Ayudas de Castilla-La Mancha 2026 para abrir una nueva fábrica o establecimiento industrial (hasta 100.000 €)
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS · ficha oficial (BDNS 932454) · bases reguladoras
Castilla-La Mancha da hasta 100.000 € a pymes que pongan en marcha un nuevo establecimiento industrial. Se resuelve por orden de llegada hasta agotar los 6 millones.
Para quién es
Pueden pedirla las pymes con ánimo de lucro (incluidas cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales) que vayan a poner en marcha un establecimiento industrial en Castilla-La Mancha con una actividad de la sección C del CNAE-2025 (industria manufacturera), salvo las actividades excluidas en el anexo I de las bases. Vale tanto para una empresa nueva que se crea, como para una empresa que ya existe y abre un nuevo establecimiento, o para un traslado a Castilla-La Mancha de una actividad industrial que estaba en otro territorio. NO pueden pedirla: las personas físicas (autónomos a título individual), las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, las sociedades civiles (tengan o no personalidad jurídica), las empresas públicas o participadas mayoritariamente por ellas, las cooperativas de segundo o ulterior grado, las cooperativas agroalimentarias y las SAT, y las sociedades laborales cuya actividad principal sea agroalimentaria. Tampoco si eres empresa en crisis o si cerraste una actividad idéntica o similar en Castilla-La Mancha en los 2 años anteriores. Ojo: tampoco se subvenciona abrir un nuevo centro trasladando actividad de otro establecimiento que ya tienes dentro de Castilla-La Mancha (deslocalización regional).
Cuánto te dan
La ayuda cubre el 100% del gasto solicitado, con estos topes según la puntuación que saque tu proyecto: hasta 80.000 € si llegas al mínimo exigido y no pasas de 75 puntos; hasta 90.000 € entre 76 y 100 puntos; y hasta 100.000 € si superas los 100 puntos (se puede pasar de 100 porque los proyectos en zonas despobladas suman un 20%, 30% o 40% extra sobre la puntuación). El presupuesto total de la convocatoria es de 6.000.000 €, repartidos en 2026 (1,5 M), 2027 (4 M) y 2028 (0,5 M), ampliable hasta un 50% más si hay crédito.
Plazo
Nueve meses contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su extracto en el DOCM. La resolución está firmada el 29 de septiembre de 2026, pero el texto no indica la fecha exacta de publicación, así que la fecha de cierre concreta no consta: confírmala en el DOCM. Además, el plazo puede cerrarse antes si se agota el crédito: en ese caso se publica una resolución en el DOCM dando por finalizado el plazo.
Cómo se decide
Procedimiento simplificado de concurrencia: no se compite unos contra otros, los expedientes se tramitan y resuelven por orden de entrada en el registro (fecha y hora de presentación) mientras haya dinero. La puntuación no sirve para hacer ranking, sino para fijar el tope de dinero que te pueden dar. Tu proyecto tiene que sacar al menos 20 puntos para ser subvencionable. Se resuelve y notifica en un máximo de 6 meses desde que entra tu solicitud; si pasan sin respuesta, se entiende denegada por silencio.
Cómo se pide
Solo por internet, con firma electrónica, a través del formulario I disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), código SIACI KMLA. Se dirige a la Dirección General de Empresas. Tienes que estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/notifica/), porque todos los trámites se notifican por ahí. Si falta documentación, te dan 10 días para subsanar; si no, se te tiene por desistido.
