Lupa de Ayudas Tu informe de ayudas
Esto es un informe real de ejemplo (perfil de prueba: panadería con obrador en Lugo, autónomo con 2-5 personas). Así es lo que recibe cada negocio en su primer informe. Pide el tuyo gratis.
Otros ejemplos: taller mecánico de ejemplo · Zaragoza · tienda de ropa de ejemplo · Sevilla

Informe para panadería de ejemplo · Lugo · Autónomo/a (persona física) · Lugo

5 ayudas que puedes pedir

149convocatorias abiertas revisadas
5leídas a fondo
5te encajan (con o sin condiciones)
15/09/2026última revisión completa

Leídas las bases a fondo, esto es lo que puedes pedir hoy. Y ojo: esto cambia cada día — seguimos revisando lo nuevo cada mañana y te avisamos al correo solo cuando haya algo tuyo.

Encaja con condiciones Depende de ti · Confianza alta

Ayuda del Estado para comprar una furgoneta o coche eléctrico para tu negocio (Programa Auto+, Línea 2)

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES · ficha oficial · bases

Puedes pedirla como autónomo si compras un vehículo eléctrico con etiqueta CERO matriculado en España desde el 1/1/2026: hasta 7.500 € por furgoneta N1 y 6.000 € por turismo M1.

hasta 7.500 € por furgoneta eléctrica Cierra el 31/12/2026 (quedan 60 días)

Eres persona física con actividad económica dada de alta en el censo de empresarios, que es exactamente el beneficiario de la Línea 2 (y no estás en los epígrafes excluidos 615.1 ni 654.1 de venta de vehículos). El "pero" es que solo se paga la compra de un vehículo eléctrico o electrificado con etiqueta CERO: si te compras la furgoneta eléctrica para repartir a las cafeterías, encaja de lleno; si no piensas comprar vehículo, no hay nada más subvencionable (no cubre obrador, reforma, software ni contratación). El vehículo nuevo tiene que estar matriculado en España después del 1/1/2026 (o de ocasión con primera matriculación desde el 1/1/2025 y menos de 12 meses hasta la factura).

Cuánto te dan

Como autónomo/microempresa: máximo 7.500 € por furgoneta o camión ligero N1 y 6.000 € por turismo M1; 1.100 € en motos L3e/L4e/L5e y 1.500 € en cuadriciclos L6e/L7e. La cifra final se suma por tramos: 50 % del máximo si es eléctrico puro (25 % si es híbrido enchufable o autonomía extendida), 25 % más por el criterio económico en N1 (en M1, 25 % si cuesta hasta 35.000 € y 15 % si pasa de ahí), un 15 % más si se monta en la UE y hasta un 10 % adicional por la batería europea (solo si el modelo está en la "Lista Blanca"). Es decir, una furgoneta N1 100 % eléctrica de fabricación europea puede llegar al tope de 7.500 €. Máximo 3 vehículos por autónomo.

Plazo

Se puede presentar desde el 1 de octubre de 2026 a las 10:00 hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, pero se agota antes si se acaba el dinero (8 millones reservados para autónomos). Hoy, 23/09/2026, todavía no ha abierto: prepáralo todo para pedirla el mismo día 1.

Cómo se decide

Concesión directa por riguroso orden de llegada de las solicitudes hasta agotar el presupuesto; después se entra en lista de espera, que no da derecho a nada.

Qué te piden
  • Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT (certificado de situación censal expedido por la AEAT)
  • Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y sin reintegros pendientes
  • Vehículo con etiqueta CERO de la DGT: eléctrico puro, de autonomía extendida o híbrido enchufable
  • Ficha técnica (tarjeta ITV) definitiva del vehículo
  • Permiso de circulación definitivo de la DGT
  • Factura de compraventa a tu nombre, con un descuento de al menos 1.000 € identificado como Programa Auto+ (si es nuevo M1 o N1)
  • Justificantes bancarios del pago (nada en efectivo por importes de 1.000 € o más)
  • Certificado de datos bancarios de una cuenta a tu nombre
  • Si lo coges en renting o leasing: contrato de al menos 3 años de duración
  • Si lo financias: contrato de financiación y certificado de la entidad financiera
Cómo se pide

Todo electrónico, por el sistema telemático de gestión (STG) del Ministerio de Industria y Turismo, con firma electrónica avanzada. Te lo puede tramitar el propio concesionario o la empresa de renting como representante tuyo. No hay justificación posterior al uso: la documentación (factura, pago, permiso de circulación) se entrega ya con la solicitud.

