Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias del Fondo de Transición Nuclear (Ascó y Vandellòs) 2026 – Cataluña
DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ · ficha oficial (BDNS 929691) · bases reguladoras
Subvención de hasta el 65% de la inversión para mejorar explotaciones agrarias en los municipios PENTA I y II de Ascó y Vandellòs. Presupuesto de 5 millones de euros y plazo de un mes.
Para quién es
Puedes pedirla si eres persona física con actividad agraria o una pyme titular de una explotación agraria situada en el ámbito territorial del Fondo de Transición Nuclear, es decir, en los municipios de las zonas de planificación I y II del Plan de emergencia nuclear exterior de Ascó y Vandellòs (PENTA), que se listan en el anexo III (por ejemplo Ascó, Flix, Móra d'Ebre, Tivissa, l'Ametlla de Mar, Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant en PENTA I; y Falset, Gandesa, Riudoms, Seròs, Maials, Horta de Sant Joan y muchos otros en PENTA II). Se reparte el presupuesto al 50% entre PENTA I y PENTA II: se considera que tu explotación está en la zona I si el 50% o más de las tierras de labranza, de la explotación ganadera o de la inversión en inmuebles está en municipios PENTA I; si no, cuenta como zona II. Los requisitos concretos para ser beneficiario son los de las bases reguladoras (Orden ARP/76/2026), que la convocatoria no reproduce. No entran inversiones fuera de ese territorio ni, en ganadería, nuevas marcas oficiales en municipios declarados zona vulnerable por nitratos.
Cuánto te dan
Hay 5.000.000 € para toda la convocatoria (ampliables si hay crédito). La ayuda cubre hasta el 65% de los gastos subvencionables, y ese porcentaje sube 10 puntos si el titular es una persona joven agricultora instalada en los cinco años anteriores a la solicitud (también si es instalación compartida, en cotitularidad o en sociedad). Topes de inversión: sumando tres convocatorias de esta ayuda, no puedes pasar de 200.000 € por unidad de trabajo (UTA), con un máximo de 700.000 € por explotación; si es inversión para crear nuevas marcas oficiales ganaderas, el volumen será de 800.000 € por explotación, respetando igualmente el límite por UTA. Además se aplican costes máximos de referencia (por ejemplo, almacén agrícola 310 €/m², nave ganadera cerrada 210 €/m², cobertizo sin hormigonar 100 €/m², tractor hasta 100 CV 620 €/CV, más de 100 CV 770 €/CV, GPS 15.000 €, cámara frigorífica <100 m³ 480 €/m³).
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. La resolución está firmada el 10 de septiembre de 2026, pero el texto que hay no indica la fecha exacta de publicación en el DOGC, así que la fecha de cierre concreta no consta: conviene comprobarla en el DOGC o en la sede electrónica. Ejecución de las inversiones: desde la presentación de la solicitud (o desde la visita del técnico del DARPA que verifique que no se han iniciado) hasta el 1 de marzo de 2028. Justificación y solicitud de pago: hasta el 15 de marzo de 2028.
Cómo se decide
Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes con los criterios de puntuación (máximo 75 puntos) y se conceden de mayor a menor puntuación hasta agotar el presupuesto, valorando por separado PENTA I y PENTA II. Puntúan: joven agricultor instalado en las últimas 5 convocatorias (25 puntos) o de la 6 a la 10 o sin ayuda a la primera instalación (20); explotación agraria prioritaria (20); zonas con limitaciones naturales en más del 50% y hasta el 80% de las tierras (7) o más del 80% y/o explotación ganadera (10); maquinaria y equipos nuevos del anexo II que superen el 50% de la inversión (7); titularidad de mujer o más del 50% del capital en manos de mujeres presentes en los órganos de gobierno (5); inscripción en el CCPAE con al menos el 50% de la inversión dirigida a ecológico (8). Empates: primero mayor porcentaje de superficie en municipios PENTA I declarada en la DUN del año, y después menor volumen de inversión solicitada. Al último expediente que no quepa entero se le puede proponer una ayuda reducida proporcional, que debes aceptar formalmente.
Cómo se pide
Solo por internet, en la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya (https://seu.gencat.cat/), con los formularios normalizados del DARPA para este trámite. La justificación y la solicitud de pago también son telemáticas por la sede; la documentación en papel de justificación se dirige a la oficina comarcal o al servicio territorial del DARPA. Las propuestas provisionales y las resoluciones se publican en el Tablón electrónico de la Generalitat (https://tauler.seu.cat), y esa publicación sustituye a la notificación individual (recibirás solo un aviso informativo al correo).