Qué te piden
- Ser pyme con ánimo de lucro, válidamente constituida e inscrita en el registro que corresponda
- Que la actividad del nuevo establecimiento esté en la sección C del CNAE-2025 (manufacturera) y no esté excluida en el anexo I de las bases
- Que el establecimiento esté en Castilla-La Mancha
- Crear al menos 5 puestos de trabajo (Régimen General o autónomos) desde la fecha de solicitud, o solo 2 si el proyecto está en un municipio de zonas en despoblación; se cuentan en jornadas completas equivalentes
- Mantener el empleo que tengas en Castilla-La Mancha el día de la solicitud hasta el final del plazo de ejecución
- Disponer del terreno o local al solicitar (propiedad, alquiler o derecho de uso por al menos 5 años tras la justificación); si lo vas a comprar, vale oferta de compra aceptada, compromiso irrevocable u opción de compra firmada
- Que el proyecto NO esté terminado al solicitar: se entiende que no lo está si todavía no tienes la licencia de actividad del ayuntamiento
- Estar al corriente con Hacienda estatal y regional, Seguridad Social y reintegros de subvenciones
- No ser empresa en crisis ni tener órdenes de recuperación de ayudas pendientes
- Plan de prevención de riesgos laborales (cuando sea obligatorio) y plan de igualdad inscrito si te corresponde
- Formulario I (solicitud, código SIACI KMLA) y NIF; escritura de constitución y acreditación de la representación
- Formulario II: declaración responsable de categoría de empresa, con cuentas anuales depositadas, Impuesto de Sociedades e informe de plantilla media de la TGSS
- Formulario III: memoria del proyecto industrial
- Plan de negocio con el contenido mínimo exigido (modelo Canvas, análisis de mercado, financiación, empleo, riesgos, cuenta de resultados a 3 años, VAN, TIR, payback)
- Certificado del ayuntamiento si el establecimiento está en polígono industrial, acreditación de discapacidad de los socios o certificación de startup, si quieres puntuar por esos criterios
- Formulario VIII con la relación de facturas si declaras gastos anteriores a la solicitud
- Tres ofertas de distintos proveedores cuando el gasto supere el umbral del contrato menor
Ojo con esto
- Son ayudas de minimis: entre todas las que recibas no puedes pasar de 300.000 € en 3 años, o tendrás que devolver el exceso con intereses
- Son incompatibles con cualquier otra ayuda pública o privada para los mismos gastos del proyecto
- Si ya tienes la licencia de actividad del ayuntamiento cuando solicitas, el proyecto se considera terminado y queda fuera
- La solicitud no se puede modificar después para encajar en los requisitos: revísala bien antes de enviarla
- Puedes incluir gastos ya hechos, pero solo los realizados, facturados y pagados desde el 1 de enero de 2026
- No se subvencionan impuestos ni tasas, trabajos hechos por tu propia empresa, servicios de empresas vinculadas o asociadas, ni las materias primas directas
- La lista de gastos subvencionables es de costes de puesta en marcha (notaría, licencias, consultoría, formación, marketing, patentes, ingeniería, alquiler y suministro energético de 12 meses, intereses de 12 meses, amortización de naves, TIC...); los "otros gastos corrientes" no pueden pasar del 5% del total
- Si no creas los empleos mínimos (5, o 2 en zonas despobladas) o no mantienes el empleo previo, incumples y puede haber reintegro
- El crédito puede agotarse antes de que termine el plazo de 9 meses: cuanto antes presentes, mejor
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
Hasta 100.000 €. La ayuda es del 100% del gasto solicitado, pero con tope según puntuación: 80.000 € hasta 75 puntos, 90.000 € entre 76 y 100 puntos y 100.000 € si superas los 100 puntos (posible gracias al plus del 20-40% por zonas despobladas).
¿Puedo pedirla si soy autónomo?
No. Las bases excluyen expresamente a las personas físicas, a las comunidades de bienes y a las sociedades civiles. Solo pueden pedirla pymes con personalidad jurídica, incluidas cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales (salvo las agroalimentarias).
¿Cuántos empleos tengo que crear?
Al menos 5 puestos en Régimen General o como autónomos desde la fecha de la solicitud, o solo 2 si el proyecto se hace en un municipio incluido en las zonas con despoblación. Se cuentan en jornadas completas equivalentes y no vale trasladar trabajadores de otro centro tuyo en Castilla-La Mancha.
¿Puedo cobrar algo por adelantado?
Sí, si declaraste gastos anteriores a la solicitud en el formulario I. Puedes pedir un pago anticipado (formulario VIII) cuando recibas la propuesta de resolución provisional, por el 100% de esos gastos previos con el límite del 80% de la ayuda concedida. El resto se paga en un único pago tras justificar.
¿Cuánto tiempo tengo para ejecutar el proyecto y justificarlo?
El plazo de ejecución lo fija tu resolución de concesión y como máximo son 24 meses desde el día siguiente a su notificación. Luego tienes 1 mes desde que acaba la ejecución para presentar la justificación (formularios IV, V y VI).
¿Es compatible con otras subvenciones?
No para los mismos gastos: es incompatible con cualquier otra ayuda pública o privada que financie los mismos conceptos. Además cuenta como minimis, así que suma al límite de 300.000 € en 3 años.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación en el DOCM, así que no se puede calcular el día de cierre del plazo de 9 meses. El texto de las bases aparece recortado al final (artículos sobre justificación, pago, reintegro y los anexos I y II con las actividades excluidas y los sectores de alta y media tecnología), por lo que no se detalla aquí qué CNAE concretos quedan fuera ni cuáles puntúan. La BDNS indica como beneficiarios 'pymes y personas físicas', pero las bases excluyen expresamente a las personas físicas.
Ficha elaborada con inteligencia artificial a partir del texto oficial de la convocatoria. Las bases prevalecen. Cómo funciona
Título oficial: Resolución de 29 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el fomento de la puesta en marcha de nuevos establecimientos industriales, para el ejercicio 2026..
Explicación redactada el 01/10/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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