Ojo
  • No sirve para maquinaria del obrador, reforma del local, software ni contratación: solo compra de vehículo eléctrico o electrificado.
  • El vehículo nuevo debe estar matriculado en España después del 1/1/2026; si es de ocasión, primera matriculación desde el 1/1/2025 y menos de 12 meses entre matriculación y factura.
  • Es ayuda de minimis: suma con otras ayudas de minimis que hayas recibido en los últimos años y puede toparte.
  • Tienes que mantener la titularidad del vehículo y su matrícula en España al menos 2 años desde la concesión; si lo vendes o lo das de baja antes, devuelves toda la ayuda.
  • La factura debe llevar un descuento del concesionario de al menos 1.000 € identificado con el Programa Auto+; si falta, te la pueden denegar.
  • Si el modelo no está en la "Lista Blanca" pierdes hasta un 25 % de la ayuda (los porcentajes del criterio europeo).
  • Con otras ayudas para el mismo coche no puedes pasar del 80 % del coste del vehículo, y no valen ayudas financiadas con instrumentos de la UE.
  • Va por orden de llegada con solo 8.000.000 € para autónomos: pedirla el primer día cuenta.
De dónde sale esto: 6 citas literales de las bases
quién puede pedirla: autónomo con actividad · Convocatoria, art. 4.1.2.º, pág. 5
“Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, en cuyo caso, habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria”
cuánto dan a autónomos por vehículo · Convocatoria, anexo II, apdo. 1.a), pág. 18
“En el caso de que el solicitante sea un autónomo o una microempresa: Línea 2 (autónomos y microempresas) Tipo de vehículo Importe máximo de la ayuda M1 6.000 € N1 7.500 €”
plazo de solicitud y orden de llegada · Convocatoria, art. 8, pág. 7
“el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de octubre de 2026, a las 10:00:00 (hora peninsular), y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00”
qué vehículos valen y desde qué fecha · Convocatoria, art. 5.1.a), pág. 6
“Vehículos nuevos, matriculados por primera vez después del 1 de enero de 2026, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España, a nombre del beneficiario o a nombre de la empresa de renting o de leasing financiero”
límite de vehículos y régimen de minimis · Convocatoria, art. 3.5, pág. 5
“Las ayudas quedan limitadas a un máximo de diez vehículos por beneficiario en el caso de empresas y de tres vehículos en caso de personas físicas que desarrollen una actividad económica”
descuento obligatorio en la factura · Convocatoria, art. 9.3.b).5.º, pág. 8
“La factura deberá acreditar la aplicación de un descuento de al menos 1.000 euros en el precio de venta (impuestos excluidos) del vehículo, registrado con un concepto indubitadamente relacionado con el Programa Auto+”

Lo que no hemos podido comprobar: Las bases prevén importes mayores (hasta 12.000 € en N1) para autónomos y microempresas de ciertos CNAE cofinanciados por el Fondo Social para el Clima, pero esta convocatoria de 2026 no recoge esa tabla ni lista CNAE, así que no puedo confirmar si una panadería podría acceder a ese importe reforzado.

Título oficial: Orden por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2026 de la Línea 2 del Programa Auto+

Veredicto elaborado con inteligencia artificial a partir de las bases oficiales. Las bases prevalecen: confirma lo decisivo con el organismo o tu gestoría. Cómo funciona

Pregunta sobre esta ayuda

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Encaja con condiciones Depende de ti · Confianza alta

Dinero de la Xunta por contratar a un menor de 30 años con contrato formativo (prácticas o formación en alternancia)

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · ficha oficial · bases

Puedes pedirla si contratas a jornada completa y 12 meses a un menor de 30 años parado con contrato formativo: te dan de 9.975 a 16.625 € por contrato.

