Ayudas FEMPA 2027 para mejorar la higiene, salud y seguridad en buques pesqueros y mariscadores a pie en Andalucía
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ficha oficial (BDNS 937102) · bases reguladoras
La Junta de Andalucía convoca para 2027 ayudas FEMPA para inversiones a bordo y equipos individuales que mejoren la higiene, salud y seguridad de tripulantes y pescadores a pie.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física, persona jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil y: 1) eres propietaria del buque pesquero con puerto base en Andalucía para el que pides la ayuda, o armadora con acuerdo escrito del propietario que te permita invertir en el barco; 2) eres propietaria del buque auxiliar de una almadraba que tenga autorización administrativa y haya faenado en las campañas de los dos años anteriores (lo comprueba la Administración con las notas de venta); o 3) eres persona pescadora a pie (marisqueo a pie). Los beneficiarios son pymes y personas físicas con actividad económica en pesca. No encaja si la inversión supone aumentar el arqueo bruto (GT) del buque, ni si estás en alguna causa de prohibición o inadmisibilidad del artículo 3 de las bases.
Cuánto te dan
Es una subvención a fondo perdido. Para esta línea de higiene, salud y seguridad la convocatoria reserva 27.643,36 € con cargo a 2026 y 100.000 € con cargo a 2027. La intensidad de la ayuda puede llegar hasta el 75% de la inversión en esta línea, hasta el 100% en inversiones relacionadas con la pesca costera artesanal, y hasta el 75% si la inversión tiene carácter innovador (acreditado con informe de una entidad certificadora acreditada por ENAC; en el caso de puertas voladoras lo verifica de oficio la Administración). Además se pueden sumar costes indirectos según el artículo 4.7 de las bases. Excepcionalmente puede añadirse un crédito adicional máximo de 2.000.000 € sin nueva convocatoria. La convocatoria no fija un importe máximo por solicitante.
Plazo
10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. El texto que hemos visto es la orden firmada el 21/10/2026, pero no consta la fecha exacta de publicación en BOJA, así que tendrás que comprobar el extracto en el BOJA para saber el día concreto de inicio y fin.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes y se ordenan por puntuación según los criterios de las bases (adecuación a la estrategia y al DAFO del FEMPA, contribución a indicadores, criterios ambientales y sociales, dependencia de la ayuda pública y criterios específicos como accidentes previos en el buque, tipo de inversión en seguridad o días de actividad del pescador a pie por encima de los 60 exigidos). Se concede hasta agotar el crédito.
Cómo se pide
Solo de forma electrónica, con certificado o firma electrónica, en la Sede electrónica de la Junta de Andalucía. El código de procedimiento de esta línea es el 25514 (https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25514.html). La solicitud va dirigida a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul. También puedes tramitarla a través de las entidades habilitadas del sector pesquero (procedimiento 18340). Las notificaciones son electrónicas obligatorias.
Qué te piden
- Ser propietario o armador (con acuerdo del propietario) del buque pesquero con puerto base en Andalucía, o pescador/a a pie
- Que la inversión no incremente el arqueo bruto (GT) del buque
- No haber iniciado la inversión antes de presentar la solicitud (o antes del acta de no inicio previa)
- Formulario Anexo I de solicitud, firmado electrónicamente
- Si eres persona jurídica: NIF, escritura de constitución y estatutos inscritos; si eres comunidad de bienes o sociedad civil: NIF, documento de constitución, estatutos y Anexo I-bis con el listado de miembros
- Acreditación de la representación si firma otra persona en tu nombre
- Documentación de cumplimiento de los plazos legales de pago (art. 3.3 de las bases)
- Acreditación de capacidad financiera: informe de auditor externo si eres empresa consolidada y pides más de 200.000 €; declaración del representante legal en el resto de empresas consolidadas; certificado de entidad financiera si eres autónomo o empresa de nueva constitución
- Memoria económica de viabilidad del proyecto (con VAN y TIR si procede); informe de auditor externo si eres autónomo o empresa nueva y pides más de 100.000 €
- Hoja de asiento del buque actualizada, literal, completa y certificada
- Memoria técnica o proyecto de las inversiones, con facturas proforma y/o presupuestos
- Informe de persona técnica o experta independiente que justifique que la inversión mejora la seguridad, higiene, salud y condiciones de trabajo y que no incrementa la capacidad ni la habilidad para detectar pescado
- Tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera el umbral del contrato menor
- Autorizaciones necesarias para las inversiones en el buque, o acreditación de haberlas solicitado
- Plan de Igualdad inscrito en el REGCON si tienes 50 o más personas trabajadoras
- Autorización administrativa de la almadraba de los dos años anteriores, si inviertes en buque auxiliar de almadraba
- Estar dado de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta con la cuenta donde cobrar
Ojo con esto
- No puedes empezar la inversión antes de presentar la solicitud (o antes del acta de no inicio previa): si ya has comprado, pierdes la ayuda.
