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Ayudas del Ayuntamiento de Barbadás 2026 para crear empresa: hasta 1.000 € para nuevos autónomos y pymes

AYUNTAMIENTO DE BARBADÁS · ficha oficial (BDNS 939288) · bases reguladoras

Sin fecha de cierre publicada: normalmente hasta agotar presupuesto. Cuanto antes, mejor.

Barbadás da hasta 1.000 € (50% de los gastos de puesta en marcha) a autónomos y pymes que iniciaron actividad entre abril de 2024 y diciembre de 2025. Se resuelve por orden de llegada.

Para quién es

Puedes pedirla si eres empresario o empresaria individual (autónomo) o una pyme, sea cual sea su forma jurídica, que iniciara su actividad entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2025 (fecha del alta censal, modelo 036/037, o del alta en el IAE). Además te piden que el domicilio fiscal y el centro de trabajo estén en el término municipal de Barbadás, que seas empresa de nueva creación y que la puesta en marcha suponga crear al menos un puesto de trabajo (puede ser el de la propia persona promotora). Se aceptan traspasos de negocio si suponen una nueva iniciativa empresarial. NO entran: los traspasos entre cónyuges, parejas de hecho o familiares hasta el segundo grado; los cambios de forma jurídica de una empresa existente; las actividades incluidas en convenios de colaboración con el Ayuntamiento; y quien tenga deudas con la Seguridad Social, AEAT, ATRIGA o el propio Ayuntamiento (la empresa y también las personas socias).

Cuánto te dan

Hasta el 50% de los gastos subvencionables que justifiques, con un tope de 1.000 € por beneficiario. El presupuesto total de la convocatoria es de 20.000 €, así que caben en torno a 20 ayudas del máximo. Entran gastos de constitución (Registro Mercantil, certificación negativa de nombre, notaría), existencias iniciales, alquiler de local, vehículo industrial o equipamiento, seguros (local, responsabilidad civil, vehículo si es imprescindible), suministros y gastos corrientes (agua, luz, teléfono, gas, combustible, material de oficina, asesoría, publicidad) y promoción (web, dominio, SEO/SEM). No entra el IVA ni otros impuestos indirectos recuperables.

Plazo

10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense. El texto que tenemos no indica la fecha concreta de esa publicación, así que la fecha de cierre no consta: tienes que comprobarla en el BOP de Ourense y en la sede electrónica de Barbadás.

Cómo se decide

Concurrencia no competitiva: no se compara tu proyecto con el de nadie. Si cumples los requisitos, cobras, y los expedientes se resuelven por riguroso orden de entrada en el registro electrónico hasta que se acabe el crédito de 20.000 €. Si el dinero no llega para la última solicitud, se le da lo que quede; si hay empate exacto de fecha y hora, se reparte proporcionalmente.

Cómo se pide

Solo por internet, a través del trámite normalizado de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Barbadás, con certificado digital. Si la presentas en papel te requerirán para que la rehagas electrónicamente y contará la fecha de la presentación electrónica (si eso ocurre fuera de plazo, te la deniegan por extemporánea). Las bases y anexos están en www.barbadas.es, en el tablón de edictos y en la sede.

Qué te piden

Ojo con esto

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero me pueden dar?

Como máximo 1.000 €, y nunca más del 50% de los gastos que justifiques. Para llegar al tope necesitarías justificar al menos 2.000 € de gastos subvencionables.

Me di de alta en 2026, ¿puedo pedirla?

No. Esta convocatoria es solo para quien inició actividad entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, según la fecha del alta censal (036/037) o del IAE.

¿Hace falta tener el negocio en Barbadás?

Sí. La empresa debe tener tanto el domicilio fiscal como el centro de trabajo en el municipio de Barbadás.

¿Tengo que justificar después de cobrar?

No. La justificación se entiende hecha al presentar la solicitud: tienes que adjuntar ya las facturas y los justificantes bancarios de que están pagadas.

¿Cuándo me contestan y cuándo cobro?

El Ayuntamiento tiene tres meses desde que presentas la solicitud completa para resolver y notificar; si no contesta, se entiende denegada por silencio. El pago se hace en un único desembolso por transferencia, sin anticipos.

¿Es compatible con otras subvenciones?

Sí, con ayudas de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que entre todas no superes el coste total de la actividad y se respete el régimen de minimis si aplica. Debes comunicarlo al Ayuntamiento.

Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha de publicación del extracto en el BOP de Ourense, por lo que no se puede fijar el día exacto de inicio y fin del plazo de 10 días hábiles. Tampoco consta el código del trámite en la sede electrónica ni si existe un importe mínimo de inversión.

Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona

Título oficial: BASES REGULADORAS D E L PROGRAMA DE A Y UDAS MUNICIPA LES A LA CREACIÓN DE EMPRESAS D EL AYU NTAMI ENTO DE BARBADÁS PARA EL A Ñ O 202 6.
Explicación redactada el 03/11/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

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