de 9.975 a 16.625 € por contrato Cerró el 30/09/2026

Como autónomo con obrador en Lugo encajas de lleno en el Programa I (TR353C): pueden pedirlo "las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica, incluidas las personas autónomas" que contraten jóvenes para centros de trabajo en Galicia. La condición que lo decide es el tipo de contrato: tiene que ser un contrato formativo (prácticas o formación en alternancia) con alguien de 16 a 29 años, parado e inscrito como demandante en el SPE de Galicia, a jornada completa y mínimo 12 meses. Vale tanto un contrato nuevo como uno que ya hayas firmado desde el 16/10/2025. El Programa II (oficios artesanales) solo te valdría si tu obrador está inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia; si no lo estás, ve por el Programa I. Ojo: el plazo acaba el 30 de septiembre de 2026 a las 20:00, te quedan pocos días.

Cuánto te dan

Un pago único por cada contrato de 12 meses a jornada completa: 16.625 € si el grupo de cotización es 1 o 2 (titulados universitarios), 13.300 € si es del 3 al 7, y 9.975 € si es del 8 al 11 (lo habitual en oficios de obrador). Máximo 3 contratos subvencionables. El dinero se cobra de una sola vez tras justificar.

Plazo

Se puede pedir hasta las 20:00 del 30 de septiembre de 2026 (empezó el 16/06/2026). Además, el contrato tiene que estar firmado entre el 16/10/2025 y el 30/10/2026, y la justificación (comunicación del inicio del contrato + foto del cartel) vence también el 30/10/2026.

Cómo se decide

Concurrencia NO competitiva: no hay puntos, se resuelve por orden de fecha en que presentes la documentación completa, hasta agotar el crédito. Cuidado: el BDNS lo etiqueta como competitiva, pero las bases dicen expresamente que no lo es.

Qué te piden
  • Ser persona empleadora con centro de trabajo en Galicia (tu obrador de Lugo vale)
  • Contratar a una persona de 16 a menos de 30 años, parada el día anterior al contrato e inscrita como demandante en el Servicio Público de Empleo de Galicia
  • Que esa persona no tenga más de 1 año (365 días) de experiencia en el mismo grupo de cotización
  • Contrato formativo: de práctica profesional (si tiene título de FP/universitario y acabó hace menos de 3 años) o de formación en alternancia (si no tiene la cualificación)
  • Contrato a jornada completa y duración mínima de 12 meses, manteniendo el empleo esos 12 meses
  • Solicitud en el Anexo I.1 (Programa I) por sede electrónica, con declaración responsable de ayudas de minimis y de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
  • Anexo III firmado por la persona contratada autorizando la consulta de sus datos (lo guardas tú, te lo pueden pedir)
  • Comunicar el contrato por Contrat@ en 10 días y avisar del inicio del contrato al órgano gestor en 10 días hábiles
  • Anexo II (declaración de otras ayudas) y foto del cartel A3 en color colocado en el obrador, que debes mantener 12 meses
Cómo se pide

Obligatoriamente por internet, en la sede electrónica de la Xunta (https://sede.xunta.gal), con certificado digital o Chave365, usando el Anexo I.1 para el Programa I (TR353C). Si lo presentas en papel te lo devuelven y cuenta la fecha de la presentación electrónica. La justificación también es 100 % electrónica, en 10 días hábiles desde el inicio del contrato y como tope el 30/10/2026.

