Ayudas de Andalucía 2026 a empresas que acogen alumnos en prácticas no laborales de FPE: 3 € por alumno y hora
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · ficha oficial (BDNS 938972) · bases reguladoras
Si tu empresa ha acogido alumnado de formación profesional para el empleo en prácticas, la Junta de Andalucía te compensa con 3 € por alumno y hora. Plazo hasta el 13 de noviembre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres una empresa (cualquier forma jurídica, incluidas entidades e instituciones sin ánimo de lucro) con al menos un centro de trabajo en Andalucía donde alumnado de acciones formativas de formación profesional para el empleo financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo haya hecho prácticas profesionales no laborales. Vale tanto para pymes y autónomos con actividad como para grandes empresas y entidades sin ánimo de lucro. NO pueden pedirla las entidades del sector público (estatal, autonómico o local). Tampoco pueden ser beneficiarias las empresas con prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, las condenadas por prácticas laborales discriminatorias (5 años desde la sentencia firme), las sancionadas en firme por atentar contra la Memoria Democrática de Andalucía, ni las excluidas de ayudas por infracción grave o muy grave en formación profesional para el empleo.
Cuánto te dan
3 € por alumno o alumna y por hora de prácticas realizadas. Esa es la cuantía máxima subvencionable: se multiplica 3 € por el número de horas de prácticas efectivamente realizadas por cada alumno, restando las horas no realizadas por faltas injustificadas o bajas. En esa compensación se entiende incluido el coste de la póliza colectiva de accidentes y responsabilidad civil si la suscribe la empresa. El presupuesto total de la convocatoria es de 500.000 € (420.000 € para entidades privadas y 80.000 € para entidades sin ánimo de lucro), repartido por provincias: 60.000 € en Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva y Jaén; 65.000 € en Málaga; y 75.000 € en Sevilla.
Plazo
El plazo termina el 13 de noviembre de 2026, inclusive. Empezó el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA (el texto no indica la fecha concreta de esa publicación). Solo entran prácticas finalizadas entre el 8 de noviembre de 2025 y el 13 de noviembre de 2026.
Cómo se decide
Concurrencia no competitiva: no se compara tu solicitud con las demás ni se puntúa. Se tramitan por orden de fecha de presentación dentro de cada provincia hasta agotar el crédito asignado a esa provincia. Si sobra dinero en unas provincias, puede repartirse entre otras atendiendo al orden de entrada en el Registro Electrónico Único, mediante resolución complementaria. Si se agota el crédito, se desestiman por resolución única las solicitudes presentadas después de la última beneficiaria.
Cómo se pide
Solo por internet, con certificado o sistema de identificación y firma electrónica admitido. Se presenta el Anexo I de Solicitud a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (procedimiento 1045): https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/auth/loginjs?procedimiento=1045. Los formularios (Anexo I de solicitud y Anexo II de alegaciones y aportación de documentos) están en el Catálogo de Procedimientos de la Sede electrónica de la Junta (ficha 25143) y en la web informativa de la Consejería. Resuelve la Delegación Territorial de la provincia donde se hizo la acción formativa.
Qué te piden
- Haber firmado antes de las prácticas el acuerdo con la entidad de formación previsto en el artículo 6 de la Orden de 10 de noviembre de 2021 (y aportarlo con la solicitud, junto con la documentación que lo acompaña)
- Si las prácticas no vinculadas a certificado de profesionalidad no estaban programadas y aprobadas inicialmente: la autorización de la Delegación Territorial competente (artículo 14.1 de la Orden)
- Haber realizado y gestionado las prácticas en las condiciones del capítulo II de la Orden de 10 de noviembre de 2021
- Las certificaciones emitidas de la realización de las prácticas (artículo 16 de la Orden)
- Declaración responsable del alumnado de que ha hecho el periodo de prácticas en tu empresa
- Declaración responsable incluida en la solicitud sobre no estar en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria
- Si la subvención supera los 30.000 € y eres entidad con ánimo de lucro: acreditar el cumplimiento de la Ley de morosidad (art. 13.3 bis) con el modelo publicado en la web
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, y no ser deudor de la Junta de Andalucía (se comprueba de oficio)
- Tener la cuenta bancaria dada de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta de Andalucía
- Relacionarte solo por vía electrónica y darte de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Junta
Ojo con esto
- Solo cuentan las prácticas finalizadas entre el 8 de noviembre de 2025 y el 13 de noviembre de 2026; si acabaron antes o acaban después, esa solicitud se inadmite.
- Una sola solicitud por acción formativa, incluyendo a todo el alumnado de esa acción. Si tienes prácticas de varias acciones formativas, presenta una solicitud por cada una. Si presentas de más, solo vale la última y el resto se inadmiten.
- Si no firmaste el acuerdo con el centro de formación (o no tienes la autorización cuando era necesaria), tu solicitud se inadmite directamente.
- Las horas con faltas injustificadas o bajas del alumnado se descuentan del cálculo. Excepción: quien abandona por encontrar empleo o por enfermedad o accidente acreditado se considera que terminó si hizo al menos el 50 % de las prácticas.
- El crédito está repartido por provincias y se agota por orden de llegada: presentar pronto importa.
- El dinero no es ilimitado ni automático: la concesión queda condicionada a que haya crédito en el momento de resolver.
- Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, pero la suma nunca puede superar el coste de la actividad; si lo supera, tendrás que devolver el exceso con intereses.
- El pago es posterior a la resolución, no hay anticipo, y antes de pagarte comprueban que estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Si pasan 3 meses sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me dan por cada alumno en prácticas?
3 euros por alumno y por hora de prácticas efectivamente realizada. Por ejemplo, un alumno con 80 horas de prácticas supondría hasta 240 €. Se restan las horas no hechas por faltas injustificadas o bajas.
¿Puede pedirla un autónomo o una asociación sin ánimo de lucro?
Sí. Se considera empresa a toda entidad u organización, sea cual sea su naturaleza jurídica, que tenga al menos un centro de trabajo donde el alumnado haya hecho las prácticas, incluidas las entidades e instituciones sin ánimo de lucro (de hecho hay 80.000 € reservados para ellas). Lo que no puede pedirla es el sector público.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Hasta el 13 de noviembre de 2026 incluido. Esa misma fecha es el límite para que las prácticas hayan finalizado.
¿Cómo se presenta la solicitud?
Solo de forma electrónica, con certificado o firma electrónica, en la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (procedimiento 1045), usando el formulario Anexo I de la convocatoria.
¿Cuándo me pagan y cómo?
En un pago único del 100 % de la ayuda concedida, después de la resolución de concesión y por transferencia a la cuenta que indiques, que debe estar dada de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta. El plazo para resolver y notificar es de 3 meses desde que entra tu solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad de cualquier Administración o entidad pública o privada, siempre que entre todas no se supere el coste de la actividad. Si se supera, hay que reintegrar el exceso con intereses.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOJA, por lo que no se puede concretar el día en que se abrió el plazo. El texto oficial está recortado al final en la parte de los anexos de las bases reguladoras (Anexo V de cuantías y formularios), por lo que no se detallan aquí más importes que el de 3 € por alumno y hora recogido en la convocatoria.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: PRÁCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES.
Explicación redactada el 31/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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