Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza 2026 para mejorar la competitividad de autónomos y pymes (hasta 20.000 €)
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA · ficha oficial (BDNS 925729) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Zaragoza reparte 400.000 € entre autónomos y pequeñas empresas para digitalización, marketing, obras, equipamiento y sistemas de facturación electrónica. El plazo terminó el 15 de septiembre de 2026.
Para quién es
Puedes pedirla si eres autónomo (de alta en el RETA o en una mutualidad alternativa), microempresa (menos de 10 personas y hasta 2 millones de euros de facturación o balance) o pequeña empresa (de 10 a 19 personas y hasta 10 millones). Tienes que estar ubicado en el término municipal de Zaragoza, trabajar en la ciudad y tener domicilio social y fiscal en Zaragoza a fecha de solicitud, con un máximo de 20 trabajadores. Quedan fuera las comunidades de bienes, sociedades públicas, federaciones, asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro; las sociedades civiles sí pueden si su objeto es mercantil y con ánimo de lucro. Tampoco entran quienes facturaron más de 10.000.000 € el año anterior y tienen 20 o más trabajadores en plantilla (estos límites también se miran en los socios de sociedades mercantiles). Solo puedes presentar una solicitud y en una única línea.
Cuánto te dan
El presupuesto total es de 400.000 € (150.000 € para gasto corriente y 250.000 € para gasto inventariable). La ayuda cubre el 80% del proyecto si eres autónomo sin trabajadores y el 50% en el resto de casos. En la Línea 1 (competitividad general) te pueden dar entre 2.000 € y 20.000 €; en la Línea 2 (caja registradora homologada y factura electrónica), entre 500 € y 2.000 €. Si tras el reparto tu importe no llega al mínimo de la línea, tu solicitud queda excluida. La Línea 1 tiene reservados 125.000 € de gasto corriente y 200.000 € de inventariable; la Línea 2, 25.000 € y 50.000 €. El dinero sobrante de una línea puede pasar a la otra si es el mismo tipo de gasto.
Plazo
El plazo era del 20 de agosto al 15 de septiembre de 2026 (20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOPZ). A fecha de hoy, 17 de septiembre de 2026, el plazo ya está cerrado.
Cómo se decide
Depende de la línea. En la Línea 1 es concurrencia competitiva: se puntúa hasta 25 puntos (hasta 12 por la calidad y adecuación del proyecto de mejora, hasta 8 por características de la empresa —4 puntos si no tienes trabajadores, 4 si tienes menos de 3 años de antigüedad—, hasta 3 por no haber recibido esta subvención en años anteriores y hasta 2 por accesibilidad) y se ordena por puntuación hasta agotar el presupuesto. En la Línea 2 es procedimiento simplificado: por riguroso orden de entrada de la solicitud hasta agotar su presupuesto.
Cómo se pide
Solo por internet, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, con el modelo específico disponible en https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/39935. Si la presenta un tercero con su certificado digital, debe adjuntar autorización expresa para actuar como representante. Si falta documentación, te requieren y tienes 10 días naturales para subsanar; si no lo haces, se te tiene por desistido.
Qué te piden
- Solicitud telemática obligatoria en el modelo específico municipal (no se admiten otros modelos)
- Informe de plantilla media de trabajadores en alta en la Seguridad Social de los últimos 6 meses, según modelo de la Seguridad Social
- Certificado de situación censal de la AEAT actualizado
- Si eres autónomo: copia del DNI, último recibo de la cuota del RETA o mutualidad y modelo 100 de la renta de 2025 con la cifra de negocio (o declaración responsable con justificación si no dispones de él)
- Si eres empresa: tarjeta de NIF, escritura de constitución (solo si no la presentaste antes al mismo servicio), certificado de composición de la Junta Directiva u órgano de gobierno y último modelo 200 con la cifra de negocio del solicitante y de sus socios o accionistas (o declaración responsable más cuentas anuales)
- Solo en Línea 1: memoria que justifique el proyecto de mejora de la competitividad, más facturas proforma y/o presupuestos de los gastos previstos
- Declaración responsable de otras subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad
- Sociedades mercantiles con socios con actividad empresarial: declaración responsable de la cifra de negocio del año anterior de esos socios y de la propia entidad
- Estar al corriente con AEAT, Hacienda de Aragón, Ayuntamiento de Zaragoza y Seguridad Social (la firma de la solicitud autoriza a consultarlo; si no autorizas, presentas tú los certificados)
Ojo con esto
- Es incompatible con otras tres convocatorias municipales de 2026: emprendedores (creación, crecimiento y consolidación), apoyo al autónomo en inicio y relevo de actividad, e innovación en comercio, restauración y hostelería.