Ojo
  • El plazo cierra el 30/09/2026 a las 20:00 y hoy es 18/09: te quedan menos de dos semanas.
  • No sirve un contrato indefinido ni temporal normal: tiene que ser contrato formativo (prácticas o formación en alternancia) y a jornada completa 12 meses.
  • Es ayuda de minimis: sumando las ayudas de este tipo de los 3 años anteriores no puedes pasar de 300.000 €.
  • Incompatible con otras ayudas públicas para el mismo objeto y finalidad (sí es compatible con bonificaciones de Seguridad Social).
  • No puedes contratar a tu cónyuge ni a parientes hasta 2º grado, salvo las excepciones para hijos menores de 30 o un familiar menor de 45 que no conviva contigo si no tienes asalariados (tú ya tienes empleados).
  • Si el contrato se rompe antes de los 12 meses y no sustituyes, devuelves la ayuda (total o proporcional según el motivo).
  • Para ir por el Programa II (oficios artesanales, 1.000.000 €) tendrías que estar inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia; vender "pan artesano" no basta por sí solo.
  • Se agota por orden de llegada: cuanto antes presentes la documentación completa, mejor.
De dónde sale esto: 6 citas literales de las bases
quién puede pedirla: autónomos incluidos · Documento 1 (bases/convocatoria), art. 22
“Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia”
cuánto dan por contrato · Documento 1 (bases/convocatoria), art. 26.1
“a) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €. b) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €. c) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.”
plazo para solicitar · Documento 1 (bases/convocatoria), art. 7.4
“finalizará a las 20.00 horas del 30 de septiembre de 2026”
condiciones del contrato: jornada y duración · Documento 1 (bases/convocatoria), art. 24.2
“Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.”
requisitos de la persona contratada · Documento 1 (bases/convocatoria), art. 24.3
“a) Que hayan cumplido los 16 años y no hubiesen cumplido los 30 años en el momento de la contratación. b) Que estén desempleadas (desocupadas en el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato) y que se encuentren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia”
programa artesanal: exige registro de artesanía · Documento 1 (bases/convocatoria), art. 33
“Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas al amparo de este programa los talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia”

Lo que no hemos podido comprobar: No consta si una panadería con obrador puede inscribirse en el Registro General de Artesanía de Galicia (el texto no lo detalla), así que no puedo confirmar si te encaja el Programa II. Tampoco consta el estado actual del crédito disponible ni la fecha exacta de publicación en el DOG.

Título oficial: Orden de 21 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la primera experiencia profesional mediante contratos formativos para las personas jóvenes o en el sector artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2026

Veredicto elaborado con inteligencia artificial a partir de las bases oficiales. Las bases prevalecen: confirma lo decisivo con el organismo o tu gestoría. Cómo funciona

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Premio en metálico al mejor hojaldre: concurso de la palmera de mantequilla de Huesca

AYUNTAMIENTO DE HUESCA · ficha oficial · bases

Puedes participar si estás asociado a un gremio pastelero y llevas 6 palmeras a Huesca el 18 de octubre: hay 1.500 € por categoría.

1.500 € por categoría (dos premios) Cerró el 09/10/2026

Es un concurso abierto a panaderías y pastelerías con obrador propio de toda España, así que tu obrador de Lugo sí puede apuntarse. Lo que lo decide es un requisito concreto: estar asociado a algún gremio español del sector pastelero (base 2.1.a). Además tienes que entregar 6 palmeras por categoría en Huesca el domingo 18 de octubre entre las 8 y las 10 de la mañana, lo que implica viaje o transporte urgente. No es una ayuda a inversión: no te financia maquinaria, reformas ni digitalización, sólo hay dos premios de 1.500 €.

Cuánto te dan

1.500 € en metálico por cada categoría, más un galardón que puedes exhibir y usar en tu publicidad. Hay dos categorías: "Mejor palmera de mantequilla" y "Mejor palmera de mantequilla de chocolate", así que como máximo podrías llevarte 3.000 €. El presupuesto total es de 3.000 €. El jurado puede declarar el premio desierto.

Plazo

La inscripción está abierta y se cierra a las 14:00 del 9 de octubre de 2026 (hoy, 17/09/2026, estás en plazo). La entrega física de las palmeras es el domingo 18 de octubre, de 8 a 10 h, en el lugar del concurso en Huesca; la cata es ese mismo día de 11:30 a 13:00 y la gala a las 20:00 en el Casino de Huesca.

Cómo se decide

Concurso: primero un jurado técnico comprueba peso, medidas y cocción, y luego 5 profesionales del sector catan a ciegas y puntúan de 0 a 10 cada criterio (sabor, hojaldrado, crujiente, caramelizado, uniformidad, presentación y, en chocolate, baño y equilibrio masa-cobertura). El fallo es inapelable.