- La inversión no puede aumentar el arqueo bruto del buque ni la capacidad o habilidad para detectar pescado.
- Presentación exclusivamente electrónica: sin certificado digital o sin pasar por una entidad habilitada no puedes solicitarla.
- El plazo es muy corto, solo 10 días hábiles desde la publicación del extracto en BOJA.
- Es concurrencia competitiva: cumplir requisitos no garantiza cobrar, compites por puntos y el crédito de esta línea es limitado.
- Debes declarar otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma finalidad, indicando si son de minimis.
- Si gastas más del umbral de contrato menor, necesitas tres presupuestos de proveedores distintos.
- Para cobrar más del 75% o llegar al 100% hay que encajar en los supuestos concretos (pesca costera artesanal, selectividad, innovación acreditada por ENAC).
- El silencio administrativo es negativo: si pasan 6 meses sin resolución, se entiende desestimada.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Qué puedo comprar con esta ayuda?
Inversiones a bordo y equipos individuales o colectivos que mejoren la higiene, salud, seguridad y condiciones de trabajo: EPIs (protección ocular, facial, respiratoria, de cabeza, auditiva, calzado antideslizante, sistemas anticaídas), mecanización de tareas con alta carga física, medidas contra el ruido, equipos y material médico (botiquines, telemedicina), medidas contra caídas al mar o a bordo, prevención de incendios, equipos de comunicación, iluminación de búsqueda, cámaras de seguridad... También ropa de trabajo y equipos para pescadores a pie. Las inversiones a bordo deben superar las exigencias normativas de la UE vigentes y no aumentar la capacidad de pesca.
¿Cuánto me pueden pagar?
Depende del porcentaje de intensidad que te corresponda sobre tu inversión: hasta el 75% en esta línea, hasta el 100% si es pesca costera artesanal, y hasta el 75% en inversiones innovadoras acreditadas. El presupuesto total de la línea es de 27.643,36 € (2026) más 100.000 € (2027), ampliable.
¿Puedo cobrar algo por adelantado?
Sí. Puedes pedir un anticipo de hasta el 20% antes de justificar la inversión, solicitándolo en el formulario Anexo II, y sin necesidad de presentar garantía.
¿Pueden pedirla los mariscadores a pie?
Sí, las personas pescadoras a pie son beneficiarias expresas de esta línea. Además, en la valoración puntúan los días de actividad pesquera que superen los 60 días exigidos durante los dos años civiles anteriores a la solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
La Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul tiene un plazo máximo de seis meses desde que termina el plazo de solicitudes. Si no hay resolución expresa en ese plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo. La resolución se publica en la ficha del procedimiento en la Sede electrónica.
¿Es compatible con otras ayudas?
La convocatoria no detalla el régimen de compatibilidad, pero te obliga a declarar en la solicitud todas las subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad, de cualquier administración o ente público o privado, indicando si son de minimis. Las reglas concretas están en la Orden de bases de 26 de junio de 2024.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación del extracto en el BOJA, por lo que no se puede fijar el día de inicio y fin del plazo. Tampoco constan en el texto recortado el régimen detallado de compatibilidad con otras ayudas, la inversión mínima o máxima subvencionable, los plazos de ejecución y justificación, ni el baremo numérico de puntos de los criterios de valoración (están en la Orden de bases de 26 de junio de 2024).
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Orden convocatoria 2027 higiene.
Explicación redactada el 23/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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