Ayudas 2026 para cursos online dirigidos a personas con silicosis en Andalucía (Línea 1: desempleados)
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · ficha oficial (BDNS 936465) · bases reguladoras
La Junta de Andalucía subvenciona cursos de teleformación para personas desempleadas afectadas por silicosis. Las piden entidades de formación privadas: 500.000 € para la Línea 1.
Para quién es
Quien pide la subvención NO es la persona con silicosis, sino la entidad que imparte el curso. Pueden solicitarla las entidades de formación privadas, con o sin ánimo de lucro, incluidas en el apartado 4.a).1º del Cuadro Resumen de las bases, que cuenten con una plataforma de teleformación debidamente inscrita en el registro correspondiente (art. 25 del RD 438/2024) para las especialidades que se soliciten. No pueden participar las entidades de formación públicas (las del sector público según el art. 2 de la Ley 40/2015). Los requisitos deben estar vigentes el día de presentar la solicitud y mantenerse hasta que acabe la actividad formativa. Los cursos de esta Línea 1 van dirigidos preferentemente a personas desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo que tengan reconocida una incapacidad permanente total por silicosis o tengan la enfermedad diagnosticada (aunque no tengan incapacidad o esté en trámite). Si no hay suficientes desempleados, pueden entrar hasta un 30% de personas ocupadas con centro de trabajo en Andalucía que cumplan esos mismos requisitos.
Cuánto te dan
La subvención cubre hasta el 100% de la actividad formativa concedida. El importe de cada acción formativa se calcula así: horas formativas x número de alumnos x módulo económico de la especialidad (los módulos están en el Anexo III). Puedes solicitar un máximo de 80 alumnos por especialidad formativa. El crédito total de la convocatoria es de 700.000 € (490.000 € en 2026 y 210.000 € en 2027), de los cuales 500.000 € corresponden a la Línea 1 (desempleados) y 200.000 € a la Línea 2 (ocupados). Además, ninguna entidad puede percibir subvenciones que superen el 10% del crédito de la convocatoria o 1 millón de euros (lo que ocurra primero), según las bases.
Plazo
El plazo es de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. El texto que tenemos (resolución firmada el 19/10/2026) no incluye la fecha de publicación del extracto, así que las fechas exactas no constan: hay que mirar el BOJA. Ojo: el último día solo se puede presentar hasta las 12:00 horas (hora peninsular española).
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se puntúan todas las solicitudes y se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito. En esta convocatoria la puntuación máxima es de 40 puntos y se valoran: personal formador o tutor-formador en plantilla (hasta 20 puntos), equilibrio entre sexos en ese personal (5 puntos), formación en género e igualdad del personal formador (hasta 5 puntos, acreditando 50 horas por persona formadora) y calidad de gestión por sistemas o modelos de calidad implantados (hasta 10 puntos). No hay criterios negativos. En caso de empate se aplica el orden de prelación del apartado 12.b) del Cuadro Resumen. Quien no entre por puntuación queda como suplente y puede entrar si hay crédito sobrante o renuncias.
Cómo se pide
Todo es electrónico. Las solicitudes se presentan a través de la plataforma «PROFEUS+A», accesible desde la ficha del procedimiento en la Sede electrónica de la Junta de Andalucía (procedimiento 25406 de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo) y desde la página informativa de «subvenciones FPE silicosis 2026». Hay que identificarse y firmar con un sistema de identificación y firma electrónica admitido por la Ley 39/2015. La plataforma genera los Anexos I y I bis con los datos que introduces. Las personas interesadas en hacer el curso, en cambio, se apuntan con el formulario de participación de alumnado aprobado por Resolución de 23 de enero de 2026 (BOJA nº 20, de 30/01/2026).
Qué te piden
- Ser entidad de formación privada (con o sin ánimo de lucro) de las recogidas en el apartado 4.a).1º del Cuadro Resumen; las entidades públicas quedan fuera
- Tener plataforma de teleformación inscrita en el registro correspondiente para las especialidades solicitadas
- Cumplir los requisitos del apartado 4.a).2º del Cuadro Resumen y mantenerlos hasta el fin de la actividad formativa
- Presentar los Anexos I y I bis (solicitud) generados y firmados electrónicamente en PROFEUS+A
- Una sola solicitud por línea y para toda Andalucía, detallando las acciones formativas por orden de prioridad
- Si la subvención supera los 30.000 €: acreditar el cumplimiento del art. 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones (morosidad) con el modelo publicado en la web
- Tras la propuesta provisional: Anexo II con la documentación que acredite requisitos y criterios de valoración (certificados de calidad, certificaciones de otras comunidades, etc.)