Qué te piden
  • Ser establecimiento de panadería, pastelería o afín con obrador propio en España y punto de venta o recogida en España (lo cumples)
  • Estar asociado a algún gremio español del sector pastelero (requisito imprescindible: si no lo estás, no puedes participar)
  • Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y no tener reintegros pendientes de subvenciones
  • No estar en ninguna causa de prohibición del art. 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Solicitud de participación firmada (con declaración jurada) indicando categorías y responsable de la elaboración
  • 6 palmeras por cada categoría a la que te presentes, cocidas y listas para consumir
  • Palmeras ajustadas a molde de 20 x 15 cm; peso entre 80 y 125 g sin cobertura y entre 140 y 200 g con chocolate
  • Sólo mantequilla como materia grasa; sin margarinas, saborizantes, especias, toppings ni rellenos; cobertura sólo de derivados puros del cacao
  • Sobre blanco cerrado y sin marcas con nombre, dirección y teléfono del obrador
  • Si ganas: documentación acreditativa de los requisitos antes de cobrar el premio
Cómo se pide

Dos vías: rellenando la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Huesca, o enviando el anexo de solicitud por correo electrónico a huescaesdulce@huesca.es. No hay que justificar gastos: como es un premio, sólo tendrás que acreditar los requisitos (certificados de Hacienda y Seguridad Social) si resultas ganador, en el plazo que te indiquen antes de la entrega.

Ojo
  • Si no perteneces a ningún gremio pastelero, queda fuera: es un requisito expreso que además declaras bajo tu responsabilidad en la solicitud
  • No es una ayuda a inversión: no cubre maquinaria, obra, eficiencia energética, software ni contratación, que es lo que te interesa
  • Tienes que estar en Huesca el 18/10 de 8 a 10 h (o enviar por transporte a tu riesgo): no se aceptan entregas fuera de ese horario y la organización no responde de daños en el transporte
  • Márgenes de peso y medidas muy estrictos: fuera de rango o con más del 50 % de piezas que excedan el molde, quedas excluido
  • Sólo mantequilla: usar margarina u otras grasas es descalificación directa
  • Cedes los derechos de imagen de las fotos del concurso sin remuneración
  • El premio es dinero sujeto a la normativa de subvenciones: se practicará la retención fiscal que corresponda y no te pagan si no estás al corriente de pagos
  • Ganar te obliga a formar parte del jurado del año siguiente y no podrás participar en esa edición

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la dirección exacta del lugar de entrega en Huesca ni si se admite envío por mensajería con llegada dentro de la franja de 8 a 10 h. Tampoco se detalla el criterio de desempate ni si hay que pagar cuota de inscripción (parece que no).

Título oficial: Convocatoria del II Concurso de la Mejor Palmera de mantequilla de España

Veredicto elaborado con inteligencia artificial a partir de las bases oficiales. Las bases prevalecen: confirma lo decisivo con el organismo o tu gestoría. Cómo funciona

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Encaja con condiciones Depende de ti · Confianza media

Premio nacional en metálico al pequeño comercio: 25.000 € para la mejor trayectoria o el mejor emprendimiento comercial

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA COMERCIAL · ficha oficial · bases

Puedes presentarte al Premio a la Trayectoria del Pequeño Comercio (25.000 € brutos) si tu alta está en el IAE 64/65/66 o CNAE 47, es decir, como comercio minorista.

25.000 € brutos por premio

Es un premio, no una subvención para comprar maquinaria o reformar: te dan 25.000 € brutos sin tener que justificar gastos, pero solo hay un ganador por categoría (presupuesto total 100.000 € para toda España). Puedes presentarte como autónomo a la categoría de "Trayectoria del Pequeño Comercio" (más de 3 años de actividad, tienda propia) siempre que tu epígrafe esté en las agrupaciones 64, 65 o 66 del IAE o en la división 47 de la CNAE 2025; si estás dado de alta solo como industria de fabricación de pan (IAE 419 / CNAE 10.71), quedas fuera. Ojo: el plazo es de un mes desde la publicación del extracto en el BOE y la convocatoria está firmada en mayo de 2026, así que a fecha de hoy (18/09/2026) es muy probable que ya haya cerrado.

