Ayudas al emprendimiento joven y relevo generacional en Caniles (Granada) 2026
AYUNTAMIENTO DE CANILES · ficha oficial (BDNS 938219) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Caniles reparte 10.000 € entre quienes se dan de alta de autónomo o continúan un negocio familiar de más de 20 años. Puedes pedirla hasta el 4 de diciembre de 2026.
Para quién es
Hay dos líneas: · Línea 1 (relevo generacional): personas físicas o jurídicas, sin límite de edad, que hayan asumido la titularidad o continuidad de un negocio con más de 20 años de antigüedad en el municipio, porque el anterior titular se jubiló (de forma voluntaria o forzosa). Tienes que estar de alta en Seguridad Social y en la actividad económica en Hacienda. · Línea 2 (emprendimiento joven): personas de entre 18 y 40 años (ambos incluidos) que se den de alta como autónomos a título individual o como miembros de una comunidad de bienes o sociedad civil, o que hayan constituido la sociedad entre el 1 de enero de 2026 y el 4 de diciembre de 2026, con domicilio fiscal de la actividad en Caniles. Ojo: en el objeto de la convocatoria se habla de altas en el RETA producidas desde el 1 de enero de 2025, mientras que en el apartado de beneficiarios de la Línea 2 se dice desde el 1 de enero de 2026; conviene preguntar en el Ayuntamiento. Además, te piden estar empadronado en Caniles al menos 6 meses seguidos antes del alta en el RETA, tener local, oficina o sede abierta en el municipio y ofrecer un producto o servicio directo a la población local. NO pueden pedirla quienes estén en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones ni quienes hayan tenido expedientes de devolución de subvenciones del Ayuntamiento de Caniles.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 10.000 €: 5.000 € para la Línea 1 (relevo generacional) y 5.000 € para la Línea 2 (emprendimiento joven). El dinero se reparte entre las solicitudes admitidas según los criterios de valoración. En la Línea 1 la cuantía mínima por beneficiario es de 1.000 €. La convocatoria no fija una cuantía máxima individual ni un importe mínimo para la Línea 2.
Plazo
Puedes presentar la solicitud desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y hasta el 4 de diciembre de 2026 incluido. Las solicitudes fuera de plazo no se tienen en cuenta. La fecha exacta de inicio depende de la publicación en el BOP y no consta en el texto.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se ordenan. En la Línea 1 se valora que encaje con el objeto (cambio de titularidad de un negocio de más de 20 años por jubilación del anterior titular). En la Línea 2 se valora el carácter innovador de la idea (que preste un servicio que hoy no exista en el municipio), la viabilidad técnica, económica y financiera, y la claridad de la presentación. El órgano instructor hace una propuesta, se publica lista provisional en la sede electrónica durante 5 días y, si no hay alegaciones, pasa a definitiva. Resuelve la Junta de Gobierno Local en un máximo de 2 meses desde el fin del plazo de solicitudes.
Cómo se pide
Por internet, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Caniles (https://caniles.sedelectronica.es/), donde están los modelos y anexos. También puedes presentarla por ventanilla única en los lugares previstos en la ley de procedimiento administrativo. La solicitud se dirige a la Concejalía de Innovación y Empleo, Desarrollo Local, Hacienda Local, Participación Ciudadana y Turismo. Teléfono de consultas: 958 710 903. La convocatoria no indica un código de procedimiento.
Qué te piden
- Estar empadronado en Caniles al menos 6 meses ininterrumpidos antes del alta en el RETA
- Tener sede, local u oficina abierta en el municipio y ofrecer producto o servicio a la población local
- Haber solicitado los permisos y licencias de apertura y pagado las tasas a fecha de justificación
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y con la hacienda local del Ayuntamiento
- No tener expedientes de devolución de subvenciones del Ayuntamiento de Caniles
- Anexo I: solicitud
- Anexo II: declaración responsable de estar al corriente y no estar en las prohibiciones del art. 13 LGS
- Anexo III: memoria de la actividad empresarial (idea, mercado, plan comercial, plantilla, inversiones, previsión de resultados)
- Anexo IV: memoria/justificación de gastos
- Fotocopia del DNI del autónomo o del administrador (o permiso de trabajo y residencia si es extranjero no comunitario)
- En sociedades civiles o mercantiles: estatutos de constitución y acreditación del cambio de titularidad
- Alta en el RETA o alta en el censo de actividades económicas si es sociedad
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas
- Declaración responsable o solicitud de licencia de apertura y actividad
- Informe actualizado de vida laboral de la Seguridad Social
- Certificado bancario de la cuenta a nombre del beneficiario
- Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de Caniles
- Si procede: acreditación de que el negocio traspasado o continuado lleva más de 20 años funcionando
Ojo con esto
- Solo puedes presentar una solicitud por persona.
