Ayudas a comercios y bares afectados por obras en Zaragoza 2026: 400 € al mes
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA · ficha oficial (BDNS 917169) · bases reguladoras
El Ayuntamiento de Zaragoza da 400 € por mes de afección a comercios, bares y servicios de las calles en obras. Queda abierto el 3T 2026 hasta el 31 de octubre.
Para quién es
Puedes pedirla si eres autónomo (persona física) o microempresa (menos de 10 trabajadores y hasta 2 millones de euros de volumen de negocio o balance) y eres titular de un establecimiento abierto al público de comercio minorista o servicios personales, en planta baja y con acceso directo a pie de calle, situado en uno de los tramos de calle en obras del Anexo I (entre otros: Utrillas, Avenida de Navarra entre paseo de Calanda y calle Rioja, Gil Morlanes, Jerusalén entre Isabel la Católica y Asín y Palacios, plaza San Miguel, Coso desde plaza de España hasta Reconquista, Avenida de Valencia, Doctor Iranzo entre Cardenal Cisneros y Silvestre Pérez, Pedro Cerbuna, Matadero y el entorno del río Huerva). Tienes que estar de alta en uno de los epígrafes de IAE que lista la convocatoria (alimentación, textil, droguería y perfumería, equipamiento del hogar, bares, restaurantes, cafeterías, heladerías, hoteles y pensiones, reparación de electrodomésticos, automóviles y bicicletas, agencias de viajes, fisioterapia, odontología, veterinaria, espectáculos...), tener licencia de apertura o declaración responsable antes del inicio de la afección, estar en funcionamiento antes de que empezara la obra y seguir activo. NO pueden pedirla: locales que no estén en planta baja y a pie de calle, bancos, suministradoras de agua, luz o telefonía, asesorías y consultorías, abogados, aseguradoras, gestores administrativos y similares; tampoco el sector público, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, el autónomo colaborador, las actividades en cese temporal o definitivo, ni los negocios que abrieron en el último trimestre de 2025 o durante 2026 (no tienen trimestre anterior con el que comparar).
Cuánto te dan
400 € por cada mes completo de afección. Se calcula por trimestres: si acreditas una bajada de ingresos de entre 400 y 799,99 €, te dan 400 €; entre 800 y 1.200 €, 800 €; y más de 1.200 €, 1.200 € (el trimestre completo). Si la bajada es inferior a 400 €, no hay ayuda. Puedes presentar hasta cuatro solicitudes (4T 2025, 1T, 2T y 3T de 2026), así que el máximo teórico son 4.800 € por local. El presupuesto total es de 150.000 €, ampliable sin nueva convocatoria. Las ayudas no pueden pasar de septiembre de 2026.
Plazo
Según las bases: 4T 2025 y 1T 2026 hasta el 31 de julio de 2026 (ya cerrado), 2T 2026 hasta el 31 de agosto de 2026 (ya cerrado) y 3T 2026 (julio-septiembre) hasta el 31 de octubre de 2026, que es el único plazo que sigue abierto hoy. En la BDNS el plazo general figura del 10 de julio al 31 de octubre de 2026. Si se te pasa un plazo, pierdes el derecho a pedir la ayuda de ese trimestre.
Cómo se decide
Es concurrencia competitiva simplificada en convocatoria abierta, pero en la práctica funciona por orden de llegada: las solicitudes se tramitan y resuelven una a una según el orden de presentación, siempre que cumplas los requisitos y quede crédito. Si hay más solicitudes que dinero, manda el orden de presentación completa, es decir, la que llega con toda la documentación y sin necesidad de subsanar.
Cómo se pide
Con el modelo normalizado (Anexo II) que está en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, presentándolo en el registro general del Ayuntamiento o en cualquiera de los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. La documentación se aporta en formato digital y firmada electrónicamente cuando proceda. Instruye el Servicio de Economía y Consumo y resuelve el Consejero de Economía, Transformación Digital y Transparencia. La convocatoria no especifica un código de procedimiento.
Qué te piden
- Formulario normalizado de solicitud (Anexo II) disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza
- Certificado de situación censal de la AEAT
- Certificados de estar al corriente con AEAT, Seguridad Social, Hacienda autonómica y Ayuntamiento de Zaragoza (solo si NO autorizas a que los consulte el Ayuntamiento)
- Declaración responsable de no estar en causa de prohibición del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Justificación del descenso de ingresos: modelo 303 (IVA) o modelo 130 (IRPF estimación directa) del trimestre solicitado y del mismo trimestre del año anterior; si tributas por módulos con modelo 131, además certificado de un asesor fiscal colegiado o de asociación profesional
- Auto-valoración: tienes que calcular y consignar tú el importe de la bajada de ingresos, siguiendo el método exacto de las bases (en el 303, solo bases imponibles de operaciones interiores del régimen general; en el 130, la casilla 01 por diferencia con el trimestre anterior)
- Facturas o documentos con validez mercantil y justificantes de pago de gasto corriente (suministros, personal, alquiler y similares) por al menos 400 € por cada mes que solicites
- Ficha de terceros e IBAN para el cobro
- Si eres microempresa: cuentas anuales, cifra de negocios anual y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) del mes anterior
- Si eres autónomo: libro de registro de ventas e ingresos y modelo 100
- Si tienes varios locales y declaras de forma agregada: documentación que permita separar los ingresos del local afectado
Ojo con esto
- Presentar la solicitud sin la documentación justificativa, incompleta o con algún documento que falte y que impida comprobar los requisitos se desestima directamente. Solo se subsanan defectos formales, con 10 días hábiles.
- Solo valen los documentos que aportes junto con la solicitud y dentro del plazo del trimestre. Después no se tienen en cuenta.
- No basta con perder ingresos: tienes que justificar además gasto corriente pagado de al menos 400 € por cada mes que pidas.
- Si tu negocio abrió en el 4T de 2025 o en 2026, quedas excluido: no hay trimestre anterior con el que comparar.
- Tu local debe estar en planta baja y a pie de calle en el tramo exacto del Anexo I. Las calles que se citan como límite ("entre la calle B y la calle C") no están incluidas.
- Es una ayuda por local: si tienes varios establecimientos afectados, una solicitud por cada uno, y no pueden estar comunicados por dentro ni compartir acceso.
- Es compatible con otras ayudas, pero la suma no puede superar el perjuicio real sufrido. Si ya te han indemnizado por lo mismo (seguro, contrato, indemnización), no hay ayuda.
- El Ayuntamiento puede comprobar tus cálculos en cualquier momento, incluso después de pagarte, y reclamar el reintegro con intereses si no cuadran.
- Guarda la documentación justificativa al menos cuatro años desde la concesión.
- Cobrar un trimestre no te da derecho automático a los siguientes: cada solicitud se valora por separado.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto me pueden dar si mi comercio está en una calle en obras de Zaragoza?
400 € por cada mes completo de afección. Por trimestre: 400 € si la caída de ingresos está entre 400 y 799,99 €, 800 € si está entre 800 y 1.200 €, y 1.200 € si supera los 1.200 €. Presentando los cuatro trimestres posibles, el máximo son 4.800 € por local.
¿Hasta cuándo puedo pedir la ayuda del tercer trimestre de 2026?
Hasta el 31 de octubre de 2026 para el trimestre de julio a septiembre. Los plazos de los trimestres anteriores (4T 2025 y 1T 2026 hasta el 31 de julio, y 2T 2026 hasta el 31 de agosto) ya han vencido, y una vez pasado el plazo se pierde el derecho a pedir ese periodo.
¿Cómo demuestro que he perdido ingresos por las obras?
Aportando tus modelos 303 (IVA) o 130 (IRPF en estimación directa) del trimestre que pides y del mismo trimestre del año anterior, y calculando tú mismo la diferencia con el método que fijan las bases. Si tributas por módulos y usas el modelo 131, necesitas además un certificado firmado por un asesor fiscal colegiado o de asociación profesional.
¿Puedo cobrarla si tengo un bar o una peluquería, o solo es para tiendas?
Además del comercio minorista, entran restaurantes, cafeterías, cafés y bares, heladerías y chocolaterías, hoteles y pensiones, agencias de viajes, talleres de reparación de electrodomésticos, coches y bicicletas, fisioterapia, odontología, veterinaria y espectáculos, entre otros epígrafes del IAE que lista la convocatoria. Están fuera bancos, aseguradoras, asesorías, abogados y gestores administrativos.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, con ayudas de cualquier administración o entidad privada, siempre que el total no supere el perjuicio real que te han causado las obras. Tienes que declarar las que hayas pedido o recibido con la misma finalidad, y si ya te han indemnizado por el mismo concepto (por ejemplo, vía seguro) no te la pueden conceder.
¿Cuándo me contestan y cuándo pagan?
El Ayuntamiento tiene tres meses para resolver y notificar desde que la solicitud entra en el registro electrónico; si pasan sin respuesta, se entiende denegada. El pago se hace una vez comprobada la documentación, y la ayuda se acepta automáticamente si no te opones en 10 días desde la notificación.
Lo que no hemos podido comprobar: Hay una contradicción en el propio documento: las bases fijan el 31 de julio de 2026 como último día para el 4T 2025 y el 1T 2026, mientras que el modelo de solicitud (Anexo II) pone el 30 de junio de 2026. La convocatoria tampoco indica código de procedimiento en la sede electrónica ni una fecha concreta de pago, y no detalla cómo se resuelven los casos de obras previstas inicialmente para seis meses o menos que se prolongan (queda a acuerdo del Consejero del Área).
Título oficial: Convocatoria de Subvenciones de comercios afectados por oobras 2026.
Explicación redactada el 2026-09-17 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
Otras ayudas abiertas que te pueden interesar
- Ayudas del IDAE 2026 al hidrógeno renovable: segunda convocatoria de la "Subasta como Servicio" del Banco Europeo del Hidrógeno
INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE) - Ayudas del Ministerio de Agricultura a programas de formación para profesionales del medio rural 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, INNOVACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA - Ayudas de hasta 2.600 € para autónomos rurales de concejos en riesgo de despoblamiento de Asturias 2026
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO - AgrotecUV 2026: hasta 4.500 € e incubación para startups agroalimentarias innovadoras (Universitat de València)
UNIVERSITAT DE VALÈNCIA (ESTUDI GENERAL)