Cuánto te dan

25.000 € brutos (premio único) en la categoría de Trayectoria del Pequeño Comercio; lo mismo en Emprendimiento en el Comercio, Centros Comerciales Abiertos e Ideas Tecnológicas. Los accésits y menciones no llevan dinero, solo diploma y distintivo. Presupuesto total de la convocatoria: 100.000 €.

Plazo

Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. El texto no dice la fecha concreta de publicación, así que no se puede confirmar el día límite; dado que la resolución está firmada el 19/05/2026, a día de hoy lo más probable es que el plazo esté cerrado y debas esperar a la edición 2027.

Cómo se decide

Concurrencia competitiva: un jurado puntúa las candidaturas sobre 150 puntos y gana la de mayor puntuación en cada categoría. Puede declararse desierto.

Qué te piden
  • Estar de alta en las agrupaciones 64, 65 o 66 del IAE o en la división 47 de la CNAE 2025 (comercio minorista)
  • Solicitud en el modelo del Anexo I, marcando una sola categoría de premio
  • Memoria de actividad según el modelo del Anexo II, estructurada por los criterios de valoración (trayectoria y relevo generacional, tecnología en la gestión y venta, web y venta online, marca propia o certificados de calidad, innovación en producto, formación del personal, asociacionismo, crecimiento, mejoras de servicio y RSC)
  • Documentos que acrediten los méritos que alegas (certificados, registro de marca, facturas de formación, datos de web, etc.)
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 y de no ser deudor por reintegro
  • Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (lo comprueban ellos si no te opones; si te opones, aportas certificados)
  • No haber ganado un Premio Nacional en alguna de las cuatro convocatorias anteriores
Cómo se pide

Al ser persona física, puedes presentarla por los medios del art. 16.4 de la Ley 39/2015 (sede electrónica, registro, oficinas de asistencia o correo administrativo), dirigida al Director General de Política Comercial y Seguridad Económica (Pº de la Castellana, 162, 28046 Madrid). También puede presentarla en tu nombre una asociación empresarial o entidad pública. No hay que justificar gastos después: es un premio.

Ojo
  • No es una ayuda a la inversión: no sirve para financiar maquinaria, obra o digitalización; premian lo que ya has hecho
  • Solo hay un premio con dinero por categoría en toda España: la probabilidad de ganar es baja aunque cumplas
  • El plazo es de un mes desde el extracto en el BOE y no consta la fecha; comprueba en el BOE si sigue abierto antes de preparar la memoria
  • Cada candidatura solo puede ir a una categoría; si eliges "Emprendimiento" te pedirán ser de reciente creación, y tú tienes más de 3 años (te encaja mejor "Trayectoria")
  • Los 25.000 € son brutos y tributan: entran en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
  • Los accésits y menciones no dan dinero, solo diploma
De dónde sale esto: 6 citas literales de las bases
quién puede pedirla · Convocatoria, art. 4.2, pág. 3
“Premio Nacional a la Trayectoria del Pequeño Comercio. Podrán ser candidatos los empresarios autónomos y sociedades mercantiles dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas o en la rama 47 de la CNAE 2025.”
cuánto dan · Convocatoria, art. 3.1, pág. 3
“El Premio a la Trayectoria del Pequeño Comercio estará dotado con 25.000 euros brutos, con cargo a la aplicación presupuestaria 27.15.431O.470 de los Presupuestos Generales del Estado para 2026.”
plazo de presentación · Convocatoria, art. 8.4, pág. 5
“El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».”
cómo se decide y quién queda excluido · Convocatoria, art. 4.6, pág. 4
“No podrán ser candidatos aquéllos que, en cualquiera de las modalidades, hubieran obtenido el Premio Nacional en alguna de las cuatro convocatorias anteriores.”
se puede cobrar junto a otras ayudas · Bases, Orden ECM/1191/2025, art. 15
“La concesión de los premios será compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos nacionales e internacionales.”
qué valoran en tu categoría · Convocatoria, art. 13.2, pág. 7
“Relevo generacional y antigüedad en la actividad comercial (hasta 30 puntos). b) La introducción de nuevas tecnologías en el negocio, tanto en lo referido a la gestión como al proceso de comercialización (hasta 20 puntos).”

