Ayudas del Ayuntamiento de Lalín 2026 para fiestas parroquiales: bandas de música, charangas y grupos de gaitas
AYUNTAMIENTO DE LALÍN · ficha oficial (BDNS 897753) · bases reguladoras
Lalín reparte 8.000 € para pagar actuaciones de bandas, charangas y grupos de gaitas en las fiestas de sus parroquias. De 150 a 500 € por actuación, por orden de llegada.
Para quién es
Pueden pedirla comisiones de fiestas y asociaciones sin ánimo de lucro que organicen fiestas en las parroquias de Lalín (Pontevedra). - Comisiones de fiestas constituidas para ello: mínimo tres miembros, con un representante que actúa en nombre de todos (responden de forma solidaria ante el Ayuntamiento). - Asociaciones legalmente constituidas, con domicilio social en Lalín e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones en la fecha de publicación de las bases en el BOP. En todos los casos: carecer de fines de lucro, desarrollar la actividad total o parcialmente en Lalín, no tener pendiente de justificar ninguna subvención del Ayuntamiento y estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el propio Ayuntamiento. No entra quien esté en alguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones (condenas, concurso, deudas por reintegro, paraísos fiscales...). Tampoco son subvencionables actividades ya financiadas ese mismo año por otra convocatoria o convenio con el Ayuntamiento de Lalín.
Cuánto te dan
Importes fijos por actuación contratada, y solo de grupos constituidos en el municipio: - Banda de música categoría A (mínimo 60 músicos: Banda de Música de Lalín y Banda de Música de Vilatuxe): 500 € - Banda categoría B (mínimo 40 músicos: Banda de Música Popular de Muimenta): 400 € - Banda categoría C (mínimo 30 músicos: A Lira de Prado, y bandas de escuelas de música e infantiles/juveniles dependientes de las de categoría A y B): 300 € - Charanga: 300 € - Grupo de gaitas: 150 € El presupuesto total de la convocatoria es de 8.000 €. La ayuda nunca puede superar, sola o sumada a otras, el coste total de la actividad.
Plazo
20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra. Si el último día cae inhábil, se pasa al siguiente hábil. La fecha exacta de publicación no consta en el texto disponible: consúltala en el BOP o en la sede electrónica de Lalín antes de preparar la solicitud.
Cómo se decide
Formalmente es concurrencia competitiva, pero en la práctica el importe es fijo por tipo de actuación: si el dinero solicitado supera los 8.000 € de la partida, se concede por estricto orden de presentación de solicitudes hasta agotar el crédito, incluso si al último le toca un remanente menor que el importe establecido para esa actuación. Resuelve la Junta de Gobierno Local, previo informe de una Comisión Evaluadora.
Cómo se pide
Obligatoriamente en los modelos normalizados que están en la sede electrónica https://lalin.sedelectronica.gal y en www.lalin.gal. Las asociaciones tienen que presentarlo sí o sí de forma telemática (si lo llevan en papel, les requerirán que lo repitan online). Las comisiones de fiestas pueden hacerlo por sede electrónica (preferente), en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de las vías del art. 16.4 de la Ley 39/2015. No hay código de procedimiento en el texto.
Qué te piden
- Solicitud en el modelo normalizado de la sede electrónica de Lalín (hay modelo para asociaciones y otro para comisiones de fiestas)
- Comisiones de fiestas: acta de constitución con mínimo tres miembros y designación del representante (Anexo I Bis) y DNI de todos los miembros
- Asociaciones: acuerdo de la entidad para acogerse a la convocatoria y designación del representante (Anexo I), CIF de la entidad y DNI del representante, certificación de cargos representativos (Anexo VI) y presupuesto general de ingresos y gastos de la entidad
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del art. 13 LGS y de estar al día con Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento (Anexo II o II Bis; en comisiones, una por cada miembro)
- Memoria explicativa de la actividad: fecha, lugar, objetivos, número de beneficiarios y, si es banda de música, la categoría (Anexo III o III Bis)
- Presupuesto detallado de gastos de la actuación y cuantía solicitada (Anexo IV o IV Bis)
- Declaración de otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin (Anexo V o V Bis)
- Certificado de datos bancarios expedido por el banco
- Certificado de estar al corriente con la ATRIGA (obligatorio presentarlo); para AEAT y Seguridad Social puedes autorizar al Ayuntamiento con el Anexo VII (en comisiones, uno por cada miembro)
Ojo con esto
- Solo se subvenciona la actuación musical (banda, charanga o grupo de gaitas) y solo de grupos constituidos en el término municipal de Lalín: no entran otros gastos de la fiesta ni grupos de fuera.
- Una única solicitud por comisión de fiestas o asociación (y por fiesta parroquial). No se puede duplicar.
- El dinero se reparte por orden de llegada si se agota la partida de 8.000 €: presentar pronto importa.
- La subvención se concede para la actuación solicitada concreta; no vale justificar después otra distinta.
- Es compatible con ayudas de otras administraciones, pero NO con actividades ya subvencionadas ese año por otra convocatoria o convenio del propio Ayuntamiento de Lalín, y la suma nunca puede superar el coste de la actividad.
- El certificado de la ATRIGA (Hacienda gallega) hay que aportarlo sí o sí; el de AEAT y Seguridad Social se puede sustituir por autorización al Ayuntamiento.
- Los pagos deben justificarse con transferencia o ingreso bancario donde figure como pagador el representante o un miembro de la comisión: los pagos en efectivo no se admiten.
- Si justificas menos del 100% del gasto, te pagan solo la parte proporcional.
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¿Cuánto dan por traer una charanga o un grupo de gaitas a la fiesta?
300 € por la actuación de una charanga y 150 € por un grupo de gaitas, siempre que estén constituidos en el término municipal de Lalín. Las bandas de música van de 300 a 500 € según su categoría.
¿Puede pedirla una comisión de fiestas sin ser asociación?
Sí. Basta con constituir una comisión de fiestas de al menos tres personas y nombrar un representante, que actúa en nombre de todos. Los miembros responden de forma solidaria ante el Ayuntamiento y ninguno puede estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario.
¿Cuándo cobro la ayuda?
Después de justificar. El pago se hace tras acreditar que la actuación se celebró, presentando cuenta justificativa, memoria, facturas originales y justificantes de pago bancarios. Si el gasto justificado es inferior al 100%, se abona la parte proporcional.
¿Hasta cuándo tengo para justificar?
Si la fiesta se celebra hasta el 30 de septiembre de 2026, tienes hasta el 31 de octubre de 2026. Si es en octubre, noviembre o diciembre de 2026, dentro de los 10 días siguientes a la fiesta y, en todo caso, antes del 13 de diciembre de 2026.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí con las de otras administraciones públicas, siempre que la suma no supere el coste total de la actividad. No se puede pedir para actividades que ya estén subvencionadas ese mismo año por otra convocatoria o convenio con el Ayuntamiento de Lalín.
¿Qué pasa si se acaba el dinero?
Se concede por estricto orden de presentación de solicitudes hasta agotar los 8.000 €. Al último solicitante se le puede dar el remanente aunque sea inferior al importe fijado para esa actuación.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOP, por lo que no se puede fijar el día concreto de inicio y fin del plazo. El texto en español está recortado al final (apartado de protección de datos).
Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS PARROQUIALES PARA EL AÑO 2026.
Explicación redactada el 2026-09-16 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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