga una orden de recuperación de ayudas pendiente de la Comisión Europea y las empresas en crisis.
Cuánto te dan
La ayuda cubre el 100% de los gastos subvencionables. Por cada propuesta de actividades tienes que pedir un mínimo de 70.000 € y puedes pedir como máximo 500.000 €. El presupuesto total de la convocatoria es de 9.818.671,98 € (43% Feader y 57% Ministerio de Agricultura), repartido en 2.325.581,40 € para 2027 y 7.493.090,58 € para 2028. El IVA no es subvencionable salvo que no lo puedas recuperar. Hay topes por partida: personal docente o de apoyo externo, máximo 90 €/hora sin IVA; horas de preparación, hasta 1,5 h por hora impartida; coordinación, máximo 20% de los gastos directos; costes indirectos, 15% de los costes directos de personal; viajes, alojamiento y manutención, máximo 40% de los gastos directos (alojamiento 65,97 €/día, manutención 37,40 €/día, 0,26 €/km en coche); auditoría, máximo 1% de la subvención; material didáctico, 40 € por participante; aula virtual, 5.000 € por propuesta (salvo programas I.A y II.A); comunicación, 1.500 € por propuesta (salvo I.A y II.A); seguros, 1.000 € por tipo de actividad. La subcontratación no puede pasar del 60% del importe elegible.
Plazo
Tienes 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, y el último día el plazo se cierra a las 14:00 h (hora peninsular). El texto de la resolución (14 de abril de 2026) no indica la fecha concreta de publicación del extracto, así que la fecha exacta de cierre no consta: hay que comprobarla en el BOE y en la sede del Ministerio.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se valoran todas las propuestas con los criterios del anexo I del Real Decreto 251/2024 (máximo 100 puntos) y hace falta un mínimo de 50 puntos para poder optar a la ayuda. Se ordenan por puntuación y se financian completas las mejor valoradas hasta agotar el crédito. Si sobra dinero pero no llega para la siguiente propuesta, se te puede ofrecer financiarla parcialmente aportando fondos propios o reformularla, siempre que se mantenga por encima de los 70.000 €.
Cómo se pide
Solo por internet, con certificado digital, en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA). Si la presentas en papel o por otra vía, se tiene por no presentada. Hay una guía de presentación disponible en la propia sede. Las solicitudes de pago, en cambio, se presentan después en la sede del FEGA (https://www.sede.fega.gob.es), en el Catálogo de Servicios.
Qué te piden
- Solicitud en el modelo del anexo I, dirigida a la Presidencia del FEGA, presentada obligatoriamente por vía electrónica
- Una Propuesta de Actividades por cada programa temático al que optes (anexo II), plurianual, a ejecutar en 2027 y 2028
- Memoria de presupuesto con desglose de gastos e indicación de si tienes exención de IVA (anexo XXII)
- Cronograma de actividades (anexo III)
- Declaración responsable de cumplir requisitos y condiciones (anexo IV)
- Documento Vinculante firmado por todos los miembros si eres agrupación (anexo V), con representante único
- Acreditación del cumplimiento de requisitos (anexo VI)
- Tres ofertas comparables e independientes de distintos proveedores para cada gasto que implique contratar un servicio o comprar un bien, salvo personal propio y viajes (anexo VII), y memoria justificativa si no eliges la más barata o solo hay una oferta (anexo VIII)
- Declaración de compromiso de colaboración en seguimiento y evaluación (anexo IX)
- Declaración de hipótesis contrafactual (anexo XI) si eres gran empresa y la propuesta se dirige a productos fuera del anexo I del TFUE
- Si tu solicitud se propone para aprobación: en 10 días hábiles, estatutos o escrituras que acrediten ámbito y objetivos, antigüedad de 2 años, medios materiales y personal (anexo X), solvencia económica, poderes del representante y, en su caso, certificación de auditor sobre plazos de pago a proveedores
Ojo con esto
- No son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, vengan de otras administraciones o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
- No se subvenciona nada que hayas empezado antes de presentar la solicitud: el periodo subvencionable arranca el día en que solicitas y acaba el 30 de abril de 2028 (solo la auditoría puede pagarse después).
- La documentación técnica (la Propuesta de Actividades y el presupuesto) no se puede subsanar: si va mal, no hay segunda oportunidad. Y no presentar en plazo y forma cualquiera de los documentos exigidos supone la inadmisión.
- El reparto del presupuesto debe ser aproximadamente 30% en el primer periodo (hasta el 14 de junio de 2027) y 70% en el segundo (hasta el 30 de abril de 2028).
- Las actividades no pueden generar coste para los participantes ni ingresos para ti: hay que declararlo al pedir el pago.
- Necesitas una cuenta bancaria única y exclusiva para los movimientos de la ayuda; no tenerla puede acarrear penalización sobre el importe final.
- Las subcontrataciones de más del 20% de la ayuda y más de 60.000 €, y las hechas con entidades vinculadas, requieren autorización previa del FEGA.
- La resolución no se te notifica individualmente: se publica en la sede electrónica y en la web del Ministerio. Conviene estar atento a los plazos de 10 días hábiles.
- Si al abordar nutrición sostenible o fitosanitarios en el Programa I, tienes que incluir contenidos sobre SIEX y el cuaderno digital de explotación (CUE).
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo pedir?
Entre 70.000 € como mínimo y 500.000 € como máximo por cada propuesta de actividades. La ayuda cubre el 100% de los gastos subvencionables, con los topes por partida que fija la convocatoria (por ejemplo, 90 €/hora para docentes externos o 40 € de material didáctico por participante).
¿Puede pedirla un autónomo o una pequeña empresa por su cuenta?
Solo si es una entidad de ámbito nacional o supraautonómico vinculada al sector agroalimentario o forestal, o si forma parte de una agrupación supraautonómica de hasta 5 miembros. Además hay que llevar 2 años constituido, tener 2 años de experiencia en transferencia de conocimiento al sector y disponer del equivalente a 3 personas a tiempo completo en plantilla. No es una ayuda para recibir formación, sino para organizarla e impartirla.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE y se cierra el último día a las 14:00 h (hora peninsular). La resolución no dice la fecha exacta de publicación del extracto, así que tienes que comprobarla en el BOE.
¿Cuándo me pagan?
No se paga por adelantado: las solicitudes de pago se presentan entre el 15 y el 30 de junio de 2027 (primer periodo de ejecución) y entre el 1 y el 17 de mayo de 2028 (segundo periodo), justificando gastos ya pagados y con informe de un auditor inscrito en el ROAC.
¿Puedo combinar esta ayuda con otra subvención?
No para los mismos gastos: la convocatoria dice expresamente que los gastos financiados no son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad de otras administraciones ni de entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
¿Qué puntuación necesito para que me la concedan?
Al menos 50 puntos sobre 100, según los criterios del anexo I del Real Decreto 251/2024. Aun superando ese umbral, se financian por orden de puntuación hasta agotar los 9.818.671,98 € disponibles.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto está recortado en los anexos y no se ven los criterios de valoración concretos (están en el anexo I del Real Decreto 251/2024, no en la convocatoria). Tampoco consta la fecha de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se puede calcular la fecha exacta de cierre del plazo ni saber si sigue abierto a día de hoy.
Título oficial: Resolución de 14 de abril de 2026, del FEGA, por la que se convocan anticipadamente las subvenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información de ámbito supraautonómico, destinadas al sector agroalimentario y forestal PEPAC.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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