Ayudas al emprendimiento joven en la Sierra de Segura (Jaén) 2026: hasta 12.000 € para montar tu empresa
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN · ficha oficial (BDNS 937990) · bases reguladoras
La Diputación de Jaén da hasta 12.000 € (50% de la inversión) a menores de 35 años que creen empresa en la Sierra de Segura. Plazo hasta el 31/12/2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres una persona física que se ha dado de alta en el RETA (o mutualidad que te corresponda) a partir del 1 de abril de 2026 y antes de presentar la solicitud, tienes menos de 35 años el día de la solicitud, estás empadronado en algún municipio de la comarca de la Sierra de Segura y el domicilio de tu actividad está en esa comarca. Además no puedes haber ejercido actividad como autónomo en los tres meses anteriores a ese alta. También pueden pedirla sociedades inscritas en el registro correspondiente a partir del 1 de abril de 2026, con domicilio social, fiscal y de actividad en la comarca, cuyo 75% del capital esté en manos de personas que cumplan esos requisitos (o que sean titulares de al menos el 51% del capital y representen no menos del 50% de los socios). Los municipios de la comarca son: Arroyo del Ojanco, Beas de Segura, Benatae, Génave, Hornos de Segura, La Puerta de Segura, Orcera, Puente de Génave, Santiago-Pontones, Segura de la Sierra, Siles, Torres de Albanchez y Villarrodrigo. NO pueden pedirla: comunidades de bienes, sociedades civiles, agrupaciones de personas o cualquier unidad económica sin personalidad jurídica propia, ni quien esté de alta en RETA como familiar colaborador. Tampoco los sectores excluidos por el Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis (producción primaria agrícola, pesca y acuicultura, ciertas transformaciones y comercializaciones, ayudas a la exportación...).
Cuánto te dan
Hasta el 50% del coste del proyecto (sin IVA), con un máximo de 12.000 € por empresa. El presupuesto total de la convocatoria es de 120.000 €.
Plazo
Puedes presentar la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2026. El plazo empieza el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén. Si el último día es inhábil, pasa al siguiente hábil. Las solicitudes fuera de plazo no se admiten.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúan y comparan todas las solicitudes. Se valora la viabilidad del proyecto (20 puntos), sinergias con empresas de la comarca (15), creación de empleo e implicación de la mujer (20), innovación y digitalización (20), capacitación de la persona promotora (5), localización en municipios pequeños (10) y contribución a la Estrategia de Desarrollo Territorial Integrada (10). La resolución se notifica en un plazo máximo de 6 meses desde que acaba el plazo de solicitudes; si no hay respuesta, se entiende denegada.
Cómo se pide
Solo de forma electrónica, por la sede electrónica de la Diputación de Jaén (https://sede.dipujaen.es), con los formularios normalizados. Si lo presentas por otra vía, no vale. Las notificaciones te llegan por comparecencia en la sede electrónica.
Qué te piden
- Solicitud única en el modelo oficial (Anexo I)
- Memoria descriptiva de la actividad (Anexo II) con la documentación que acredite cada criterio de puntuación: plan de empresa, estudio de mercado, presupuestos o facturas proforma, contratos con empresas de la comarca, previsión de empleo, titulaciones y CV, acreditación de la ubicación y vínculo con la EDTI
- Plan financiero detallado (Anexo III)
- Declaraciones responsables de cumplir los requisitos de beneficiario y de otras ayudas solicitadas u obtenidas (Anexo IV)
- Modelo 036/037 de alta en la actividad en un municipio de la comarca
- Certificado de situación censal de la AEAT a fecha de solicitud
- Persona física: DNI (o certificado digital), informe de vida laboral actualizado, alta en RETA con fecha a partir del 1/4/2026, certificado histórico de la mutualidad y certificado de empadronamiento en la comarca
- Persona jurídica: DNI y poder del representante (o certificado digital de representación), CIF, DNI de todos los socios, certificados de empadronamiento de los socios, escritura de constitución diligenciada y altas en RETA de los socios con certificado histórico de la mutualidad
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y Diputación (lo comprueba la propia Diputación al presentar la solicitud)
Ojo con esto
- Solo cuentan inversiones en inmovilizado nuevo (maquinaria, equipos). No se subvencionan suministros, consumibles, decoración, publicidad, software, páginas web, bases de datos ni licencias.
- El alta como autónomo o la constitución de la sociedad debe ser a partir del 1 de abril de 2026: si te diste de alta antes, no entras.
- No puedes haber sido autónomo en los tres meses anteriores a ese alta.
- Debes mantener la inversión y la actividad al menos 36 meses desde la concesión; si no, hay reintegro total. A los 36 meses tendrás que aportar declaración responsable y certificado de la AEAT.
- Es ayuda de minimis: el total de minimis recibido no puede superar 300.000 € en el ejercicio en curso y los dos anteriores (2024, 2025 y 2026).
- La memoria del Anexo II no se puede subsanar: si la presentas incompleta, pierdes puntos sin opción a arreglarlo.
- Si un gasto supera el umbral del contrato menor, necesitas tres ofertas de proveedores distintos.
- No se admite el pago en efectivo: todo por transferencia, tarjeta o domiciliación acreditada.
- Hay que colocar una placa de la Diputación en el local al menos 6 meses y publicar un anuncio en tu web durante 6 meses, y justificarlo.
- Las comunidades de bienes y sociedades civiles quedan fuera.
¿Te encaja? Compruébalo en 30 segundos
Marca lo que cumples. Sale de "qué te piden", no es un veredicto: para eso leemos las bases con tu negocio delante.
Avísame antes de que cierre
Te mandamos un correo 7 días y 2 días antes del cierre (31/12/2026). Solo eso; nada más.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo recibir?
Hasta el 50% del proyecto sin IVA, con un tope de 12.000 € por empresa. El total repartible es de 120.000 €.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Hasta el 31 de diciembre de 2026. El plazo arranca el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Jaén.
¿Puedo incluir compras que ya he hecho?
Sí, siempre que estén dentro del periodo de ejecución, que va del 1 de abril de 2026 hasta 6 meses después de publicarse la resolución definitiva en el BOP. Se admiten inversiones iniciadas e incluso terminadas antes de solicitar.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con ayudas de otras administraciones o entidades, siempre que entre todas no superes el coste total del proyecto y respetes el límite de minimis de 300.000 € en tres ejercicios.
¿Cuándo cobro la subvención?
En un único pago, después de justificar el proyecto. Tienes 3 meses desde que acaba el plazo de ejecución para presentar la cuenta justificativa simplificada.
¿Qué pasa si tengo 35 años recién cumplidos?
Hay que tener menos de 35 años en la fecha de la solicitud; si ya los has cumplido, no cumples ese requisito.
Lo que no hemos podido comprobar: La fecha exacta de inicio del plazo depende de la publicación del extracto en el BOP de Jaén, que el texto no concreta. Tampoco consta el código de procedimiento de la sede ni el listado completo de puntuación mínima para obtener ayuda.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO JUVENIL MEDIANTE LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL INTEGRADA DE LA COMARCA DE LA SIERRA DE SEGURA.
Explicación redactada el 27/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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