Ayudas del ICAA a la producción de cortometrajes sobre proyecto 2026 (Ministerio de Cultura)
INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES · ficha oficial (BDNS 896343) · bases reguladoras
El ICAA reparte 2,2 millones entre productoras independientes para rodar cortometrajes: hasta 70.000 € por proyecto y 130.000 € si es animación. Se pide por la sede del Ministerio de Cultura.
Para quién es
Pueden pedirla las empresas productoras independientes (según el artículo 4.n de la Ley del Cine), incluidas pymes y personas físicas con actividad económica en el sector audiovisual, que tengan residencia legal o establecimiento en España en el momento de cobrar la ayuda. Si el corto lo hacen varias productoras, todas deben cumplir los requisitos y firmar un acuerdo de agrupación designando una productora-gestora. En coproducciones con empresas extranjeras solo puede ser beneficiaria la coproductora española (o con establecimiento permanente en España), y solo por la parte española del presupuesto. NO pueden concurrir proyectos que ya fueron beneficiarios de esta misma línea de ayudas (salvo renuncia expresa antes de cobrarla y antes de abrirse el plazo), ni proyectos en los que participe un vocal de la Comisión evaluadora, ni proyectos que ya hayan pedido la calificación por grupos de edad antes de la decisión final de la Comisión.
Cuánto te dan
Hay 2.200.000 € en total. El máximo por proyecto es de 70.000 €, y de 130.000 € si es un cortometraje de animación, sin pasar de la intensidad máxima de ayuda sobre el coste reconocido por el ICAA (artículo 21 del RD 1084/2015). Además, ninguna productora (ni grupo de empresas vinculadas) puede recibir más del 10% de los 2.200.000 €. Lo que te dan depende de tu puntuación: con 80-100 puntos, el 100% de la ayuda solicitada; con 70-79,99 puntos, el 90%; con 60-69,99 puntos, el 80%. Se reserva un mínimo del 40% del dinero para cortos dirigidos exclusivamente por mujeres y un mínimo del 10% para animación. La ayuda se reduce un 10% por cada requisito que no cumplas de estos tres: rodar en lengua oficial española, rodar mayoritariamente en España y hacer posproducción y laboratorio mayoritariamente en España (esto no se aplica a coproducciones con empresas extranjeras).
Plazo
El plazo era de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, y terminaba a las 14:00 (hora peninsular) del último día. La ficha de la BDNS no recoge las fechas concretas de apertura y cierre. Como la resolución es de 31 de marzo de 2026 y hoy es 15 de septiembre de 2026, lo más probable es que el plazo ya esté cerrado: consúltalo en la web del ICAA antes de preparar nada.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todos los proyectos y se ordenan por puntuación. La Comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes valora hasta 60 puntos (calidad y valor artístico del guion hasta 55, y presupuesto y su adecuación hasta 5) y a eso se suma una puntuación objetiva de hasta 40 puntos por baremo (solvencia y trayectoria hasta 15, plan de financiación hasta 11, mujeres en puestos de responsabilidad hasta 8, presencia de personas trans 1 punto y accesibilidad universal 5 puntos). Solo entran los proyectos que llegan a 60 puntos totales y hasta agotar el presupuesto. Si hay empate, se desempata con la puntuación de determinados criterios artísticos por orden. Habrá una propuesta provisional publicada en la web del ICAA con 10 días para alegaciones.
Cómo se pide
Todo por internet, obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es/), con los modelos normalizados que se descargan allí. Las notificaciones te llegan por comparecencia en esa sede o por la dirección electrónica habilitada única. Toda la documentación debe estar en castellano o traducida. Conviene que firme los documentos una sola persona representante (salvo administración mancomunada). La convocatoria no indica un código de procedimiento.
Qué te piden
- Ser productora independiente y declararlo por escrito (declaración responsable).
- Ser titular de los derechos necesarios para explotar la obra y mantener esa titularidad al menos 3 años desde la calificación.
- Guion (o escaleta/argumento en documental) y sinopsis.
- Memoria del proyecto de máximo 20 páginas A4: memoria de dirección, memoria de producción y enlace a un teaser o vídeo pitch de 3 minutos como máximo.
- Presupuesto de la película en modelo oficial.
- Ficha técnico-artística y plan de trabajo en modelo oficial.
- Historial profesional de dirección, guion y de la productora.
- Declaraciones responsables: datos del proyecto y criterios del Anexo I, plan de financiación e importe solicitado, empresas vinculadas, cesión de derechos del guion, cumplimiento de los requisitos de nacionalidad española del corto, uso responsable de la inteligencia artificial, accesibilidad (si la incluyes), acuerdo de agrupación si sois varias productoras.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (el ICAA lo comprueba solo, salvo que lo deniegues expresamente) y al día con reintegros y reembolsos de subvenciones.
- Estar de alta (o inscribirte) en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA.