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOE, por lo que no se puede fijar el día límite exacto ni confirmar si el plazo sigue abierto. Tampoco se puede verificar con el texto si tu alta concreta (panadería con obrador) está en las agrupaciones 64/65/66 del IAE o en la división 47 de la CNAE 2025.

Título oficial: Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio por la que se convocan los Premios Nacionales de Comercio Interior 2026

Veredicto elaborado con inteligencia artificial a partir de las bases oficiales. Las bases prevalecen: confirma lo decisivo con el organismo o tu gestoría. Cómo funciona

Pregunta sobre esta ayuda

En tu informe, aquí puedes preguntar dudas sobre esta ayuda y te responde con las bases delante.

Solo en un caso concreto Poco probable en tu caso · Confianza alta

Ayuda de la Xunta para pagar al "preparador laboral" que acompaña en el puesto a trabajadores con discapacidad o en riesgo de exclusión

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · ficha oficial · bases

Solo puedes pedirla si ya tienes en plantilla un preparador laboral titulado y contratas a una persona con discapacidad o en exclusión: dan de 1.625 a 11.083 €/año por persona apoyada.

hasta 11.083,33 €/año por persona apoyada Cerró el 30/09/2026

Como autónomo con domicilio fiscal en Galicia sí puedes ser beneficiario (art. 5.3), pero la ayuda NO paga el sueldo del panadero que contrates: paga el coste del "preparador laboral" (persona con FP de grado medio o superior y un año de experiencia en integración laboral) que tienes que tener en tu propia plantilla para acompañar en el obrador a un trabajador con discapacidad o en riesgo de exclusión. Para una panadería de 2 a 5 personas eso significa cargar con dos contratos (el trabajador apoyado y el preparador), y solo te devuelven como máximo el coste del preparador. Además, el periodo subvencionable ya va del 1/10/2025 al 30/9/2026, o sea que el preparador tendría que estar ya trabajando, y solo quedan hasta el 30 de septiembre de 2026 para presentar la solicitud.

Cuánto te dan

Por cada persona apoyada y año, a jornada completa: 11.083,33 € (parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual ≥65 %), 6.650 € (los mismos casos entre 33 % y 65 %), 4.156,25 € (discapacidad física o sensorial ≥65 %, sordera ≥33 %, o riesgo de exclusión social) y 1.625 € (capacidad intelectual límite). Se reduce en proporción si el contrato es parcial o dura menos de un año. Se puede subir un 25 % por cada circunstancia del preparador laboral (mujer, mayor de 45, emigrante retornada o extranjera, persona trans) y un 25 % si tu centro está en ayuntamiento rural; son acumulables. Tope: nunca más del 100 % del coste laboral y de Seguridad Social del preparador. Aparte, hasta 2.500 € por desplazamientos si el preparador se mueve a otros ayuntamientos y el concepto figura en la nómina. Presupuesto total de la convocatoria: 450.000 €.

Plazo

Abierto desde el 11/6/2026 y cierra el 30 de septiembre de 2026 (quedan pocos días). El periodo de gastos subvencionables es del 1/10/2025 al 30/9/2026 y la justificación se presenta, como tarde, antes del 15/11/2026.

Cómo se decide

Aunque la BDNS la etiqueta como concurrencia competitiva, las bases dicen expresamente que es concurrencia NO competitiva: se resuelve por orden de fecha en que presentas la documentación completa, hasta agotar los 450.000 €.

Qué te piden
  • Tener domicilio fiscal en Galicia y ser empresa del mercado ordinario (vale ser autónomo)
  • Contratar a una persona con discapacidad o en situación/riesgo de exclusión social reconocida, inscrita como demandante de empleo no ocupada
  • Tener en tu plantilla un preparador laboral con FP de grado medio o equivalente y al menos 1 año de experiencia acreditada en integración laboral
  • Dedicar al apoyo un mínimo de jornada: 1/3, 1/5, 1/8 o 1/12 de la jornada del trabajador apoyado según su caso
  • Disponer de los recursos materiales necesarios para el programa de apoyo
  • Estar al corriente con Hacienda estatal, Atriga y Seguridad Social, y sin deudas con la Xunta
  • Solicitud en el anexo I con declaración responsable (incluye las ayudas de minimis recibidas)
  • Certificado de discapacidad si se reconoció fuera de Galicia, o documentación del riesgo de exclusión si no cobra la RISGA ni el IMV
  • Anexo III firmado por el preparador y por la persona apoyada autorizando la consulta de sus datos (guardarlo por si te lo piden)
  • Documentación extra si pides los incrementos del 25 % (emigrante retornada, persona trans...)
  • Al justificar: certificación de gastos del preparador y de las actuaciones realizadas, y declaración de desplazamientos si los reclamas
Cómo se pide

