Lupa de Ayudas Probar gratis

Ayudas de hasta 2.000 € para abrir un negocio nuevo en Rianxo (A Coruña) 2026

CONCELLO DE RIANXO · ficha oficial (BDNS 923099) · bases reguladoras

Plazo abierto hasta el 2026-11-30.

El Ayuntamiento de Rianxo da hasta 2.000 € a fondo perdido para gastos de puesta en marcha de negocios dados de alta en 2026. Se pide online hasta el 30 de noviembre de 2026 o hasta agotar los 10.000 €.

Para quién es

Puedes pedirla si eres empresario o empresaria individual de alta en el RETA (u otro régimen especial por cuenta propia, o mutualidad de colegio profesional) o una microempresa (menos de 10 personas y hasta 2 millones de € de facturación o balance), sea cual sea su forma jurídica, y has iniciado la actividad entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026 (cuenta la fecha de alta en el censo del IAE). Tiene que ser negocio de nueva creación: valen los traspasos de negocio, pero NO los traspasos entre cónyuges, parejas de hecho o familiares hasta segundo grado, ni las simples transformaciones de forma jurídica. Sí entran los relevos generacionales por jubilación o fallecimiento del titular, cuando el negocio pasa a familiares hasta segundo grado, cónyuge/pareja o a empleados. Además, al menos una de las personas promotoras debe estar en desempleo en la fecha de inicio de la actividad y crear su propio puesto de trabajo (no se exige en el relevo generacional cuando la transmisión es a empleados). No puedes tener deudas (ni tú ni los socios) con la Seguridad Social, Hacienda autonómica, AEAT ni con el Ayuntamiento de Rianxo, ni estar en las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones. La actividad debe implantarse en el término municipal de Rianxo.

Cuánto te dan

Máximo 2.000 € por empresa, a fondo perdido. El importe sale de aplicar porcentajes a cada tipo de gasto: 100% de las obras de acondicionamiento del local y de la compra de elementos inventariables (mobiliario, herramientas...); 50% de gastos de constitución (proyectos técnicos, licencias de obra y apertura, Registro Mercantil, certificación negativa de nombre, notaría, publicaciones en boletines, modelo 600); 50% de existencias iniciales y primeras compras; 50% de alquiler de local, vehículo industrial, equipos y aplicaciones informáticas; 50% de seguros del local, responsabilidad civil y de un vehículo si es imprescindible; 50% de suministros y gastos corrientes (agua, luz, gas, teléfono, combustible si el vehículo es imprescindible, material de oficina, asesoría —solo cuotas mensuales—, cuota de equipos de seguridad, publicidad); 50% de derechos de propiedad industrial (patentes, marcas, nombres comerciales, dominio de internet, software de gestión, diseño web). El presupuesto total de la convocatoria es de 10.000 € (7.000 € en la partida 433.47000 y 3.000 € en la 433.77000), ampliable si hay crédito.

Plazo

Desde la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de noviembre de 2026, o antes si se agota el crédito. La convocatoria es del 2 de agosto de 2026 y, a fecha de hoy (17/09/2026), el plazo sigue abierto salvo que el Ayuntamiento haya publicado el agotamiento del crédito en el tablón de la sede electrónica.

Cómo se decide

Es concurrencia NO competitiva: no se comparan proyectos ni se puntúan. Se tramitan por orden de entrada hasta agotar los 10.000 €. Si el crédito no llega para la última solicitud, se le paga el porcentaje que resulte; y si varias solicitudes coinciden en fecha y no hay crédito para todas, se reparte de forma ponderada según los gastos justificados correctamente.

Cómo se pide

Solo por vía telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Rianxo (https://sede.concelloderianxo.gal/), con el formulario habilitado que está en la web municipal. La documentación complementaria también se presenta electrónicamente: si la llevas en papel, te requerirán que la subsanes online y contará la fecha de la subsanación. Resuelve la Junta de Gobierno Local en un plazo de tres meses desde tu solicitud, y el pago se hace tras la resolución de concesión.

Qué te piden

Ojo con esto

¿Te encaja a ti esta ayuda?

Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.

Ver qué ayudas puedo pedir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo recibir como máximo?

2.000 € por empresa. El importe concreto depende de tus gastos: el 100% de las obras de acondicionamiento del local y del mobiliario o herramientas inventariables, y el 50% del resto de conceptos (constitución, existencias, alquileres, seguros, suministros, propiedad industrial).

¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?

Hasta el 30 de noviembre de 2026, o antes si se agota el crédito de 10.000 €. El Ayuntamiento publicará el agotamiento en el tablón de anuncios de su sede electrónica y ya no tramitará las solicitudes posteriores.

¿Vale si he comprado un negocio ya existente (traspaso)?

Sí, los traspasos de negocio se consideran nueva creación, salvo que el traspaso sea entre cónyuges, parejas de hecho o familiares hasta el segundo grado, o se trate de un simple cambio de forma jurídica. Los relevos generacionales por jubilación o fallecimiento del titular sí están cubiertos.

¿Tengo que estar en el paro para pedirla?

Al menos una de las personas promotoras debe estar desempleada en la fecha de inicio de la actividad y crear su propio puesto de trabajo. Solo se exceptúa el relevo generacional cuando el negocio se transmite a empleados.

¿Cuándo me pagan?

El pago se realiza después de la resolución de concesión. El Ayuntamiento tiene tres meses desde que presentas la solicitud para resolver.

¿Puedo cobrar también otra ayuda por los mismos gastos?

Sí, es compatible con otras ayudas con la misma finalidad, siempre que la suma de todas no supere los gastos que hayas justificado correctamente. Debes comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites u obtengas.

Lo que no hemos podido comprobar: La fecha exacta de inicio del plazo (depende de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, que el texto no concreta). Tampoco consta si se exige que el domicilio o local esté en Rianxo con requisitos adicionales, ni si la ayuda está sujeta al régimen de minimis. La referencia al "Decreto 144/2026, de 22 de septiembre" aparece así en el documento y puede ser una errata.

Título oficial: Acuerdo de 2 de agosto de 2026 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Rianxo, por el que se convocan ayudas a la implantación de nuevas empresas y comercios en el término municipal del Ayuntamiento de Rianxo.
Explicación redactada el 2026-09-17 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.

Otras ayudas abiertas que te pueden interesar