- Declaraciones de protección de datos del Anexo V en los distintos momentos (inicio, altas de personas autorizadas, justificación y fin de conservación)
- Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y no ser deudor de la Junta antes del pago
- Cuenta bancaria dada de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta de Andalucía
Ojo con esto
- El plazo es cortísimo: 10 días naturales y el último día solo hasta las 12:00 h. Fuera de plazo se inadmite sin posibilidad de subsanar y se archiva.
- También se inadmiten sin subsanación las solicitudes que no usen el formulario de la convocatoria o se presenten por una vía distinta a PROFEUS+A.
- Solo una solicitud por línea y para toda Andalucía: si presentas varias, solo vale la última y el resto se inadmiten.
- Toda la formación es en teleformación 100%: necesitas la plataforma inscrita antes de solicitar.
- Máximo 80 alumnos por especialidad formativa.
- Si no presentas la documentación en el plazo de 10 días hábiles tras la propuesta provisional, se te tiene por desistido (si afecta a requisitos) o pierdes los puntos de los criterios no acreditados.
- Se aplica tramitación de urgencia: los plazos del procedimiento se reducen a la mitad (salvo solicitudes y recursos).
- Los gastos solo son subvencionables desde la concesión hasta el fin del plazo de justificación (con la excepción de los costes indirectos de preparar la solicitud y la justificación).
- Los costes indirectos no pueden superar el 10% del coste total justificado de cada acción formativa.
- Si no justificas en plazo, te pueden exigir el reintegro con intereses y sanciones.
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¿Puede un trabajador con silicosis pedir directamente esta ayuda?
No. La subvención la piden las entidades de formación privadas que imparten los cursos. Las personas con silicosis (o en riesgo) son las destinatarias de la formación y se apuntan con el formulario de participación de alumnado aprobado por la Resolución de 23 de enero de 2026 (BOJA nº 20, de 30/01/2026).
¿Cuánto dinero hay y cuánto cubre la ayuda?
La convocatoria tiene 700.000 € en total (500.000 € para la Línea 1 de desempleados y 200.000 € para la Línea 2 de ocupados), repartidos entre 2026 y 2027. La subvención puede cubrir hasta el 100% de la actividad formativa concedida, calculada como horas x alumnos x módulo económico de la especialidad.
¿Cuándo se cobra?
Se paga por anticipado el 70% de la subvención concedida, sin justificación previa. El 30% restante se abona una vez revisada la justificación. Antes de pagar comprueban que estés al corriente con Hacienda y Seguridad Social y que la cuenta esté de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y publicar es de 2 meses desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución publicada, puedes entender la solicitud desestimada por silencio administrativo.
¿En cuánto tiempo hay que impartir los cursos y justificar?
Las acciones formativas se ejecutan en un plazo máximo de 12 meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión. La justificación es por módulos y hay 2 meses desde que termina la actividad formativa (ampliables, como máximo, hasta la mitad de ese plazo).
¿Es compatible con otras ayudas?
Según las bases reguladoras, sí: es compatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad hasta el límite del coste total de la actividad formativa subvencionada. Estas ayudas no se acogen al régimen de minimis.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha concreta de inicio y fin del plazo, porque depende de la publicación del extracto en el BOJA y el texto facilitado no la incluye. Tampoco se incluyen los Anexos (III de especialidades y módulos económicos, IV de condiciones de ejecución y V de protección de datos), ni el detalle completo del Cuadro Resumen al que remite la convocatoria. El dato de presupuesto de la BDNS (500.000 €) corresponde a la Línea 1; el texto fija 700.000 € para el conjunto de la convocatoria.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: RESOLUCIÓN DGFAL DESEMPLEADOS Y OCUPADOS SILICOSIS EN ANDALUCÍA LINEA 1.
Explicación redactada el 21/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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