- Sí puedes sumar ayudas de otras administraciones, pero el total no puede pasar del 80% del proyecto (autónomos sin trabajadores) o del 50% (resto). Y hay que declararlas.
- Una sola solicitud por solicitante y solo en una línea: o Línea 1 o Línea 2, no las dos.
- Los gastos deben devengarse en 2026 (acciones entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026). Nada anterior.
- No son subvencionables: alquiler, nóminas, cuotas de la Seguridad Social, mantenimiento de webs, mercaderías, material fungible y materias primas, viajes, ferias y congresos, comidas, merchandising, decoración, mobiliario y equipamiento no especializado, teléfonos móviles ni amortizaciones.
- Si haces publicidad del proyecto, necesitas autorización previa de Comunicación Municipal y poner "Colabora: Ayuntamiento de Zaragoza". Sin esa autorización, el gasto de publicidad no se admite.
- En la justificación no se aceptan pagos en efectivo ni facturas de 50 € o menos de base imponible; tampoco solo recibos o facturas simplificadas.
- No puedes mezclar tipos de gasto: el gasto corriente se justifica con facturas corrientes y el inventariable con facturas inventariables, según lo que diga la resolución.
- Si justificas menos del 50% del proyecto, se anula la subvención y devuelves el anticipo con intereses.
- Los bienes subvencionados deben mantenerse en la actividad al menos 5 años si son inscribibles en registro público y 2 años el resto.
- Si una factura de un proveedor supera 15.000 € (servicios o suministros) o 40.000 € (obras), necesitas haber pedido tres presupuestos.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar?
En la Línea 1, entre 2.000 € y 20.000 €. En la Línea 2 (caja registradora y factura electrónica), entre 500 € y 2.000 €. En ambos casos se cubre el 80% del proyecto si eres autónomo sin trabajadores y el 50% si tienes trabajadores o eres empresa.
¿Puedo pedirla si mi negocio está fuera de Zaragoza capital?
No. Tienes que estar ubicado en el término municipal de Zaragoza, desarrollar tu trabajo en la ciudad y tener el domicilio social y fiscal en Zaragoza a fecha de solicitud.
¿Qué diferencia hay entre la Línea 1 y la Línea 2?
La Línea 1 financia acciones generales de mejora de la competitividad (contenido digital, marketing, software de gestión, formación, obras de embellecimiento o accesibilidad, equipamiento especializado e informático) y exige memoria del proyecto y valoración por puntos. La Línea 2 solo cubre los gastos derivados de la obligación legal de usar caja registradora homologada y factura electrónica, y se concede por orden de llegada.
¿Cuándo me pagan?
Tras la resolución definitiva te abonan el 80% y el 20% restante cuando aprueben tu justificación. Si la subvención es de 3.000 € o menos, te pagan el importe total por anticipado. No hace falta aval, pero sí solicitar el anticipo y acreditar su necesidad con la declaración responsable de la solicitud.
¿Hasta cuándo tengo para justificar el gasto?
Antes del 31 de marzo de 2027, de forma telemática, con memoria de actividades, relación numerada de facturas separando gasto corriente e inventariable, las facturas y los justificantes de pago bancario. Los gastos deben estar realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, aunque el pago puede ser posterior si es antes de justificar.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
El plazo máximo de resolución es de 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes. Antes te notifican una propuesta de resolución en la sede electrónica, con 5 días para alegar o renunciar; si no renuncias, se entiende que aceptas.
Lo que no hemos podido comprobar: El texto no indica el código de procedimiento BDNS para la presentación ni la fecha exacta de publicación en el BOPZ (las fechas de plazo se toman de los datos estructurados). Tampoco detalla el importe concreto que corresponde a cada criterio de reparto ni si hay límite de ayudas de minimis.
Título oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE PYMES Y AUTÓNOMOS 2026.
Explicación redactada el 17/09/2026 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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