- El presupuesto es pequeño (5.000 € por línea): si hay muchas solicitudes, el importe por persona puede quedarse corto.
- Tienes que seguir de alta en el RETA en el momento de justificar la ayuda.
- Si no justificas todo el gasto, te recortan la subvención hasta ajustarla a lo justificado y solo cobras la mitad inicial.
- Hay una contradicción en el texto sobre la fecha de alta válida para la Línea 2 (1 de enero de 2025 en el objeto, 1 de enero de 2026 en los beneficiarios). Pregunta en el Ayuntamiento antes de presentar.
- Si te requieren subsanar documentación solo tienes 5 días hábiles; si no respondes, te dan por desistido.
- Estás obligado a publicar en tu web, redes o establecimiento que el proyecto se ha impulsado con la iniciativa 'Caniles Emprende'.
- Si pagaste la cuota de autónomos con recargo por fuera de plazo, solo te abonan el importe que correspondería sin recargo.
- Es compatible con otras ayudas de igual finalidad y con las ayudas municipales de fomento de la actividad económica, siempre que la suma no supere el coste de la actividad o el presupuesto del proyecto.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
Marca lo que cumples. Sale de "qué te piden", no es un veredicto: para eso leemos las bases con tu negocio delante.
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Te mandamos un correo 7 días y 2 días antes del cierre (04/12/2026). Solo eso; nada más.
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Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar?
Depende de cuántas solicitudes haya, porque los 5.000 € de cada línea se reparten. En la Línea 1 (relevo generacional) la cuantía mínima por beneficiario es de 1.000 €. La convocatoria no fija un máximo individual.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Hasta el 4 de diciembre de 2026 incluido. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se tienen en cuenta.
¿Tengo que ser joven para pedirla?
Para la Línea 2 sí: hay que tener entre 18 y 40 años, ambos incluidos. La Línea 1, de relevo generacional, no tiene límite de edad, pero exige haber asumido la titularidad o continuidad de un negocio de más de 20 años por jubilación del anterior titular.
¿Qué gastos puedo justificar?
Por este orden de prelación: cuotas del RETA o mutualidad, tasas y licencias municipales del inicio de actividad, alquiler o compra de local, gestoría y asesoría, publicidad, marketing y web, y materiales, equipamiento, equipos informáticos, mobiliario y software. Tienen que estar realizados y pagados dentro del plazo de justificación.
¿Cuándo me pagan?
Cobras el 50% de lo concedido al concederte la subvención. El otro 50% te lo pagan después de que aprueben tu justificación. Tienes 6 meses desde el primer pago para justificar.
¿Hay que estar empadronado en Caniles?
Sí, te piden estar empadronado en Caniles un mínimo de 6 meses ininterrumpidos antes de la fecha de alta en el RETA, y aportar certificado de empadronamiento del propio Ayuntamiento.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de inicio del plazo (depende de la publicación en el BOP de Granada). Tampoco consta un baremo de puntuación detallado ni la cuantía máxima por beneficiario. El texto tiene erratas: una frase del apartado de instrucción queda cortada ('El órgano instructor podrá, de entre las solicitudes presentadas'), falta la base Undécima en el articulado y hay contradicción entre las fechas de alta exigidas para la Línea 2 (2025 frente a 2026) y entre los anexos citados para la memoria de gastos (Anexo III o Anexo IV).
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Subvenciones emprendimiento 2026.
Explicación redactada el 28/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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