- Si pides más de 30.000 €: certificación de auditor sobre plazos de pago (Ley 3/2004) o declaración responsable si puedes presentar pérdidas y ganancias abreviada.
- Declaración sobre la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad, cuando te aplique, y sobre otras ayudas públicas obtenidas para el mismo proyecto.
- Si eres beneficiario provisional o suplente: en 10 días, contrato de cesión de derechos del guion, documentos de festivales y premios, y la documentación del plan de financiación (resoluciones de ayudas, contratos y certificados bancarios, con fecha anterior al fin del plazo de solicitud).
Ojo con esto
- No puedes haber empezado a rodar antes de presentar la solicitud: si el rodaje ya arrancó, el proyecto queda fuera.
- Un mismo proyecto solo puede presentarse a un máximo de tres convocatorias de esta línea, contando desde la primera vez que se presentó.
- Un proyecto que ya recibió esta ayuda no puede volver a pedirla, salvo que renunciaras expresamente antes de cobrarla y antes de abrirse el plazo.
- Cada productora (o grupo vinculado) solo puede llevarse un máximo de tres ayudas en el mismo ejercicio, o cuatro si una es coproducción internacional minoritaria.
- Hablar con cualquier vocal de la Comisión evaluadora supone la exclusión del proyecto y el archivo de la solicitud.
- Si has declarado puntos por mujeres en puestos de responsabilidad, personas trans o accesibilidad, tendrás que acreditarlo y los puestos deben coincidir literalmente con los títulos de crédito: si no, te bajan la puntuación o te reclaman el reintegro.
- No valen mejoras voluntarias de la solicitud fuera de plazo: solo se valora lo aportado dentro del plazo de presentación.
- Si pides la aprobación de una coproducción internacional al ICAA, hay que hacerlo como máximo 8 días antes de que acabe el plazo de solicitudes.
- Después de cobrar tienes plazos estrictos: iniciar y comunicar el rodaje en 6 meses (8 en animación, documental y coproducciones técnico-artísticas), pedir calificación y certificado de nacionalidad en 6 meses desde el inicio de rodaje (10 en esos casos) y acreditar el coste en 3 meses desde el certificado de nacionalidad. Incumplirlos supone reintegro total con intereses.
- Debes entregar copia del corto y materiales de promoción a Filmoteca Española en 2 meses desde el certificado de nacionalidad e incluir la cartela de financiación del ICAA: no hacerlo supone devolver el 30%.
- Si reduces el presupuesto más del 30% respecto al que te concedieron la ayuda, te la revocan y hay que devolverla.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo recibir por un cortometraje?
Hasta 70.000 € por proyecto, o hasta 130.000 € si es un cortometraje de animación. Pero no cobras automáticamente el máximo: según tu puntuación te dan el 100% de lo solicitado (80-100 puntos), el 90% (70-79,99) o el 80% (60-69,99), y con menos de 60 puntos no hay ayuda.
¿Puedo pedirla si ya he empezado a rodar?
No. La convocatoria dice expresamente que no se permite que el rodaje se haya iniciado antes de presentar la solicitud, porque la ayuda tiene que tener efecto incentivador.
¿Hay dinero reservado para directoras o para animación?
Sí. Del total de 2.200.000 €, se reserva un mínimo del 40% para cortos realizados exclusivamente por directoras y un mínimo del 10% para películas de animación, siempre que esos proyectos lleguen a los 60 puntos mínimos. Lo que no se use de la reserva vuelve a la bolsa general.
¿Cuándo me pagan?
En un único pago tras publicarse la resolución de concesión, siempre que acredites estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y al día en reintegros. La resolución debe dictarse como máximo en 6 meses desde que acabó el plazo de solicitudes.
¿Es compatible con otras ayudas públicas para el mismo corto?
El texto no prohíbe otras ayudas: de hecho, tener otras ayudas públicas conseguidas en concurrencia competitiva te suma hasta 5 puntos en el baremo del plan de financiación. Sí tienes que declarar todas las ayudas públicas, nacionales o internacionales, obtenidas para el mismo proyecto.
¿Puedo presentar el mismo proyecto varios años?
Sí, hasta un máximo de tres convocatorias de esta línea en distintos ejercicios, contando desde la primera presentación. No cuenta como presentada la solicitud de la que desistas antes de que acabe el plazo de alegaciones a la propuesta provisional.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se pueden dar las fechas concretas de inicio y fin del plazo. Tampoco constan en el texto el código de procedimiento de la sede electrónica ni los detalles del Anexo II de festivales más allá del listado. El documento de bases reguladoras (Orden CUD/582/2020) aparece recortado, por lo que no se han podido verificar todos sus requisitos y obligaciones generales.
Título oficial: Resolución de 31 de marzo de 2026 de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2026 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto.
Explicación redactada el 2026-09-15 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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