Obligatoriamente por internet, en la sede electrónica de la Xunta (https://sede.xunta.gal), procedimiento TR342A, con certificado digital o Chave365. Todos los trámites posteriores, por la Carpeta Ciudadana. Te resuelven en 3 meses (si no contestan, es que no). La justificación se presenta también electrónicamente antes del 15/11/2026.

Ojo
  • No financia el sueldo del trabajador con discapacidad ni ninguna contratación de panadero "normal": solo el coste del preparador laboral.
  • El preparador tiene que estar ya en tu plantilla y con el gasto hecho dentro del 1/10/2025-30/9/2026; no sirve contratarlo ahora a última hora para el año que viene.
  • Es ayuda de minimis: sumando las de los 3 últimos años no puedes pasar de 300.000 €.
  • Si el preparador causa baja antes de la resolución, se entiende que desistes; si lo despides y el despido es improcedente, te revocan toda la ayuda.
  • Tienes que mantener el puesto del preparador todo el periodo subvencionado y sustituirlo en un mes si se va.
  • Obligación de colgar un cartel A3 de publicidad de la ayuda durante 12 meses y enviar foto; si no, te quitan un 2 %.
  • La ayuda por una misma persona apoyada no puede pasar de 2 años (3 en los casos del art. 8.1.a).

Lo que no hemos podido comprobar: El PDF de la convocatoria venía vacío (solo números de página), pero el texto íntegro de las bases del DOG sí está completo. No consta el detalle del anexo I ni si la Xunta admite que el preparador laboral sea el propio titular autónomo (por el texto, debe ser personal contratado en plantilla).

Título oficial: Orden de 15 de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de empleo con apoyo, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TR342A).REG (UE) 2023/2831

Veredicto elaborado con inteligencia artificial a partir de las bases oficiales. Las bases prevalecen: confirma lo decisivo con el organismo o tu gestoría. Cómo funciona

Pregunta sobre esta ayuda

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Lo que este negocio se habría perdido sin vigilancia

Ayudas de tu territorio que cerraron en los últimos meses y que, por lo que dicen sus fichas, parecían para un negocio como el tuyo. No las leímos a fondo (ya no se pueden pedir): las enseñamos para que veas lo que pasa cuando nadie mira cada día.

Ayudas del Igape a la transformación digital de pymes en Galicia 2026 (IG300C)
INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · cerró el 10/07/2026 · ver la ficha
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Encajaba contigo
Ayudas Emega 2026: hasta 42.000 € para emprendimiento femenino en Galicia
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Programa Emega en Galicia: encajaría solo si la titular es mujer y cumple los supuestos de emprendimiento del programa.
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CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · cerró el 03/08/2026
Bonos de formación para empresas gallegas: podría usarlos si forma a su plantilla, conviene mirar requisitos.
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Las 151 que descartamos sin leer a fondo, y por qué

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Cómo está apuntado este negocio (esto es lo que lee el sistema)
Autónomo/a (persona física), De 2 a 5 personas, con sede en Lugo (Galicia).
Actividad: Panader%EDa con obrador propio en Lugo capital. Vendemos pan artesano y reposter%EDa en tienda%2C y suministramos a tres cafeter%EDas de la zona.
Antigüedad: Más de 3 años. Facturación: Entre 30.000 y 100.000 €.
Le interesa: Maquinaria, equipos y vehículos; Reformar el local, eficiencia energética; Digitalización, web, software, ciberseguridad, IA; Contratar personal.
No le interesan ayudas para las que no cumple el tipo de beneficiario, ni las de otros territorios, ni subvenciones nominativas o convenios con un beneficiario ya nombrado.