Qué te piden
- Ser titular de una explotación agraria en los municipios PENTA I o PENTA II del anexo III y cumplir los requisitos de beneficiario de las bases reguladoras (Orden ARP/76/2026)
- Presentar la solicitud telemáticamente con los formularios normalizados y la documentación general de la base 20 de las bases
- No haber empezado la inversión ni pagado facturas antes de la fecha de solicitud (o de la visita de comprobación del técnico del DARPA)
- Justificar con cuenta justificativa: memoria explicativa y económica, relación clasificada de gastos y de otras subvenciones recibidas
- Facturas y justificantes de pago (extracto bancario) a nombre del beneficiario, con declaración responsable de que no se han usado en otra subvención
- Licencia municipal de obras liquidada o certificado de exención, si construyes inmuebles; y comunicación, autorización o licencia ambiental si amplías o inicias actividad
- Nota simple del Registro de la Propiedad que acredite la propiedad y que el bien queda afectado a la subvención 5 años desde el pago (los bienes no inscribibles también quedan afectados 5 años)
- Si no eres propietario: contrato de arrendamiento, masovería o cesión de uso liquidado, con duración mínima igual a los compromisos
- Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y sin deudas con la Generalitat (o autorizar al DARPA a comprobarlo)
- Proyecto visado para la licencia de obra civil y certificado final de obra, cuando proceda
Ojo con esto
- No puedes pagar ni facturar nada antes de presentar la solicitud: no se aceptan facturas ni pagos anteriores a esa fecha (o a la visita técnica de no inicio)
- La solicitud no se puede reformular: presenta bien el presupuesto desde el principio
- Los proveedores no pueden ser familiares de primer grado ni estar vinculados societariamente contigo (con excepción de cooperativas agrarias de 10 socios o más)
- Los costes de referencia máximos del anexo II limitan lo que se acepta como gasto, aunque tu factura sea más alta
- En maquinaria solo entran las máquinas listadas en el anexo II (tractores, remolques, equipos de trabajo del suelo, segadoras, etc.) y sus sistemas de agricultura de precisión
- No son subvencionables las nuevas marcas oficiales ganaderas en municipios declarados zona vulnerable por nitratos, ni las inversiones ganaderas ya cubiertas por el contrato global de explotación
- Los gastos generales (arquitectos, ingenieros, gestión de la solicitud) solo hasta el 8% de la inversión subvencionable, y dentro de ese 8% la gestión de la solicitud como máximo el 4%
- La ayuda se paga con cargo al presupuesto de 2028 y la concesión queda condicionada a que exista crédito suficiente
- Si no hay resolución en 6 meses desde la publicación de la convocatoria, se entiende denegada por silencio administrativo
- Debes mantener los bienes afectados a la subvención durante 5 años desde el pago
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar?
Hasta el 65% de los gastos subvencionables, con 10 puntos más si eres joven agricultor instalado en los cinco años anteriores. La inversión que se puede acumular en tres convocatorias no puede pasar de 200.000 € por UTA, con un máximo de 700.000 € por explotación (800.000 € en el caso de creación de nuevas marcas oficiales ganaderas).
¿Qué municipios entran?
Los de las zonas PENTA I y PENTA II del anexo III. En PENTA I están, entre otros, Ascó, Flix, Garcia, la Fatarella, Móra d'Ebre, Móra la Nova, Riba-roja d'Ebre, Tivissa, Vinebre, l'Ametlla de Mar, Mont-roig del Camp, Pratdip y Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant. En PENTA II hay más de 70 municipios (Falset, Gandesa, Riudoms, Horta de Sant Joan, Seròs, Maials, el Perelló, l'Ampolla, etc.).
¿Cuánto tiempo tengo para pedirla?
Un mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. La fecha exacta de publicación no aparece en el texto disponible, así que debes comprobar el día de cierre en el DOGC o en la sede electrónica.
¿Puedo comprar el tractor ahora y pedir la ayuda después?
No. No se aceptan facturas ni pagos anteriores a la fecha de solicitud (o a la visita del técnico del DARPA que verifique que no se han iniciado las actuaciones). La ejecución debe empezar después de solicitar y terminar antes del 1 de marzo de 2028.
¿Cuándo me pagan?
Después de ejecutar y justificar. El plazo para justificar y pedir el pago acaba el 15 de marzo de 2028 (ampliable a petición del beneficiario, sin superar la mitad del plazo inicial) y el crédito está previsto en el presupuesto del DARPA de 2028.
¿Qué gastos puedo incluir?
Construcción, compra o mejora de almacenes agrícolas, cobertizos e inmuebles análogos con las condiciones del apartado 9.a; maquinaria y equipos nuevos de la lista del anexo II (con sistemas de agricultura de precisión); inversiones ganaderas que aumenten la capacidad registrada o creen nuevas marcas oficiales; y gastos generales (proyectos, asesoría, gestión de la solicitud) hasta el 8% de la inversión.
Lo que no hemos podido comprobar: No consta la fecha exacta de publicación en el DOGC ni, por tanto, el día concreto de cierre del plazo. Tampoco se reproducen los requisitos detallados de beneficiario ni la documentación exacta de la base 20 (están en la Orden ARP/76/2026), ni el régimen de compatibilidad con otras ayudas más allá de las exclusiones citadas. El enlace a las bases reguladoras aportado no mostraba el texto.
Título oficial: Ayudas a inversiones para las explotaciones agrarias en el marco del Fondo de Transición Nuclear.
Explicación redactada el 2026-09-17 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
Otras ayudas abiertas que te pueden interesar
- Ayudas del Ayuntamiento de Ulldecona 2026 para reformas y equipamiento de pequeños comercios y empresas de servicios
AYUNTAMIENTO DE ULLDECONA · hasta el 2026-11-30 - Ayudas del IDAE 2026 al hidrógeno renovable: segunda convocatoria de la "Subasta como Servicio" del Banco Europeo del Hidrógeno
INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE) - Ayudas del Ministerio de Agricultura a programas de formación para profesionales del medio rural 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, INNOVACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA - Ayudas de hasta 2.600 € para autónomos rurales de concejos en riesgo de despoblamiento de Asturias 2026
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO